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🆕 Nuevas reglas SBS · Res. 03763-2025

Retiro del 25% de la AFP para vivienda 2026: requisitos, pasos y nuevas reglas

Usa hasta el 25% de tu fondo para la cuota inicial o amortizar el crédito hipotecario de tu única vivienda urbana — solo afiliados al SPP (AFP)

Presencial / virtual Información oficial SBS

Si estás afiliado a una AFP y aún no tienes casa propia, la ley te permite usar hasta el 25% de tu fondo de pensiones para concretar la compra de tu vivienda. No es un retiro libre: el dinero se destina a un crédito hipotecario de tu única vivienda urbana destinada a casa habitación, sea para pagar la cuota inicial o para amortizar ese crédito.

Un punto clave que esta guía aclara: en octubre de 2025 la Resolución SBS N° 03763-2025 renovó el procedimiento y cambió el lenguaje de «primer inmueble» a «único inmueble urbano cuya finalidad sea casa habitación», en el marco de la Ley N° 32123 (Ley de Modernización del Sistema Previsional) y su reglamento (DS 189-2025-EF). El beneficio sigue vigente, pero con reglas actualizadas que conviene conocer antes de solicitarlo.

En esta guía verificada con la SBS encontrarás quién puede pedirlo, los requisitos exactos, el paso a paso ante tu AFP, cuánto puedes disponer, los casos especiales (cónyuges, uso parcial previo, retiro extraordinario) y —lo más importante— el impacto real en tu pensión futura, para que tomes una decisión informada.

Última actualización16 de mayo de 2026
EntidadSBS · AFP (SPP)
Base legalLey 30478Ley 32123DS 189-2025-EFRes. SBS 03763-2025
Fuente oficialsbs.gob.pe
Guía informativa independiente. No somos la SBS ni una AFP. El trámite es gratuito y lo realiza el propio afiliado; verifica siempre en el portal de tu AFP y de la SBS.
Costo Gratuito La AFP no cobra comisión por el trámite
Monto Hasta 25% del fondo Saldo restante si ya usaste una parte
Modalidad Solicitud ante tu AFP Solo SPP (AFP); la ONP no aplica
⚠️
4 reglas que debes tener clarísimas antes de pedir el 25% de tu AFP Ley N° 30478 · Ley N° 32123 (Modernización Previsional) · DS 189-2025-EF · Resolución SBS N° 03763-2025 (16-oct-2025)

Estos cuatro puntos concentran los malentendidos más caros sobre este beneficio:

🚫
No te dan el dinero a tiLa AFP transfiere directo a la entidad financiera del crédito hipotecario, nunca al afiliado.
🏠
Solo única vivienda urbanaCasa habitación; no debes ser propietario de ningún inmueble (ni en sociedad de gananciales).
🏦
Atado a un crédito hipotecarioPara la cuota inicial o para amortizar ese crédito; no es retiro libre ni para terreno.
📉
Reduce tu pensión futuraDisponer del 25% baja tu fondo y su rentabilidad: tu pensión al jubilarte será menor.

Solo aplica a afiliados del Sistema Privado de Pensiones (AFP). La ONP no tiene cuentas individuales, así que no ofrece este beneficio.

Para qué sirve

En qué puedes usar el 25% de tu fondo AFP

El beneficio está vinculado a un crédito hipotecario de tu única vivienda urbana. Tiene dos destinos:

1. Cuota inicial del crédito hipotecario

Usas el 25% para cubrir la cuota inicial que te exige el banco al financiar tu única vivienda urbana. La AFP transfiere ese monto a la entidad financiera como parte de la inicial.

2. Amortización del crédito hipotecario

Si ya tienes un crédito hipotecario por tu única vivienda, usas el 25% para amortizar (reducir) el saldo, lo que baja tus cuotas o el plazo del préstamo.

Desde la Resolución SBS N° 03763-2025 (16-oct-2025), la norma habla de «único inmueble urbano cuya finalidad sea casa habitación» en lugar de «primer inmueble». No califica un terreno sin vivienda ni una operación que no esté asociada a un crédito hipotecario.

Lo que necesitas

Requisitos para usar el 25% de la AFP para vivienda

Debes cumplir todos estos requisitos:

1. Estar afiliado a una AFP

Cualquier afiliado al SPP, sin importar edad, situación laboral ni tiempo de aportes.

2. No ser propietario de un inmueble

Ni a título personal ni bajo sociedad de gananciales. La AFP verifica con declaración jurada y SUNARP.

3. Crédito hipotecario de vivienda única

Tener (o estar gestionando) un crédito hipotecario para tu único inmueble urbano destinado a casa habitación.

4. DNI vigente

Documento de identidad vigente del afiliado solicitante.

