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Autorización a terceros y usuarios secundarios en SUNAT Operaciones en Línea

SUNAT — Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

La autorización virtual a terceros permite que el titular de un RUC autorice a otra persona (tercero) para realizar trámites presenciales en los Centros de Servicios al Contribuyente de SUNAT, sin necesidad de un poder notarial. La autorización se genera en línea a través del portal SOL y tiene una vigencia de 30 días calendario. Es un trámite gratuito e inmediato que se gestiona mediante el Formulario Virtual N° 3160.

Última actualización9 de abril de 2026
Entidad responsableSUNAT
Guía informativa independiente. No somos SUNAT. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo Gratuito Sin costo alguno
Plazo de entrega Inmediato Se genera al instante en el portal SOL
Modalidad Virtual A través del portal SOL de SUNAT
Documentos necesarios

Requisitos para autorizar a un tercero

Datos que necesitas para generar una autorización virtual a terceros en SUNAT.

🔢
RUC del titular

El número de RUC del contribuyente que otorga la autorización debe estar en estado activo.

🔑
Clave SOL vigente

Necesitas tu Clave SOL para acceder al portal de Operaciones en Línea de SUNAT.

🪪
Datos del tercero autorizado (DNI o CE)

Debes contar con el tipo y número de documento de identidad (DNI o Carné de Extranjería) de la persona que deseas autorizar.

Paso a paso

Cómo autorizar a un tercero virtualmente

Sigue estos pasos para generar una autorización virtual a terceros en el portal SOL de SUNAT.

  1. 1

    Acceder al portal SOL

    Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea con tu número de RUC, usuario y Clave SOL.

  2. 2

    Ir a "Otras Declaraciones y Solicitudes"

    Navega a la sección "Otras Declaraciones y Solicitudes" en el menú principal del portal SOL.

  3. 3

    Seleccionar "Registro de Autorizaciones"

    Elige la opción "Registro de Autorizaciones a Terceros" para acceder al formulario de autorización.

  4. 4

    Ingresar datos del tercero

    Ingresa el tipo de documento (DNI o CE) y el número de documento de identidad de la persona que deseas autorizar para realizar trámites en tu nombre.

  5. 5

    Generar número de autorización

    El sistema generará un número de autorización único. El tercero autorizado deberá presentar este número junto con su documento de identidad en el Centro de Servicios al Contribuyente.

Información de pago

Dónde y cómo pagar

Costo del trámite

Este trámite es gratuito. No tiene costo en SUNAT.

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

La autorización virtual reemplaza al poder notarial para trámites presenciales en SUNAT, ahorrando tiempo y dinero.

La autorización tiene una vigencia de 30 días calendario desde su generación. Si caduca, simplemente genera una nueva. Cada autorización es válida para un solo trámite ordinario.

El tercero autorizado debe presentar su documento de identidad original (DNI o CE) junto con el número de autorización en el Centro de Servicios.

Puedes revocar la autorización en cualquier momento desde el portal SOL si ya no deseas que el tercero realice trámites en tu nombre.

Ojo con esto

Errores que otros no te cuentan

No generar la autorización antes de enviar al tercero. Debe estar lista ANTES de que se presente.

Olvidar que solo dura 30 días. Expira en 30 días calendario desde su generación.

No dar al tercero el número de autorización. Debe presentarlo junto con su DNI.

Lo que siempre preguntan

Lo que la gente pregunta sobre la autorización a terceros

¿La autorización virtual reemplaza al poder notarial?

Sí. La autorización virtual a terceros reemplaza la necesidad de presentar un poder notarial para que otra persona realice trámites presenciales en SUNAT en nombre del titular del RUC.

¿Cuánto tiempo dura la autorización virtual?

La autorización virtual tiene una vigencia de 30 días calendario desde su generación. Si caduca, debes generar una nueva autorización. Cada autorización es válida para un solo trámite ordinario.

¿Qué trámites puede realizar el tercero autorizado?

