Ir al contenido principal
Entidades Más Buscados Preguntas Contacto
🤝

Autorización virtual a terceros

SUNAT — Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

La autorización virtual a terceros permite que el titular de un RUC autorice a otra persona (tercero) para realizar trámites presenciales en los Centros de Servicios al Contribuyente de SUNAT, sin necesidad de un poder notarial. La autorización se genera en línea a través del portal SOL y tiene una vigencia de 7 días calendario. Es un trámite gratuito e inmediato.

Costo Gratuito Sin costo alguno
Plazo de entrega Inmediato Se genera al instante en el portal SOL
Modalidad Virtual A través del portal SOL de SUNAT
Documentos necesarios

Requisitos para autorizar a un tercero

Datos que necesitas para generar una autorización virtual a terceros en SUNAT.

🔢
RUC del titular

El número de RUC del contribuyente que otorga la autorización debe estar en estado activo.

🔑
Clave SOL vigente

Necesitas tu Clave SOL para acceder al portal de Operaciones en Línea de SUNAT.

🪪
Datos del tercero autorizado (DNI o CE)

Debes contar con el tipo y número de documento de identidad (DNI o Carné de Extranjería) de la persona que deseas autorizar.

Paso a paso

Cómo autorizar a un tercero virtualmente

Sigue estos pasos para generar una autorización virtual a terceros en el portal SOL de SUNAT.

  1. 1

    Acceder al portal SOL

    Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea con tu número de RUC, usuario y Clave SOL.

  2. 2

    Ir a "Otras Declaraciones y Solicitudes"

    Navega a la sección "Otras Declaraciones y Solicitudes" en el menú principal del portal SOL.

  3. 3

    Seleccionar "Registro de Autorizaciones"

    Elige la opción "Registro de Autorizaciones a Terceros" para acceder al formulario de autorización.

  4. 4

    Ingresar datos del tercero

    Ingresa el tipo de documento (DNI o CE) y el número de documento de identidad de la persona que deseas autorizar para realizar trámites en tu nombre.

  5. 5

    Generar número de autorización

    El sistema generará un número de autorización único. El tercero autorizado deberá presentar este número junto con su documento de identidad en el Centro de Servicios al Contribuyente.

Información importante

Consejos y datos útiles

La autorización virtual reemplaza al poder notarial para trámites presenciales en SUNAT, ahorrando tiempo y dinero.

La autorización tiene una vigencia de 7 días calendario desde su generación. Si caduca, simplemente genera una nueva.

El tercero autorizado debe presentar su documento de identidad original (DNI o CE) junto con el número de autorización en el Centro de Servicios.

Puedes revocar la autorización en cualquier momento desde el portal SOL si ya no deseas que el tercero realice trámites en tu nombre.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre la autorización a terceros

¿La autorización virtual reemplaza al poder notarial?

Sí. La autorización virtual a terceros reemplaza la necesidad de presentar un poder notarial para que otra persona realice trámites presenciales en SUNAT en nombre del titular del RUC.

¿Cuánto tiempo dura la autorización virtual?

La autorización virtual tiene una vigencia de 7 días calendario desde su generación. Si caduca, debes generar una nueva autorización.

¿Qué trámites puede realizar el tercero autorizado?

El tercero autorizado puede realizar trámites presenciales en los Centros de Servicios al Contribuyente, como modificación de datos del RUC, solicitud de comprobantes de pago, entre otros trámites que normalmente requieren la presencia del titular.

Información útil de SUNAT

Horario de atenciónLunes a viernes: 8:30 a.m. – 5:00 p.m.
Centros de Servicios al Contribuyente
Central telefónica(01) 315-0730 / 0-801-12-100
Línea gratuita desde provincias
Portal SOLe-menu.sunat.gob.pe
Operaciones en Línea con Clave SOL

¿No encuentras tu trámite?

Escríbenos y lo documentamos. Cada semana agregamos nuevas guías según lo que la gente necesita.

Enviar solicitud