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Prórroga de permanencia turista Perú 2026 — S/17.70, +90 días (Bolivia, Colombia, Ecuador)

Migraciones — Estatuto Migratorio Andino (Decisión CAN 878): hasta 90 días adicionales con tope de 183 días acumulados en 365

Si eres ciudadano de Bolivia, Colombia o Ecuador (Comunidad Andina) y al ingresar a Perú como turista recibiste un plazo que ahora queda corto, puedes solicitar la Prórroga de Permanencia de Turista por Estatuto Migratorio Andino (Decisión CAN 878). Te otorgan hasta 90 días calendario adicionales, siempre que no superes el tope absoluto de 183 días acumulados en un período de 365 días (D.Leg. 1350, art. 29.1.h, modificado por D.Leg. 1582 de noviembre de 2023). La tasa es S/17.70 (código de pago 07566), se paga en Banco de la Nación o Págalo.pe y el trámite se hace 100% online en la Agencia Digital Migraciones. La resolución suele llegar en 24 a 48 horas al buzón electrónico. La prórroga se solicita dentro de los 30 días previos al vencimiento: si ya venció, solo queda pagar la multa de S/5.50 por día (0.1% de la UIT 2026 = S/5,500) al salir o regularizar en sede. Ciudadanos de MERCOSUR, EEUU, España, Venezuela u otros países no pueden prorrogar por esta vía.

Última actualización21 de abril de 2026
Entidad responsableMigraciones
Fuente oficialgob.pe/migraciones
Guía informativa independiente. No somos Migraciones. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo S/ 17.70 Código de pago: 07566 — Banco de la Nación / Págalo.pe
Plazo de resolución 24 a 48 horas Notificación en buzón electrónico de la Agencia Digital
Canal Agencia Digital Migraciones agenciavirtual.migraciones.gob.pe — 100% online
Extensión y tope +90 días / máx. 183 en 365 D.Leg. 1350 art. 29.1.h (mod. D.Leg. 1582)
Elegibilidad Solo Comunidad Andina Bolivia, Colombia, Ecuador — Decisión CAN 878
Multa por exceso S/ 5.50 por día 0.1% UIT 2026 (UIT = S/5,500 — DS 301-2025-EF)
Documentos necesarios

Requisitos para prorrogar tu permanencia de turista andino en Perú 2026

Documentos, condiciones y datos exactos que exige la Agencia Digital Migraciones para ciudadanos de Bolivia, Colombia y Ecuador.

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Documento de viaje vigente (mínimo 6 meses)

Pasaporte o documento nacional de identidad aceptado en el marco de la Comunidad Andina. Debe tener vigencia mínima de seis meses al momento de la solicitud y cubrir todo el período de la prórroga pedida.

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Nacionalidad de Bolivia, Colombia o Ecuador

El trámite está reservado a ciudadanos de los tres países miembros plenos de la Comunidad Andina (Decisión 878 — Estatuto Migratorio Andino). Perú es el otro miembro, pero no requiere prórroga. Venezuela salió de la CAN en 2006 y no es elegible.

📄
TAM virtual (Tarjeta Andina de Migración) activa

Se genera automáticamente en el control migratorio al ingresar por el Aeropuerto Jorge Chávez o puertos autorizados. Consúltala gratis en cel.migraciones.gob.pe o en la app "Consulta TAM Virtual" con tu número de pasaporte.

Solicitar dentro de los 30 días previos al vencimiento

La solicitud solo se admite estando aún en condición migratoria regular, dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha de vencimiento que figura en tu TAM virtual.

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Comprobante de pago S/ 17.70 (código 07566)

Pago en Banco de la Nación (efectivo) o vía Págalo.pe con tarjeta Visa/Mastercard. Necesitas el número de voucher y la fecha exacta de pago para cargarlos en el formulario.

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Carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales

No tener registros en tu país de origen ni en otros países donde residiste. La Agencia Digital puede cruzar información con bases de datos de la CAN e Interpol.

📝
Formulario en línea de la Agencia Digital

El formulario de "Prórroga de Permanencia de Turista por Estatuto Migratorio Andino" se completa dentro de agenciavirtual.migraciones.gob.pe. No se utilizan formularios físicos: los modelos antiguos (F-SPE-001 u otros) están descontinuados en este trámite.

