¿Cómo sé mi fecha de vencimiento en SUNAT 2026?
Tu fecha de vencimiento se determina por el último dígito de tu RUC. SUNAT agrupa a los contribuyentes en: 0, 1, 2-3, 4-5, 6-7, 8-9 y una fila adicional para Buenos Contribuyentes y UESP (1 día hábil después del grupo 8-9). El período a declarar es el mes ANTERIOR al mes de presentación (enero se declara en febrero). Usa la tabla completa arriba.
¿Qué pasa si declaro fuera de fecha en SUNAT?
Se generan intereses moratorios (TIM del 0.90% mensual / 0.03% diario) sobre el tributo adeudado (R.S. 044-2021/SUNAT vigente). Además pueden multarte por declaración fuera de plazo: Régimen General 1 UIT (S/ 5 500 en 2026); RMT 50% UIT; RER 50% UIT; Nuevo RUS 0.6% de ingresos o 5% UIT (mayor). La TIM ya NO aplica a multas desde el 01/01/2024 — sobre multas se aplica el interés legal.
¿Qué son los Buenos Contribuyentes y cuánto plazo adicional tienen?
Son contribuyentes designados por SUNAT con historial de cumplimiento puntual. Junto con las Unidades Ejecutoras del Sector Público (UESP) gozan de 1 día hábil adicional respecto al grupo de dígito 8-9. Por ejemplo, para el período enero 2026: dígito 8-9 vence el 23 de febrero y Buenos Contribuyentes/UESP el 24 de febrero. Verifica tu clasificación en Clave SOL → Mi RUC.
¿Qué obligaciones están incluidas en el cronograma mensual?
El cronograma mensual SUNAT aplica para: (1) IGV-Renta mensual — Formulario 621 (Régimen General, RMT, RER); (2) pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de 3ra categoría; (3) PLAME — Planilla Electrónica (PDT 601) con retenciones de 5ta, EsSalud y ONP; (4) percepciones y retenciones del IGV; (5) Nuevo RUS — Formulario 1611; (6) ITF; (7) otros tributos según régimen.
¿Cuándo vence la Declaración Anual de Renta 2025 que se paga en 2026?
Por R.S. 000386-2025/SUNAT: MYPE y personas naturales con ingresos ≤ 1 700 UIT (Ley 31940) declaran entre el 27 de mayo y 9 de junio de 2026 por último dígito RUC, con Buenos Contribuyentes el 10 de junio. Empresas con ingresos > 1 700 UIT declaran entre el 26 de marzo y el 10 de abril de 2026, con Buenos Contribuyentes el 13 de abril. Formularios: Virtual 709 (personas naturales) y Virtual 710 (empresas).
¿Debo declarar aunque no haya tenido ventas ni operaciones?
SÍ. Debes presentar tu declaración en ceros incluso si no tuviste ingresos en el mes. No declarar genera multa (1 UIT para Régimen General) aunque el tributo sea cero. La excepción es si estás suspendido temporalmente (solicitud de Suspensión Temporal de Actividades) — en ese caso no es obligatorio declarar durante el período suspendido.
¿El Nuevo RUS tiene cronograma diferente?
NO. El Nuevo RUS sigue el MISMO cronograma mensual por último dígito del RUC. La diferencia es el formulario: se paga solo una cuota fija con el Formulario 1611 — categoría 1 S/ 20 (ingresos hasta S/ 5 000/mes) o categoría 2 S/ 50 (entre S/ 5 001 y S/ 8 000/mes) — sin declarar IGV ni Renta.
¿Dónde consulto el cronograma oficial SUNAT 2026?
Portal oficial: sunat.gob.pe/cronogramas/2026 — ahí encuentras la tabla completa del año. Las resoluciones que aprueban los cronogramas se publican en El Peruano. Actualmente rigen: R.S. 281-2022/SUNAT (cronograma plurianual mensual) y R.S. 000386-2025/SUNAT (Renta Anual 2025).
¿SIRE es obligatorio para mí en 2026?
Depende de tu clasificación. El SIRE (Sistema Integrado de Registros Electrónicos) para llevar el RVIE (Registro de Ventas e Ingresos) y RCE (Registro de Compras) tiene cronograma escalonado. En 2026: PRICOS con ingresos ≤ 2 300 UIT están obligados desde el período ENERO 2026; PRICOS con ingresos > 2 300 UIT desde JUNIO 2026 (R.S. 000392-2025/SUNAT postergó esta fecha). Los NO PRICOS del Régimen General ya estaban obligados con plazos previos.
¿Puedo pagar la deuda si no alcanzo a pagar en la fecha de vencimiento?
SÍ. Si no puedes pagar el tributo en la fecha, presenta la declaración a tiempo de todas formas — no declarar es una multa aparte. Luego paga con TIM (0.90% mensual) cuando puedas. También puedes solicitar fraccionamiento Art. 36 Código Tributario (Formulario Virtual 687, hasta 72 cuotas) si la deuda supera ciertos montos. La cuota del fraccionamiento devenga 80% de la TIM (≈0.72% mensual).
¿Qué pasa si presento la declaración un día después del vencimiento?
Se configura la infracción del Art. 176 numeral 1 del Código Tributario (no presentar declaración dentro del plazo). La buena noticia: si subsanas voluntariamente antes de que SUNAT te notifique presentando la declaración omitida, accedes a la rebaja del 100% de la multa por gradualidad (R.S. 000078-2021 modificada por R.S. 000007-2025/SUNAT). Si declaras dentro del plazo pero no pagas el tributo, no hay multa por declaración tardía — solo se acumula la TIM sobre el tributo no pagado.
¿Hay rebaja en la multa si subsano antes de que SUNAT me notifique?
SÍ. Por la R.S. 000007-2025/SUNAT (que actualizó el Régimen de Gradualidad de la R.S. 000078-2021), si subsanas voluntariamente — presentando la declaración omitida o rectificando — antes de cualquier notificación de SUNAT, la rebaja es del 100% de la multa. Si subsanas dentro de los 7 días hábiles de notificada la REC (Resolución de Ejecución Coactiva) la rebaja es del 99%; del 8º al 120º día hábil, del 96%. Después del 120º día hábil o con cobranza coactiva avanzada ya no hay gradualidad.
¿Cómo se calcula la TIM si pago el tributo después del vencimiento?
La Tasa de Interés Moratorio (TIM) vigente es 0.90% mensual, equivalente al 0.03% diario (R.S. 044-2021/SUNAT). Se calcula sobre el tributo adeudado desde el día siguiente al vencimiento hasta el día de pago efectivo. Fórmula: tributo × 0.0003 × días de atraso. Ejemplo: si debes S/ 1 000 de IGV y pagas 30 días tarde, el interés es S/ 1 000 × 0.0003 × 30 = S/ 9. Desde el 01/01/2024 la TIM no se aplica sobre multas (sobre multas corre el interés legal del BCRP).
¿El cronograma es el mismo para todos los regímenes tributarios?
SÍ, el cronograma mensual por último dígito del RUC es el mismo para Nuevo RUS, RER, RMT y Régimen General. Lo que cambia es el formulario: el Nuevo RUS paga cuota fija con el Formulario 1611; RER, RMT y RG presentan el Formulario Virtual 621 (Declara Fácil IGV-Renta). La Declaración Jurada Anual de Renta sí tiene cronograma propio (R.S. 000386-2025/SUNAT) y el RER no la presenta; solo RG, RMT y personas con renta de 1ra, 2da, 4ta o 5ta categoría obligadas.