SUNAT publica dos cronogramas de vencimientos: el cronograma general (marzo-abril) para empresas grandes y contribuyentes fuera de la Ley 31940, y el cronograma ampliado (mayo-junio) para personas naturales y MYPE con ingresos hasta 1,700 UIT. Verifica cuál te aplica.
Cronograma general — Empresas (marzo-abril 2026)
Para empresas con ingresos >1,700 UIT, nuevas en 2025, ciertos grupos económicos y contribuyentes fuera de Ley 31940.
| Dígito |
Vencimiento |
| 0 | 26/03/2026 |
| 1 | 27/03/2026 |
| 2 | 30/03/2026 |
| 3 | 31/03/2026 |
| 4 | 01/04/2026 |
| 5 | 06/04/2026 |
| 6 | 07/04/2026 |
| 7 | 08/04/2026 |
| 8 | 09/04/2026 |
| 9 | 10/04/2026 |
| Buenos contrib. | 13/04/2026 |
Cronograma ampliado — Personas naturales y MYPE (mayo-junio 2026)
Para personas naturales con rentas de trabajo y MYPE con ingresos hasta 1,700 UIT (Ley 31940).
| Último dígito RUC/DNI |
Fecha de vencimiento |
| 0 | 27 de mayo de 2026 |
| 1 | 28 de mayo de 2026 |
| 2 | 29 de mayo de 2026 |
| 3 | 1 de junio de 2026 |
| 4 | 2 de junio de 2026 |
| 5 | 3 de junio de 2026 |
| 6 | 4 de junio de 2026 |
| 7 | 5 de junio de 2026 |
| 8 | 8 de junio de 2026 |
| 9 | 9 de junio de 2026 |
Buenos contribuyentes y MYPE con Ley 31940: plazo extendido hasta el 10 de junio de 2026.
Para conocer tu fecha exacta de vencimiento, también puedes consultar el cronograma de SUNAT en:
- El portal web de SUNAT (www.sunat.gob.pe), en la sección de "Calendario de obligaciones tributarias".
- SUNAT Operaciones en Línea, donde al ingresar con tu Clave SOL te muestra tus obligaciones pendientes con sus fechas de vencimiento.
- La app SUNAT Persona, que te envía notificaciones push cuando se acerca la fecha de vencimiento de tus obligaciones tributarias.
Consecuencias de no declarar a tiempo: Si no presentas tu declaración jurada anual dentro del plazo establecido según el cronograma, SUNAT te impondrá una multa por infracción tributaria tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario. La multa base es de 1 UIT (S/5,500) para empresas del Régimen General o 50% UIT (S/2,750) para personas naturales con rentas de trabajo. Pero el régimen de gradualidad actualizado (R.S. 007-2025/SUNAT) es muy favorable: si presentas la declaración voluntariamente antes de que SUNAT te notifique, la multa se reduce al 100% (queda en S/0, solo pagas intereses sobre el tributo). Después de la notificación, la reducción es del 99% dentro de los primeros 7 días hábiles.
Además de la multa por no declarar, si la declaración arroja un impuesto a pagar, se generan intereses moratorios por cada día de atraso desde la fecha de vencimiento hasta la fecha efectiva de pago. La Tasa de Interés Moratorio (TIM) vigente es establecida por SUNAT y se aplica sobre el saldo pendiente de pago. Estos intereses se acumulan diariamente y pueden representar un costo significativo si el atraso es prolongado.
Como recomendación general, no esperes al último día de tu cronograma para presentar la declaración. El portal de SUNAT se satura los últimos días antes del vencimiento y puede experimentar lentitud o caídas del sistema. Lo ideal es presentar la declaración en cuanto SUNAT habilite el Formulario Virtual 709 (disponible desde el 31 de marzo de 2026).
💡 Programa una alarma en tu celular con tu fecha de vencimiento según el último dígito de tu RUC. Presenta la declaración al menos 3 días antes de esa fecha para evitar problemas con el portal de SUNAT. Si por alguna razón no puedes presentar a tiempo, hazlo lo antes posible de forma voluntaria (antes de que SUNAT te notifique) para que la multa se reduzca al 100% y quede en S/0 (R.S. 007-2025/SUNAT).