Subsidio por maternidad EsSalud: cómo cobrar los 98 días con el Formulario 1040
EsSalud — Plataforma VIVA virtual o Formulario 1040 en 35 OSPE · Plazo 6 meses · Ley 26644 + Ley 30367 (98 días + 30 por parto múltiple/discapacidad) · DS 005-2011-TR + DS 002-2016-TR · Ley 26790 + Ley 27056 · Fuero maternidad despido nulo Ley 30367 + Ley 30709
El Subsidio por Maternidad es una prestación económica de EsSalud que compensa la pérdida de ingresos de la asegurada titular durante el descanso pre y postnatal. Cubre 98 días (49 prenatales + 49 postnatales) según la Ley 26644 modificada por la Ley 30367, ampliable a 128 días en caso de parto múltiple (gemelos, trillizos) o nacimiento con discapacidad médicamente certificada. Marco normativo complementario: DS 005-2011-TR (Reglamento Ley 26644), DS 002-2016-TR (Reglamento Ley 30367), Ley 26790 (Modernización Seguridad Social en Salud) y Ley 27056 (Creación EsSalud).
El monto del subsidio se calcula con la fórmula oficial: (remuneraciones últimos 4 meses ÷ 120 días) × 98 días. Por ejemplo, una trabajadora que ganó S/3,000 mensuales en los últimos 4 meses recibe S/9,800 totales (S/100 promedio diario × 98 días). El pago se realiza en 2 armadas: primera al cumplirse los 49 días tras el parto + segunda al vencimiento de los 98 días (o 128 días en parto múltiple/discapacidad). El empleador adelanta el pago durante el descanso y luego solicita reembolso a EsSalud. Para trabajadoras independientes (Seguro Potestativo +Salud): el pago va directo a la cuenta bancaria de la asegurada.
El trámite se realiza por dos canales gratuitos: (1) Plataforma VIVA (Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado) en viva.essalud.gob.pe — 100% virtual, recomendado por agilidad; (2) Formulario 1040 (Solicitud de Prestaciones Económicas) descargable en essalud.gob.pe, presentado en cualquiera de las 35 Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas (OSPE) a nivel nacional. Plazo de presentación: 6 meses desde el postparto. EsSalud evalúa en 30-60 días. Adicional al subsidio: la asegurada también accede al Subsidio por Lactancia (S/820 pago único), permiso de lactancia 1 hora diaria (Ley 27240) y al fuero de maternidad que prohíbe el despido durante el embarazo y los 90 días posteriores al parto (Ley 30367 + Ley 30709).
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El subsidio es 100% gratuito y se calcula con tu promedio de remuneraciones de los últimos 4 meses × 98 días. Plazo MÁXIMO para presentar la solicitud: 6 meses tras el postparto — si pasa, prescribe el derecho. El descanso es OBLIGATORIO y el empleador NO puede despedirte (fuero maternidad).
Trámite vía VIVA (recomendado, 100% virtual) o Formulario 1040 en 35 OSPE. EsSalud paga en 2 armadas (49 días + 98 días). Si te despiden estando embarazada o en descanso: denuncia inmediata a SUNAFIL (0-801-08-987) — despido nulo con derecho a reposición + indemnización.
