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Declaración anual del impuesto a la renta: Formulario Virtual 709

SUNAT — Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Virtual

Estado al 21-jun-2026: el plazo para personas naturales del ejercicio 2025 venció el 10 de junio de 2026 (R.S. 000386-2025/SUNAT). Si no declaraste a tiempo, todavía puedes regularizar con gradualidad del 100% — multa S/ 0 mientras SUNAT no te notifique. Si declaraste con saldo a favor, la devolución de oficio arrancó el 11 de junio (D.U. 025-2019) y se procesa por orden del último dígito del RUC durante el segundo semestre 2026.

La declaración anual del impuesto a la renta es la obligación tributaria que tienen las personas naturales y jurídicas de informar a SUNAT sobre sus ingresos del ejercicio fiscal anterior. SUNAT facilita el proceso con información prellenada basada en las declaraciones mensuales y comprobantes electrónicos. Para el siguiente ejercicio (renta 2026 que se declara en 2027), conviene preparar gastos deducibles desde ya.

Última actualización21 de junio de 2026
Entidad responsableSUNAT
Fuente oficialrenta.sunat.gob.pe
Verificado porAndrés Sánchez Botta
Guía informativa independiente. No somos SUNAT. Para verificar, busca renta.sunat.gob.pe en tu navegador.
Costo del trámite Gratuito La presentación de la declaración no tiene costo
Periodicidad Anual · plazo 2025 venció 10-jun-2026 Empresas marzo-abril · personas mayo-junio (Ley 31940)
Modalidad Online Portal SOL — Declara Renta Anual
¿Me toca declarar?

¿Quién está obligado a presentar la declaración anual?

Empresas: Régimen General y MYPE Tributario

Todas las empresas del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario están obligadas a presentar la declaración anual, sin importar el monto de ingresos.

Trabajadores con ingresos mayores a 7 UIT (S/ 37,450 anuales)

Si tus rentas de trabajo (4ta y/o 5ta categoría) superaron las 7 UIT en el año, estás obligado a declarar. UIT 2025 = S/ 5,350 × 7 = S/ 37,450.

Quienes tengan saldo a favor

Si pagaste más impuesto del que debías (por retenciones en exceso o gastos deducibles), debes declarar para solicitar la devolución de hasta S/ 4,815. Si eres independiente y te retuvieron el 8% sin solicitar la suspensión de retenciones de 4ta categoría con el Formulario 1609 a tiempo, esta es la vía para recuperar lo retenido en exceso.

🏢🏢
Trabajadores con 2 o más empleadores simultáneos

Si en algún mes del año tuviste 2 o más empleadores al mismo tiempo, estás obligado a declarar aunque tus ingresos no superen las 7 UIT.

NO obligados

Contribuyentes del NRUS (Nuevo Régimen Único Simplificado) y trabajadores con 1 solo empleador, sin saldo a favor y sin ingresos de otras categorías no están obligados.

Fechas de vencimiento

Cronograma de declaración anual de renta 2026 — General (marzo-abril) y ampliado (mayo-junio)

Existen dos cronogramas según el tipo de contribuyente. Verifica cuál te aplica.

Cronograma ampliado — Personas naturales y MYPE (Ley 31940)

Para personas naturales con rentas de trabajo, y MYPE con ingresos anuales hasta 1,700 UIT que iniciaron operaciones antes de 2025.

Último dígito RUC/DNI Fecha de vencimiento
027 de mayo de 2026
128 de mayo de 2026
229 de mayo de 2026
31 de junio de 2026
42 de junio de 2026
53 de junio de 2026
64 de junio de 2026
75 de junio de 2026
88 de junio de 2026
99 de junio de 2026
Buenos contribuyentes / Sin RUC10 de junio de 2026

Cronograma general — Empresas y contribuyentes fuera de Ley 31940

Para empresas con ingresos netos anuales mayores a 1,700 UIT, empresas que iniciaron operaciones en 2025, ciertos grupos económicos y contribuyentes fuera del alcance de la Ley 31940.