Trámites presenciales en Centros de Servicios al Contribuyente: inscripción o modificación de datos del RUC, solicitud de CIR, solicitud de comprobantes de pago, entrega de documentos y otros que normalmente requieren presencia del titular. Los formularios deben estar firmados por el titular o representante legal.

¿Tiene costo la autorización?

Gratuito. Se genera en línea desde el portal SOL (e-menu.sunat.gob.pe) con tu RUC y Clave SOL. No hay tasa en el TUPA de SUNAT por este trámite.

¿Qué datos necesito del tercero?

Necesitas el tipo y número de documento de identidad (DNI o Carné de Extranjería) de la persona que autorizas. El tercero debe presentarse en el Centro de Servicios con su documento de identidad vigente, una fotocopia del mismo y el código de autorización generado.

¿Puedo autorizar a más de una persona al mismo tiempo?

Sí. Puedes generar autorizaciones para distintas personas en paralelo. Cada autorización es independiente, tiene su propio código y mantiene su vigencia de 30 días calendario.

¿Puedo revocar la autorización antes de que se use?

Sí. Puedes anular la autorización desde el mismo portal SOL, en la opción donde la generaste, en cualquier momento antes de que el tercero la utilice. Una vez consumida en el Centro de Servicios no es posible revertir el trámite ya ejecutado.

¿Qué diferencia hay entre la autorización a terceros y un usuario secundario SOL?

La autorización a terceros sirve para trámites presenciales puntuales en un Centro de Servicios y dura 30 días. El usuario secundario SOL es un acceso permanente al portal SOL: el titular lo crea desde "Administración de Usuarios Secundarios" y le asigna perfiles por opción de menú (por ejemplo, solo declaraciones, solo comprobantes, solo consultas).

¿El usuario secundario puede ver mis declaraciones y mi información tributaria?

Solo accede a las opciones del menú SOL que el titular le haya habilitado en su perfil. Si le otorgas un perfil amplio podrá ver declaraciones, comprobantes y consultas; si lo restringes a una sola opción (por ejemplo, emitir comprobantes), no verá el resto. La asignación de perfiles se administra desde "Administración de Usuarios Secundarios".

¿El titular sigue siendo responsable de lo que haga el usuario secundario o el tercero?

Sí. Todas las acciones realizadas por el usuario secundario en SOL, y por el tercero en el Centro de Servicios, se reputan hechas por el titular del RUC. La responsabilidad tributaria recae íntegramente en el titular, según lo establecido por SUNAT.

¿Cómo revoco el acceso de un usuario secundario o cambio sus permisos?

Desde SOL, en "Administración de Usuarios Secundarios", el titular puede modificar el perfil, suspender o eliminar al usuario secundario en cualquier momento. La revocación es inmediata: a partir de ese instante el usuario deja de poder operar con su clave.

¿Qué hago si le robaron o se filtró la clave del usuario secundario?

Ingresa de inmediato como titular a SOL y suspende o elimina ese usuario secundario desde "Administración de Usuarios Secundarios". Luego puedes crear uno nuevo con clave distinta. Si sospechas que también está comprometida la Clave SOL del titular, cámbiala en la opción de modificación de clave y revisa el buzón electrónico SOL por accesos o trámites no reconocidos.

¿Puedo darle acceso a mi contador externo sin entregarle mi Clave SOL?

Sí, y es la práctica recomendada. En lugar de compartir tu Clave SOL del titular, créale un usuario secundario con su propia clave y asígnale solo los perfiles que necesite (por ejemplo, presentación de declaraciones y consulta de deuda). Así mantienes la trazabilidad de quién realiza cada acción y puedes revocar su acceso cuando termine el servicio.

Información útil de SUNAT

Horario de atenciónLunes a viernes: 8:30 a.m. – 5:00 p.m.
Centros de Servicios al Contribuyente
Central telefónica(01) 315-0730 / 0-801-12-100
Línea gratuita desde provincias
Portal SOLe-menu.sunat.gob.pe
Operaciones en Línea con Clave SOL

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