¿Quiénes están obligados a emitir factura electrónica en 2026?
Prácticamente todos los contribuyentes del Régimen General, RMT y RER están obligados. Los escalonamientos por ingresos culminaron en 2022. Única excepción: Nuevo RUS (no obligado, puede emitir físicas). Desde 2026, las nuevas empresas que se inscriben en RUC son emisores electrónicos automáticamente si eligen RG, RMT o RER.
¿Qué diferencia hay entre factura y boleta electrónica?
La factura electrónica se emite a compradores con RUC para sustentar crédito fiscal del IGV y gasto/costo IR (serie F001). La boleta de venta electrónica se emite a consumidores finales sin RUC (serie B001). Si la boleta supera S/700, es obligatorio identificar al cliente con DNI. Las boletas se reportan en Resumen Diario (no en tiempo real como las facturas).
¿Puedo anular una factura electrónica ya emitida?
No se puede eliminar directamente. Debes emitir una Nota de Crédito Electrónica (código 07) para dejar sin efecto el comprobante o una Comunicación de Baja si aún no fue entregado. Existe una ventana excepcional de 10-15 días hábiles para corregir datos del sujeto o descripción del producto con NC electrónica.
¿Tiene costo emitir facturas electrónicas en SUNAT?
SEE-SOL y SEE-Facturador SUNAT son 100% GRATUITOS. Con sistema propio (SEE-Contribuyente) pagas desarrollo o software de terceros. Con OSE pagas tarifa del operador autorizado (variable). SUNAT no cobra por la emisión ni la validación en ningún sistema.
¿Qué sistemas de emisión electrónica (SEE) existen en 2026?
4 sistemas: (1) SEE-SOL: gratis vía portal SUNAT y App Emprender. (2) SEE-Facturador: aplicativo descargable gratis para alto volumen. (3) SEE-Contribuyente: sistema propio con certificado digital. (4) SEE-OSE: obligatorio para PRICOS con ingresos > 300 UIT desde 01/07/2025.
¿Cuál es el plazo para enviar la factura electrónica a SUNAT?
Desde el 05/01/2023: la factura electrónica y notas de crédito/débito deben remitirse a SUNAT u OSE en la fecha de emisión o máximo 3 días calendario siguientes. Fuera de plazo, el documento pierde validez tributaria total (aunque se haya entregado al cliente). El CDR de SUNAT confirma la recepción (Aceptada / Aceptada con observaciones / Rechazada).
¿Qué sanciones hay por no emitir factura electrónica?
Según el Art. 174° del Código Tributario (Tabla I): primera vez no emitir CPE = 50% de la UIT (S/ 2,750 con UIT 2026); segunda vez = cierre temporal del local por 3 días. Emitir CPE sin requisitos = 25% UIT (S/ 1,375). Con régimen de gradualidad, si subsanas voluntariamente sin notificación previa, rebaja del 90% de la multa.
¿La Guía de Remisión Electrónica (GRE) es obligatoria en 2026?
Técnicamente sí desde 13/07/2022, pero SUNAT tiene discrecionalidad de no sancionar infracciones hasta el 30/06/2026 (Res. 000026-2025-SUNAT/70000). Desde el 01/07/2026, sanciones plenas y las guías físicas dejan de ser válidas. La GRE aplica a todos los que trasladan bienes (excepto Nuevo RUS). 3 modalidades: Remitente, Transportista y Por Evento.
¿La factura electrónica en Callao es distinta a Lima?
No. La factura electrónica es nacional y centralizada en SUNAT. Los contribuyentes del Callao usan el mismo portal sunat.gob.pe, la misma Clave SOL y los mismos procedimientos. Los Centros de Servicios al Contribuyente (CSC) del Callao atienden consultas presenciales L-V 8:30-17:00. Para operaciones de comercio exterior por el Puerto del Callao existe la Intendencia Aduana Marítima del Callao (Av. Guardia Chalaca 149).
¿Cómo verificar la validez de una factura electrónica recibida?
SIN Clave SOL: ingresa a e-consulta.sunat.gob.pe/ol-ti-itconsvalicpe/ConsValiCpe.htm (acceso público). Opciones: (1) subir el archivo XML del CPE para verificar firma digital; (2) ingresar datos manuales (RUC emisor, serie, número, fecha, total). La representación impresa (PDF) incluye código QR que enlaza directamente a esta consulta.
¿Necesito comprar un software para emitir facturas electrónicas?
No. SUNAT te ofrece dos opciones totalmente gratuitas: SEE-SOL (desde el portal web sunat.gob.pe con tu Clave SOL, sin descargar nada) y el Facturador SUNAT (aplicativo de escritorio descargable, ideal si manejas más volumen pero sigues queriendo algo gratis). También puedes usar la App SUNAT (Emprender) desde el celular. Solo compras software cuando decides operar bajo SEE del Contribuyente (sistema propio) o contratar un SEE-OSE (operador autorizado), y eso es opcional.
¿Cuál sistema de emisión me conviene si emito pocas facturas al mes?
Si emites pocas facturas, te conviene SEE-SOL: entras al portal SUNAT con tu Clave SOL, emites el comprobante en línea y SUNAT lo recibe en el mismo acto (no tienes que preocuparte por enviarlo después). Es gratis, no requiere certificado digital propio ni mantenimiento de software, y funciona desde cualquier navegador. Solo necesitas pasar a SEE del Contribuyente o SEE-OSE si tu volumen se vuelve alto, si requieres integración con tu ERP o si emites muchas guías de remisión.
¿Por cuánto tiempo debo conservar las facturas electrónicas emitidas y recibidas?
Debes conservar el XML firmado (que es el documento con validez tributaria) y la representación impresa o el CDR de SUNAT mientras el tributo no esté prescrito: por regla general 4 años desde el 1 de enero del año siguiente al vencimiento de la obligación, conforme al artículo 43 del Código Tributario; si no presentaste la declaración, el plazo es de 6 años. Aunque emitas por SEE-SOL y SUNAT también almacena copia, la responsabilidad de tenerlos disponibles ante una fiscalización es tuya: guarda los XML en un respaldo digital seguro (no basta con el PDF).