Último dígito RUC Fecha de vencimiento
026 de marzo de 2026
127 de marzo de 2026
230 de marzo de 2026
331 de marzo de 2026
41 de abril de 2026
56 de abril de 2026
67 de abril de 2026
78 de abril de 2026
89 de abril de 2026
910 de abril de 2026
Buenos contribuyentes13 de abril de 2026

¿Cuál cronograma me aplica? Si eres persona natural con rentas de trabajo (4ta/5ta categoría) o MYPE con ingresos hasta 1,700 UIT que inició operaciones antes de 2025, usas el cronograma ampliado (mayo-junio). Las demás empresas usan el cronograma general (marzo-abril).

Formulario Virtual 709 disponible desde el 31 de marzo de 2026 en SUNAT Virtual con Clave SOL.

Cuánto se paga

Tasas del impuesto a la renta — Escala progresiva del 8% al 30% (ejercicio 2025, UIT S/5,350)

El impuesto a la renta de trabajo (4ta + 5ta categoría) es progresivo: pagas más solo por el exceso de cada tramo.

Tramo de renta neta En soles (UIT 2025: S/ 5,350) Tasa
Hasta 5 UITHasta S/ 26,7508%
Más de 5 hasta 20 UITS/ 26,751 – S/ 107,00014%
Más de 20 hasta 35 UITS/ 107,001 – S/ 187,25017%
Más de 35 hasta 45 UITS/ 187,251 – S/ 240,75020%
Más de 45 UITMás de S/ 240,75030%

Las primeras 7 UIT (S/ 37,450) de renta bruta están exoneradas del impuesto. El impuesto se calcula solo sobre el exceso.

Reduce tu impuesto

Gastos deducibles para trabajadores — Hasta 3 UIT adicionales (S/16,050)

Estos gastos reducen tu base imponible. Si sustentas el máximo, puedes recuperar hasta S/ 4,815.

Tipo de gasto % deducible Tope
Restaurantes, bares y hoteles15%3 UIT (S/ 16,050)
Servicios profesionales (honorarios)30%3 UIT (S/ 16,050)
Alquiler de inmuebles30%3 UIT (S/ 16,050)

Requisito obligatorio: el gasto debe estar pagado con medio bancarizado (tarjeta, transferencia, Yape, Plin). Los pagos en efectivo NO son deducibles.

¿Tu declaración arroja saldo a favor? SUNAT puede devolverte hasta S/ 4,815 si sustentaste gastos deducibles. La devolución es automática (de oficio) si tienes tu CCI registrado, o puedes solicitarla con el Formulario 1649.

Ver guía completa de devolución de impuestos →
Documentos necesarios

Requisitos para la declaración anual

Lo que necesitas para presentar tu declaración anual del impuesto a la renta.

RUC

Tu número de RUC vigente. Si eres trabajador dependiente sin RUC, puedes usar tu DNI para declarar rentas de trabajo.

Clave SOL

Necesitas tu usuario y contraseña SOL para acceder al formulario virtual de declaración anual.

Información de ingresos por categoría

Detalle de ingresos por cada categoría de renta: primera (alquileres), segunda (ganancias de capital), tercera (empresarial), cuarta (independientes) y quinta (dependientes).

Constancias de retenciones

Certificados de retenciones emitidos por tus empleadores o pagadores de rentas de cuarta y quinta categoría.

El borrador que SUNAT ya te preparó

La declaración sugerida: revísala antes de enviar

SUNAT llena tu declaración por ti. Pero la responsabilidad de que esté correcta sigue siendo tuya.

Qué es la declaración sugerida
Al entrar a SUNAT Operaciones en Línea con tu Clave SOL, el Formulario 709 ya viene pre-llenado con la información que SUNAT tiene de ti: tus rentas de quinta categoría reportadas por tu empleador, tus recibos por honorarios electrónicos y las retenciones que te hicieron. No es una declaración definitiva: es un borrador.