Paso a paso

Cómo solicitar la prórroga de permanencia de turista por Estatuto Migratorio Andino

Guía detallada 2026 para que ciudadanos de Bolivia, Colombia y Ecuador extiendan 90 días su estadía en Perú vía Agencia Digital Migraciones.

  1. 1

    Verifica tu TAM virtual y cuántos días te restan de los 183 en 365

    Ingresa gratis a cel.migraciones.gob.pe (o usa la app "Consulta TAM Virtual" de Google Play) con tu número de pasaporte. Verás la fecha exacta de ingreso, el plazo otorgado por el oficial y los días ya consumidos dentro de la ventana móvil de 365 días. El oficial suele dar entre 90 y 183 días a su discreción.

  2. 2

    Confirma que estás dentro de los 30 días previos al vencimiento

    La solicitud solo se admite en condición migratoria regular, dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha de vencimiento. Si el plazo ya venció, la Agencia Digital no procesa la prórroga: la única salida es pagar la multa al salir del país o regularizar presencialmente en la sede de Breña.

  3. 3

    Paga la tasa de S/17.70 (código 07566)

    Cancela S/17.70 en cualquier ventanilla del Banco de la Nación (pago en efectivo con el código 07566) o en Págalo.pe con tarjeta Visa/Mastercard. Anota el número exacto de voucher y la fecha de pago: los necesitarás en el formulario. Guarda el comprobante en PDF o foto.

  4. 4

    Ingresa a la Agencia Digital Migraciones

    Accede a agenciavirtual.migraciones.gob.pe con tu usuario y contraseña. Si no tienes cuenta, regístrate con los datos del pasaporte con el que ingresaste al Perú. Activa tu buzón electrónico: ahí llegará la resolución.

  5. 5

    Selecciona "Prórroga de Permanencia de Turista por Estatuto Migratorio Andino"

    En el catálogo de trámites elige la opción del Estatuto Andino (Decisión CAN 878) — no confundir con "Prórroga de residencia", que corresponde a calidades residentes. El sistema valida automáticamente tu nacionalidad andina, tu TAM y los días acumulados.

  6. 6

    Completa el formulario y carga el voucher

    Llena motivo del viaje y fecha estimada de salida; registra número y fecha del voucher de pago. Adjunta copia del pasaporte vigente (mínimo 6 meses). Firma la declaración jurada de no contar con antecedentes policiales, penales ni judiciales.

  7. 7

    Espera la resolución (24 a 48 horas)

    Migraciones evalúa la solicitud y resuelve habitualmente en un plazo de 24 a 48 horas. Recibes notificación en el buzón electrónico dentro de la Agencia Digital. No hace falta acudir a ninguna sede.

  8. 8

    Descarga la constancia de prórroga

    Si es aprobada, descarga la constancia electrónica de prórroga desde tu cuenta. Sumada a tu TAM virtual, acredita tu permanencia regular durante los días adicionales otorgados (hasta 90 días) sin exceder los 183 días en 365. No recibes carné de extranjería (aplica solo a calidades residentes).

Información de pago

Dónde y cómo pagar la tasa de prórroga de permanencia 2026

Datos oficiales del TUPA Migraciones DS 008-2023-IN modificado por DS 003-2024-IN.

Pago — Prórroga de Permanencia de Turista (Estatuto Migratorio Andino)

Monto oficialS/ 17.70
Código de pago TUPA07566
Dónde pagarBanco de la Nación o Págalo.pe
Medios aceptadosEfectivo, Visa, Mastercard, billeteras digitales
Norma que fija el montoDS 008-2023-IN (mod. DS 003-2024-IN)
Vigencia del voucher30 días calendario desde la fecha de pago

Importante: no confundas con el código 07568 (S/40.60), que corresponde a la Calidad Migratoria Especial Residente, ni con el 07561, vinculado a la emisión de documentos migratorios. Para la prórroga de turista andino el único código válido es 07566.

