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Jubilación en Perú — Guía completa 2026

Guía multi-entidad: ONP, AFP, EsSalud, MIDIS

Guía pro 2026 para jubilarte en el Perú con datos verificados post-Ley 32123 (Ley de Modernización del Sistema Previsional, reglamento vigente desde septiembre 2025). Incluye la tabla comparativa de las 4 AFP con comisiones actualizadas, la nueva pensión mínima universal de S/ 600, la pensión máxima ONP de S/ 1 000 (vigente desde enero 2026), las 5 modalidades de pensión AFP, REJA con edad unificada en 55 años, retiro del 95.5%, Bono de Reconocimiento, herencia AFP, Pensión 65 ampliada (75+ en pobreza no extrema) y EsSalud del pensionista. UIT 2026: S/ 5 500.

Pensión mensual Mín. S/ 600 · Máx. ONP S/ 1 000 AFP: depende del saldo · Pensión 65: S/ 250/mes
Edad 65 años (ordinaria) REJA 55 años (unificado por Ley 32123)
Costo trámite Gratuito ONP 30 días · AFP 15-30 días · BR 60-90 días
Sistemas ONP · 4 AFP Integra · Prima · Habitat · Profuturo
Última actualización14 de abril de 2026
Tipo de guíaMulti-entidad (evento de vida)
Fuentes oficialeswww.gob.pe
Guía informativa independiente. No somos una entidad del gobierno. Verifica siempre en las fuentes oficiales.
Visión general

Cómo funciona la jubilación en Perú (post-Ley 32123)

Sistema dual AFP/ONP con reforma previsional vigente desde septiembre 2025. Antes de empezar, toma tres decisiones.

La jubilación en Perú se gestiona a través de dos sistemas paralelos y excluyentes entre sí: el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y regulado por el D. Ley 19990 — funciona como fondo común de reparto; y el Sistema Privado de Pensiones (SPP), regulado por la Ley 25897, supervisado por la SBS y operado por las 4 AFP (Integra, Prima, Habitat, Profuturo) — funciona con cuenta individual de capitalización. Todo trabajador dependiente en planilla debe estar afiliado a uno u otro; los independientes pueden afiliarse voluntariamente (obligatorio desde los 18 años a partir del 1-jun-2027).

La Ley 32123 (Modernización del Sistema Previsional Peruano), publicada el 23 de septiembre de 2024 y con reglamento vigente desde el 6 de septiembre de 2025, introdujo cambios clave que aplican en 2026: pensión mínima universal S/ 600, pensión máxima ONP S/ 1 000, edad REJA unificada en 55 años para ambos sexos, Pensión 65 ampliada a 75+ en pobreza no extrema, aporte por consumo a partir de 2027 y restricción progresiva a retiros AFP extraordinarios.

Antes de iniciar cualquier trámite conviene tomar tres decisiones:

  • ¿Jubilación ordinaria o anticipada? Ordinaria a los 65 años en ambos sistemas. Anticipada: REJA AFP a los 55 con 12 meses de desempleo, o Adelantada ONP desde los 55 con 25 años de aportes (reducción del 4% por año de adelanto).
  • Si estás en AFP, ¿qué modalidad de pensión eliges? Retiro Programado, Renta Vitalicia Familiar, Renta Temporal con Vitalicia Diferida, Renta Mixta o Renta Bimoneda. Compara en SISCO y considera la cobertura para tu cónyuge/hijos.
  • ¿Retiro 95.5% o pensión mensual? El 95.5% te da liquidez inmediata pero te quita pensión de sobrevivencia, herencia AFP y cobertura EsSalud para familiares cuando fallezcas. La pensión mensual te da protección familiar pero sin liquidez.

Planificación mínima: inicia los trámites al menos 6 meses antes de tu fecha objetivo de jubilación. El Bono de Reconocimiento toma 60-90 días, y si hay vacíos en tu cartilla de aportes conviene regularizarlos con anticipación. Todos los trámites son gratuitos en ambos sistemas — desconfía de intermediarios que te cobren por gestionar tu jubilación.

Decisión 1 — Marco 2026

Qué cambió con la Ley 32123 (y qué aplica en 2026)

Reforma previsional publicada en septiembre 2024, reglamento vigente desde septiembre 2025. Cambios por fecha de entrada en vigor.

✅ Vigente desde enero 2025

Pensión mínima universal de S/ 600/mes tanto en SNP como en SPP para quienes acrediten 240 meses (20 años) de aportes. Financiada por el Estado cuando el fondo AFP + Bono de Reconocimiento no alcanzan.

✅ Vigente desde enero 2026

Pensión máxima ONP de S/ 1 000 para afiliados con 20+ años de aportes y derecho a pensión definitiva al 31-dic-2025 (antes era S/ 893). Edad mínima de REJA y jubilación anticipada ordinaria AFP unificada en 55 años para ambos sexos (antes 50 para mujeres).

✅ Vigente desde 2026 — Pensión 65 ampliada

Se incorporan adultos mayores de 75+ años en pobreza no extrema al programa Pensión 65 (antes solo pobreza extrema validada por SISFOH).

⏳ Por entrar en vigor — dic 2026 / ene 2027

Aporte por consumo: apertura de cuentas especiales en diciembre 2026 y primer depósito automático en enero 2027 (1% sobre boletas electrónicas emitidas a favor del contribuyente, con tope anual).

⏳ Por entrar en vigor — junio 2027

Afiliación obligatoria desde los 18 años a cualquiera de los dos sistemas (hoy aún voluntaria para independientes).

⏳ Por entrar en vigor — 2028 / 2034

Aporte obligatorio de independientes: 2% desde 2028, escalando a 5% desde 2034.

⚠️ Restricción — retiros AFP extraordinarios

La Ley 32123 cierra progresivamente la ventana de retiros masivos. El séptimo retiro (Ley 32002, hasta S/ 22 000 con UIT 2026) cerró el 19-ene-2026. Al cierre de esta guía hay proyectos en el Congreso para un noveno retiro, pero sin dictamen aprobado — la tensión política entre Ley 32123 y nuevas iniciativas es real.

Decisión 2 — Si estás en AFP

Las 4 AFP comparadas — comisiones 2026

Cuatro AFP operativas bajo supervisión de SBS. Profuturo ganó la licitación 2025-2027: todo nuevo afiliado entre junio 2025 y mayo 2027 va a Profuturo.