Qué revisar sí o sí antes de enviarla

Si le das enviar sin revisar, el error es tuyo
La declaración sugerida es una ayuda, no un aval. Una vez que la presentas, SUNAT la toma como tuya: los datos que falten o estén mal los respondes tú.
Paso a paso

Cómo presentar la declaración anual de renta con el Formulario Virtual 709

Sigue estos pasos para declarar tu impuesto a la renta anual ante SUNAT.

  1. 1

    Acceder al portal SOL

    Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con tu RUC (o DNI) y Clave SOL. Si no la tienes o la olvidaste, recupérala en el mismo portal.

  2. 2

    Ir a "Declara Renta Anual"

    Selecciona la opción "Declara Renta Anual" en el menú de declaraciones. SUNAT habilitará el formulario en las fechas del cronograma.

  3. 3

    Verificar información prellenada

    SUNAT presenta información prellenada con tus ingresos, retenciones y deducciones del ejercicio. Revísala cuidadosamente para asegurarte de que sea correcta y completa.

  4. 4

    Completar o corregir datos de ingresos

    Agrega información faltante o corrige datos de ingresos por cada categoría de renta. Incluye deducciones permitidas como gastos de salud, educación y alquileres.

  5. 5

    Enviar declaración y pagar si corresponde

    Envía la declaración jurada. Si resulta un impuesto por pagar, realiza el pago por la pasarela de SUNAT o en el banco. Si hay saldo a favor, puedes solicitar la devolución.

Información de pago

Dónde y cómo pagar

Costo del trámite

Este trámite es gratuito. No tiene costo en SUNAT.
Anuncia tu empresa en Trámites Perú — espacio publicitario para tu negocio

Contacto comercial: contacto@tramitesperu.com

Recomendación verificada

Lo que Trámites Perú recomienda

El cronograma de vencimiento depende del último dígito del RUC. Para contribuyentes generales, las fechas van de finales de marzo a inicios de abril.

Las micro y pequeñas empresas (MYPE) bajo la Ley 31940 tienen plazos extendidos, generalmente entre mayo y junio.

Puedes deducir hasta 3 UIT adicionales por gastos en restaurantes, hoteles, servicios profesionales, alquileres y aportaciones a EsSalud de trabajadores del hogar.

Si obtuviste saldo a favor, puedes solicitar la devolución mediante el Formulario Virtual 1649 o compensarlo contra futuros pagos.

Evita estos problemas

Errores comunes al declarar renta anual en SUNAT que te generan multas

No declarar por creer que no alcanzas el monto. Verifica en SUNAT si estás obligado antes de asumir que no.

No incluir deducciones permitidas. Gastos como arriendos y servicios profesionales pueden deducirse hasta 3 UIT adicionales.

Olvidar cambiar el período tributario. Selecciona el año correcto al completar el formulario.

Si te sale saldo a favor

Devolución de oficio renta 2025: cuándo te abona SUNAT y cómo asegurar el cobro

La devolución de oficio arrancó el 11 de junio de 2026 (D.U. 025-2019) para quienes declararon con saldo a favor. SUNAT procesa por bloques según último dígito del RUC o DNI durante el segundo semestre 2026, sin necesidad de presentar Formulario 1649.

Quién recibe devolución de oficio automática

Personas naturales con rentas de trabajo (4ta/5ta) que sustentaron gastos deducibles (3 UIT) y les resultó saldo a favor. SUNAT abona directo si tienes CCI registrado en SOL → Mis Datos → Cuenta Bancaria. Sin CCI no hay abono automático: solo orden de pago retirable en Banco de la Nación.

Cronograma estimado de abonos 2026

SUNAT publica cronograma específico por R.S. y procesa por bloques. Estimación con base en años previos: dígito 0-2: julio-agosto 2026; dígito 3-5: agosto-septiembre 2026; dígito 6-9: septiembre-noviembre 2026. Los abonos llegan a la cuenta del CCI declarado, sin notificación previa. Revisa renta.sunat.gob.pe/personas/devolucion-de-oficio para el cronograma oficial 2026.

