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Nació tu hijo — Trámites paso a paso 2026

Guía multi-entidad: RENIEC, SIS, EsSalud, MIDIS, MTPE

El nacimiento de un hijo es uno de los momentos más importantes de tu vida, pero también implica una serie de trámites que debes realizar para garantizar que tu bebé tenga identidad, salud y protección social desde el primer día. Esta guía te lleva paso a paso por cada trámite, con costos, plazos y enlaces directos a las entidades del Estado.

Costo estimado S/28 (solo el DNI)
Plazo crítico 30 días para el acta
Entidades 5+ entidades del Estado
Última actualización17 de marzo de 2026
Tipo de guíaMulti-entidad (evento de vida)
Fuentes oficialeswww.gob.pe
Verificado porEquipo TrámitesPerú.com
Guía informativa independiente. No somos una entidad del gobierno. Verifica siempre en las fuentes oficiales.
Visión general

¿Qué trámites necesitas hacer cuando nace tu hijo?

El nacimiento de un hijo activa una serie de obligaciones y derechos que debes conocer para proteger al recién nacido.

Cuando nace un bebé en Perú, los padres deben realizar varios trámites ante distintas entidades del Estado para garantizar que el recién nacido tenga identidad legal, acceso a salud y protección social. Algunos de estos trámites tienen plazos estrictos — como el registro del nacimiento dentro de los 30 días siguientes — mientras que otros se pueden gestionar con mayor flexibilidad.

La buena noticia es que la mayoría de estos trámites son gratuitos o de bajo costo. El Estado peruano ha simplificado progresivamente el proceso: hoy es posible registrar al bebé y obtener su acta de nacimiento directamente en muchos hospitales y clínicas, gracias a convenios entre el Ministerio de Salud y RENIEC. En los establecimientos de salud más grandes, incluso puedes tramitar el DNI del menor sin necesidad de ir a una oficina de RENIEC.

Esta guía está organizada en orden cronológico: desde los documentos que recibes en el hospital inmediatamente después del parto, hasta los beneficios sociales y laborales a los que pueden acceder los padres durante las primeras semanas y meses. Si eres padre o madre por primera vez, te recomendamos leer la guía completa para no perder ningún plazo ni beneficio.

Nota importante: Esta guía cubre los trámites para nacimientos en territorio peruano. Si tu hijo nació en el extranjero, el proceso de registro es diferente y se realiza a través del consulado peruano correspondiente. Los beneficios laborales (subsidio por maternidad, licencia por paternidad, asignación familiar) aplican para trabajadores en planilla del sector formal.

Paso 1 de 8

Paso 1: Certificado de Nacido Vivo (CNV)

El primer documento que recibirás tras el nacimiento de tu hijo, emitido por el establecimiento de salud.

PASO 1
🏥 Hospital / Clínica

El Certificado de Nacido Vivo (CNV) es el documento médico oficial que acredita el nacimiento de tu hijo. Es emitido por el profesional de salud que atendió el parto — médico u obstetra — en el establecimiento de salud donde ocurrió el nacimiento. Este certificado es indispensable para el siguiente paso: la inscripción del acta de nacimiento en RENIEC.

El CNV contiene información fundamental: los datos de la madre (nombre completo, DNI, edad, estado civil), los datos del recién nacido (sexo, fecha y hora de nacimiento, peso, talla, puntaje APGAR), los datos del establecimiento de salud y la firma del profesional que atendió el parto. Desde 2015, el CNV se emite en formato electrónico a través del Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Línea (CNV en Línea), administrado por el Ministerio de Salud (MINSA), lo que permite que RENIEC acceda a la información de forma inmediata para agilizar la inscripción del nacimiento.

El CNV se emite de forma gratuita e inmediata tras el parto. No necesitas realizar ningún trámite adicional: el personal de salud lo genera automáticamente. Sin embargo, asegúrate de verificar que todos los datos sean correctos antes de firmar, especialmente el nombre del recién nacido, la fecha de nacimiento y los datos de ambos padres. Un error en el CNV puede complicar la inscripción del acta de nacimiento.