Lo que debes saber

Cómo funciona la regla de 183 días en 365 y qué multa aplica por excederla

Entender el conteo de días es la clave para no quedar en situación irregular y evitar impedimentos de reingreso.

¿Cuántos días puedo quedarme en Perú como turista en 2026?

Al ingresar a Perú como turista, el oficial de Migraciones te otorga un plazo de permanencia a su discreción, que habitualmente va de 90 a 183 días según la ruta, el pasaje de salida y los recursos económicos que muestres. El plazo exacto queda registrado en tu TAM virtual (Tarjeta Andina de Migración) y puedes consultarlo gratis en cel.migraciones.gob.pe. El límite absoluto es de 183 días calendario acumulados dentro de un período móvil de 365 días, contado desde tu primer ingreso (D.Leg. 1350 art. 29.1.h, modificado por D.Leg. 1582 de noviembre de 2023). Los días no necesitan ser consecutivos: todas las entradas se suman dentro de la ventana de 365 días.

¿Cómo se cuentan los 183 días en 365?

Migraciones aplica el conteo sobre días efectivos, no sobre días que el oficial te "concedió". Si ingresaste el 1 de enero, tu ventana de 365 días cierra el 31 de diciembre: dentro de ese año móvil no puedes superar 183 días sumados entre todas tus estancias. A partir del día 366 posterior al primer ingreso, se van "liberando" los días más antiguos y puedes volver. Excederte significa que ya no cumples los requisitos de ingreso (art. 48.2 D.Leg. 1350) y el oficial puede rechazarte en la próxima entrada.

Qué extiende la prórroga (hasta 90 días adicionales) y para quién

La Prórroga de Permanencia de Turista por Estatuto Migratorio Andino (Decisión CAN 878) otorga hasta 90 días calendario adicionales, siempre que la suma total no exceda los 183 días en 365. Está reservada a ciudadanos de Bolivia, Colombia y Ecuador. Si necesitas más tiempo, la prórroga de turista no alcanza: debes gestionar un cambio de calidad migratoria (Trabajador, Estudiante, Familiar Residente, Rentista, Inversionista, etc.).

¿Y los turistas que no son de la Comunidad Andina?

Ciudadanos de MERCOSUR (Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay), Estados Unidos, España, Canadá, Reino Unido, la Unión Europea, Venezuela, México y el resto del mundo no tienen prórroga de turista disponible. Las opciones son: salir del país antes del vencimiento, iniciar un cambio de calidad migratoria si tienes motivo (trabajo, estudio, familia peruana, inversión, pensión) o, en casos extremos, asumir la multa y gestionar la salida.

Multa por exceso de permanencia 2026: S/5.50 por día

Si vence tu plazo y no prorrogaste ni saliste, Migraciones aplica una multa diaria equivalente al 0.1% de la UIT. Con la UIT 2026 fijada en S/5,500 por el Decreto Supremo 301-2025-EF, el valor exacto es S/5.50 por cada día de exceso. Se acumula día a día y debe pagarse al salir del país o al regularizar ante Migraciones. Ejemplos:

  • 15 días de exceso: S/82.50
  • 30 días de exceso: S/165.00
  • 60 días de exceso: S/330.00
  • 90 días de exceso: S/495.00
  • 180 días de exceso: S/990.00

Sin el pago, Migraciones no emite la autorización de salida; si te niegas a pagar, se activa el procedimiento sancionador con salida obligatoria e impedimento de reingreso de hasta 5 años (art. 48 y Título VII del D.Leg. 1350 tras la modificación por D.Leg. 1582).

Pagar la multa no extiende tu estadía

Un error común es pensar que abonar la multa por exceso en Págalo.pe "legaliza" los días adicionales. No es así: la multa solo permite salir del país, no te habilita a seguir en Perú ni a trabajar. La única forma de permanecer legalmente más allá del plazo inicial siendo turista andino es la prórroga solicitada antes del vencimiento.

