Registro de Derechohabientes — EsSalud
Seguro Social de Salud
El registro de derechohabientes permite inscribir a tu cónyuge, concubino(a) e hijos en EsSalud para que accedan a la cobertura de salud. Se realiza a través del empleador (T-Registro) o directamente en las oficinas OSPE de EsSalud con el Formulario 1010. La activación es en 24 horas, pero el acceso pleno a prestaciones médicas requiere 3 meses de aportes.
Requisitos para el registro de derechohabientes
Documentos base y específicos según el tipo de derechohabiente.
Documentos base
Formulario de registro de derechohabientes debidamente completado y firmado por el empleador.
Documentos de identidad originales y vigentes del asegurado titular y de la persona a inscribir.
Documentos adicionales por tipo
Acta de matrimonio original o copia certificada.
Escritura pública de unión de hecho inscrita en SUNARP o sentencia judicial.
Acta de nacimiento original del hijo(a).
Informe médico que acredite el estado de gestación.
Dictamen médico de EsSalud que acredite incapacidad total y permanente, más partida de nacimiento.
Cómo registrar derechohabientes en EsSalud
Tiempo estimado: 30 minutos.
-
1
Solicitar al empleador el registro vía T-Registro
El método principal es que tu empleador registre al derechohabiente a través de la plataforma T-Registro de SUNAT.
-
2
Si el empleador no puede, acudir a oficina OSPE con Formulario 1010
Si tu empleador no puede realizar el registro, acude directamente a la Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas (OSPE) con el Formulario 1010.
-
3
Presentar documentos del derechohabiente
Entrega los documentos según el tipo de derechohabiente: acta de matrimonio, escritura pública, acta de nacimiento, etc.
-
4
EsSalud valida y activa en 24 horas
EsSalud verifica la documentación y activa el registro del derechohabiente en un plazo de 24 horas.
-
5
Verificar registro en plataforma VIVA
Ingresa a viva.essalud.gob.pe para verificar que el derechohabiente aparezca correctamente registrado.
Costo del trámite
Registro de Derechohabientes — EsSalud
Consejos y datos útiles
El método principal es vía T-Registro del empleador. Solo acude a OSPE si el empleador no puede hacerlo.
Los hijos están cubiertos hasta los 18 años de edad, salvo incapacidad total y permanente.
Las gestantes se desactivan automáticamente 42 días después del parto (a menos que fallezca el hijo).
Verifica siempre el registro en viva.essalud.gob.pe después de realizar el trámite.
Errores que debes evitar
Si nace un hijo, debes registrarlo como derechohabiente para que acceda a la cobertura de salud de EsSalud.
La cobertura de hijos como derechohabientes finaliza al cumplir 18 años, salvo incapacidad acreditada.
Después del registro, verifica en viva.essalud.gob.pe que el derechohabiente figure como activo.
Preguntas sobre registro de derechohabientes
¿Mis hijos mayores de 18 pueden estar asegurados?
Solo si tienen incapacidad total y permanente acreditada por dictamen médico de EsSalud. De lo contrario, pierden la cobertura al cumplir 18 años.
¿Mi conviviente puede ser derechohabiente?
Sí, siempre que la unión de hecho esté reconocida mediante escritura pública inscrita en SUNARP o por sentencia judicial.
¿Cuánto demora la activación?
El registro se activa en 24 horas. Sin embargo, para acceder a prestaciones médicas completas se requiere un mínimo de 3 meses consecutivos de aportes.
Información útil de EsSalud
0801-10010 (provincias)
consultas.viva@essalud.gob.pe
¿No encuentras tu trámite?
Escríbenos y lo documentamos. Cada semana agregamos nuevas guías según lo que la gente necesita.
Enviar solicitud