Baja de RUC
SUNAT — Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
La baja de inscripción en el RUC es el trámite que permite cerrar definitivamente tu registro como contribuyente ante SUNAT. Es gratuito y puede realizarse de forma virtual para persona natural (con aprobación automática) o de forma mixta para persona jurídica (hasta 45 días hábiles). La baja NO te exime de obligaciones tributarias pendientes. SUNAT puede exigir su cumplimiento incluso después de la baja.
Requisitos previos para dar de baja tu RUC
Antes de solicitar la baja, debes completar estos pasos obligatorios.
Debes dar de baja todas las series de comprobantes de pago autorizadas (facturas, boletas, etc.) desde el Portal SOL.
Todos los comprobantes de pago físicos que no hayas utilizado deben ser dados de baja antes de solicitar la baja del RUC.
Si tenías autorización de impresión de comprobantes vigente, debes cancelarla previamente.
Baja de RUC — Persona natural
Trámite virtual con aprobación automática e inmediata.
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1
Ingresa al Portal SOL
Accede al Portal SOL de SUNAT con tu número de RUC y Clave SOL.
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2
Ve a "Mi RUC y Otros Registros"
Navega a "Mi RUC y Otros Registros" y luego selecciona "Actualizo Información".
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3
Selecciona "Baja de Inscripción"
Elige la opción "Baja de Inscripción" dentro del menú de actualización de información.
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4
Confirma la solicitud
Confirma la solicitud de baja. La aprobación es automática e inmediata para persona natural.
Baja de RUC — Persona jurídica
Trámite mixto que requiere documentación de SUNARP. Hasta 45 días hábiles.
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1
Obtén la partida registral con asiento de extinción
Solicita en SUNARP la partida registral que contenga el asiento de extinción de la persona jurídica.
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2
Da de baja las series de comprobantes
Desde el Portal SOL, da de baja todas las series de comprobantes de pago y comprobantes no utilizados.
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3
Presenta la solicitud con la partida registral
Presenta la solicitud de baja de RUC adjuntando la partida registral con el asiento de extinción en un Centro de Servicios al Contribuyente de SUNAT.
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4
Espera la resolución de SUNAT
SUNAT tiene hasta 45 días hábiles para evaluar y emitir la resolución de baja de inscripción.
Dónde y cómo pagar
Costo del trámite
Consejos y datos útiles
La baja de RUC no te exime de obligaciones tributarias pendientes. SUNAT puede exigir el cumplimiento de deudas, declaraciones y multas incluso después de la baja.
Si solo necesitas dejar de operar temporalmente, considera la suspensión temporal de actividades en lugar de la baja definitiva.
Antes de solicitar la baja, asegúrate de haber presentado todas las declaraciones juradas pendientes y pagado tributos adeudados.
Puedes reactivar tu RUC después de la baja, pero necesitarás justificación y cumplir con los requisitos establecidos por SUNAT.
Errores comunes al dar de baja el RUC
No dar de baja los comprobantes antes. Si no das de baja las series y comprobantes no utilizados primero, la solicitud será rechazada.
Confundir baja con suspensión. La suspensión es temporal y reversible. La baja es definitiva. Evalúa bien antes de solicitar la baja.
Creer que la baja elimina deudas. Las obligaciones tributarias pendientes siguen vigentes aun después de dar de baja el RUC.
Preguntas sobre la baja de RUC
¿Puedo reactivar mi RUC después de darlo de baja?
Sí, puedes reactivar tu RUC, pero necesitas justificación y cumplir con los requisitos que establece SUNAT para la reactivación.
¿Tengo que pagar algo por dar de baja mi RUC?
No, el trámite de baja de RUC es completamente gratuito tanto para persona natural como para persona jurídica.
¿Es lo mismo suspensión que baja de RUC?
No, la suspensión es temporal y puedes reactivar tus actividades fácilmente. La baja es definitiva y significa el cierre de tu inscripción como contribuyente.
Información útil de SUNAT
Centros de Servicios al Contribuyente
Línea gratuita desde provincias
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