AFP Grupo Flujo puro Mixta (flujo) Mixta (saldo anual) Prima seguro
Profuturo 🏆
Ganadora licitación 2025-2027
Scotiabank / Banmédica 0.00%
(solo saldo)
0.68% ~1.35%
Integra SURA 1.55% 0.00%
(solo saldo)
0.82% ~1.35%
Habitat Grupo Habitat (Chile) 1.47% 0.38% 1.25% ~1.35%
Prima Credicorp 1.60% 0.18% 1.25% ~1.35%

Cómo leer la tabla: (1) Flujo puro = porcentaje de la remuneración que se cobra cada mes. (2) Mixta (flujo) = porcentaje del sueldo + (3) Mixta (saldo) = porcentaje anual del saldo acumulado. La mixta es la opción por defecto hoy; la elección se hace una sola vez. (4) Prima seguro = cubre invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, se fija por licitación SBS (1.35%-1.74% según tramo). Aporte total típico: 10% fondo + comisión + prima ≈ 12.5%-13% del sueldo.

Consulta las comisiones actualizadas mes a mes en SBS — Variables SPP y compara rentabilidades en SBS — Comparativo.

Paso 1 de 9

Paso 1: Consultar tus aportes acumulados

Antes de iniciar cualquier trámite de jubilación, revisa cuántos años de aporte tienes y cuánto dinero has acumulado.

PASO 1
📋 AFP / ONP

El primer paso para jubilarte es conocer con exactitud tu situación previsional: cuántos años de aportes tienes registrados, cuánto dinero se ha acumulado en tu cuenta (si estás en AFP) y si todos tus empleadores realizaron correctamente los aportes. Muchos trabajadores descubren a último momento que tienen periodos sin aportes o aportes no reconocidos, lo que puede retrasar o complicar el trámite de jubilación.

Si estás en AFP: Puedes consultar tu fondo acumulado, historial de aportes y rentabilidad en línea a través del portal web de tu AFP (Integra, Prima, Profuturo o Habitat). Solo necesitas tu DNI y tu clave de acceso. También puedes consultar tu estado de cuenta a través de la app móvil de tu AFP o llamando al servicio de atención telefónica. Tu AFP te envía un estado de cuenta cada cuatro meses con el detalle de tus aportes, la rentabilidad obtenida y las comisiones cobradas. Verifica que todos los meses trabajados tengan su aporte registrado.

Si estás en ONP: Puedes consultar tu historial de aportes a través de la plataforma digital de la ONP en su portal web. Necesitarás tu DNI y crear una cuenta en la plataforma si no la tienes. La ONP muestra los aportes reconocidos desde que empezaste a trabajar formalmente. Es fundamental verificar que todos tus periodos de aporte estén correctamente registrados, especialmente los más antiguos, ya que la ONP trabaja con información que las empresas reportaban manualmente antes de la digitalización. Si detectas periodos sin aportes que sí fueron descontados de tu sueldo, deberás presentar documentación probatoria (boletas de pago, certificados de trabajo, liquidaciones) para que la ONP los reconozca.

Verificación cruzada: Es recomendable cruzar la información de tus aportes con tus boletas de pago antiguas, certificados de trabajo y cualquier documentación laboral que conserves. Los trabajadores que laboraron en los años 80 y 90 suelen encontrar discrepancias porque muchas empresas cerraron o no reportaron correctamente los aportes. Guarda toda documentación laboral como respaldo.

💰 Gratuito
⏱️ Inmediato (en línea)
🏛️ AFP / ONP
💡 Si encuentras aportes no reconocidos en la ONP, inicia el reclamo lo antes posible. El proceso de reconocimiento de aportes puede tomar varios meses. Reúne boletas de pago, certificados de trabajo, constancias del empleador y cualquier prueba documental que acredite tu relación laboral durante esos periodos.
Paso 2 de 9

Paso 2: Jubilación por ONP — Requisitos

El sistema público de pensiones exige 65 años de edad y un mínimo de 20 años de aportes para acceder a una pensión fija mensual.

PASO 2
🏛️ ONP

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) administra el Sistema Nacional de Pensiones creado por el Decreto Ley 19990. Para acceder a una pensión de jubilación ordinaria en la ONP, debes cumplir simultáneamente dos requisitos: tener 65 años de edad cumplidos y acreditar un mínimo de 20 años completos de aportes (240 meses). Ambos requisitos son indispensables; si no cumples alguno, no podrás acceder a la pensión regular.

¿Cuánto recibiré de pensión? La pensión de jubilación ONP se calcula sobre el promedio de las últimas 60 remuneraciones asegurables (5 años), aplicando una tasa de reemplazo según años aportados. Con la Ley 32123: pensión mínima S/ 600 (con 20 años de aportes) y pensión máxima S/ 1 000 desde enero 2026 (con 20+ años de aportes y derecho a pensión definitiva al 31-dic-2025). Tabla referencial por años aportados: 20 años ≈ S/ 600; 21-25 años ≈ S/ 650-750; 26-29 años ≈ S/ 800-893; 30+ años hasta S/ 1 000. Se paga 14 veces al año (12 mensualidades + gratificaciones julio y diciembre).

¿Qué pasa si no llego a 20 años de aportes? Si al cumplir 65 años no acreditas 240 meses de aporte, no recibirás pensión alguna y pierdes el aporte (no hay devolución en ONP). Opciones: (1) continuar aportando como asegurado facultativo hasta completar los 20 años; (2) si hay periodos no reconocidos, reclámalos con boletas de pago y certificados de trabajo para sumar meses; (3) evaluar traslado a AFP vía Libre Desafiliación Informada (Ley 28991) si aplicas a los supuestos de desafiliación. Si no acumulas años en ningún sistema y estás en pobreza extrema a los 65, puedes postular a Pensión 65 (S/ 250/mes).

Trámite de solicitud de pensión: Para solicitar tu pensión de jubilación en la ONP, debes presentar tu solicitud en cualquier Centro de Atención de la ONP o en línea a través de la plataforma virtual. Los documentos requeridos son: DNI vigente, formulario de solicitud de pensión, declaración jurada de datos personales y documentación que acredite tus aportes (si hay periodos no reconocidos). La ONP tiene un plazo legal de 90 días hábiles para resolver tu solicitud, aunque en la práctica puede tomar más tiempo si hay observaciones o aportes por verificar.

Pensión de sobrevivencia: A diferencia de la AFP, la pensión de la ONP no es heredable como un fondo. Sin embargo, si el pensionista fallece, sus derechohabientes (cónyuge, hijos menores de 18 años o hijos mayores de edad inválidos) pueden acceder a una pensión de sobrevivencia, que es un porcentaje de la pensión que recibía el titular. El cónyuge recibe el 50% de la pensión, y los hijos el 20% cada uno, con un tope máximo del 100% de la pensión del titular.