Base legal vigente 2026

  • Decreto Legislativo N° 1350 — Ley de Migraciones, art. 29.1.h: calidad migratoria temporal turista, plazo máximo de 183 días calendario acumulados en 365 días.
  • Decreto Legislativo N° 1582 (publicado el 14 de noviembre de 2023 en El Peruano) — Modifica el D.Leg. 1350, incorpora el Código Único de Extranjero (CUE) y refuerza el Título VII sobre sanciones.
  • D.Leg. 1350, art. 58 — Prórroga de calidad migratoria temporal: regula el procedimiento.
  • Ley N° 32192 (2025) — Modifica el D.Leg. 1350 y el D.Leg. 1582 para la identificación obligatoria de personas extranjeras.
  • Decisión 878 de la Comunidad Andina — Estatuto Migratorio Andino: marco supranacional para Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.
  • D.S. 007-2017-IN — Reglamento del D.Leg. 1350 (modificado por D.S. 003-2023-IN).
  • D.S. 008-2023-IN — Aprueba el TUPA de Migraciones; D.S. 003-2024-IN lo modifica y fija la tasa actualmente vigente.
  • D.S. 301-2025-EF — Fija la UIT 2026 en S/5,500; sobre este valor se calcula la multa diaria por exceso (0.1% = S/5.50).

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Consejos para prorrogar tu permanencia de turista sin multas ni rechazos

Solicita la prórroga dentro de los 30 días previos al vencimiento. No esperes al último día: si la solicitud se cae por un dato del voucher o falta de cupo en el sistema, te queda margen. Si el plazo vence, la Agencia Digital ya no procesa el trámite.

El tope son 183 días en 365, no 183 al año calendario. Si entraste el 15 de marzo, tu ventana cierra el 14 de marzo del año siguiente. Cualquier estancia anterior dentro de esos 365 días se suma al cómputo.

Verifica que tu nacionalidad sea boliviana, colombiana o ecuatoriana. La prórroga online por Estatuto Migratorio Andino es exclusiva para esos tres países. Argentinos, brasileños, chilenos, españoles, estadounidenses, mexicanos, venezolanos y de otras nacionalidades no tienen prórroga disponible.

Usa el código de pago correcto: 07566 por S/17.70. Si pagas el 07568 (S/40.60, Especial Residente) o el 07561, el sistema rechaza la solicitud y la devolución del Banco de la Nación toma semanas.

Si vas a quedarte más de 183 días, no insistas con la prórroga. Tramita un cambio de calidad migratoria (Trabajador, Estudiante, Familiar Residente, Rentista, Inversionista o Religioso) y luego el carné de extranjería.

Salir y volver a entrar no "resetea" tu cómputo. Migraciones suma todas las entradas dentro de la ventana móvil de 365 días. Si superas los 183, te pueden negar el ingreso en la siguiente entrada (art. 48.2 D.Leg. 1350).

Ojo con esto

Errores comunes al prorrogar tu permanencia de turista en Perú 2026

Los siete tropiezos que más generan rechazos, multas o impedimentos de reingreso, según la práctica habitual de la Agencia Digital Migraciones.

Solicitar la prórroga después del vencimiento

El sistema solo admite la solicitud dentro de los 30 días previos al vencimiento. Si pagaste la tasa pasado ese plazo, perdiste S/17.70 y debes ir a sede de Breña o pagar la multa de S/5.50/día al salir.

Pagar el código equivocado (07561, 07568)

El único código válido es 07566 (S/17.70). El 07568 (S/40.60) es Especial Residente y el 07561 cubre emisión de documentos. Si pagas otro, el sistema rechaza la solicitud y la devolución del Banco de la Nación tarda semanas.

Confundir prórroga con cambio de calidad migratoria

La prórroga solo extiende la calidad turista (sin trabajo). Para trabajar, estudiar o vivir en Perú necesitas un cambio de calidad migratoria y luego carné de extranjería.

Creer que la prórroga te permite trabajar

La calidad turista (incluso prorrogada) solo autoriza turismo, ocio, salud o similares. Trabajar como turista — incluso freelance o remoto facturando localmente — es infracción y puede derivar en salida obligatoria.

Pensar que salir y volver "resetea" los 183 días

El conteo es móvil sobre 365 días desde tu primer ingreso. Las salidas no borran el cómputo: si llevas 180 días en los últimos 12 meses, una nueva entrada solo te otorgará lo que reste hasta los 183 — y el oficial puede rechazarte si entiende que excederás.