¿Qué pasa si el parto ocurre fuera de un establecimiento de salud? Si el nacimiento ocurre en domicilio o en un lugar no institucional (como un parto atendido por partera), la inscripción del nacimiento se realiza mediante una declaración jurada de los padres ante RENIEC, acompañada de la constancia del profesional de salud que atendió el parto (si lo hubo) o de dos testigos que presenciaron el nacimiento. En comunidades rurales, los agentes comunitarios de salud pueden facilitar este proceso.

Documentos que debes llevar al hospital: Para que el CNV se emita correctamente con los datos de ambos padres, lleva al hospital el DNI de la madre y el DNI del padre. Si los padres están casados, también es recomendable llevar la partida de matrimonio, aunque no es estrictamente obligatorio. Si la madre es soltera, el padre puede realizar el reconocimiento voluntario del hijo en el mismo acto de inscripción.

💰 Gratuito
⏱️ Inmediato (tras el parto)
🏛️ Hospital / Clínica
💡 Verifica que el nombre del bebé esté correctamente escrito en el CNV. Una vez registrado en RENIEC, cambiar el nombre del menor requiere un proceso judicial. También confirma que los datos de ambos padres (DNI, nombres) sean exactos.
Paso 2 de 8

Paso 2: Acta de nacimiento en RENIEC

El acta de nacimiento es el documento oficial que le otorga identidad legal a tu hijo ante el Estado peruano.

PASO 2
📜 RENIEC

La inscripción del nacimiento y la emisión del acta de nacimiento es uno de los trámites más importantes que debes realizar como padre o madre. El acta de nacimiento es el documento que acredita la existencia legal de tu hijo, establece su filiación (quiénes son sus padres), su nacionalidad peruana y es requisito para todos los demás trámites: DNI, seguro de salud, matrícula escolar, pasaporte, entre otros.

Plazo para la inscripción: Tienes 30 días calendario desde la fecha de nacimiento para inscribir al bebé de forma ordinaria y gratuita. Después de los 30 días, la inscripción se considera extemporánea y tiene un costo adicional (aproximadamente S/28). Además, la inscripción extemporánea requiere documentos adicionales como una declaración jurada de los padres y, en algunos casos, dos testigos. Por ello, es fundamental no dejar pasar el plazo de 30 días.

¿Dónde inscribir? Puedes inscribir el nacimiento en: (1) la oficina de RENIEC ubicada dentro del hospital o clínica donde nació el bebé — esta es la opción más rápida y cómoda, disponible en la mayoría de hospitales del MINSA y clínicas privadas de las principales ciudades; (2) cualquier oficina registral de RENIEC a nivel nacional; o (3) en la oficina de registro civil de la municipalidad distrital donde nació el bebé, en aquellos distritos donde RENIEC ha delegado la función registral.

Requisitos: Necesitarás el Certificado de Nacido Vivo (CNV) emitido por el hospital, el DNI vigente de ambos padres (o al menos de la madre), y la partida de matrimonio si los padres están casados. Si los padres no están casados, el padre puede realizar el reconocimiento voluntario del hijo presentándose personalmente en el acto de inscripción con su DNI. Si el padre no se presenta, el niño se inscribe solo con los apellidos de la madre, y el reconocimiento paterno se puede hacer posteriormente.

Elección del nombre: En Perú, los padres tienen libertad para elegir los nombres de sus hijos, pero el registrador puede observar nombres que resulten extravagantes, ridículos o que puedan generar burla o perjuicio al menor. El recién nacido llevará como primer apellido el del padre y como segundo apellido el de la madre. Si solo es reconocido por la madre, llevará ambos apellidos de ella.

