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Conducir en Estado de Ebriedad en Perú 2026: multa S/2,750 + 100 puntos + suspensión 3 años + delito penal — qué hacer si te detienen

Guía transversal: MTC (Reglamento DS 016-2009-MTC + infracción M01) + PNP (operativo y dosaje) + Fiscalía/PJ (Art. 274 Código Penal modificado por Ley 29439) + SAT/SUTRAN/ATU (cobro y descuento). Procedimiento minuto a minuto + impugnación + cobertura SOAT

Guía multi-entidad

Conducir en estado de ebriedad en Perú es la infracción de tránsito más severa (M01 del Reglamento Nacional de Tránsito DS 016-2009-MTC) y, si el dosaje supera 0.5 g/L de alcohol en sangre, configura delito penal conforme al Art. 274 del Código Penal modificado por la Ley 29439. La sanción administrativa: multa S/2,750 (50% UIT 2026) + 100 puntos al récord + suspensión de la licencia 3 años (primera vez) + retención del vehículo. La sanción penal: prisión de 6 meses a 2 años + inhabilitación de 6 meses a 3 años para conducir. Si causás lesiones graves o muerte: hasta 8 años de prisión por homicidio culposo agravado (Art. 111 CP). Para conductores profesionales (A-IIIa taxi, A-IIIb combi, A-IIIc carga, B-IIc mototaxi) rige tolerancia cero (0 g/L).

Esta guía transversal —porque cruza 4 entidades: MTC + PNP + Fiscalía + SAT/SUTRAN/ATU— te explica todo el panorama legal y operativo: qué hacer minuto a minuto si te detiene la PNP en un operativo, cómo funciona el dosaje etílico (aire espirado con alcoholímetro + confirmatorio en sangre por DIRSAL PNP, costo S/42.60), la papeleta administrativa M01 con sus consecuencias, el proceso penal ante Fiscalía si se supera el límite legal, qué pasa con tu vehículo retenido en el depósito municipal, cómo impugnar la papeleta (recurso de reconsideración 15 días hábiles + apelación), los descuentos por pago anticipado (83% en 5 días hábiles SAT Lima, hasta 95% SUTRAN según DS 016-2025-MTC vigente hasta 31-oct-2026), la cobertura del SOAT y AFOCAT en accidente con alcohol (cubre víctimas pero te exige repetición), la indemnización civil por daños, las consecuencias de la reincidencia (suspensión 5 años segunda vez, cancelación definitiva tercera) y la diferencia con drogas al volante (tolerancia cero). Una sola noche puede costarte la libertad, el brevete y todo tu patrimonio — el contenido te ayuda a entender qué está en juego.

🚨
4 datos clave que tienes que conocer YA Reglamento Nacional de Tránsito DS 016-2009-MTC · Código Penal Art. 274 · UIT 2026 = S/5,500 · Ley 29439

Lo esencial para entender el panorama:

📏
Límite: 0.5 g/L particular / 0 g/L profesionalCualquier nivel en taxistas, combis, ómnibus, camiones, mototaxis = infracción.
💸
Multa S/2,750 + 100 puntos50% UIT 2026 + 100 puntos al récord. Suspensión brevete 3 años.
⚖️
Delito penal Art. 274 CP si > 0.5 g/LPrisión 6 meses a 2 años + inhabilitación 6 meses-3 años.
🚗
Vehículo retenido + SOAT exige repeticiónDepósito municipal + seguros particulares NO cubren tus daños.

Una sola noche puede costarte la libertad, el brevete y todo tu patrimonio. Si tomaste, no manejes. Pedí Uber, taxi formal o quedate.