Asumir que cualquier turista extranjero puede prorrogar online

La prórroga por Estatuto Migratorio Andino es exclusiva para Bolivia, Colombia y Ecuador. Argentinos, brasileños, chilenos, españoles, estadounidenses, mexicanos, venezolanos y otros no tienen prórroga disponible: deben salir o cambiar de calidad migratoria.

No revisar el TAM virtual antes de pagar

Mucha gente confía en el sello del oficial sin saber que ya no se sellan pasaportes desde 2016. Antes de cualquier trámite o salida, descarga tu TAM en cel.migraciones.gob.pe y verifica fecha de vencimiento exacta y días acumulados.

No te confundas

Prórroga, renovación y cambio de calidad migratoria: qué es cada cosa

Tres trámites distintos que suelen confundirse. Saber cuál corresponde ahorra tiempo, dinero y errores frente a Migraciones.

Prórroga de permanencia (calidades temporales)

Extiende una calidad migratoria temporal que está vigente. Para turistas andinos: +90 días calendario con tope de 183 en 365 (Decisión CAN 878). Para otras calidades temporales (Negocios, Artista, Periodismo, Religioso, Estudiante Temporal, Trabajador Designado, Oficial, Humanitaria) existen plazos de prórroga específicos fijados por el D.Leg. 1350 y su reglamento, aplicables caso por caso y en su mayoría con gestión presencial. No cambia la calidad migratoria: sigue siendo "turista" (o la que corresponda).

Renovación de residencia (calidades residentes)

Aplica cuando ya eres residente (Familiar Residente, Trabajador Residente, Inversionista Residente, Especial Residente, Rentista, Pensionista, Religioso Residente, Designado Residente, Inmigrante, Estudiante Residente, Humanitaria Residente, entre otras). La renovación mantiene la calidad por otro período (normalmente 1 o 2 años). Se tramita vía Agencia Digital Migraciones con tasas específicas por cada calidad (por ejemplo, S/20.20 para Residente Designado, S/25.60 para Especial Residente anual).

Cambio de calidad migratoria

Pasas de una calidad a otra: típicamente de Turista a Trabajador, Familiar Residente, Estudiante, Rentista o Inversionista. Es el camino si quieres trabajar, estudiar en programa regular o establecerte en Perú más allá de los 183 días de turista. Una vez aprobado, se tramita el carné de extranjería. Detalles en cambio de calidad migratoria.

Tabla rápida de decisión

SituaciónTrámite correctoTasa 2026
Turista andino (Bolivia/Colombia/Ecuador) que quiere quedarse más como turistaPrórroga de permanencia (esta página)S/17.70 (07566)
Turista no andino que necesita más tiempoCambio de calidad o salir del paísSegún calidad
Turista que consiguió trabajo en PerúCambio de calidad a Trabajador ResidenteS/40.60 + contrato
Residente con carné de extranjería próximo a vencerPrórroga/renovación de residenciaSegún calidad
Venezolano con CPP vencido o sin regularizarEspecial Residente o Humanitaria (no prórroga de turista)S/40.60 (07568)
Calidades migratorias temporales

Qué calidades temporales pueden prorrogarse en Perú 2026

El D.Leg. 1350 reconoce varias calidades migratorias temporales. No todas se prorrogan por vía digital, y las reglas cambian según cada caso.

  • Turista: prórroga online por Estatuto Migratorio Andino solo para Bolivia/Colombia/Ecuador. Tope 183 días en 365. Tasa S/17.70 (código 07566). Otras nacionalidades: sin prórroga.
  • Negocios: plazo de hasta 183 días en 365 acumulados; prórroga excepcional en sede según sustento comercial.
  • Artista / Deportista: vinculada a contrato o evento. Prórroga limitada al período del espectáculo.
  • Periodismo: otorgada por cobertura específica; prórroga según acreditación del medio.
  • Religioso (temporal): vinculada a la asignación de la iglesia u organización; prórroga con aval institucional.
  • Estudiante (temporal): acotada al período lectivo. Tras la prórroga, conviene evaluar el cambio a Estudiante Residente.
  • Trabajador Designado: servicios hasta 183 días en 365 para empresa extranjera. Prórroga con nueva carta de designación.
  • Oficial: funcionarios de Estados extranjeros y organismos internacionales; se prorroga por vía diplomática vía Cancillería.
  • Humanitaria (temporal): otorgada por Migraciones ante situaciones de vulnerabilidad. Prórroga caso por caso.
  • Cooperante: vinculada al convenio internacional. Prórroga según acreditación del organismo.