💰 Pensión S/ 600 - S/ 1 000/mes
⏱️ 30 a 90 días hábiles
🏛️ ONP
💡 Inicia tu trámite de jubilación ONP al menos 3 meses antes de cumplir 65 años. Reúne toda la documentación laboral antigua: boletas de pago, certificados de trabajo, liquidaciones de beneficios sociales. Mientras más respaldo documental presentes, más rápido será el reconocimiento de tus aportes.
Paso 3 de 9

Paso 3: Jubilación por AFP — Requisitos

En el sistema privado, tu pensión depende del fondo que hayas acumulado en tu cuenta individual.

PASO 3
🏦 AFP

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) gestionan el Sistema Privado de Pensiones (SPP) en Perú. Actualmente operan cuatro AFP: Integra, Prima, Profuturo y Habitat. A diferencia de la ONP, en las AFP cada afiliado tiene una Cuenta Individual de Capitalización (CIC) donde se acumulan sus aportes obligatorios (10% de la remuneración asegurable) más la rentabilidad generada por las inversiones del fondo. No existe un requisito de años mínimos de aporte.

Edad de jubilación: La edad legal de jubilación en AFP es de 65 años. Al cumplir esta edad, puedes solicitar tu pensión de jubilación sin necesidad de dejar de trabajar. También existen modalidades de jubilación anticipada que permiten jubilarse desde los 50 años bajo ciertas condiciones (REJA) o desde los 55 años por desempleo. A diferencia de la ONP, si al cumplir 65 años tienes un fondo acumulado bajo, igualmente puedes jubilarte y recibir una pensión proporcional a lo acumulado.

¿Cuánto recibiré de pensión? La pensión en AFP depende de tres factores principales: el saldo acumulado en tu CIC al momento de jubilarte, la modalidad de pensión que elijas y la expectativa de vida estimada por las tablas actuariales. No existe una pensión mínima ni máxima en AFP. Un afiliado que aportó durante 30 años con un sueldo promedio de S/3,000 puede tener un fondo aproximado de S/200,000 a S/350,000, lo que se traduce en una pensión mensual de S/800 a S/1,500 dependiendo de la modalidad elegida. Un afiliado con sueldo alto y muchos años de aporte puede recibir pensiones significativamente mayores.

Bono de Reconocimiento: Si estuviste afiliado a la ONP antes de trasladarte a una AFP, puedes tener derecho a un Bono de Reconocimiento (BdR). Este bono es un documento que reconoce los aportes que realizaste al Sistema Nacional de Pensiones antes de cambiarte a una AFP. El BdR se hace efectivo al momento de tu jubilación y se suma a tu fondo acumulado en la AFP, incrementando tu pensión. Existen tres tipos de bonos según la fecha de tu traslado: Bono 1992, Bono 1996 y Bono 2001. Puedes verificar si tienes derecho a un Bono de Reconocimiento consultando en tu AFP o en la ONP.

Trámite de solicitud: Para iniciar tu trámite de jubilación en AFP, acércate a la agencia de tu AFP con tu DNI vigente. El asesor evaluará tu fondo, te explicará las modalidades de pensión disponibles y te orientará sobre la que mejor se adapte a tu perfil. El trámite en AFP suele ser más rápido que en la ONP: entre 15 y 30 días. Tu AFP está obligada a proporcionarte información clara y transparente sobre los montos estimados de pensión bajo cada modalidad.

💰 Pensión: variable según fondo acumulado
⏱️ Trámite: 15 a 30 días
🏛️ AFP
💡 Antes de jubilarte, solicita a tu AFP una simulación de pensión bajo todas las modalidades disponibles. Compara los montos y condiciones de cada opción. Si tienes aportes voluntarios con fin previsional, estos se suman a tu fondo obligatorio al momento de jubilarte y mejoran tu pensión.
Paso 4 de 9

Paso 4: Elegir tu modalidad de pensión AFP

Al jubilarte en AFP, debes elegir cómo recibirás tu pensión: retiro programado, renta vitalicia o renta mixta.

PASO 4
📊 AFP / Compañía de seguros

Una de las decisiones más importantes al jubilarte en AFP es elegir la modalidad bajo la cual recibirás tu pensión. Esta elección es prácticamente irreversible y afectará tus ingresos durante toda tu jubilación, por lo que debes tomarla con cuidado y asesoría. Las tres modalidades principales son:

1. Retiro Programado: Tu fondo permanece en tu cuenta individual en la AFP y recibes una pensión mensual que se recalcula cada año. La ventaja principal es que si falleces, el saldo restante de tu fondo se hereda a tus beneficiarios. La desventaja es que la pensión tiende a disminuir con el tiempo a medida que tu fondo se reduce, especialmente si vives más de lo esperado por las tablas actuariales. Esta modalidad es ideal si tienes un fondo grande y quieres dejar un legado a tu familia. También te permite cambiar a renta vitalicia en cualquier momento.

2. Renta Vitalicia Familiar: Transfieres tu fondo a una compañía de seguros, que a cambio te garantiza una pensión mensual fija de por vida. La pensión no disminuye con el tiempo y se paga hasta tu fallecimiento. Si falleces, tus beneficiarios (cónyuge e hijos menores) reciben una pensión de sobrevivencia (porcentaje de tu pensión). La ventaja es la estabilidad: sabes exactamente cuánto recibirás cada mes. La desventaja es que si falleces poco después de jubilarte, la compañía de seguros se queda con tu fondo. Esta modalidad es ideal si priorizas la seguridad de un ingreso fijo y estable.

3. Renta Mixta: Es una combinación de las dos anteriores. Destinas una parte de tu fondo a contratar una renta vitalicia con una compañía de seguros (que te da una pensión base fija) y el resto se mantiene en la AFP bajo retiro programado (que complementa la pensión base). Esta modalidad busca equilibrar la estabilidad de la renta vitalicia con la flexibilidad y heredabilidad del retiro programado. Es ideal si quieres una base de ingresos garantizada pero también quieres dejar algo a tus herederos.

Renta Vitalicia Bimoneda: Algunas compañías de seguros ofrecen la opción de recibir parte de tu renta vitalicia en soles y parte en dólares, lo que te protege parcialmente de la devaluación de la moneda local. Consulta esta opción con tu AFP y con las compañías de seguros que participan en la licitación de tu renta.