Última actualización2 de junio de 2026
Entidades involucradasMTC + PNP + Fiscalía + SAT/SUTRAN/ATU
Base legal vigenteDS 016-2009-MTC (RNT) · Art. 274 CP · Ley 29439 · Art. 111 CP (homicidio culposo) · DS 025-2021-MTC (puntos) · DS 301-2025-EF (UIT)
Guía informativa. Si te detuvieron por conducir ebrio, consulta con abogado especializado en tránsito y penal ANTES de cualquier declaración o acción. Tienes derecho a defensa.
Multa M01 S/2,750 50% UIT + 100 puntos
Suspensión 3 años 1ra vez · cancela en 3ra
Delito penal 6m a 2 años Art. 274 CP si > 0.5 g/L
Lo primero que tienes que saber

Límite legal de alcohol al conducir

Conductor particular vs profesional: el límite cambia. La diferencia es CRÍTICA.

Tipo de conductorLímite en sangreEquivalente aire espiradoConsecuencia si supera
Particular (A-I, A-II, B)Hasta 0.5 g/LHasta 0.25 mg/LInfracción M01 + posible delito si supera
Profesional (A-IIIa, A-IIIb, A-IIIc, B-IIc)0 g/L (cero)0 mg/L (cero)Cualquier nivel = infracción + posible delito
⚠️
Por qué tolerancia cero a profesionales

Los conductores profesionales (taxi, combi, ómnibus, camión, mototaxi) tienen responsabilidad sobre vidas de terceros — pasajeros, clientes, mercadería. Por eso la norma es estricta: cualquier rastro de alcohol detectado en el dosaje configura infracción. Esto vale incluso si manejaste sobrio pero tomaste la noche anterior. El metabolismo del alcohol depende del peso, sexo, contenido estomacal — no hay regla universal. Apps como Uber, InDriver y Cabify cancelan tu cuenta automáticamente al detectar sanción M01 — pierdes ingresos y empleo.

💡
Conversión y equivalencias prácticas

Conversión: 0.5 g/L en sangre ≈ 0.25 mg/L en aire espirado (factor 2:1). Ejemplos referenciales (varían por peso, sexo, contenido estomacal, metabolismo individual): persona de 70 kg en ayunas — 1 cerveza puede estar en 0.2-0.3 g/L; 2 cervezas en 0.4-0.6 g/L (rango del límite); 1 vaso de whisky o ron (50 ml) puede ser similar a 2 cervezas. La realidad práctica: nadie puede calcular su nivel exacto al conducir. Si tomaste cualquier cosa, asumí que estás en el límite y NO MANEJES. El costo de un Uber es S/15-S/40. El costo de la papeleta + suspensión + posible cárcel es incalculable.

El precio real

Sanciones: administrativa + penal + civil

Tres tipos de sanción se aplican simultáneamente. Suma todas para entender el costo total.

Tipo de sanciónDetalleAplicada por
Administrativa M01Multa S/2,750 (50% UIT) + 100 puntos al récord + suspensión licencia 3 años + retención vehículoMTC define, PNP impone, SAT/SUTRAN/ATU cobra
Penal (Art. 274 CP)Prisión 6 meses a 2 años (o servicios comunitarios 52-104 jornadas) + inhabilitación conducir 6 meses a 3 añosFiscalía investiga, Juez Penal sentencia (solo si > 0.5 g/L sangre)
Homicidio culposo (Art. 111 CP)Si causás muerte: prisión hasta 8 años + reparación civil sustancialFiscalía + Juez Penal (con víctima fatal)
Lesiones culposas (Art. 124 CP)Si causás heridos: prisión y/o servicios comunitarios + reparación civilFiscalía + Juez Penal (con lesionados)
Civil (daños y perjuicios)Indemnización por daño material + lucro cesante + daño moral. Puede ser cientos de miles de solesJuzgado Civil (víctima demanda)
SOAT — RepeticiónAseguradora paga a víctimas pero TE EXIGE reembolso por conducta dolosa/negligenteCompañía SOAT contra conductor
💰
El costo real puede ser tu patrimonio completo

Suma básica: multa S/2,750 + dosaje S/42.60 + abogado S/2,000-S/10,000 + internamiento vehículo S/200-S/500 + recuperación tardía + 3 años sin licencia (pérdida de ingresos si manejás). Si hubo accidente: indemnización civil puede ser S/20,000-S/500,000+ según gravedad. Si SOAT te exige repetición: otros S/20,000-S/100,000. Total potencial: S/100,000-S/500,000 por una sola noche. Eso es a veces el ahorro de toda la vida o el equivalente a una casa. El Uber cuesta S/30.

