Fraccionamiento de deuda tributaria
SUNAT — Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
El fraccionamiento de deuda tributaria permite a los contribuyentes pagar sus deudas con SUNAT en cuotas mensuales, conforme al artículo 36 del Código Tributario. La solicitud es gratuita y se realiza a través del portal SOL. SUNAT evalúa la solicitud en un plazo de 30 días hábiles y puede otorgar hasta 72 cuotas mensuales dependiendo del monto adeudado.
Requisitos para el fraccionamiento
Condiciones y documentos que debes cumplir para solicitar el fraccionamiento de tu deuda tributaria ante SUNAT.
Tu número de Registro Único de Contribuyentes debe estar activo y habido.
Necesitas tu Clave SOL para acceder al portal de Operaciones en Línea de SUNAT.
La deuda tributaria debe ser exigible (vencida o en cobranza coactiva). No se puede fraccionar deuda que aún no ha vencido.
Debes estar al día con la presentación de tus declaraciones juradas mensuales y anuales.
No debes tener un fraccionamiento anterior vigente con cuotas pendientes de pago, salvo que lo incluyas en la nueva solicitud.
Cómo solicitar el fraccionamiento de deuda
Sigue estos pasos para solicitar el fraccionamiento de tu deuda tributaria en el portal SOL de SUNAT.
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1
Acceder al portal SOL
Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea con tu número de RUC, usuario y Clave SOL.
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2
Ir a "Fraccionamiento y/o Aplazamiento Art. 36 CT"
Navega a la sección de Otras Declaraciones y Solicitudes y selecciona la opción de Fraccionamiento y/o Aplazamiento Art. 36 del Código Tributario.
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3
Seleccionar la deuda a fraccionar
El sistema mostrará las deudas tributarias pendientes. Selecciona aquellas que deseas incluir en el fraccionamiento.
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4
Elegir número de cuotas y forma de pago
Define el número de cuotas mensuales (hasta 72) y la forma de pago. El sistema calculará el monto de cada cuota incluyendo intereses.
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5
Enviar solicitud y esperar aprobación
Envía la solicitud electrónica. SUNAT evaluará y emitirá una resolución en un plazo de 30 días hábiles. La resolución se notifica a través del buzón electrónico SOL.
Consejos y datos útiles
El interés de fraccionamiento es del 80% de la TIM (Tasa de Interés Moratorio) vigente, lo que resulta más beneficioso que mantener la deuda en mora.
Si dejas de pagar 2 cuotas consecutivas, SUNAT puede declarar la pérdida del fraccionamiento y toda la deuda pendiente se vuelve exigible.
Puedes pagar cuotas por adelantado sin penalidad y así reducir el monto total de intereses.
El fraccionamiento basado en el Art. 36 del Código Tributario aplica tanto para personas naturales como jurídicas.
Preguntas sobre el fraccionamiento de deuda
¿Cuántas cuotas puedo solicitar en el fraccionamiento?
Se puede fraccionar la deuda hasta en 72 cuotas mensuales, dependiendo del monto de la deuda y la evaluación de SUNAT.
¿Qué pasa si no pago las cuotas del fraccionamiento?
Si se dejan de pagar las cuotas, SUNAT puede declarar la pérdida del fraccionamiento y la deuda total pendiente se hace exigible, incluyendo intereses moratorios.
¿Puedo fraccionar una deuda que ya está en cobranza coactiva?
Sí, es posible fraccionar deudas en cobranza coactiva. Al aprobarse el fraccionamiento, se suspende la cobranza coactiva respecto de las deudas incluidas.
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