Pensión de Invalidez — AFP y ONP
SBS (AFP) / Oficina de Normalización Previsional (ONP)
La pensión de invalidez aplica cuando un afiliado sufre una pérdida de capacidad laboral ≥ 50%. En AFP: invalidez parcial = 50% del promedio salarial (últimos 48 meses), total = 70%, cubierto por el seguro previsional (requiere 4 aportes en los últimos 8 meses). En ONP (D.L. 19990 art. 27): 50% base + 1% por cada año de aportes sobre 3. El grado lo determina el COMAFP (AFP) o la Comisión Médica (ONP). Si no estás de acuerdo, puedes apelar ante el COMEC de la SBS.