¿Cómo elegir? Tu AFP está obligada a ofrecerte cotizaciones de todas las compañías de seguros que participan en el mercado de rentas vitalicias. El proceso de licitación es supervisado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Compara los montos ofrecidos por cada compañía de seguros, la solidez financiera de cada empresa y las condiciones de cada modalidad. No te apresures: tienes tiempo para evaluar todas las opciones antes de tomar una decisión.

💰 Varía según fondo y modalidad
⏱️ 15 a 30 días (cotizaciones)
🏛️ AFP / SBS
💡 Solicita a tu AFP una proyección detallada de cada modalidad antes de decidir. Considera tu estado de salud, si tienes dependientes económicos (cónyuge, hijos) y tus necesidades de ingreso mensual. Si tu fondo es menor a S/50,000, el retiro programado suele ser la opción más práctica. Si es mayor, evalúa cuidadosamente la renta vitalicia.

Contacto comercial: [email protected]

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Paso 5: Jubilación anticipada AFP (REJA) — 55 años

El Régimen Especial de Jubilación Anticipada por desempleo unificó edades en 55 años (Ley 32123, vigente 2025-2026).

PASO 5
AFP

El REJA (Régimen Especial de Jubilación Anticipada por desempleo), regulado por Ley 28991 y modificado por Leyes 30939, 31301 y 32123, permite a los afiliados de las AFP jubilarse antes de los 65 años si cumplen requisitos de edad y desempleo prolongado. La Ley 32123 (vigente desde septiembre 2025) unificó la edad mínima en 55 años para hombres y mujeres — antes era 50 para mujeres y 55 para hombres.

Requisitos vigentes 2026 del REJA:

  • Edad: 55 años cumplidos y menor de 65 (unificado por Ley 32123).
  • Desempleo: 12 meses consecutivos previos a la solicitud (se acredita con declaración jurada + verificación del T-Registro SUNAT).
  • Aportes previos: haber aportado al menos el 60% de los últimos 120 meses.
  • Ingresos 4ta categoría durante el desempleo no mayores a 7 UIT = S/ 38 500 (UIT 2026 S/ 5 500).
  • La pensión calculada no puede superar el 50% del promedio de remuneraciones de los últimos 120 meses.

Jubilación anticipada por desempleo (55 años): Además del REJA, existe otra modalidad de jubilación anticipada para afiliados AFP de 55 años o más que se encuentren desempleados durante 12 meses consecutivos. En este caso, la pensión calculada en la modalidad de retiro programado debe ser igual o mayor al 40% del promedio de las remuneraciones de los últimos 120 meses aportados, actualizado por inflación. Si cumples 55 años y estás desempleado, consulta con tu AFP ambas opciones para ver cuál te conviene más.

¿Cómo acredito el desempleo? La condición de desempleado se acredita con una declaración jurada ante la AFP. La AFP verificará a través de la planilla electrónica de SUNAT (T-Registro) que no tienes un empleador registrado durante los últimos 12 meses. Si realizaste trabajos independientes durante ese periodo pero no tuviste relación de dependencia, igualmente podrías calificar. Es importante que tu situación laboral esté correctamente reflejada en los registros de SUNAT.

Proceso del REJA: Acude a tu AFP con tu DNI vigente y solicita la evaluación para jubilación anticipada REJA. La AFP verificará tu edad, tu condición de desempleo y calculará si tu fondo alcanza para una pensión igual o mayor a la RMV. Si cumples todos los requisitos, podrás elegir la modalidad de pensión (retiro programado, renta vitalicia o renta mixta) al igual que en la jubilación regular. También podrás optar por el retiro del 95.5% de tu fondo si lo prefieres.

💰 Según fondo y modalidad
⏱️ 45-60 días
🏛️ AFP / SBS
💡 Si perdiste tu empleo y tienes 55+ años, no esperes hasta los 65 para evaluar tus opciones. Acércate a tu AFP y pide simulación REJA. Al acceder a REJA puedes elegir entre pensión mensual bajo alguna de las 5 modalidades AFP O retirar hasta el 95.5% del fondo (Ley 30425). Piensa en la protección de tu cónyuge e hijos antes de elegir el 95.5%: pierdes pensión de sobrevivencia y herencia AFP.
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Paso 6: Jubilación adelantada ONP — 55 años

La Ley 32123 unificó la edad mínima para hombres y mujeres en 55 años con 25 años de aportes.

PASO 6
📜 ONP

La jubilación adelantada del D. Ley 19990 permite a los afiliados de la ONP acceder a pensión antes de cumplir 65 años acreditando años adicionales de aportes y cese laboral. La Ley 32123 unificó la edad mínima en 55 años para ambos sexos (antes eran 50 para mujeres y 55 para hombres).

Requisitos vigentes 2026 (unificados):

  • Edad: al menos 55 años cumplidos (hombres y mujeres).
  • Aportes: mínimo 25 años completos (300 meses).
  • Cese laboral: haber cesado en el empleo.
  • La reducción de pensión por adelanto se mantiene: 4% por cada año de adelanto respecto a los 65.

¿Cuánto se reduce la pensión? La pensión se calcula como la ordinaria y se aplica la reducción del 4% por año de adelanto. Ejemplo: jubilarte a los 55 años = 10 años de adelanto = reducción 40% permanente. A los 60 años = 5 años de adelanto = reducción 20%. Esta reducción es permanente, no se elimina al cumplir 65.

Caso práctico con pensión máxima 2026 (S/ 1 000): persona de 55 años con 30 años de aportes y pensión base calculada S/ 1 000 recibiría S/ 1 000 − 40% = S/ 600 mensuales. A los 60 años con 5 años de adelanto: S/ 1 000 − 20% = S/ 800 mensuales. Esperando a los 65 con los mismos 30 años: S/ 1 000 completos. Evalúa si el adelanto compensa la reducción — en general conviene esperar si puedes.

Trámite: La solicitud de jubilación adelantada se presenta ante la ONP con los mismos documentos que la jubilación ordinaria: DNI vigente, formulario de solicitud, declaración jurada y documentación que acredite los años de aporte requeridos. La ONP verificará tanto la edad como los años de aporte. El plazo de resolución es de 90 días hábiles. Si te falta documentación para acreditar algún periodo de aporte, el proceso puede demorar más.

Otros regímenes especiales de la ONP: Existen regímenes de jubilación especial para ciertas actividades: trabajadores de construcción civil (55 años y 15 años de aportes en construcción), trabajadores marítimos (55 años y 15 años en actividad marítima), trabajadores mineros (entre 45 y 55 años según el tipo de mina y años de exposición). Si trabajaste en alguna de estas actividades, consulta con la ONP sobre los requisitos específicos de tu régimen.