💰 Gratuito (antes de 30 días)
⏱️ Mismo día
🏛️ RENIEC
💡 Si el bebé nació en un hospital grande del MINSA o EsSalud, busca la oficina de RENIEC dentro del hospital. Así puedes inscribir al bebé antes de salir del hospital. Muchos hospitales permiten hacer la inscripción el mismo día del nacimiento.
Paso 3 de 8

Paso 3: DNI del menor

El Documento Nacional de Identidad del recién nacido es obligatorio y lo necesitarás para casi todo.

PASO 3
🪪 RENIEC

El DNI del menor es el documento de identidad obligatorio para todos los ciudadanos peruanos, incluidos los recién nacidos. A diferencia del DNI de adultos, el DNI del menor de edad es de color amarillo (para menores de 0 a 17 años) y no incluye huella dactilar hasta los 6 años. Sin este documento, no podrás afiliar a tu hijo a un seguro de salud, matricularlo en una institución educativa ni realizar ningún trámite ante el Estado en su nombre.

Costo y vigencia: El DNI del menor tiene un costo de S/28 para el trámite regular (entrega en 15 días hábiles). También existen opciones de entrega rápida: S/39 para entrega en 7 días y S/43 para entrega en 3 días. El DNI del menor tiene una vigencia de 3 años desde su emisión, por lo que deberás renovarlo cuando tu hijo cumpla 3 años, y luego nuevamente a los 6, 9, 12 y 15 años. A los 17 años se tramita el DNI de mayor de edad (azul).

¿Dónde tramitarlo? El DNI del recién nacido se puede tramitar en: (1) la misma oficina de RENIEC dentro del hospital, si el establecimiento cuenta con esta facilidad — muchos hospitales del MINSA en Lima y capitales de región ofrecen este servicio; (2) cualquier agencia de RENIEC a nivel nacional; o (3) en las oficinas registrales autorizadas de algunas municipalidades.

Requisitos: Para tramitar el DNI del recién nacido necesitas: el acta de nacimiento original del menor (obtenida en el paso anterior), el DNI vigente de al menos uno de los padres (quien realiza el trámite), y el pago de la tasa correspondiente. El menor debe estar presente físicamente para que le tomen la fotografía que aparecerá en el DNI.

DNI y cuenta bancaria: Desde 2023, el DNI del menor también es necesario para que el Banco de la Nación aperture cuentas de ahorro para programas sociales (como Juntos o Contigo). Además, varias entidades financieras permiten abrir cuentas de ahorro a nombre de menores con el DNI del menor y el DNI del padre o tutor.

Viajes con menores: Para viajes nacionales (por vía aérea), el DNI del menor es obligatorio. Para viajes internacionales, necesitarás además el pasaporte del menor y, si viaja con solo uno de los padres o con terceros, la autorización notarial de viaje del otro padre.

💰 S/28 (regular)
⏱️ 3 a 15 días hábiles
🏛️ RENIEC
💡 Si puedes, tramita el DNI del bebé en el mismo hospital donde nació, el mismo día que inscribes el acta de nacimiento. Así evitas un viaje adicional a RENIEC con un recién nacido. Guarda el DNI del menor en un lugar seguro: lo necesitarás para cada cita médica, vacuna y trámite.
Paso 4 de 8

Paso 4: Seguro Integral de Salud (SIS) gratuito

El SIS brinda cobertura de salud gratuita para recién nacidos en situación de pobreza o sin otro seguro.

PASO 4
🏥 SIS / MINSA

El Seguro Integral de Salud (SIS) es el seguro público de salud del Estado peruano, administrado por el Ministerio de Salud, que brinda cobertura gratuita o subsidiada a las personas que no cuentan con otro seguro de salud (como EsSalud). Para los recién nacidos, el SIS es una red de protección fundamental que cubre consultas, hospitalizaciones, cirugías, medicamentos, vacunas, controles de crecimiento y desarrollo (CRED) y atenciones de emergencia.

¿Es automático para recién nacidos? Sí, en muchos casos. Si la madre está afiliada al SIS al momento del parto, el recién nacido queda automáticamente cubierto durante los primeros 12 meses de vida, sin necesidad de ningún trámite adicional. También se afilian automáticamente los recién nacidos que se encuentran en situación de pobreza o pobreza extrema según la clasificación socioeconómica del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).