Tope de devolución: hasta S/ 4,815

El tope son las 3 UIT del ejercicio 2025 (S/ 16,050) multiplicadas por la tasa promedio. En la práctica, lo máximo recuperable son las retenciones de 4ta/5ta categoría más lo que tu cálculo demuestre que pagaste de más. Calcula tu impuesto a la renta antes de pelear con SUNAT.

Si no te llega el abono automático: Formulario Virtual 1649

Si pasaron 60 días desde tu turno y no hubo abono: presenta el Formulario Virtual 1649 desde SOL → Personas → Devoluciones. SUNAT tiene 45 días hábiles para resolver (Código Tributario art. 38). Si te lo niegan injustificadamente, puedes reclamar en 20 días hábiles. Detalle completo en nuestra guía de devolución de impuestos SUNAT.

El derecho a devolución prescribe a los 4 años (Código Tributario art. 43). Tras ese plazo, SUNAT ya no devuelve aunque tengas razón.

Si no declaraste a tiempo

No declaraste antes del 10-jun: plan de subsanación voluntaria 4 pasos para que la multa quede en S/ 0

El régimen de gradualidad (R.S. 000007-2025/SUNAT) rebaja la multa del art. 176.1 al 100% — cero soles si presentas la declaración antes de que SUNAT te notifique cualquier requerimiento. Sigue este plan ahora, no esperes.

1. Verifica si hay notificación SUNAT

Entra a SOL → Buzón Electrónico y a "Mis valores y multas". Si hay 0 notificaciones sobre renta anual 2025, califica para gradualidad 100%. Si ya te notificaron, la rebaja cae a 99% (hasta 7 días hábiles) o 96% (del día 8 al 120).

2. Presenta el Formulario Virtual 709

Entra a SOL → Personas → Declaraciones → Declara Renta Anual → Formulario Virtual 709. Revisa información prellenada, agrega gastos deducibles, registra CCI y envía. Mientras lo presentes antes de notificación, la multa queda en S/ 0.

3. Paga el impuesto + intereses moratorios (TIM 0.90% mensual)

Si el cálculo arroja impuesto por pagar, paga en línea desde el mismo formulario (cargo en cuenta, tarjeta, NPS). Los intereses moratorios corren desde el día siguiente al vencimiento original (11 de junio para el bloque de personas) hasta la fecha de pago. La TIM al 2026 es 0.90% mensual (R.S. 295-2024/SUNAT).

4. Conserva la constancia de presentación

SOL emite constancia con número de orden. Descárgala (PDF) y guárdala. Es tu prueba de subsanación voluntaria ante cualquier verificación posterior. La obligación queda saldada al instante; tu RUC vuelve a estado "habido" si estaba con riesgo de alerta.

Si ya te notificaron: actúa en menos de 7 días hábiles

Tienes 7 días hábiles desde la notificación para conservar la gradualidad del 99%. Pasados esos 7 días, la rebaja baja a 96% hasta el día 120. Después de los 120 días la multa se cobra completa más intereses y entra a cobranza coactiva con embargo posible de cuentas bancarias.

Mira hacia adelante

Renta 2026 (se declara en marzo-julio 2027): qué hacer ya para pagar menos y recibir más devolución

El ejercicio 2026 está en curso. Cada compra que bancarices con boleta o recibo electrónico cuenta para el tope de 3 UIT deducibles del próximo ejercicio. La planificación tributaria del año en curso es la diferencia entre devolución y pago.

Pide siempre boleta o recibo electrónico con tu DNI

En restaurantes, bares y hoteles (deducible 15%), servicios profesionales con recibo por honorarios (deducible 30%) y alquileres (deducible 30%). Sin DNI en el comprobante, SUNAT no lo asocia a tu deducción. Verifica trimestralmente en SOL → Personas → Devoluciones → Gastos deducibles.

Bancariza TODO: tarjeta, Yape, Plin, transferencia

Los pagos en efectivo no son deducibles sin importar si tienen comprobante. Esta es la trampa #1 por la que la gente pierde devolución. Usa tarjeta de débito, Yape, Plin o transferencia bancaria. La TUO del ITF (Ley 28194) exige bancarización desde S/ 2,000 — pero para deducir gastos, todo monto debe estar bancarizado.