Las calidades de residente (Familiar Residente, Trabajador Residente, Inversionista, Rentista, Especial Residente, Estudiante Residente, Religioso Residente, Inmigrante, Pensionista, Humanitaria Residente, Designado Residente) no se prorrogan: se renuevan. La renovación se solicita en la Agencia Digital Migraciones con la tasa correspondiente a cada calidad.

Sanciones

Exceso de permanencia 2026: multa, salida obligatoria e impedimento de reingreso

Las consecuencias de no prorrogar a tiempo van más allá de la multa diaria. El D.Leg. 1350 (modificado por D.Leg. 1582) habilita sanciones severas.

1. Multa administrativa (primer nivel)

S/5.50 por cada día de exceso (0.1% UIT 2026). Se paga en Págalo.pe o Banco de la Nación con el código correspondiente. Sin el pago no emiten constancia de salida.

2. Salida obligatoria (segundo nivel)

Si te niegas a pagar la multa o acumulas un exceso considerable, Migraciones dicta salida obligatoria del país en un plazo perentorio. La medida se notifica por buzón electrónico o en frontera al intentar salir.

3. Impedimento de reingreso (tercer nivel)

La salida obligatoria puede acompañarse de un impedimento de reingreso al Perú de hasta 5 años. Queda registrado en la base de datos de Migraciones y se verifica automáticamente en todos los pasos fronterizos y controles consulares. Afecta además la obtención de visas futuras y puede compartirse con países de la CAN e Interpol en ciertos supuestos.

4. Rechazo en próxima entrada (sin sanción formal)

Aunque no haya habido sanción previa, si superaste los 183 días en 365 y pretendes volver dentro de esa misma ventana, el oficial migratorio puede negarte el ingreso en el aeropuerto o frontera terrestre (art. 48.2 D.Leg. 1350), porque ya no cumples los requisitos de admisión.

5. Impacto en trámites posteriores

El historial de infracciones pesa al solicitar cambio de calidad migratoria, carné de extranjería, naturalización peruana o visas para otros miembros de la familia. Por eso conviene regularizar cuanto antes: aunque la multa sea alta, evita sanciones accesorias que arrastran efectos por años.

Atención presencial

Sedes de Migraciones en Lima y Callao para regularización presencial

Si tu plazo venció, si el sistema online rechaza tu solicitud o si tu caso requiere evaluación personal, estos son los puntos de atención clave.

Sede Central Lima — Breña

  • Dirección: Av. España 734, Breña (a dos cuadras de la Plaza Bolognesi).
  • Horario general: lunes a viernes de 8:00 a 17:00; sábados de 8:00 a 14:00.
  • Pasaporte urgente: atención sin cita de lunes 7:00 a sábado 13:00 en horario continuo.
  • Trámites migratorios de extranjeros: con cita previa en agenciavirtual.migraciones.gob.pe. Desde 2024, todos los trámites para extranjeros se centralizan aquí tras el cierre de la sede del Centro de Lima.
  • Teléfono: (01) 200-1000.

Callao — Aeropuerto Internacional Jorge Chávez

  • Dirección: Av. Elmer Faucett s/n, Callao (zona de llegadas/salidas internacionales).
  • Atención: 24 horas para control migratorio (entradas/salidas). No realiza trámites administrativos completos como prórroga o cambio de calidad.
  • Uso típico: pago de multa por exceso de permanencia al momento de salir, consulta de TAM virtual, validación de documentos.

MAC Ventanilla — Callao

  • Ubicación: Centro MAC Ventanilla, dentro del Centro de Mejor Atención al Ciudadano.
  • Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:00; sábados y feriados de 9:00 a 13:30.
  • Uso típico: pasaportes electrónicos y algunos trámites migratorios básicos.