¿Cómo afiliar al bebé si no es automático? Si la madre no está afiliada al SIS y el recién nacido no tiene otro seguro (no está en EsSalud como derechohabiente), puedes afiliarlo al SIS de la siguiente manera: (1) Acude a cualquier establecimiento de salud público (centro de salud, hospital del MINSA) con el DNI del menor y el DNI de uno de los padres; (2) Solicita la evaluación socioeconómica del SISFOH — si el hogar califica como pobre o pobre extremo, la afiliación al SIS gratuito es inmediata; (3) Si el hogar no califica como pobre, puedes afiliarte al SIS Independiente o SIS Emprendedor pagando una cuota mensual accesible (desde S/39 mensuales).

Cobertura del SIS para recién nacidos: El SIS cubre prácticamente todas las atenciones de salud que un recién nacido necesita: controles de crecimiento y desarrollo (CRED) según el calendario del MINSA, vacunación completa según el esquema nacional, atención de enfermedades respiratorias y diarreicas (las más frecuentes en la infancia), hospitalizaciones, cirugías pediátricas, atención de emergencias y medicamentos. La cobertura es válida en todos los establecimientos de salud públicos del MINSA y de los gobiernos regionales a nivel nacional.

Importante: El SIS y EsSalud son complementarios, no excluyentes. Si tu hijo ya está registrado como derechohabiente en EsSalud (porque uno de los padres trabaja en planilla), no necesita el SIS. Sin embargo, si el bebé no tiene cobertura de EsSalud, el SIS es la mejor opción para garantizar su atención médica desde el primer día.

💰 Gratuito (para población vulnerable)
⏱️ Inmediato o hasta 7 días
🏛️ SIS / MINSA
💡 No esperes a que tu bebé se enferme para afiliarlo. Haz el trámite en los primeros días de vida. Los controles CRED son obligatorios y empiezan desde las 48 horas de nacido. Tener al bebé afiliado al SIS desde el inicio garantiza que todas las atenciones sean cubiertas sin costo.
Paso 5 de 8

Paso 5: Registro en EsSalud como derechohabiente

Si uno de los padres trabaja en planilla, el recién nacido tiene derecho a atención en EsSalud.

PASO 5
🩺 EsSalud

EsSalud (Seguro Social de Salud) es el sistema de seguridad social en salud para los trabajadores del sector formal en Perú. Todo trabajador en planilla está afiliado a EsSalud a través de los aportes que realiza su empleador (equivalentes al 9% de la remuneración mensual). Los hijos de los asegurados titulares tienen derecho a ser registrados como derechohabientes y recibir atención médica en los hospitales y centros de salud de EsSalud.

¿Cómo registrar al recién nacido? El registro del recién nacido como derechohabiente en EsSalud lo realiza el empleador del padre o la madre que está afiliado como titular. El proceso es el siguiente: (1) Comunica al área de Recursos Humanos de tu empresa el nacimiento de tu hijo; (2) El empleador registra al menor en el T-Registro de SUNAT como derechohabiente del trabajador, indicando el DNI del menor, la fecha de nacimiento y el vínculo familiar (hijo); (3) Una vez registrado en el T-Registro, el menor aparece automáticamente como derechohabiente en el sistema de EsSalud dentro de un plazo de 24 a 72 horas.

Requisitos para el registro: El empleador necesitará una copia del acta de nacimiento del menor, el número de DNI del menor (si ya fue tramitado) y el DNI del trabajador asegurado titular. No hay costo alguno para el trabajador — el registro es parte de las obligaciones del empleador.

Cobertura de EsSalud para recién nacidos: Una vez registrado como derechohabiente, tu hijo tiene derecho a: atención médica integral en los hospitales y policlínicos de EsSalud, controles de niño sano, vacunación, atención de emergencias, hospitalización, cirugías, medicamentos y rehabilitación. La cobertura es válida hasta que el menor cumpla 18 años de edad.