Si te detuvieron

Qué pasa minuto a minuto si te detiene la PNP

Flujo cronológico del procedimiento. Saber qué viene te ayuda a no cometer errores.

  1. 1

    PNP te detiene (operativo o sospecha)

    La PNP puede detenerte por: (a) operativo de control vehicular preventivo en zona/horario habitual; (b) conducta sospechosa de manejo (zigzagueo, frenadas tardías, semáforo ignorado, choque); (c) tras un accidente de tránsito. Tus derechos: identificarte con DNI vigente, mantener calma, NO discutir, NO reconocer culpa, NO ofrecer dinero (delito grave de cohecho). Tienes derecho al silencio sobre cuántos tragos tomaste — no estás obligado a declarar contra tú mismo.

  2. 2

    Dosaje etílico inicial (alcoholímetro - aire espirado)

    La PNP usa alcoholímetro portátil para medir alcohol en aire espirado. NO puedes negarte legalmente conforme al Reglamento Nacional de Tránsito. Si te negás: la PNP emite acta de negativa → PRESUNCIÓN de ebriedad → misma sanción + agravante por obstrucción. Tu derecho: exigir que el alcoholímetro esté CALIBRADO y CERTIFICADO (debe tener etiqueta con fecha de calibración vigente). Si no la tiene, anotalo. Equivalencia: 0.25 mg/L aire = 0.5 g/L sangre (límite legal particular).

  3. 3

    Dosaje confirmatorio (DIRSAL PNP - sangre)

    Si el alcoholímetro da positivo, la PNP te traslada a DIRSAL PNP (División de Análisis de Sangre y Líquidos) para dosaje sanguíneo CONFIRMATORIO. Costo del examen: S/42.60 conforme al TUPA de la PNP. Disponible 24 horas en sede central. El resultado en sangre es el que tiene valor LEGAL definitivo. Si supera 0.5 g/L sangre, configura DELITO PENAL Art. 274 CP además de la sanción administrativa. Importante: el dosaje debe hacerse INMEDIATO tras la detención — si pasan muchas horas, puedes argumentar vicio procesal.

  4. 4

    Acta de intervención + papeleta administrativa M01

    La PNP elabora ACTA DE INTERVENCIÓN con: hora exacta, lugar, motivo de detención, dosaje preliminar y confirmatorio (con valores), placa del vehículo, datos del conductor, testigos si los hay. La papeleta administrativa M01 se emite en el acto: multa S/2,750 + 100 puntos al récord + suspensión licencia 3 años (primera vez). El vehículo es RETENIDO por la PNP y trasladado al depósito municipal. Para recuperarlo: pagar internamiento + acreditar otro conductor con brevete vigente + documentos al día. Tu derecho: exigir copia del acta y revisar que TODOS los datos sean correctos antes de firmar (anotá cualquier discrepancia).

  5. 5

    Denuncia ante Fiscalía (si supera 0.5 g/L sangre)

    Si el dosaje confirmatorio supera 0.5 g/L sangre, la PNP comunica al MINISTERIO PÚBLICO. La Fiscalía Penal recibe la denuncia y abre INVESTIGACIÓN PRELIMINAR. Eres citado a declarar (recomendado: NO declarar sin abogado). Si la Fiscalía FORMALIZA: proceso penal Art. 274 CP. Pena: prisión 6 meses a 2 años (con posibilidad de servicios comunitarios 52-104 jornadas) + inhabilitación 6 meses a 3 años para conducir + reparación civil si hubo daños. Si hay víctimas: agrega tipos penales (lesiones culposas Art. 124 CP, homicidio culposo Art. 111 CP — hasta 8 años de prisión).