Otras sedes principales en Perú

  • Tumbes: Av. Tumbes Norte 1751 — frontera con Ecuador, trámites terrestres.
  • Chimbote — MAC Áncash: MegaPlaza Chimbote, Av. Víctor Raúl Haya de la Torre 2964.
  • Arequipa, Cusco, Trujillo, Piura, Iquitos, Puno: sedes regionales con pasaporte el mismo día y trámites migratorios básicos. Consulta direcciones y horarios actualizados en gob.pe/institucion/migraciones/sedes.
Contexto migratorio

Turismo receptivo y prórrogas de permanencia: qué dicen los datos de Migraciones 2024-2025

Perfil de los extranjeros que solicitan prórroga, principales nacionalidades y cifras publicadas por INEI y la Superintendencia Nacional de Migraciones.

  • Según estadísticas oficiales de Migraciones e INEI, Perú recibe anualmente más de 2,7 millones de entradas de extranjeros, mayoritariamente con calidad migratoria turista.
  • Las tres nacionalidades que más utilizan la prórroga de permanencia turista por Estatuto Migratorio Andino son colombianos, ecuatorianos y bolivianos, en ese orden, coincidente con los flujos fronterizos más intensos (Tumbes-Huaquillas, Desaguadero y fronteras con Colombia).
  • La Agencia Digital Migraciones resuelve la mayoría de las solicitudes en menos de 48 horas, con picos los viernes y lunes por concentración de vencimientos vinculados a fines de semana.
  • Los principales motivos de rechazo son: solicitud fuera de plazo (posterior al vencimiento), pago con código incorrecto (07568 o 07561 en lugar de 07566), datos del voucher mal cargados y superación del tope de 183 días en 365.
  • La multa por exceso de permanencia ha escalado en paralelo con la UIT: S/4.40 en 2021, S/4.60 en 2022, S/4.95 en 2023, S/5.15 en 2024, S/5.35 en 2025 y S/5.50 en 2026 (DS 301-2025-EF).
  • Desde la implementación del TAM virtual (2016) y la descontinuación del sello en pasaporte, el 100% de los registros de entrada y salida se consultan en línea, lo que ha facilitado el control del tope de 183/365 tanto por parte de Migraciones como por los propios turistas.
Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre la prórroga de permanencia turista en Perú 2026

¿Quién puede solicitar la prórroga de permanencia como turista en Perú 2026?

Solo ciudadanos de la Comunidad Andina: Bolivia, Colombia y Ecuador. La prórroga se basa en la Decisión 878 de la CAN (Estatuto Migratorio Andino) y se procesa íntegramente en la Agencia Digital Migraciones. Los turistas de MERCOSUR (Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay), EEUU, España, Venezuela, México y demás países no tienen prórroga disponible: deben salir antes del vencimiento o gestionar un cambio de calidad migratoria.

¿Cuántos días adicionales otorga la prórroga de permanencia?

Hasta 90 días calendario adicionales, siempre que con la prórroga no se supere el tope absoluto de 183 días calendario acumulados dentro de un período móvil de 365 días (D.Leg. 1350 art. 29.1.h, modificado por D.Leg. 1582). Los días no necesitan ser consecutivos: la suma incluye todas las estancias dentro de los 365 días posteriores al primer ingreso.

¿Cuánto cuesta la prórroga de permanencia en 2026?

S/17.70 (código de pago 07566). Pago en efectivo en el Banco de la Nación o con tarjeta en Págalo.pe. El monto está fijado por el TUPA Migraciones (DS 008-2023-IN modificado por DS 003-2024-IN). El trámite se realiza 100% online en agenciavirtual.migraciones.gob.pe. No confundir con S/40.60 (código 07568, Especial Residente).

¿Qué pasa si se venció mi plazo de permanencia en Perú?

Quedas en situación migratoria irregular. La Agencia Digital ya no procesa la prórroga. Tu única opción es pagar la multa de S/5.50 por día de exceso al salir del país (vía Págalo.pe o en el aeropuerto) o presentarte en la sede de Breña para evaluar la regularización. El exceso prolongado puede derivar en salida obligatoria con impedimento de reingreso de hasta 5 años.

