Permiso de lactancia materna
Seguro Social de Salud (EsSalud) / MTPE
El permiso de lactancia materna es un derecho laboral establecido por la Ley 27240 que otorga a la madre trabajadora 1 hora diaria de permiso remunerado para la lactancia de su hijo, hasta que este cumpla 1 año de edad. No requiere trámite ante EsSalud, se coordina directamente con el empleador.
Requisitos para el permiso de lactancia
Lo que necesitas para ejercer tu derecho.
Debes tener una relación laboral vigente en el sector público o privado.
Presentar la partida de nacimiento como sustento del derecho a la hora de lactancia.
Debes estar en planilla o tener contrato de trabajo vigente con tu empleador.
Cómo solicitar el permiso de lactancia
Es un derecho automático que solo requiere comunicar a tu empleador.
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1
Comunicar a tu empleador tu derecho a lactancia
Informa formalmente a tu empleador (por escrito de preferencia) que ejercerás tu derecho a la hora de lactancia según la Ley 27240.
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2
Acordar el horario (entrada o salida)
Coordina con tu empleador si tomarás la hora al inicio de tu jornada (entrar 1 hora después) o al final (salir 1 hora antes).
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3
Presentar partida de nacimiento del menor
Entrega una copia de la partida de nacimiento de tu hijo al área de recursos humanos de tu empresa.
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4
El empleador debe respetar la hora sin descuento
Tu empleador está obligado por ley a respetar la hora de lactancia sin realizar ningún descuento salarial.
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5
Vigente hasta que el bebé cumpla 1 año
El permiso de lactancia aplica desde el retorno de la licencia de maternidad hasta que tu hijo cumpla 1 año de edad.
Consejos y datos útiles
La hora de lactancia se puede fraccionar en 2 periodos de 30 minutos cada uno, si así lo acuerdas con tu empleador.
Si tu empleador se niega a otorgarte el permiso, puedes denunciar ante SUNAFIL o el Ministerio de Trabajo (MTPE).
Este derecho es irrenunciable. No puedes "negociar" su eliminación ni el empleador puede ofrecerte dinero a cambio.
Tu empleador debe implementar un lactario si tiene 20 o más mujeres en edad fértil (Ley 29896).
Preguntas sobre el permiso de lactancia
¿Se puede fraccionar la hora de lactancia?
Sí, la hora de lactancia se puede fraccionar en 2 periodos de 30 minutos cada uno, según acuerdo con el empleador.
¿Se descuenta del sueldo la hora de lactancia?
No, la hora de lactancia es completamente remunerada. El empleador no puede descontar del sueldo por este concepto.
¿Aplica el permiso de lactancia a medio tiempo?
Sí, el permiso de lactancia aplica también a trabajadoras a medio tiempo, de forma proporcional a su jornada laboral.
Información útil de EsSalud
0801-10010 (provincias)
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