Latencia de EsSalud: EsSalud tiene un periodo de latencia: el derecho de cobertura se mantiene activo mientras el trabajador titular esté en planilla y el empleador esté al día con los aportes. Si el trabajador deja de laborar, la cobertura de EsSalud se mantiene por un periodo de latencia de hasta 12 meses (dependiendo del tiempo de aportes acumulados). Durante el periodo de latencia, los derechohabientes (incluidos los hijos menores) mantienen su derecho de atención.

¿EsSalud o SIS? Si el bebé está registrado como derechohabiente en EsSalud, no necesita afiliarse al SIS. EsSalud tiene una red hospitalaria propia con infraestructura generalmente superior a la del MINSA en las principales ciudades. Sin embargo, si ambos padres son trabajadores independientes o informales y no aportan a EsSalud, el SIS es la alternativa gratuita para la cobertura de salud del menor.

💰 Gratuito (lo registra el empleador)
⏱️ 24 a 72 horas tras el registro
🏛️ EsSalud
💡 No esperes a que tu hijo necesite atención médica. Comunica el nacimiento a tu empleador en los primeros días para que registre al menor como derechohabiente lo antes posible. Así, cuando lo lleves a su primer control de niño sano, ya estará habilitado en el sistema de EsSalud.
Paso 6 de 8

Paso 6: Subsidio por maternidad

Las trabajadoras en planilla tienen derecho a 98 días de descanso por maternidad con pago completo.

PASO 6
💰 EsSalud

El subsidio por maternidad es una prestación económica que EsSalud otorga a las trabajadoras aseguradas durante su periodo de descanso por maternidad. Este subsidio reemplaza la remuneración que la trabajadora deja de percibir durante los 98 días de licencia. El pago es equivalente al promedio de las 12 últimas remuneraciones mensuales, lo que significa que la trabajadora recibe prácticamente el mismo sueldo durante toda la licencia.

Duración de la licencia: La licencia por maternidad dura 98 días calendario, divididos en 49 días de descanso prenatal (antes del parto) y 49 días de descanso postnatal (después del parto). La madre tiene la opción de diferir total o parcialmente el descanso prenatal para acumularlo al postnatal, siempre que cuente con autorización del médico tratante. Por ejemplo, puede tomar solo 14 días antes del parto y acumular los 35 días restantes al periodo postnatal, teniendo así 84 días después del nacimiento.

Extensiones de la licencia: La licencia se extiende en los siguientes casos: 30 días adicionales por nacimiento múltiple (gemelos, trillizos, etc.), 30 días adicionales si el recién nacido nace con discapacidad o presenta complicaciones graves de salud. En total, la licencia puede llegar hasta 128 días en caso de nacimiento múltiple con complicaciones.

Requisitos para acceder al subsidio: Para que EsSalud pague el subsidio por maternidad, la trabajadora debe cumplir: (1) Estar afiliada a EsSalud como asegurada regular (trabajadora en planilla); (2) Tener al menos 3 meses de aportes consecutivos o 4 meses no consecutivos dentro de los 6 meses anteriores al inicio del descanso; (3) Tener vínculo laboral vigente al momento del inicio del descanso; (4) No realizar trabajo remunerado durante el periodo de descanso.

¿Cómo se paga? El subsidio lo paga inicialmente el empleador como parte de la remuneración mensual regular. Posteriormente, el empleador solicita el reembolso a EsSalud. En la práctica, la trabajadora no nota diferencia en su pago — sigue recibiendo su sueldo normalmente a través de su empleador. El empleador tiene hasta 6 meses después del término del subsidio para solicitar el reembolso a EsSalud.