¿Cuánto demora la resolución?

Habitualmente entre 24 y 48 horas. La notificación llega al buzón electrónico dentro de la Agencia Digital Migraciones. No se envía correo particular ni se requiere acudir a ninguna oficina. Los viernes y víspera de feriados el plazo puede extenderse al siguiente día hábil.

¿Puedo solicitar la prórroga si ya venció mi plazo?

No. El sistema solo admite solicitudes dentro de los 30 días calendario anteriores al vencimiento, estando en condición migratoria regular. Si el plazo ya venció debes regularizar presencialmente en Breña o pagar la multa al salir (S/5.50/día).

¿La prórroga de turista me permite trabajar en Perú?

No. La calidad turista (original o prorrogada) solo autoriza actividades de turismo, ocio, salud o similares (art. 29.1.h D.Leg. 1350). Trabajar — incluso remoto facturando a clientes locales — es infracción. Para trabajar legalmente necesitas un cambio de calidad migratoria a Trabajador Residente y obtener el carné de extranjería.

¿Cuánto es la multa por quedarse más tiempo del permitido?

S/5.50 por cada día de exceso (0.1% UIT 2026; UIT = S/5,500, DS 301-2025-EF). Se acumula día a día y debe pagarse antes de salir o al regularizar. Ejemplos: 15 días = S/82.50; 30 días = S/165; 60 días = S/330; 90 días = S/495; 180 días = S/990. Pagar la multa no legaliza los días adicionales, solo permite salir del país.

¿Cuántos días me dan al entrar a Perú como turista?

El oficial de Migraciones otorga el plazo a su discreción, habitualmente entre 90 y 183 días, según tu pasaje de salida, recursos económicos, ruta y motivo del viaje. El plazo exacto queda registrado en tu TAM virtual, consultable gratis en cel.migraciones.gob.pe con tu número de pasaporte.

¿Puedo tramitar la prórroga si no soy del bloque andino?

No. La prórroga online por Estatuto Migratorio Andino es exclusiva de Bolivia, Colombia y Ecuador. Argentinos, brasileños, chilenos, paraguayos, uruguayos, estadounidenses, españoles, canadienses, venezolanos y demás nacionalidades no tienen prórroga de turista disponible. Las alternativas son: salir antes del vencimiento, iniciar cambio de calidad migratoria si hay sustento (trabajo, estudio, familia peruana, inversión, pensión) o regularizar.

¿Qué documento entrega Migraciones al aprobar la prórroga?

Una constancia electrónica de prórroga descargable desde tu buzón en la Agencia Digital Migraciones. Sumada a tu TAM virtual, acredita tu permanencia regular por los días adicionales otorgados. No se entrega carné de extranjería (aplica solo a calidades residentes), ni se sella el pasaporte.

¿Puedo salir de Perú y volver a entrar para "reiniciar" mis 183 días?

No. El cómputo es una ventana móvil de 365 días desde tu primer ingreso. Todas las estancias dentro de esa ventana se suman: las salidas no borran los días. Si ya consumiste los 183 días, Migraciones puede rechazarte el ingreso (art. 48.2 D.Leg. 1350) hasta que transcurra suficiente tiempo para que "se liberen" días anteriores.

Información útil de Migraciones para tu prórroga

Horario sede BreñaLunes a viernes 8:00–17:00; sábados 8:00–14:00. Pasaporte de urgencia atendido sin cita continuamente desde lunes 7:00 a sábado 13:00.
Teléfono(01) 200-1000 — Central Migraciones
Sitio oficial Migracionesgob.pe/migraciones
Sede principal LimaAv. España 734, Breña — centraliza todos los trámites de extranjeros desde 2024.
Agencia Digital Migracionesagenciavirtual.migraciones.gob.pe — para iniciar la prórroga online.
Consulta TAM virtualcel.migraciones.gob.pe — verifica fecha de vencimiento y días acumulados.
Pago en líneaPágalo.pe — paga S/17.70 con código 07566 con tarjeta o billetera digital.

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