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Registro de Derechohabientes — EsSalud

Seguro Social de Salud

Presencial Sitio oficial

El registro de derechohabientes permite inscribir a tu cónyuge, concubino(a) e hijos en EsSalud para que accedan a la cobertura de salud. Se realiza a través del empleador (T-Registro) o directamente en las oficinas OSPE de EsSalud con el Formulario 1010. La activación es en 24 horas, pero el acceso pleno a prestaciones médicas requiere 3 meses de aportes.

Última actualización10 de marzo de 2026
Entidad responsableEsSalud — Seguro Social de Salud
Fuente oficialgob.pe/455
Verificado porEquipo TrámitesPerú.com
Guía informativa independiente. No somos EsSalud. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo Gratuito Sin costo para el asegurado
Activación 24 horas Tiempo de activación del registro
Acceso pleno 3 meses de aportes Para prestaciones médicas completas
Documentos necesarios

Requisitos para el registro de derechohabientes

Documentos base y específicos según el tipo de derechohabiente.

Documentos base

📋
Formulario 1010 firmado por empleador

Formulario de registro de derechohabientes debidamente completado y firmado por el empleador.

🪪
DNI del titular y del derechohabiente

Documentos de identidad originales y vigentes del asegurado titular y de la persona a inscribir.

Documentos adicionales por tipo

💍
Cónyuge

Acta de matrimonio original o copia certificada.

🤝
Concubino(a)

Escritura pública de unión de hecho inscrita en SUNARP o sentencia judicial.

👶
Hijos menores de 18 años

Acta de nacimiento original del hijo(a).

🤰
Hijos en gestación

Informe médico que acredite el estado de gestación.

Hijos mayores incapacitados

Dictamen médico de EsSalud que acredite incapacidad total y permanente, más partida de nacimiento.

Paso a paso

Cómo registrar derechohabientes en EsSalud

Tiempo estimado: 30 minutos.

  1. 1

    Solicitar al empleador el registro vía T-Registro

    El método principal es que tu empleador registre al derechohabiente a través de la plataforma T-Registro de SUNAT.

  2. 2

    Si el empleador no puede, acudir a oficina OSPE con Formulario 1010

    Si tu empleador no puede realizar el registro, acude directamente a la Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas (OSPE) con el Formulario 1010.

  3. 3

    Presentar documentos del derechohabiente

    Entrega los documentos según el tipo de derechohabiente: acta de matrimonio, escritura pública, acta de nacimiento, etc.

  4. 4

    EsSalud valida y activa en 24 horas

    EsSalud verifica la documentación y activa el registro del derechohabiente en un plazo de 24 horas.

  5. 5

    Verificar registro en plataforma VIVA

    Ingresa a viva.essalud.gob.pe para verificar que el derechohabiente aparezca correctamente registrado.

Información de pago

Costo del trámite

Registro de Derechohabientes — EsSalud

CostoGratuito — Sin costo para el asegurado
Información importante

Consejos y datos útiles

El método principal es vía T-Registro del empleador. Solo acude a OSPE si el empleador no puede hacerlo.

Los hijos están cubiertos hasta los 18 años de edad, salvo incapacidad total y permanente.

Las gestantes se desactivan automáticamente 42 días después del parto (a menos que fallezca el hijo).

Verifica siempre el registro en viva.essalud.gob.pe después de realizar el trámite.

Errores comunes

Errores que debes evitar

No registrar al recién nacido

Si nace un hijo, debes registrarlo como derechohabiente para que acceda a la cobertura de salud de EsSalud.

No saber que hijos solo cubren hasta 18 años

La cobertura de hijos como derechohabientes finaliza al cumplir 18 años, salvo incapacidad acreditada.

No verificar la activación en VIVA

Después del registro, verifica en viva.essalud.gob.pe que el derechohabiente figure como activo.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre registro de derechohabientes

¿Mis hijos mayores de 18 pueden estar asegurados?

Solo si tienen incapacidad total y permanente acreditada por dictamen médico de EsSalud. De lo contrario, pierden la cobertura al cumplir 18 años.

¿Mi conviviente puede ser derechohabiente?

Sí, siempre que la unión de hecho esté reconocida mediante escritura pública inscrita en SUNARP o por sentencia judicial.

¿Cuánto demora la activación?

El registro se activa en 24 horas. Sin embargo, para acceder a prestaciones médicas completas se requiere un mínimo de 3 meses consecutivos de aportes.

Información útil de EsSalud

Contacto EsSalud(01) 411-8000 opción 3 (Lima)
0801-10010 (provincias)
consultas.viva@essalud.gob.pe

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