Licencia de paternidad: El padre trabajador también tiene derecho a una licencia por paternidad de 10 días calendario consecutivos, con goce de haber completo, contados desde la fecha de nacimiento del hijo. En casos especiales (nacimiento prematuro, parto múltiple, nacimiento de hijo con discapacidad, complicaciones graves de salud de la madre o del recién nacido), la licencia se extiende a 20 días calendario. Esta licencia la paga íntegramente el empleador (no EsSalud). El padre debe comunicar al empleador la fecha probable de parto con al menos 15 días de anticipación.

💰 Pago completo (98 días)
⏱️ 98 días de licencia
🏛️ EsSalud
💡 Planifica tu descanso prenatal con tu médico. Si tu salud lo permite, puedes diferir días del periodo prenatal al postnatal para pasar más tiempo con tu bebé después del nacimiento. Comunica tu decisión por escrito a tu empleador y asegúrate de tener la autorización médica documentada.
Paso 7 de 8

Paso 7: Asignación familiar

Bono mensual equivalente al 10% de la Remuneración Mínima Vital para trabajadores con hijos menores.

PASO 7
👨‍👩‍👧 MTPE / Empleador

La asignación familiar es un beneficio laboral establecido por la Ley N.° 25129, que otorga a los trabajadores en planilla del sector privado un monto adicional mensual equivalente al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente. En 2026, con una RMV de S/1,025, la asignación familiar equivale a S/102.50 mensuales. Este monto se suma a la remuneración mensual del trabajador y tiene carácter remunerativo, lo que significa que se incluye en el cálculo de gratificaciones, CTS, vacaciones y aportes a EsSalud y pensiones.

¿Quién tiene derecho? Todo trabajador del sector privado que tenga uno o más hijos menores de 18 años. Si el hijo mayor de 18 años está cursando estudios superiores (universitarios o técnicos), el beneficio se extiende hasta que cumpla 24 años de edad, siempre que acredite la condición de estudiante. El monto es el mismo independientemente del número de hijos: un trabajador con un hijo recibe S/102.50, y un trabajador con cinco hijos también recibe S/102.50.

¿Cómo solicitarla? Para activar la asignación familiar, el trabajador debe comunicar por escrito a su empleador que tiene un hijo menor de edad, adjuntando una copia del acta de nacimiento o del DNI del menor. No es necesario realizar ningún trámite ante una entidad del Estado — es una obligación del empleador incluir este concepto en la boleta de pago del trabajador. Si ambos padres trabajan en planilla en distintas empresas, ambos tienen derecho a recibir la asignación familiar independientemente.

Casos especiales: Si el trabajador tiene un hijo con discapacidad, la asignación familiar se mantiene indefinidamente, sin importar la edad del hijo, siempre que se acredite la condición de discapacidad con el certificado correspondiente. Si el trabajador labora en una empresa del sector público, la asignación familiar se rige por normas específicas del sector público y los montos pueden variar.

Obligación del empleador: El empleador está obligado a pagar la asignación familiar desde el mes en que el trabajador acredita tener un hijo menor. Si el empleador se niega o no la incluye en la boleta de pago, el trabajador puede presentar una queja ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), que puede imponer multas al empleador por incumplimiento de beneficios sociales.

💰 S/102.50 mensuales (2026)
⏱️ Desde el mes de comunicación
🏛️ MTPE / Empleador
💡 No esperes a que tu empleador te pregunte si tienes hijos. Presenta una solicitud formal por escrito adjuntando el acta de nacimiento. Si ambos padres trabajan, ambos deben solicitar la asignación en sus respectivas empresas. Verifica que aparezca como concepto separado en tu boleta de pago.
Paso 8 de 8

Paso 8: Programas sociales del MIDIS

Si tu hogar se encuentra en condición de pobreza, puedes acceder a programas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

PASO 8
🤝 MIDIS

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) administra varios programas sociales diseñados para apoyar a las familias en situación de pobreza y pobreza extrema. Dos de los más relevantes cuando nace un hijo son el Programa Nacional Cuna Más y el Programa Juntos. Estos programas no son universales — están focalizados en hogares que cumplen ciertos criterios socioeconómicos según la clasificación del SISFOH.

