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Prescripción de deuda tributaria SAT

Servicio de Administración Tributaria de Lima — SAT Lima

Presencial sat.gob.pe

Las deudas tributarias con el SAT Lima prescriben a los 4 años (o 6 si no declaraste). La prescripción NO es automática: debes solicitarla expresamente. Si pagas una deuda prescrita, no puedes pedir devolución.

Última actualización15 de marzo de 2026
Entidad responsableSAT Lima
Fuente oficialsat.gob.pe
Verificado porEquipo TrámitesPerú.com
Guía informativa independiente. No somos el SAT Lima. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo Gratuito (solicitar)
Tiempo 45 días hábiles
Modalidad Presencial
Documentos necesarios

Requisitos para solicitar prescripción

Documentos que necesitas para solicitar la prescripción de deuda tributaria en el SAT Lima.

📝
Solicitud escrita

Solicitud dirigida al SAT Lima solicitando la prescripción de la deuda tributaria.

🪪
DNI del contribuyente

Documento de identidad vigente del titular de la deuda.

📋
Datos de la deuda (concepto, año, monto)

Información detallada de la deuda cuya prescripción se solicita: tipo de tributo, periodo y monto.

Paso a paso

Cómo solicitar la prescripción de deuda

Sigue estos pasos para verificar y solicitar la prescripción de tu deuda tributaria ante el SAT Lima.

  1. 1

    Verifica la fecha de la deuda

    Verifica cuándo venció tu deuda (fecha de determinación o declaración).

  2. 2

    Cuenta el plazo de prescripción

    Cuenta 4 años desde esa fecha (o 6 si no declaraste).

  3. 3

    Verifica si fue interrumpida

    Verifica si la prescripción fue interrumpida (notificación, cobranza coactiva, pago parcial).

  4. 4

    Acude al SAT

    Si pasaron 4+ años sin interrupción, acude al SAT.

  5. 5

    Presenta solicitud escrita

    Presenta solicitud escrita de prescripción con tus datos y los de la deuda.

  6. 6

    El SAT evalúa tu solicitud

    El SAT evalúa (máximo 45 días hábiles).

  7. 7

    Resultado

    Si procede, la deuda se declara prescrita.

Información de pago

Costo del trámite

Costo — Prescripción de deuda

SolicitudGratuita
Plazo de respuestaMáximo 45 días hábiles
Prescripción con declaración4 años desde el vencimiento
Prescripción sin declaración6 años desde el vencimiento
Reglas clave

Plazos e interrupciones de la prescripción

4 años si declaraste, 6 años si NO declaraste el tributo.

Se INTERRUMPE con: notificación de la deuda, inicio de cobranza coactiva, reconocimiento de la deuda, solicitud de fraccionamiento, pago parcial.

Si se interrumpe, el plazo se reinicia desde cero.

Evita estos errores

Errores comunes sobre la prescripción

Creer que la prescripción es automática. Debes solicitarla expresamente al SAT.

Pagar una deuda que ya prescribió. Si pagas una deuda prescrita, no puedes pedir devolución.

No considerar las interrupciones del plazo. Una notificación o pago parcial reinicia el conteo de los 4 años.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre prescripción de deuda

¿Cuántos años para que prescriba?

4 años si declaraste, 6 si no lo hiciste.

¿Es automática?

No, debes presentar solicitud formal al SAT.

¿Si me notificaron se interrumpe?

Sí, la notificación reinicia el plazo de prescripción.

Información útil de SAT Lima

Teléfono(01) 315-2400

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