5. No haber agotado el beneficio

Si ya usaste el 25% completo bajo la Ley 30478, no puedes repetirlo. Si usaste menos, puedes pedir el saldo.

Paso a paso

Cómo solicitar el 25% de la AFP para tu vivienda, paso a paso

El trámite se hace ante tu AFP (Integra, Prima, Profuturo o Habitat), de forma presencial o por su plataforma virtual:

1

Confirma que cumples los requisitos

Sobre todo, que no eres propietario de ningún inmueble (ni en sociedad de gananciales).

2

Gestiona tu crédito hipotecario

Con un banco o entidad financiera, para tu única vivienda urbana (casa habitación).

3

Reúne los documentos

DNI vigente, documento del crédito hipotecario y la declaración jurada de no propiedad.

4

Presenta la solicitud a tu AFP

En una agencia o por la plataforma virtual de Integra, Prima, Profuturo o Habitat.

5

La AFP evalúa y verifica

Revisa los documentos y consulta en SUNARP que no figures como propietario.

6

Cálculo del 25% disponible

La AFP calcula el 25% de tu CIC a la fecha. Si pediste un retiro extraordinario antes, ese monto se descuenta de la base.

7

Transferencia a la entidad financiera

Aprobada la solicitud, la AFP transfiere el monto directamente al banco del crédito; nunca a ti.

8

Guarda tu constancia

Conserva el cargo de la solicitud y la constancia de la transferencia para tu respaldo.

Cuánto y a qué costo

Monto disponible y costo del trámite

  • Monto máximo: hasta el 25% del total acumulado en tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC) a la fecha de la solicitud.
  • Uso parcial: si ya dispusiste de una parte, solo puedes pedir el saldo hasta completar el 25%; no puedes superar ese tope.
  • Retiro extraordinario previo: si solicitaste un retiro extraordinario antes de la aprobación, ese monto se descuenta del fondo base para calcular el 25%.
  • Costo del trámite: gratuito. La AFP no cobra comisión por procesar esta disposición.

El cálculo exacto lo hace tu AFP según tu fondo. Pídele una proyección de cómo queda tu pensión estimada antes y después de disponer del 25%: ese número es la mejor brújula para decidir.

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Casos especiales

Situaciones particulares al usar el 25% para vivienda

Los escenarios que más dudas generan y cómo resolver cada uno:

Cónyuges ambos afiliados

Si ninguno es propietario, cada uno puede aportar hasta el 25% de su propio fondo al mismo crédito.

Usaste menos del 25% antes

Puedes pedir el saldo hasta completar el 25%, bajo las nuevas reglas de la Res. SBS 03763-2025.

Ya eres propietario

No calificas. El requisito es no tener ningún inmueble; incluye copropiedad y sociedad de gananciales.

Pediste un retiro extraordinario

El monto retirado se descuenta de la base sobre la que se calcula tu 25% para vivienda.

Afiliado a la ONP

No aplica: la ONP es un fondo común, sin cuentas individuales que disponer. Solo SPP (AFP).

Quieres comprar un terreno

No califica un terreno sin vivienda. Debe ser inmueble urbano destinado a casa habitación con crédito.

Cerca de jubilarte

El impacto en la pensión es mayor mientras menos tiempo falte: pide la proyección a tu AFP antes.

«Gestor» que cobra

El trámite es gratuito y lo hace el afiliado ante su AFP. Cualquier cobro por «agilizarlo» es estafa.

Dónde gestionarlo

Canales oficiales de las AFP y la SBS

El trámite se solicita ante tu AFP; la SBS supervisa y norma el procedimiento:

🟦 AFP Integra

Agencias y plataforma virtual; sección «25% para tu inmueble».

🟥 Prima AFP

Zona privada del afiliado y agencias para la solicitud del 25%.

🟩 Profuturo AFP

Plataforma en línea y agencias para el trámite de vivienda.

🟨 AFP Habitat

Solicitud por su web y agencias autorizadas.

🏛️ SBS

sbs.gob.pe — norma, supervisa y publica el procedimiento (Res. SBS 03763-2025).

🏦 Entidad financiera

El banco o financiera que otorga el crédito hipotecario y recibe la transferencia de la AFP.

📋 SUNARP

Donde la AFP verifica que no figures como propietario de un inmueble.

🇵🇪 Cobertura nacional

Aplica a todos los afiliados del SPP del Perú, incluido el Callao.