  6. 6

    Decidí: pagar con descuento (admisión) vs impugnar (defensa)

    PAGAR con descuento: SAT Lima ofrece 83% en 5 días hábiles desde notificación → pagás ~S/467.50. SUTRAN (carretera) hasta 95% según DS 016-2025-MTC vigente hasta 31-oct-2026. Implica RECONOCIMIENTO de la infracción — no puedes impugnar después. IMPUGNAR: presentás recurso de reconsideración dentro de 15 días hábiles ante SAT/SUTRAN/ATU según jurisdicción. RECOMENDADO: ANTES de cualquier acción, consulta con abogado de tránsito + penal especializado. Aceptar sin pelear puede ser correcto si dosaje es claro; pero si hay vicios formales (acta mal elaborada, alcoholímetro sin calibración vigente, dosaje fuera de plazo) puedes ganar el reclamo.

Tu vehículo

Qué pasa con tu carro o moto

Es retenido y trasladado al depósito. Recuperarlo tiene su propio procedimiento.

🚗
El vehículo se queda en el depósito municipal

Tras la papeleta M01, el vehículo es RETENIDO por la PNP en el momento y trasladado al depósito municipal correspondiente (en Lima usualmente SERVITRAN, depósitos municipales o privados autorizados). Tú NO puedes manejarlo porque tu brevete fue suspendido. Costo de internamiento: S/200-S/500 según días que estuvo en depósito.

📋
Documentos para recuperar el vehículo

(1) Comprobante de pago de la papeleta (o constancia de impugnación); (2) Pago de internamiento del depósito; (3) Tarjeta de propiedad del vehículo (o autorización notarial si no eres el dueño); (4) SOAT vigente; (5) Revisión técnica vehicular vigente; (6) DNI del conductor que retirará el vehículo (CON brevete vigente, no puedes ser tú).

👤
Otro conductor con brevete vigente

Como tu brevete fue suspendido por 3 años, NO PODÉS manejar el vehículo para retirarlo. Debes llevar a otra persona con licencia VIGENTE (familiar, amigo, contratado). Esa persona debe figurar como conductor autorizado o tener carta poder del titular.

Plazo máximo de retiro

Tienes típicamente 90 días hábiles para retirar el vehículo del depósito. Pasado ese plazo, el municipio puede iniciar procedimiento de ABANDONO/REMATE conforme a ordenanza municipal. Recomendado: retirá el vehículo lo antes posible — los costos de internamiento se acumulan diariamente.

🔧
Daños al vehículo durante el internamiento

Si tu vehículo sufre daños en el depósito (vandalismo, robo de partes, golpes), tienes derecho a reclamar. Importante: inspeccioná el vehículo al recibirlo y anotá cualquier daño en la constancia de retiro. Sin constancia, no puedes reclamar después.

Si quieres pelear

Cómo impugnar la papeleta M01

3 instancias: reconsideración, apelación y contencioso administrativo. Plazos estrictos.

InstanciaPlazoAnte quién
1. Recurso de Reconsideración15 días hábiles desde notificaciónMisma entidad (SAT Lima, SUTRAN, ATU según jurisdicción)
2. Recurso de Apelación15 días desde rechazoSuperior jerárquico (Tribunal Fiscal del SAT, etc.)
3. Contencioso Administrativo3 meses desde rechazo finalJuzgado Contencioso Administrativo (Poder Judicial)
⚖️
Fundamentos típicos para impugnar

(1) Vicios en el acta de intervención: faltan datos críticos (hora, lugar, firma del conductor o testigos); (2) Alcoholímetro sin calibración vigente — la PNP debe acreditar; (3) Dosaje confirmatorio fuera de plazo (debe ser inmediato, no horas después); (4) Cadena de custodia rota en la muestra de sangre; (5) Procedimiento no respetado (no se te informaron tus derechos, no se permitió presencia de abogado); (6) Errores formales en la papeleta (datos incorrectos del vehículo o conductor); (7) Falta de competencia de la entidad emisora. RECOMENDADO: abogado especializado en tránsito desde el inicio. Costos: S/500-S/3,000 según complejidad.