Si alquilas: pide al arrendador Formulario 1683

El alquiler de inmueble es deducible al 30% solo si el arrendador presenta el Formulario Virtual 1683 y emite recibo por arrendamiento. Negocia esto en el contrato. Si tu casero es informal, pierdes hasta S/ 16,050 de deducción anual.

Simula tu impuesto mes a mes

No esperes a marzo 2027 para saber cuánto te toca. Usa nuestra calculadora de impuesto a la renta 2026 con tus ingresos proyectados (RMV 2026 S/ 1,130 · UIT 2026 S/ 5,500 · DS 301-2025-EF). Sabrás si te conviene aumentar gastos deducibles o pedir reducción de retenciones a tu empleador.

Tip clave para el ejercicio 2026 (declarar en 2027)

Con UIT 2026 = S/ 5,500, las 7 UIT exoneradas suben a S/ 38,500 (vs S/ 37,450 del 2025) y el tope de 3 UIT deducibles sube a S/ 16,500. Tu ventana de planificación es más amplia que el año pasado — empieza a bancarizar gastos deducibles ya.

Tu caso paso a paso

3 casos reales de declaración renta 2025: cuánto te toca pagar o recibir según tu sueldo

Simulaciones con UIT 2025 (S/ 5,350), tope 7 UIT exoneradas (S/ 37,450) y escala progresiva 8%-30%. Asume 14 sueldos al año (12 + gratificación julio + gratificación diciembre).

Te devuelven

Caso 1: Empleado dependiente, S/ 3,500 mensual

Ingreso bruto anual (14 sueldos)
S/ 49,000
Renta neta tras 7 UIT exoneradas
S/ 11,550
Impuesto al 8%
S/ 924
Retenciones empleador (5ta)
S/ 1,400 (S/ 100/mes × 14)
Sin gastos deducibles cargados
S/ 0
+ S/ 476 a tu cuenta
Te devuelven mucho

Caso 2: Profesional 4ta cat, S/ 6,000 mensual con gastos

Ingresos brutos anuales (RHE)
S/ 72,000
Deducción 20% automática 4ta
− S/ 14,400
Renta neta tras 7 UIT
S/ 20,150
Sustentó 3 UIT gastos deducibles
− S/ 16,050
Base imponible final
S/ 4,100 al 8% = S/ 328
Retenciones agentes (8% > S/1,500)
S/ 4,560
+ S/ 4,232 a tu cuenta
Pagas más

Caso 3: Mixto S/ 8,000 dependiente + S/ 30,000 RHE anual

Renta 5ta (S/8,000 × 14)
S/ 112,000
Renta 4ta neta (80%)
S/ 24,000
Renta total tras 7 UIT
S/ 98,550
Impuesto progresivo (8%, 14%, 17%)
S/ 13,317
Retenciones acumuladas
S/ 10,800
Sustentó 3 UIT gastos deducibles
Devuelve S/ 2,728 del impuesto
Pagas S/ -211 a SUNAT

Simula tu caso exacto con la calculadora de impuesto a la renta 2026 (actualizada a UIT S/ 5,500).

Por qué Trámites Perú

Declarar renta con la página oficial SUNAT vs con la guía de Trámites Perú

SUNAT explica desde la lógica del fisco. Nosotros desde la del contribuyente. Lado a lado de qué te ofrece cada uno.

Qué necesitas SUNAT (renta.sunat.gob.pe) Trámites Perú
Saber si te toca pagar o te devuelven Tienes que entrar al FV 709 y simular dentro 3 casos resueltos + calculadora propia
Si no declaraste, cuál es la multa real "1 UIT" o "50% UIT" en glosario tributario Plan 4 pasos para que quede en S/ 0
Cuándo te devuelve SUNAT "Cronograma se publicará por R.S." Cronograma estimado por dígito RUC
Qué gastos puedes deducir y cómo DS 248-2018-EF (texto legal) Lista práctica + tip de bancarización
Cómo registrar tu CCI para devolución Manual de SOL → Mis Datos (sin captura) Paso a paso con ubicación exacta en SOL
Si te notificaron requerimiento Te derivan a un orientador Gradualidad 99%/96% por días hábiles + cuándo llamar abogado
Prepararte para renta 2026 (declarar 2027) No tiene esa sección Plan 4 acciones a ejecutar este año
Idioma Tributario / técnico Castellano peruano claro
Tiempo en resolver tu duda 15-30 min navegando o llamar Aló MAC 2-5 min de lectura segmentada

Esto no reemplaza la fuente oficial — SUNAT es la autoridad. Pero entender antes de ingresar al portal te ahorra errores caros.