Programa Nacional Cuna Más: Es un programa del MIDIS que brinda atención integral a niños y niñas menores de 36 meses (3 años) de edad que viven en zonas de pobreza y pobreza extrema. El programa opera a través de dos modalidades: (1) Servicio de Cuidado Diurno, que funciona como guarderías comunitarias donde se brinda cuidado, alimentación nutritiva, estimulación temprana y aprendizaje infantil a los niños mientras los padres trabajan; (2) Servicio de Acompañamiento a Familias, donde facilitadores realizan visitas domiciliarias y sesiones grupales para fortalecer las prácticas de crianza de las familias. Ambos servicios son completamente gratuitos.

Programa Juntos: Es un programa de transferencia monetaria condicionada que entrega un incentivo económico de S/200 bimensuales (cada dos meses) a hogares en condición de pobreza con gestantes, niños, niñas y adolescentes hasta los 19 años. Las familias beneficiarias se comprometen a cumplir corresponsabilidades en salud (controles prenatales, CRED, vacunación) y educación (asistencia escolar). Para recibir el incentivo, la gestante o madre debe llevar al niño a todos sus controles de salud según el calendario del MINSA.

¿Cómo saber si califico? La elegibilidad para estos programas depende de la clasificación socioeconómica de tu hogar en el SISFOH (Sistema de Focalización de Hogares). Para conocer tu clasificación, puedes: (1) Consultar en línea en la página del SISFOH con tu DNI; (2) Acercarte a la Unidad Local de Empadronamiento (ULE) de tu municipalidad distrital y solicitar que un empadronador visite tu hogar para realizar la evaluación socioeconómica. Si tu hogar es clasificado como "pobre" o "pobre extremo", eres elegible para Juntos y Cuna Más (siempre que el programa opere en tu distrito).

Otros programas del MIDIS: Además de Cuna Más y Juntos, el MIDIS administra: Qali Warma (alimentación escolar gratuita para niños de inicial y primaria en escuelas públicas), Contigo (pensión para personas con discapacidad severa en condición de pobreza) y Pensión 65 (para adultos mayores). Estos programas pueden beneficiar a tu familia en etapas posteriores.

💰 Gratuito (y con incentivos económicos)
⏱️ Variable según disponibilidad
🏛️ MIDIS
💡 No asumas que no calificas. Acude a la ULE de tu municipalidad y solicita la evaluación socioeconómica. Muchas familias que califican no acceden a estos programas simplemente porque no saben que existen o no solicitan la evaluación. El trámite es gratuito y puede significar un apoyo importante para tu familia.
Resumen

Cronograma de trámites tras el nacimiento

Organiza tus trámites según la urgencia y los plazos legales.

Primeras 48 horas

En el hospital, antes de salir: recibe el Certificado de Nacido Vivo e inscribe el acta de nacimiento en la oficina de RENIEC dentro del hospital (si la hay). Si el hospital ofrece el servicio de DNI del menor, tramítalo también.

Primera semana

Si no pudiste inscribir al bebé en el hospital: acude a RENIEC o a la municipalidad para obtener el acta de nacimiento. Tramita el DNI del menor si aún no lo hiciste. Comunica a tu empleador el nacimiento para el registro en EsSalud y la activación de la asignación familiar. Si eres padre, solicita tu licencia por paternidad de 10 días.

Primer mes

Afilia al bebé al SIS (si no tiene EsSalud). Asegúrate de que el bebé ya esté registrado como derechohabiente en EsSalud. Inicia los controles CRED (Crecimiento y Desarrollo) del bebé. Solicita la asignación familiar a tu empleador con el acta de nacimiento.

Primeros 3 meses

Verifica que el subsidio por maternidad se esté pagando correctamente. Evalúa tu elegibilidad para programas sociales del MIDIS (Cuna Más, Juntos). Lleva al bebé a todas sus citas de vacunación según el calendario del MINSA.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre trámites por nacimiento

Las 6 preguntas más comunes de los padres sobre los trámites cuando nace un hijo en Perú.