⚠️
PAGAR = RECONOCER (pierdes derecho a impugnar)

IMPORTANTE: si pagás la papeleta (aunque sea con descuento), implica RECONOCIMIENTO de la infracción y pierdes el derecho a impugnar. Decidí ANTES de pagar. Si vas a pelear, NO PAGUES — presentá la impugnación dentro de los 15 días hábiles. El proceso administrativo SUSPENDE el cobro mientras se resuelve. Si finalmente pierdes la impugnación, puedes pagar después (pero ya sin descuento por pronto pago en muchos casos).

El proceso penal

Si superás 0.5 g/L: delito Art. 274 CP

Cuando el dosaje supera el límite penal, no es solo papeleta — es juicio penal.

📜
Texto del Art. 274 Código Penal (Ley 29439)

"El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en sangre en proporción mayor de 0.5 g/L, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será sancionado con pena privativa de la libertad NO MENOR DE 6 MESES NI MAYOR DE 2 AÑOS o con prestación de servicios comunitarios de 52 a 104 jornadas e INHABILITACIÓN, conforme al artículo 36, inciso 7), de 6 meses a 3 años". Para CONDUCTOR PROFESIONAL: aplica también si presenta cualquier nivel de alcohol detectable (tolerancia cero).

👮
1. Investigación Fiscal Preliminar

Tras la denuncia PNP, la Fiscalía abre investigación. Reúne actas, dosajes, testimonios. Eres citado a declarar (lo ideal: NO declarar sin abogado). Si Fiscalía considera elementos suficientes, FORMALIZA la denuncia ante el juez.

⚖️
2. Etapa Intermedia y Juicio Oral

El juez controla la imputación. Si todo procede, hay JUICIO ORAL donde se presentan pruebas, testigos, peritajes (dosaje confirmatorio). El fiscal pide pena. La defensa argumenta. El juez sentencia.

🤝
3. Principio de Oportunidad / Terminación Anticipada

Para casos sin víctimas y primera vez, la Fiscalía puede ofrecer PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD: aceptar la responsabilidad + reparación civil simbólica + no más cárcel ni antecedentes penales. Es una salida frecuente. También TERMINACIÓN ANTICIPADA con descuento de pena (1/6).

🏥
4. Si hay víctimas: tipos agravados

Si causás LESIONES: agrega Art. 124 CP (lesiones culposas) — pena mayor. Si causás MUERTE: agrega Art. 111 CP (homicidio culposo agravado) — prisión hasta 8 años + reparación civil sustancial (cientos de miles de soles a familia de víctima).

📋
5. Consecuencias adicionales del proceso penal

(a) Antecedentes penales (afectan futuros trámites, empleos, viajes); (b) Inhabilitación efectiva para conducir 6 meses-3 años (Art. 36 CP); (c) Reparación civil que el juez ordene (variable según daño); (d) Si eres profesional: pérdida del brevete A-III y empleo.

Tu seguro

Cobertura SOAT y seguros si causás accidente

El SOAT cubre víctimas pero TE EXIGE repetición. Seguros particulares típicamente excluyen.

SeguroQué cubreQué pasa contigo
SOAT obligatorioSÍ cubre lesiones/muerte de víctimas (terceros). Por ley.Te exige REPETICIÓN (reembolso) — debes devolver lo pagado a víctimas
AFOCATPuede tener EXCLUSIÓN por ebriedad según póliza específicaSi póliza excluye: NO cubre, tú pagás todos los daños
Responsabilidad civil voluntariaTÍPICAMENTE EXCLUYE conducir ebrio (leé tu póliza)Pagás de tu bolsillo todos los daños a terceros
Seguro de daños propios (todo riesgo)TÍPICAMENTE EXCLUYE para conductor ebrioPagás de tu bolsillo daños a tu propio vehículo
💸
El SOAT NO te salva — te ayuda y luego te cobra