💰 Pensión reducida (4% por año de adelanto)
⏱️ Trámite: 30 a 90 días hábiles
🏛️ ONP
💡 Antes de solicitar la jubilación adelantada, calcula cuánto recibirías con la reducción del 4% anual y compáralo con lo que recibirías si esperas hasta los 65 años. Recuerda que la reducción es permanente. En algunos casos, puede convenir más esperar unos años adicionales para recibir una pensión mayor.
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Paso 7: EsSalud para pensionistas

Al jubilarte, tu cobertura de salud en EsSalud continúa de forma automática.

PASO 7
🏥 EsSalud

Una de las preocupaciones más comunes entre quienes están por jubilarse es si perderán su seguro de salud. La buena noticia es que la cobertura de EsSalud continúa automáticamente cuando te jubilas, sin necesidad de realizar un trámite adicional. El Seguro Social de Salud (EsSalud) cubre a los pensionistas y a sus derechohabientes (cónyuge e hijos menores de edad) con las mismas prestaciones que reciben los trabajadores activos.

¿Cómo se financia? Si recibes pensión de la ONP, se te descuenta automáticamente el 4% de tu pensión mensual como aporte a EsSalud. Este descuento lo realiza directamente la ONP antes de depositar tu pensión. Si recibes pensión de una AFP (retiro programado o renta vitalicia), el aporte del 4% se descuenta de tu pensión mensual. Si optaste por el retiro del 95.5% de tu fondo AFP, el 4.5% restante se destina a cubrir tu aporte a EsSalud por un periodo determinado.

Prestaciones de salud: Como pensionista de EsSalud, tienes derecho a las siguientes prestaciones: consultas médicas ambulatorias, atención de emergencia, hospitalización, cirugías, medicamentos (incluidos en el petitorio farmacológico), exámenes de laboratorio e imágenes, rehabilitación, prestaciones de maternidad (para derechohabientes), prótesis y aparatos ortopédicos, y programas de salud preventiva para adultos mayores. EsSalud cuenta con una red de hospitales, policlínicos y centros especializados en todo el país.

Periodo de latencia: Si dejas de aportar a EsSalud (por ejemplo, si dejas de trabajar antes de jubilarte), tienes un periodo de latencia durante el cual mantienes la cobertura. Los pensionistas que reciben su pensión regularmente no se ven afectados por este concepto, ya que su aporte se descuenta mensualmente. Sin embargo, si por algún motivo se suspende temporalmente tu pensión, podrías perder temporalmente la cobertura de EsSalud.

Centro de atención asignado: Los pensionistas son asignados al centro de salud de EsSalud que corresponda a su domicilio. Si te mudas después de jubilarte, puedes solicitar un cambio de centro de adscripción presentando un documento que acredite tu nuevo domicilio. La solicitud se realiza en la agencia de EsSalud más cercana. También puedes verificar tu centro de adscripción y tus derechos de cobertura a través del portal web de EsSalud con tu DNI.

💰 4% de la pensión (descuento automático)
⏱️ Automático al jubilarse
🏛️ EsSalud
💡 Verifica tu cobertura de EsSalud en el portal web con tu DNI antes y después de jubilarte. Si notas que tu estado de asegurado aparece como "inactivo" tras jubilarte, acércate a la agencia de EsSalud más cercana con tu resolución de pensión para regularizar tu situación.
Paso 8 de 9

Paso 8: Pensión 65 — Programa social para adultos mayores

El programa Pensión 65 del MIDIS otorga S/350 bimensuales a adultos mayores en pobreza extrema sin pensión contributiva.

PASO 8
🤝 MIDIS

El Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 es un programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) que otorga una subvención económica de S/350 cada dos meses (equivalente a S/125 mensuales) a adultos mayores de 65 años que se encuentren en situación de pobreza extrema y que no reciban ninguna pensión del sector público o privado. No es una pensión contributiva: no requiere haber aportado a ningún sistema de pensiones.

Requisitos para acceder a Pensión 65:

  • Tener 65 años o más de edad.
  • Contar con DNI vigente.
  • Estar en condición de pobreza extrema según la clasificación socioeconómica del SISFOH (Sistema de Focalización de Hogares).
  • No recibir ninguna pensión del sector público (ONP, Cédula Viva) ni del sector privado (AFP).
  • No estar inscrito en otro programa social que otorgue subvención económica similar.

¿Cómo se determina la pobreza extrema? La condición de pobreza extrema se determina a través del SISFOH del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. El SISFOH realiza una evaluación socioeconómica del hogar del solicitante mediante visitas domiciliarias. La clasificación se basa en las condiciones de la vivienda, los ingresos del hogar, el nivel educativo, el acceso a servicios básicos y otros indicadores. Si no tienes clasificación socioeconómica actualizada, debes solicitarla en tu municipalidad distrital a través de la Unidad Local de Empadronamiento (ULE).

¿Cómo me inscribo? No existe un proceso de inscripción directa. El MIDIS identifica a los potenciales beneficiarios a través del cruce de información entre el SISFOH, el Padrón General de Hogares (PGH), la ONP, las AFP y otros registros del Estado. Si cumples los requisitos pero no has sido incorporado al programa, puedes acercarte a la municipalidad de tu distrito para solicitar la actualización de tu clasificación socioeconómica en el SISFOH. También puedes comunicarte con Pensión 65 a través de su línea gratuita 0800-11-007.

Cobro de la subvención: Los beneficiarios de Pensión 65 cobran su subvención de S/350 cada dos meses a través del Banco de la Nación. El calendario de pagos se publica en la página web de Pensión 65 y en las agencias del Banco de la Nación. Los beneficiarios que viven en zonas rurales donde no hay agencias del Banco de la Nación pueden cobrar a través de puntos de pago móviles o transportadoras de valores autorizadas. También se puede habilitar una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación para recibir el depósito directo.

💰 S/350 bimensuales (S/125/mes)
⏱️ Variable (evaluación SISFOH)
🏛️ MIDIS — Pensión 65
💡 Si conoces a un adulto mayor de 65 años en situación de pobreza extrema que no recibe pensión, oriéntalo para que actualice su clasificación socioeconómica en la municipalidad de su distrito. Muchos adultos mayores no acceden al programa porque no tienen su clasificación SISFOH actualizada o porque su DNI está vencido.
Paso 9 de 9

Paso 9: Retiro del 95.5% del fondo AFP

Al jubilarte, puedes optar por retirar hasta el 95.5% de tu fondo acumulado en la AFP en una sola armada.