Evita estos errores

Errores comunes al pedir el 25% de la AFP para vivienda

Cada uno te puede costar el beneficio o años de pensión. Evítalos:

Creer que te depositan el dinero a tu cuenta. Nunca: va directo a la entidad financiera del crédito hipotecario.
Pensar que sirve para cualquier compra o terreno. Solo única vivienda urbana (casa habitación) atada a un crédito hipotecario.
Solicitarlo siendo propietario de otro inmueble. La AFP verifica en SUNARP; te rechazan e incluye sociedad de gananciales.
No medir el impacto en la pensión. Pide la proyección a tu AFP: el 25% de hoy puede ser mucha pensión menos mañana.
Pagar a un «gestor» para acelerarlo. El trámite es gratuito y lo hace el afiliado. Es una estafa común.
Asumir que la ONP también lo da. No. Solo el SPP (AFP) tiene cuentas individuales que disponer.
Pedir el 25% sin considerar un retiro extraordinario previo. Ese monto se descuenta de la base de cálculo.
Guiarte por información de 2016. Rige la Res. SBS 03763-2025: ya no es «primer» sino «único» inmueble urbano.
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el 25% de la AFP para vivienda

Respuestas directas y verificadas a las dudas más comunes de los afiliados.

¿Me entregan a mí el dinero del 25% de la AFP?
No. El dinero nunca se entrega al afiliado: la AFP lo transfiere directo a la entidad financiera del crédito hipotecario (cuota inicial o amortización) de tu única vivienda urbana. El plazo lo fija la SBS (Res. SBS 03763-2025).
¿Para qué exactamente puedo usar el 25% de mi fondo AFP?
Para dos fines de un crédito hipotecario de tu única vivienda urbana (casa habitación): pagar la cuota inicial o amortizar el crédito ya tomado para ese inmueble. Base legal: Ley 30478, Ley 32123, DS 189-2025-EF y Res. SBS 03763-2025.
¿Qué cambió con la Resolución SBS 03763-2025?
Publicada el 16 de octubre de 2025, reemplazó el procedimiento de 2016. El cambio clave: ya no se habla de «primer inmueble» sino de «único inmueble urbano cuya finalidad sea casa habitación», y aclara el orden frente a los retiros extraordinarios.
¿Qué pasa si ya soy propietario de una vivienda?
No puedes acceder. El requisito es no ser propietario de ningún inmueble, ni a título personal ni en sociedad de gananciales. La AFP lo verifica con tu declaración jurada y la consulta registral en SUNARP.
¿Mi cónyuge y yo podemos usar ambos nuestro 25%?
Sí. Si ambos están afiliados a una AFP y ninguno es propietario, cada uno puede disponer de hasta el 25% de su propio fondo para el mismo crédito hipotecario. Eso suma un monto importante para la cuota inicial o la amortización.
Si usé menos del 25% antes, ¿puedo pedir el saldo?
Sí. Quienes ya usaron el beneficio bajo la antigua Ley 30478 no pueden repetirlo, salvo que hayan dispuesto menos del 25%: en ese caso pueden pedir el porcentaje restante hasta completar el 25%, con las nuevas reglas.
¿Retirar el 25% afecta mi pensión futura?
Sí. Al disponer del 25% reduces tu CIC y la rentabilidad que ese dinero habría generado hasta tu jubilación, por lo que tu pensión será menor. Conviene evaluar con asesoría si la compra de vivienda compensa esa reducción.
¿Puedo usar el 25% para un terreno o sin crédito hipotecario?
No. Está vinculado a un crédito hipotecario de la única vivienda urbana (casa habitación): cuota inicial o amortización. Un terreno sin vivienda o una operación sin crédito hipotecario no califican.
¿Los afiliados a la ONP también tienen este beneficio?
No. Es exclusivo del Sistema Privado de Pensiones (AFP), porque se basa en la Cuenta Individual de Capitalización. La ONP es un fondo común sin cuentas individuales que disponer.
Pide un retiro extraordinario antes, ¿qué pasa con mi 25%?
Si solicitaste un retiro extraordinario antes de que la AFP apruebe el uso del 25% para vivienda, el monto retirado se descuenta del fondo base para calcular ese 25%. La SBS aclaró este orden en la Res. SBS 03763-2025.
¿Cuánto dinero puedo disponer como máximo?
Hasta el 25% del total acumulado en tu CIC a la fecha de la solicitud; tu AFP lo calcula. Si ya usaste una parte, solo puedes pedir el saldo hasta completar el 25%.
¿El trámite del 25% para vivienda tiene algún costo?
No. La solicitud y el procesamiento ante tu AFP son gratuitos; la AFP no cobra comisión. Desconfía de gestores que cobren por «agilizarlo»: el trámite lo realiza el propio afiliado.

Información útil del SPP / SBS

Plataforma del afiliadoWeb o app de tu AFP (Integra, Prima, Profuturo, Habitat)
Portal SBSsbs.gob.pe
Procedimiento oficial25% para vivienda — SBS
Vigente desdeReglas actualizadas: Res. SBS 03763-2025

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