Mucha gente cree que "tengo SOAT, está cubierto". FALSO en caso de ebriedad. El SOAT obligatorio existe para proteger VÍCTIMAS (terceros). Por ley, paga atención médica y eventualmente fallecimiento. PERO la aseguradora luego ejecuta "REPETICIÓN" contra el conductor ebrio: te exige el reembolso del 100% de lo que pagó. Puede ser S/20,000 (lesiones leves), S/100,000 (lesiones graves) o S/300,000+ (muerte). La aseguradora te cobra mediante proceso judicial. Resultado final: SOAT NO te exime — solo posterga la cuenta. Una noche puede costarte una casa.

Información de pago

Pago de papeleta con descuento

Multa M01 con descuento

Tarifa plena: S/2,750 (50% UIT 2026). Con descuento 83% (SAT Lima, pago en 5 días hábiles): aproximadamente S/467.50. Con descuento SUTRAN (DS 016-2025-MTC, vigente hasta 31-oct-2026): hasta 95% en programa de regularización (~S/137.50). Códigos de pago: Págalo.pe (consulta código exacto en el portal del cobrador), Banco de la Nación, plataforma SAT Lima/SUTRAN/ATU. Costos paralelos: dosaje etílico S/42.60 (PNP) + internamiento vehículo S/200-S/500 + abogado S/500-S/10,000 si impugnás o hay proceso penal. Pagar implica RECONOCIMIENTO de la infracción — no puedes impugnar después. Si vas a pelear, NO PAGUES dentro de los 15 días hábiles para impugnar.

Contacto comercial: [email protected]

No es la primera vez

Reincidencia: las consecuencias crecen

Conducir ebrio por segunda vez te sale infinitamente más caro.

VezSanción administrativaPenal (si > 0.5 g/L)Adicional
1ra vezMulta S/2,750 + 100 pts + suspensión 3 añosPosible Art. 274 CP + servicios comunitariosPosible principio de oportunidad
2da vezMisma multa + suspensión 5 AÑOSArt. 274 CP con prisión efectiva más probableApps de taxi cancelan cuenta definitivamente
3ra vezCANCELACIÓN DEFINITIVA de la licenciaPena máxima del Art. 274 CP + agravantes3-5 años de espera antes de poder retramitar
⚠️
El récord del conductor NO olvida

El Sistema de Puntos (DS 025-2021-MTC) registra TODAS tus infracciones en tu RÉCORD CONDUCTOR. Las infracciones M01 quedan registradas. Aunque te suspendan 3 años y vuelvas, una segunda M01 te aplica suspensión de 5 años. Una tercera = CANCELACIÓN DEFINITIVA del brevete. Consulta tu récord GRATIS en gob.pe/mtc. No subestimes la reincidencia — la diferencia entre primera y segunda vez es enorme: pasás de servicios comunitarios a prisión efectiva más probable.

Otra sustancia, mismo problema

Drogas al volante: tolerancia cero

El Art. 274 CP también cubre drogas y sustancias psicotrópicas.

SustanciaToleranciaDetección
Alcohol0.5 g/L sangre (particular) / 0 g/L (profesional)Alcoholímetro + dosaje sangre DIRSAL
Drogas ilegales (cocaína, marihuana, etc.)TOLERANCIA CERO — cualquier detecciónNarcotest (saliva) + confirmación de laboratorio
Sustancias psicotrópicasTolerancia cero — cualquier detecciónNarcotest + análisis específico
Medicamentos que afectan conducciónTolerancia variable — depende del nivel de afectación demostrableExamen clínico + análisis
💊
Medicamentos: cuidado especial

Algunos MEDICAMENTOS PRESCRITOS (somníferos, sedantes, antihistamínicos fuertes, opioides para dolor, antidepresivos) pueden afectar tu capacidad de conducción. Si tomás medicamentos: (1) Leé el prospecto sobre advertencias de conducción; (2) Consulta con tu médico si puedes manejar; (3) Llevá la receta original al conducir; (4) Si la PNP cuestiona, mostrá la receta. RECETA NO TE EXIME si la conducta de manejo evidenció peligro real (zigzagueo, freno tardío, accidente). En ese caso, sigue siendo infracción + posible delito.

