¿Cuándo es obligatoria la guía de remisión electrónica?
La GRE es obligatoria para todo traslado de bienes (venta, compra, traslado entre establecimientos, consignación, devolución, importación, etc.) cuando el contribuyente está designado como emisor electrónico. La obligatoriedad general rige desde el 1 de enero de 2024 (Resolución de Superintendencia 000123-2022/SUNAT).
¿Todavía puedo usar la guía de remisión física en papel?
La regla obligatoria es la guía electrónica, pero SUNAT mantiene un periodo de discrecionalidad (no sanción) por usar guías en formato impreso hasta el 30 de junio de 2026 (RSNATI 000026-2025-SUNAT/700000). Esa tolerancia no aplica al traslado de azúcar, alcohol etílico ni arroz pilado, que sí deben emitir GRE.
¿Cuándo debo emitir la guía de remisión: antes o después del traslado?
La GRE debe emitirse antes de iniciar el traslado y debes contar con el CDR (constancia de recepción) en estado aceptado antes de que el vehículo parta. No es válido emitirla después: el plazo de 10 días calendario solo sirve para dar de baja o corregir una guía ya emitida.
¿Qué tipos de guía de remisión electrónica existen?
Existen tres: GRE-Remitente (la emite quien envía la mercancía, en transporte privado), GRE-Transportista (la emite la empresa de transporte contratada, en transporte público) y GRE por Eventos (para incidencias o contingencias durante el traslado).
¿Cuál es la serie de la guía de remisión electrónica?
La serie depende del canal. En el Portal SOL: EG07 (Remitente), EG03 (Transportista) y EG05 (Eventos). En la APP Emprender: EG02, EG04 y EG06. Desde el sistema propio (SEE) la serie es alfanumérica que empieza con T (Remitente) o V (Transportista).
¿Desde dónde se emite la GRE y tiene costo?
La emisión es gratuita. Los canales oficiales son el Portal SOL (e-menu.sunat.gob.pe) con Clave SOL, la APP Emprender de SUNAT y el sistema propio del contribuyente (SEE). La GRE no se emite a través de un OSE.
¿Qué pasa si traslado mercancía sin guía de remisión?
SUNAT puede comisar (retener) la mercancía conforme al artículo 174 del Código Tributario. Para recuperar los bienes debes acreditar su propiedad y pagar una multa equivalente al 15% del valor de los bienes, con tope de 6 UIT (S/ 33,000 con la UIT 2026 de S/ 5,500), más los gastos del comiso.
¿La guía de remisión sustenta gasto o crédito fiscal?
No. La guía de remisión solo sustenta el traslado de bienes. Para sustentar la operación de compraventa y el crédito fiscal necesitas la factura electrónica.
¿Quién emite la guía en transporte público y en transporte privado?
En transporte privado (trasladas con tus propios medios) se emite solo la GRE-Remitente. En transporte público (contratas a un tercero) el remitente emite la GRE-Remitente y el transportista emite la GRE-Transportista. Los vehículos de categoría L y M1 no requieren GRE-Transportista.
¿Se puede emitir la GRE desde el celular?
Sí. Puedes emitirla desde la APP Emprender de SUNAT o desde el Portal SOL en el navegador del celular, ingresando con tu RUC y Clave SOL.
¿Necesito imprimir la guía de remisión electrónica?
No es obligatorio llevarla impresa. El conductor puede portar la representación impresa o mostrar el código QR de la GRE, que permite verificar el documento electrónico durante el control del traslado.
¿Puedo corregir o dar de baja una GRE ya emitida?
Sí. Si te equivocaste en los datos o el traslado no se realiza, puedes dar de baja la GRE dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de inicio del traslado y, de corresponder, emitir una nueva guía.