PASO 9
💰 AFP

La Ley 30425 y sus modificatorias establecen que todo afiliado a una AFP que cumpla 65 años de edad (o acceda a jubilación anticipada) tiene la opción de retirar hasta el 95.5% del total de su fondo acumulado en su Cuenta Individual de Capitalización. El 4.5% restante se transfiere a EsSalud para garantizar la cobertura de salud del afiliado durante su periodo de jubilación. Esta opción es alternativa a recibir una pensión mensual.

¿Cómo funciona? Si optas por el retiro del 95.5%, recibes la mayor parte de tu fondo en efectivo (o mediante transferencia bancaria) y renuncias a recibir una pensión mensual de la AFP. Es decir, no recibirás un ingreso mensual regular; tú administras el dinero retirado según tus necesidades. El 4.5% retenido no se te devuelve: se destina íntegramente a financiar tu seguro de salud en EsSalud como pensionista.

¿A quién le conviene? Esta opción puede ser conveniente para afiliados que: tienen un fondo acumulado relativamente bajo (que generaría una pensión mensual muy pequeña), cuentan con otras fuentes de ingreso para su jubilación (propiedades en alquiler, negocios, ahorros), desean invertir el dinero por su cuenta o destinarlo a un emprendimiento, o tienen una necesidad económica urgente. Sin embargo, requiere disciplina financiera: si gastas el dinero rápidamente, te quedarás sin ingresos para el resto de tu vida.

Trámite del retiro del 95.5%: Para solicitar el retiro, acude a la agencia de tu AFP con tu DNI vigente y presenta la solicitud de retiro del 95.5%. Deberás firmar una declaración jurada indicando que has sido informado de las consecuencias de elegir esta opción (renuncia a la pensión mensual). La AFP tiene un plazo de hasta 10 días hábiles para realizar el desembolso una vez aprobada la solicitud. El dinero se deposita en la cuenta bancaria que indiques.

Retiro del 25% para vivienda: Adicionalmente, la ley permite a los afiliados AFP utilizar hasta el 25% de su fondo para la compra de un primer inmueble, la construcción de vivienda propia o la amortización de un crédito hipotecario. Este retiro puede hacerse en cualquier momento, no solo al jubilarte. Ambos beneficios (95.5% al jubilarse y 25% para vivienda) son independientes pero se calculan sobre el mismo fondo, por lo que si ya retiraste el 25% para vivienda, el 95.5% se calcula sobre el saldo restante.

Consideraciones tributarias: El retiro del 95.5% no está afecto al Impuesto a la Renta. El monto retirado es libre de impuestos. Sin embargo, si inviertes el dinero retirado y generas ganancias (por ejemplo, en depósitos a plazo, fondos mutuos o actividades comerciales), esas ganancias sí podrían estar afectas a impuestos según la normativa vigente.

💰 Hasta el 95.5% de tu fondo
⏱️ 10 días hábiles (desembolso)
🏛️ AFP
💡 Antes de decidir retirar el 95.5%, compara cuánto recibirías como pensión mensual (retiro programado o renta vitalicia) versus el monto total que retirarías. Considera que si vives 20 años más después de jubilarte, necesitas que ese dinero te dure al menos ese tiempo. Consulta con un asesor financiero antes de tomar esta decisión irreversible.
AFP vs ONP — decisión clave

Tabla comparativa AFP vs ONP 2026

Todos los factores que importan al elegir sistema previsional, con los valores actualizados por la Ley 32123.

Factor ONP (Sistema Nacional) AFP (Sistema Privado)
Tipo de fondoFondo común solidarioCuenta Individual de Capitalización (CIC)
Aporte mensual13% del sueldo10% fondo + comisión + prima ≈ 12.5%-13%
Edad jubilación ordinaria65 años65 años
Años mínimos de aporte20 años obligatorioNo tiene mínimo
Pensión mínimaS/ 600 (con 240 meses)S/ 600 garantizada (Ley 32123)
Pensión máximaS/ 1 000 (desde ene 2026)Sin tope — depende del saldo
HeredabilidadNo (solo pensión sobrevivencia)Sí (fondo heredable)
Retiro del fondoNoHasta 95.5% al jubilarte (Ley 30425)
Jubilación anticipada55 años + 25 años aportes (reducción 4%/año)REJA 55 años + 12 meses desempleo
Pensión variable con mercadoNo (monto fijo garantizado)Sí (excepto Renta Vitalicia Familiar)
Pensión sobrevivencia50% cónyuge + 20% por hijoVariable según modalidad y beneficiarios

Recomendación general: si tu sueldo es modesto y proyectas cumplir los 20 años de aporte, la ONP te garantiza S/ 600-1 000 sin riesgo de mercado. Si tu sueldo es medio o alto y vida laboral continua, la AFP puede superar ampliamente la pensión máxima ONP. Si no confías en completar 20 años, la AFP es más segura: nunca pierdes el fondo. Consulta con un asesor previsional independiente (no el de la propia AFP) antes de cambiar de sistema.

Modalidades AFP

Las 5 modalidades de pensión AFP — comparación

TUO SPP D.S. 054-97-EF. La elección la haces una vez y es prácticamente irreversible. Compara en SISCO.

Modalidad Quién paga Pensión Heredable Cobertura familiar Para quién
Retiro Programado (RP)AFPVariable anualPensión sobrevivenciaFondo grande, quiere legado
Renta Vitalicia Familiar (RVF)Compañía segurosFija de por vidaNoAmpliaPrioriza estabilidad e ingreso fijo
Renta Temporal + Vitalicia DiferidaAFP luego CSVHíbridaParcialDesde fase vitaliciaCombinar liquidez inicial + estabilidad luego
Renta MixtaAFP + CSVBase fija + variableParcialMediaBalance entre ambos mundos
Renta BimonedaCSVParte S/ parte US$NoAmpliaCubrirse de devaluación del sol

La cotización se compara en SISCO (Sistema de Cotizaciones) donde las compañías de seguros presentan ofertas. No elijas por el monto más alto solo — considera solidez financiera de la CSV, cobertura a cónyuge/hijos y riesgo cambiario si piensas residir fuera de Perú.

Ex aportantes IPSS/SNP

Bono de Reconocimiento — si aportaste antes de 1996

Reconocimiento del Estado por aportes al antiguo IPSS/SNP antes de migrar a AFP. Tres tipos según tu fecha de traslado.