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

SI TOMASTE, NO MANEJES. Uber/InDriver/Cabify/taxi formal cuesta S/15-S/40. La papeleta + suspensión + posible cárcel + indemnización puede costarte S/100,000-S/500,000. La matemática es clara.

Si te detuvieron: NO declarés sin abogado. Identificate con DNI, mantené calma, no discutas. Tienes derecho al silencio sobre cuántos tragos tomaste. Todo lo que digas puede usarse en tu contra.

Consulta abogado especializado antes de pagar o impugnar. Honorarios S/500-S/3,000 por reconsideración administrativa. S/2,000-S/10,000 por defensa penal Art. 274 CP. Es una inversión vs S/100,000+ en sanción total.

Verifica la calibración del alcoholímetro usado en tu detención. Si no tenía vigencia al día de la intervención, es vicio de procedimiento que puede invalidar la papeleta. Solicitá copia del certificado de calibración en la PNP.

Qué evitar

Errores comunes que empeoran tu situación

Decisiones malas frecuentes que multiplican las consecuencias.

⚠️
Ofrecer dinero a la PNP: es DELITO DE COHECHO (Art. 397 CP). Te suma proceso penal adicional. NUNCA ofrezcas plata.
⚠️
Discutir o resistir físicamente: agrega delito de violencia y resistencia a la autoridad (Art. 366 CP). Mantené calma SIEMPRE.
⚠️
Negarte al dosaje etílico: presunción legal de ebriedad + acta de negativa = misma sanción + agravante. NO te conviene.
⚠️
Declarar todo a la PNP sin abogado: "tomé solo 2 cervezas" puede usarse en tu contra. Tienes derecho al silencio. Esperá a tu abogado.
⚠️
Pagar la papeleta apurado por el descuento sin pensar: pagás = reconocés. Si había vicio en el procedimiento, pierdes el derecho a impugnar y a recuperar tu brevete antes de los 3 años.
⚠️
Manejar suspendido: si te detienen otra vez sin brevete vigente, es delito adicional (Art. 274-A CP). Pena agravada.
⚠️
No leer la papeleta antes de firmar: los datos pueden estar mal (placa, hora, lugar). Si firmás sin revisar, pierdes argumentos para impugnar.
⚠️
Esperar más de 15 días hábiles para impugnar: pasado el plazo, ya no puedes. La sanción queda firme.
⚠️
Pensar que el SOAT cubre todo: el SOAT te ayuda con víctimas pero luego TE COBRA todo. No es protección para tú.
⚠️
Dejar el vehículo abandonado en el depósito: después de 90 días puede ir a remate municipal. Recuperalo lo antes posible para no perderlo.
Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre conducir ebrio

Las dudas más comunes de quienes enfrentan o quieren entender el tema.

¿Cuál es el límite legal de alcohol al conducir?

Particular: 0.5 g/L sangre (0.25 mg/L aire espirado). Profesional (taxi, combi, ómnibus, camión, mototaxi): tolerancia cero (0 g/L). Superar = infracción M01. Si superás 0.5 g/L sangre: también DELITO Art. 274 CP.

¿Cuánto es la multa por conducir ebrio?

S/2,750 (50% UIT 2026) + 100 puntos al récord + suspensión 3 años (1ra vez). Con descuento 83% en 5 días hábiles SAT Lima: ~S/467.50. Con descuento SUTRAN hasta 95%: ~S/137.50.

¿Conducir ebrio es delito penal?

