¿Cuánto cuesta la autorización de empresa de seguridad en SUCAMEC?
La tasa es S/ 1,323.60 para vigilancia privada, pagable vía Pagalo.pe o Banco de la Nación con código 5371. Adicionalmente se requiere carta fianza de 5 UIT (S/ 27,500 en 2026) emitida por entidad regulada por SBS.
¿Cuánto demora la autorización de SUCAMEC?
21 días hábiles desde la presentación completa del expediente vía plataforma SEL. Incluye verificación documental e inspección física del local. Se notifica por buzón electrónico SEL. Si SUCAMEC no responde en ese plazo, aplica silencio administrativo positivo.
¿Cuánto tiempo dura la autorización?
5 años, renovable por periodos iguales (Art. 32, D.L. 1213). La renovación se solicita antes del vencimiento con los mismos documentos actualizados y la misma tasa. La carta fianza debe mantenerse vigente durante todo el periodo.
¿Qué pasa si opero sin autorización de SUCAMEC?
Multas de 0.2 a 50 UIT (S/ 1,100 a S/ 275,000), suspensión de 30 a 180 días, o cancelación permanente con inhabilitación de socios por 36 meses. Quienes contratan empresas no autorizadas también pueden ser sancionados.
¿Se necesita carta fianza?
Sí. Carta fianza solidaria, irrevocable e incondicionada emitida por entidad regulada por SBS: 5 UIT (S/ 27,500) para vigilancia, 4 UIT (S/ 22,000) para protección personal. Vigencia mínima 5 años. Se entrega en físico dentro de 48 horas posteriores a la solicitud.
¿Qué modalidades de seguridad privada existen?
9 modalidades: vigilancia privada, protección personal, transporte de valores, custodia de bienes controlados, seguridad en eventos, tecnologías de seguridad, protección por cuenta propia, SISPA y SISPE. Las primeras 6 requieren empresa especializada (persona jurídica).
¿Qué requisitos debe cumplir el local?
Debe contar con armería o caja fuerte (máximo 10 armas si es caja fuerte), sala de trabajo con mobiliario y equipos audiovisuales, y almacén para uniformes y equipos. Requiere licencia municipal de funcionamiento indeterminada.
¿Qué es la plataforma SEL de SUCAMEC?
SUCAMEC en Línea (SEL) es la plataforma digital de uso obligatorio para todos los trámites de seguridad privada. Se accede en sucamec.gob.pe/sel. Permite presentar solicitudes, subir documentos, hacer seguimiento y recibir notificaciones electrónicas.
¿Policías o militares pueden ser socios de empresas de seguridad?
Personal militar o policial en actividad o disponibilidad NO puede ser representante legal, accionista ni directivo (Art. 22, D.L. 1213). Solo el personal retirado puede ocupar estos cargos.
¿Cuál es la base legal vigente?
Decreto Legislativo 1213 (norma principal, 2015), D.S. 005-2023-IN (reglamento vigente desde mayo 2023, 138 artículos, 8 títulos), y D.S. 008-2024-IN (actualización TUPA con 30 nuevos procedimientos). Reemplazaron la antigua Ley 28879 y el D.S. 003-2011-IN.