Dudas sobre la declaración

Preguntas frecuentes sobre la declaración anual de renta SUNAT 2026

¿Cuándo vence mi declaración anual 2026?

Para personas naturales, el plazo va del 27 de mayo al 10 de junio de 2026, según el último dígito de tu RUC o DNI (cronograma ampliado, Ley 31940). Para empresas del Régimen General o MYPE Tributario fuera de esa ley, el cronograma general va del 26 de marzo al 13 de abril de 2026. Buenos contribuyentes: 10 de junio (personas) y 13 de abril (empresas). Base: R.S. 000386-2025/SUNAT.

¿Cuándo vence según el último dígito de mi RUC?

Cronograma ampliado (personas y MYPE en Ley 31940): dígito 0 = 27 de mayo; 1 = 28 de mayo; 2 = 29 de mayo; 3 = 1 de junio; 4 = 2 de junio; 5 = 3 de junio; 6 = 4 de junio; 7 = 5 de junio; 8 = 8 de junio; 9 = 9 de junio; Buenos contribuyentes y sin RUC = 10 de junio. Cronograma general (empresas fuera de Ley 31940): del 26 de marzo (dígito 0) al 10 de abril (dígito 9); Buenos contribuyentes y UESP = 13 de abril. Ver tabla completa.

¿Cómo sé si estoy obligado a declarar?

Estás obligado si tus rentas de trabajo (4ta y/o 5ta categoría) superaron 7 UIT (S/ 37,450 con UIT 2025) en el año, tuviste 2 o más empleadores simultáneos, tienes saldo a favor para solicitar devolución, o eres empresa del Régimen General o MYPE Tributario. NO estás obligado si eres NRUS, si estás en el RER, o si eres trabajador con un solo empleador sin saldo a favor.

¿El RER y el NRUS también presentan declaración anual?

No. Ni el Régimen Especial de Renta (RER) ni el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) presentan declaración jurada anual del Impuesto a la Renta. El RER paga renta mensual del 1.5% de ingresos netos vía Declara Fácil 621 y con eso cierra el ejercicio. El NRUS solo paga la cuota mensual fija (S/ 20 categoría 1 o S/ 50 categoría 2). Solo presentan DJ anual el Régimen General (RG) y el Régimen MYPE Tributario (RMT).

¿Desde cuándo está disponible el Formulario Virtual 709?

El Formulario Virtual 709 (renta de personas naturales) está disponible en SUNAT Virtual desde el 31 de marzo de 2026, según la R.S. 000386-2025/SUNAT. Ingresas con tu RUC o DNI más Clave SOL y SUNAT te muestra la información prellenada con tus ingresos, retenciones y comprobantes electrónicos.

¿Cómo presento el Formulario Virtual 709 paso a paso?

1) Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con tu RUC/DNI y Clave SOL. 2) Entra a Personas › Declaraciones › Declara Renta Anual › Formulario Virtual 709. 3) Revisa la información prellenada (ingresos 4ta/5ta, retenciones, gastos deducibles cargados desde comprobantes electrónicos). 4) Agrega o corrige datos faltantes y registra tu CCI para devolución automática. 5) Envía la declaración y, si te sale impuesto por pagar, paga en línea con cargo en cuenta, tarjeta o NPS.

¿Qué gastos puedo deducir?

