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Recibos por honorarios electrónicos

SUNAT — Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Los recibos por honorarios electrónicos son comprobantes de pago que emiten las personas naturales que prestan servicios profesionales independientes (rentas de cuarta categoría). Se emiten gratuitamente desde el portal SOL de SUNAT y tienen la misma validez legal que los recibos físicos. Aplica una retención del 8% cuando el monto supera S/ 1,500.

Costo Gratuito Emisión sin costo desde el portal SOL
Tiempo Emisión inmediata El recibo se genera al instante
Modalidad Online Portal SOL — Comprobantes de Pago
Documentos necesarios

Requisitos para emitir recibos por honorarios

Lo que necesitas para emitir recibos por honorarios electrónicos en SUNAT.

🏢
RUC activo como persona natural

Debes tener RUC como persona natural con actividad de servicios profesionales independientes (rentas de cuarta categoría).

🔑
Clave SOL

Necesitas tu usuario y contraseña SOL para acceder al portal de SUNAT Operaciones en Línea.

👤
Datos del cliente

Nombre o razón social, RUC o DNI del pagador de los honorarios y la descripción del servicio prestado.

Paso a paso

Cómo emitir recibos por honorarios electrónicos

Sigue estos pasos para emitir tus recibos por honorarios desde el portal SOL de SUNAT.

  1. 1

    Acceder al portal SOL

    Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea con tu RUC y Clave SOL.

  2. 2

    Ir a "Comprobantes de Pago"

    Selecciona la sección "Comprobantes de Pago" en el menú principal del portal SOL.

  3. 3

    Seleccionar "Recibo por Honorarios"

    Elige la opción "Recibo por Honorarios Electrónico" para iniciar la emisión de un nuevo recibo.

  4. 4

    Completar datos del servicio y monto

    Ingresa los datos del cliente (RUC o DNI), descripción del servicio profesional prestado y el monto total de los honorarios. Si supera S/ 1,500, el sistema indica la retención del 8%.

  5. 5

    Emitir y enviar al pagador

    Confirma los datos, emite el recibo por honorarios electrónico y envíalo al correo del pagador. Queda registrado automáticamente en los sistemas de SUNAT.

Información importante

Consejos y datos útiles

La retención del 8% aplica cuando el monto del recibo supera S/ 1,500. El pagador retiene y declara ese monto a SUNAT.

Las personas naturales con rentas de cuarta categoría tienen una deducción automática de 7 UIT anuales para el cálculo del impuesto a la renta.

Si proyectas que tus ingresos anuales no superarán las 7 UIT, puedes solicitar la suspensión de retenciones de 4ta categoría desde el portal SOL.

Puedes revertir un recibo por honorarios emitido por error dentro de las 72 horas de su emisión, siempre que no haya sido pagado.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre recibos por honorarios

¿Cuándo me retienen el 8% en el recibo por honorarios?

La retención del 8% del impuesto a la renta de cuarta categoría aplica cuando el monto del recibo supera S/ 1,500. El pagador está obligado a retener ese porcentaje y declararlo a SUNAT.

¿Puedo solicitar la suspensión de retenciones de 4ta categoría?

Sí, si proyectas que tus ingresos anuales no superarán el monto equivalente a 7 UIT, puedes solicitar la suspensión de retenciones desde el portal SOL de SUNAT al inicio de cada año.

¿Los recibos por honorarios electrónicos tienen validez legal?

Sí, los recibos por honorarios electrónicos emitidos desde el portal SOL de SUNAT tienen la misma validez legal que los recibos físicos. Son comprobantes de pago oficiales.

Información útil de SUNAT

Horario de atenciónLunes a viernes: 8:30 a.m. – 5:00 p.m.
Centros de Servicios al Contribuyente
Central telefónica(01) 315-0730 / 0-801-12-100
Línea gratuita desde provincias
Portal SOLe-menu.sunat.gob.pe
Operaciones en Línea con Clave SOL

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