El Bono de Reconocimiento (BR) es un instrumento emitido por el Estado (ONP-FONAFE) que reconoce económicamente los aportes realizados al antiguo IPSS antes de trasladarte a una AFP. Se hace efectivo al momento de la jubilación y se suma a tu fondo AFP para incrementar la pensión.

BR 1992

Aportes entre el 6-dic-1982 y 5-dic-1992. Requisito: mínimo 48 meses de aporte en ese periodo.

BR 1996

Aportes entre el 1-ene-1987 y 31-dic-1996. Requisito: mínimo 48 meses de aporte en ese periodo.

BR 2001

Aportes entre el 1-ene-1992 y 31-dic-2001. Requisito: mínimo 48 meses de aporte en ese periodo.

Proceso: el trámite se inicia en tu AFP (que actúa como intermediaria). Documentos: DNI vigente, boletas de pago antiguas si tienes, certificado de trabajo del empleador del periodo. La AFP tiene 60 días para enviar el expediente a la ONP; esta calcula, verifica y emite el BR en otros 30 días. Plazo total típico: 60-90 días. Gratuito.

Monto: se calcula con una fórmula que combina tus aportes al IPSS con la remuneración promedio de ese periodo, actualizado por inflación. Puede representar entre el 5% y el 30% adicional de tu fondo al momento de la jubilación. Si aportaste al IPSS antes de trasladarte, siempre revisa si te corresponde BR — muchos afiliados no lo solicitan por desconocer que existe.

Protección familiar

Qué pasa con tu pensión si fallleces

Diferencia crítica entre AFP (fondo heredable) y ONP (pensión de sobrevivencia). Verifica tus beneficiarios registrados.

Si estás en AFP

Si fallleces antes de jubilarte: el fondo AFP se usa para pensión de sobrevivencia a beneficiarios declarados (orden: cónyuge/conviviente → hijos menores de 18 o con incapacidad o estudiantes hasta 24 → padres con dependencia). Plazo para presentarse: 90 días calendario desde el fallecimiento.

Si no hay beneficiarios: el fondo se entrega como herencia a los herederos declarados mediante sucesión intestada (ante notaría) o testamento inscrito en SUNARP.

Si ya te jubilaste: depende de la modalidad. RP + RVF → pensión sobrevivencia. 95.5% ya retirado → sin herencia ni sobrevivencia.

Si estás en ONP

El fondo común NO es heredable. Pero tus derechohabientes acceden a pensión de sobrevivencia:

  • Viudez: 50% de la pensión del causante (hasta 100% si es único derechohabiente).
  • Orfandad: 20% por cada hijo menor de 18 años (o mayor con incapacidad, o estudiante hasta 21).
  • Ascendientes: 20% por cada padre con dependencia económica.

Topes conforme a la pensión máxima ONP vigente (S/ 1 000 desde 2026).

Acción recomendada: actualiza tus beneficiarios declarados en tu AFP AHORA mismo (no esperes a la jubilación). Si tienes cónyuge, asegúrate de que esté incluido. Si tienes hijos de otra relación, verifica que estén registrados. Esta acción toma 10 minutos en la app de tu AFP y evita conflictos judiciales posteriores.

Estado 2026

Retiros AFP extraordinarios — qué pasó y qué puede pasar

El séptimo retiro cerró el 19-ene-2026. Hay proyectos para un noveno, pero la Ley 32123 impulsa cerrar esa ventana.

Historial de retiros (2020-2024)

  • Ley 31478 (abr 2022): hasta 4 UIT
  • Ley 31668 (nov 2022): hasta 4 UIT adicionales
  • Ley 32002 (abr 2024): séptimo retiro hasta 4 UIT — monto con UIT 2026 (S/ 5 500) fue S/ 22 000 en 4 armadas mensuales. Cerró plazo de solicitud el 19-ene-2026.

Situación actual (abril 2026)

  • No hay retiro con ventana abierta al cierre de esta guía. Los pagos en curso corresponden al séptimo retiro.
  • Proyectos en el Congreso: febrero 2026 se presentó uno para noveno retiro (4 UIT = S/ 22 000); abril 2026 un segundo proyecto. Ninguno con dictamen aprobado.
  • La Ley 32123 establece restringir nuevos retiros masivos — la probabilidad de aprobación de un noveno retiro depende del equilibrio político del Congreso.
  • Sigue las novedades en medios especializados; si se aprueba un nuevo retiro, el proceso típico es: ley publicada → 30-60 días para emisión de procedimiento SBS → aplicativo AFP habilitado → plazo de solicitud de ~90 días → desembolso en armadas de 1 UIT.

Consejo: no planifiques tu jubilación asumiendo que habrá un nuevo retiro. Los retiros extraordinarios han beneficiado en el corto plazo pero vaciaron los fondos de muchos afiliados — la tensión actual busca justamente proteger la pensión futura.

Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes 2026 sobre jubilación

Las 15 dudas más comunes respondidas con datos verificados de Ley 32123, SBS y ONP.

¿A qué edad me jubilo en Perú en 2026?

La edad legal de jubilación ordinaria es 65 años tanto en ONP como en AFP. La Ley 32123 (Modernización del Sistema Previsional, reglamento vigente desde septiembre 2025) unificó la edad mínima de jubilación anticipada en 55 años para ambos sexos en REJA (antes 50 para mujeres). En ONP la jubilación adelantada sigue disponible desde los 55 años con 25 años de aportes y reducción del 4% por cada año de adelanto.

¿Cuánto es la pensión mínima y máxima en Perú 2026?

Pensión mínima universal S/ 600 mensuales (ONP y SPP con 240 meses = 20 años de aportes), Ley 32123 vigente desde enero 2025. Pensión máxima ONP: S/ 1 000 desde enero 2026 para afiliados con 20+ años de aportes y derecho a pensión definitiva al 31-dic-2025 (antes era S/ 893). En AFP no hay máxima — depende del saldo acumulado y la modalidad elegida.

¿AFP u ONP, cuál conviene?

ONP conviene si tienes sueldos modestos y proyectas cumplir 20 años de aporte (S/ 600-1 000 asegurados). AFP conviene si tienes sueldos altos, años largos de aporte y quieres que el fondo sea heredable. Riesgo ONP: si no llegas a 20 años, pierdes los aportes (no hay devolución). AFP: siempre puedes retirar tu fondo al jubilarte o, si fallleces antes, pasa a beneficiarios/herederos.

¿Qué cambió con la Ley 32123 de 2024?