¿Cuántos días tengo para registrar el nacimiento?

Tienes 30 días calendario desde la fecha de nacimiento para registrar al bebé de forma gratuita en RENIEC. La inscripción se puede hacer en la oficina de RENIEC del hospital donde nació el bebé, en cualquier agencia de RENIEC a nivel nacional, o en la oficina de registro civil de la municipalidad distrital. Después de los 30 días, la inscripción se considera extemporánea: tiene un costo de aproximadamente S/28, requiere una declaración jurada de los padres y puede necesitar testigos. No dejes pasar el plazo: inscribe al bebé en el hospital si es posible, antes de salir.

¿El DNI del bebé es obligatorio?

Sí, el DNI del menor es obligatorio para todos los ciudadanos peruanos, incluidos los recién nacidos. Sin el DNI del menor, no podrás: afiliarlo a un seguro de salud (SIS o EsSalud), acceder a programas sociales (Juntos, Cuna Más), matricularlo en instituciones educativas (cuando llegue la edad), realizar viajes nacionales por vía aérea, tramitar su pasaporte para viajes internacionales, ni abrirle una cuenta bancaria. El DNI del menor cuesta S/28 en trámite regular, tiene vigencia de 3 años y se puede tramitar en RENIEC o, en muchos casos, directamente en el hospital donde nació.

¿El seguro SIS es automático?

Sí, para los hijos de madres afiliadas al SIS, la cobertura del recién nacido es automática durante los primeros 12 meses de vida. También es automático para recién nacidos en hogares clasificados como pobres o pobres extremos por el SISFOH. En estos casos, no necesitas hacer ningún trámite: el bebé ya está cubierto. Si la madre no está afiliada al SIS y el hogar no está clasificado, debes acudir a un establecimiento de salud público para solicitar la afiliación, que puede ser al SIS gratuito (si calificas) o al SIS Independiente (desde S/39 mensuales). Recuerda que si el bebé ya tiene EsSalud, no necesita el SIS.

¿Cuánto dura la licencia de maternidad?

La licencia de maternidad en Perú dura 98 días calendario: 49 días antes del parto (descanso prenatal) y 49 días después del parto (descanso postnatal). La madre puede diferir parcial o totalmente los días prenatales al periodo postnatal, con autorización médica, para tener más tiempo con el bebé después del nacimiento. La licencia se extiende 30 días adicionales en caso de nacimiento múltiple y 30 días más si el recién nacido tiene discapacidad. Durante toda la licencia, la trabajadora recibe su remuneración completa, financiada a través del subsidio por maternidad de EsSalud.

¿El padre tiene licencia?

Sí, en Perú el padre trabajador tiene derecho a 10 días calendario consecutivos de licencia por paternidad con goce de haber completo, contados desde la fecha de nacimiento del hijo. Esta licencia se extiende a 20 días calendario en casos especiales: nacimiento múltiple (gemelos, trillizos), nacimiento prematuro, recién nacido con discapacidad, o complicaciones graves de salud de la madre o el bebé. La licencia por paternidad la paga íntegramente el empleador. El padre debe comunicar al empleador la fecha probable de parto con al menos 15 días de anticipación para garantizar el goce oportuno de la licencia.

¿Qué es la asignación familiar?

La asignación familiar es un beneficio laboral que recibe todo trabajador en planilla del sector privado que tenga uno o más hijos menores de 18 años (o hasta 24 si cursan estudios superiores). El monto equivale al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV), que en 2026 es S/102.50 mensuales. Este monto es fijo independientemente del número de hijos. Se paga junto con la remuneración mensual y tiene carácter remunerativo, es decir, se incluye en el cálculo de gratificaciones, CTS y vacaciones. Si ambos padres trabajan en planilla, ambos tienen derecho a recibirla. Para activarla, presenta a tu empleador el acta de nacimiento de tu hijo.

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