Restaurantes, bares y hoteles (15%), servicios profesionales con recibo por honorarios electrónico (30%) y alquileres de inmuebles (30%), hasta un tope conjunto de 3 UIT adicionales (S/ 16,050 con UIT 2025). Requisito obligatorio: el gasto debe estar pagado con medio bancarizado (tarjeta, transferencia, Yape, Plin). Los pagos en efectivo no son deducibles.

¿Cuánto me pueden devolver si me sale saldo a favor?

Hasta S/ 4,815 si sustentaste el máximo de gastos deducibles (3 UIT del ejercicio 2025 = S/ 16,050). El tope de devolución son las 3 UIT del ejercicio (D.S. 179-2004-EF, TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, Art. 46). La devolución puede ser automática (de oficio) si tienes tu CCI registrado en SUNAT, o puedes solicitarla con el Formulario Virtual 1649.

¿Cómo me devuelven el impuesto si pagué de más?

Hay dos vías. Devolución de oficio (automática): si tu declaración arroja saldo a favor y tienes el CCI de una cuenta a tu nombre registrado en SUNAT, el abono se programa sin más trámite (D.U. 025-2019). Devolución a solicitud: presentas el Formulario Virtual 1649 desde el portal SOL, eliges abono en cuenta o cheque y SUNAT tiene hasta 45 días hábiles para resolver (Código Tributario Arts. 38-40). El derecho prescribe a los 4 años (Art. 43).

¿Qué pasa si declaro fuera de plazo?

SUNAT aplica la multa del artículo 176.1 del Código Tributario (1 UIT para empresas del Régimen General; 50% UIT para personas naturales con renta empresarial; 0.6% de los ingresos netos en otros casos), más intereses moratorios sobre el impuesto no pagado. Pero si subsanas voluntariamente —presentas la declaración antes de que SUNAT te notifique—, la gradualidad rebaja la multa al 100% y queda en S/ 0 (R.S. 000007-2025/SUNAT).

¿Qué pasa si no presento la declaración y SUNAT me notifica?

Si SUNAT te notifica un requerimiento o resolución antes de que regularices, pierdes la rebaja del 100% por subsanación voluntaria. La gradualidad cae a 99% si pagas hasta el 7º día hábil del requerimiento, y a 96% del 8º al 120º día hábil. Después, la multa se cobra al 100% y entra a cobranza coactiva con intereses moratorios (TIM 0.90% mensual). Conviene declarar y pagar antes de cualquier notificación.

¿Puedo rectificar mi declaración si me equivoqué?

Sí. Puedes presentar una declaración rectificatoria en cualquier momento desde el mismo portal SOL, con el Formulario Virtual 709. Si la rectificación aumenta el impuesto, se aplican intereses moratorios desde el vencimiento original (TIM 0.90% mensual) y, si fuiste notificado, multa del 178.1 con gradualidad. Si la rectificación reduce el impuesto, surte efecto después de 45 días hábiles, salvo que SUNAT se pronuncie antes.

¿Las primeras 7 UIT están exoneradas?

Sí. Las primeras 7 UIT de renta bruta anual (S/ 37,450 con UIT 2025) no pagan Impuesto a la Renta de trabajo. El impuesto se calcula solo sobre el exceso, aplicando la escala progresiva del 8% al 30%. Por eso, si ganaste menos de S/ 37,450 en el año y te retuvieron impuesto, tienes derecho a devolución de lo retenido.

¿Necesito contador para declarar?

Para personas naturales con rentas de trabajo no es obligatorio. SUNAT presenta la información prellenada con tus ingresos, retenciones y comprobantes electrónicos; solo debes verificar, agregar gastos deducibles y enviar. Para empresas del Régimen General y MYPE Tributario sí es recomendable contar con asesoría contable, dado que el cálculo incluye adiciones, deducciones, arrastre de pérdidas y el llenado del balance.

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Información útil de SUNAT

Horario de atenciónLunes a viernes: 8:30 a.m. – 5:00 p.m.
Centros de Servicios al Contribuyente
Central telefónica(01) 315-0730 / 0-801-12-100
Línea gratuita desde provincias
Portal SOLe-menu.sunat.gob.pe
Operaciones en Línea con Clave SOL

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