Publicada el 23-sep-2024 y con reglamento vigente desde 06-sep-2025. Principales cambios: (1) pensión mínima universal S/ 600 con 240 meses de aportes, vigente desde enero 2025; (2) pensión máxima ONP S/ 1 000 desde enero 2026; (3) edad mínima REJA unificada en 55 años (antes 50 para mujeres); (4) afiliación obligatoria desde los 18 años rige desde el 1-jun-2027; (5) aporte por consumo 1% sobre boletas electrónicas — cuentas se abren dic 2026, primer depósito ene 2027; (6) restricción progresiva a retiros AFP extraordinarios; (7) Pensión 65 ampliada a 75+ años en pobreza no extrema desde 2026.

¿Cuáles son las 4 AFP y cuánto cobran?

Las 4 AFP operativas: Integra (SURA), Prima (Credicorp), Habitat y Profuturo (Scotiabank/Banmédica). Profuturo ganó la licitación SBS 2025-2027: todo trabajador que se afilie por primera vez entre junio 2025 y mayo 2027 va a Profuturo con comisión mixta 0.68% anual sobre saldo. Comisiones mixtas saldo (marzo 2026): Profuturo 0.68%, Integra 0.82%, Habitat 1.25%, Prima 1.25%. Aporte total afiliado: 10% fondo + comisión + prima seguro 1.35% ≈ 12.5-13% del sueldo.

¿Qué es el REJA y cómo acceder en 2026?

Régimen Especial de Jubilación Anticipada por desempleo (Ley 28991, modificada por Leyes 30939, 31301 y 32123). Requisitos 2026: 55 años o más (unificado por Ley 32123), 12 meses consecutivos de desempleo previos a la solicitud, haber aportado 60% de los últimos 120 meses, ingresos 4ta categoría durante el desempleo ≤ 7 UIT (S/ 38 500 con UIT 2026 de S/ 5 500), pensión calculada no mayor al 50% del promedio de remuneraciones de los últimos 120 meses.

¿Qué modalidades de pensión ofrece AFP?

Cinco modalidades (TUO SPP D.S. 054-97-EF): (1) Retiro Programado — AFP paga pensión variable anual, fondo heredable; (2) Renta Vitalicia Familiar — compañía de seguros paga pensión fija de por vida, irrevocable, cubre derechohabientes; (3) Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida — híbrida, AFP paga hasta 5 años luego arranca vitalicia; (4) Renta Mixta — combina RVF + RP; (5) Renta Bimoneda — RVF pagada parte en soles y parte en dólares. Se compara en SISCO.

¿Cuántos retiros AFP hay vigentes en 2026?

El séptimo retiro de hasta 4 UIT (Ley 32002 de abril 2024) cerró su plazo de solicitud el 19-ene-2026. Con UIT 2026 S/ 5 500, el monto máximo fue S/ 22 000 en 4 armadas. No hay retiro nuevo vigente al cierre de esta guía. Hay proyectos en el Congreso para un noveno retiro sin dictamen aún. La Ley 32123 establece restringir nuevos retiros masivos.

¿Cómo funciona el retiro del 95.5% AFP?

Ley 30425 (abril 2016): al jubilarte (65 años o REJA) puedes retirar hasta el 95.5% del fondo AFP como libre disponibilidad. El 4.5% restante se transfiere a EsSalud para financiar tu cobertura de salud vitalicia. Advertencia: al elegir el 95.5% pierdes derecho a pensión de sobrevivencia y herencia AFP, y los familiares no tendrán cobertura EsSalud cuando fallezcas. Alternativa: elegir modalidad de pensión mensual.

¿Qué es el Bono de Reconocimiento?

Reconocimiento del Estado por aportes al antiguo IPSS/SNP antes de migrar a AFP. Tres tipos: BR 1992 (aportes 6-dic-1982 al 5-dic-1992), BR 1996 (aportes 1-ene-1987 al 31-dic-1996), BR 2001 (aportes 1-ene-1992 al 31-dic-2001). Requisito general: mínimo 48 meses de aporte en el periodo. Se inicia en tu AFP, ONP lo calcula y emite en 60-90 días. Se cobra al momento de jubilarte. Gratuito.

¿Qué pasa con mi fondo AFP si fallezco?

Si fallleces antes de jubilarte, el fondo se usa para pensión de sobrevivencia a beneficiarios declarados (orden: cónyuge/conviviente, hijos menores de 18 o mayores con incapacidad o estudiantes hasta 24, padres con dependencia). Plazo para presentarse: 90 días calendario desde el fallecimiento. Si no hay beneficiarios, el fondo se entrega como herencia a herederos legales (sucesión intestada notarial o testamento SUNARP). Si ya te jubilaste y elegiste el 95.5%: NO hay herencia ni sobrevivencia.

¿Qué es Pensión 65 y quién accede?

Programa social MIDIS (D.S. 081-2011-PCM) para adultos mayores sin pensión. Monto S/ 250 mensuales pagados bimestralmente (S/ 500 por ciclo) en Banco de la Nación. Requisitos 2026: 65+ años en pobreza extrema validada por SISFOH y no percibir pensión AFP/ONP ni EsSalud como titular. La Ley 32123 amplió desde 2026 el acceso a adultos de 75+ años en pobreza no extrema.

¿Sigo con EsSalud al jubilarme?

Sí. Si recibes pensión (ONP o AFP modalidad), se descuenta 4% de tu pensión para EsSalud, sin periodo de carencia, con cobertura al cónyuge e hijos menores de 18 (o con discapacidad). Si elegiste retiro 95.5% AFP, el 4.5% transferido financia cobertura vitalicia solo para ti (sin derechohabientes). Alternativas: SIS subsidiado si pobreza validada SISFOH; EsSalud Independiente con cuota mensual privada.

¿Cuánto tarda el trámite de jubilación?

ONP: 30 días hábiles (TUPA), en la práctica 30-60 días calendario. AFP: 15-30 días según modalidad. Bono de Reconocimiento: 60-90 días si aplica. REJA: 45-60 días. Pensión 65: depende del ciclo SISFOH (3-6 meses). Retiro 95.5%: 30 días tras elegir modalidad. Desafiliación SPP: 60-120 días. Todos los trámites son gratuitos.

¿Puedo pasarme de AFP a ONP o viceversa?

Sí, bajo condiciones. Libre Desafiliación Informada (Ley 28991): quienes se afiliaron al SPP mal informados antes de 1996 o pertenecen a regímenes especiales con derecho protegido pueden regresar al SNP. Trámite en AFP, plazo 60-120 días. Para evaluar conviene comparar el Bono de Reconocimiento + Bono Complementario de Pensión Mínima (BCPM) que entrega ONP cuando el fondo AFP + BR no alcanzan la pensión mínima.

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