SÍ si superás 0.5 g/L sangre (particular) o cualquier nivel (profesional). Art. 274 CP: prisión 6 meses a 2 años (o servicios comunitarios) + inhabilitación 6 meses a 3 años. Con víctimas: hasta 8 años por homicidio culposo (Art. 111 CP).

¿Qué pasa minuto a minuto si me detiene la PNP?

(1) PNP te detiene; (2) Identificación DNI; (3) Dosaje alcoholímetro; (4) Si positivo: traslado a DIRSAL para dosaje sanguíneo confirmatorio (S/42.60); (5) Acta + papeleta M01; (6) Retención vehículo; (7) Si > 0.5 g/L: denuncia Fiscalía; (8) Citación a declarar.

¿Puedo negarme al dosaje etílico?

NO te conviene. Negativa = PRESUNCIÓN de ebriedad + acta de negativa = misma sanción + agravante. La PNP puede solicitar autorización judicial para extracción de sangre obligatoria si hay accidente con víctimas.

¿Qué pasa con mi vehículo?

RETENIDO por PNP y trasladado a depósito municipal. Internamiento S/200-S/500. Para recuperarlo: pago + otro conductor con brevete vigente + documentos. Plazo máximo 90 días para retirarlo o riesgo de remate.

¿El SOAT cubre si causo accidente ebrio?

Cubre VÍCTIMAS por ley, pero luego te EXIGE REPETICIÓN (reembolso). Puede ser S/20,000-S/300,000+ según gravedad. AFOCAT puede excluir. Seguros particulares TÍPICAMENTE EXCLUYEN. Una noche puede costarte tu patrimonio.

¿Cómo impugno la papeleta M01?

(1) Recurso de RECONSIDERACIÓN: 15 días hábiles ante SAT/SUTRAN/ATU; (2) APELACIÓN: 15 días desde rechazo, ante superior jerárquico; (3) CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: 3 meses desde rechazo final. Abogado especializado: S/500-S/3,000.

¿Hay descuento si pago rápido?

SAT Lima: 83% en 5 días hábiles → ~S/467.50. SUTRAN (DS 016-2025-MTC vigente hasta 31-oct-2026): hasta 95% → ~S/137.50. PAGAR = RECONOCER, pierdes derecho a impugnar después.

¿La sanción es igual para particular y profesional?

NO. Particular: tolerancia 0.5 g/L. Profesional (A-IIIa, A-IIIb, A-IIIc, B-IIc): TOLERANCIA CERO. Las sanciones administrativas son iguales en monto, pero profesionales pierden brevete profesional más fácilmente y apps cancelan cuenta.

¿Cuánto cuesta el dosaje etílico?

S/42.60 (dosaje sanguíneo confirmatorio en DIRSAL PNP, 24h). Alcoholímetro inicial: gratuito. Para fines penales lo puede ordenar Fiscalía sin costo. Para fines administrativos: paga el detenido.

¿Qué pasa si reincido?

1ra vez: multa + suspensión 3 años. 2da: misma multa + 5 años. 3ra: CANCELACIÓN DEFINITIVA brevete. Penalmente: agravantes acumulables. Apps de taxi cancelan cuenta tras 2da. Récord no olvida.

¿Diferencia entre alcohol y drogas?

Alcohol: límite 0.5 g/L (particular) / 0 g/L (profesional). DROGAS: tolerancia cero (cualquier detección). Narcotest + confirmación laboratorio. Misma sanción administrativa M01. Penalmente, drogas pueden agravar el Art. 274 CP.

¿Mi seguro cubre daños si manejé ebrio?

NO en la mayoría. SOAT cubre víctimas pero te cobra. AFOCAT puede excluir. Seguros particulares (todo riesgo, responsabilidad civil voluntaria): TÍPICAMENTE EXCLUYEN. Pagás de tu bolsillo.

¿Necesito abogado?

RECOMENDADO SÍ si: dosaje > 0.5 g/L (delito), hubo accidente, quieres impugnar, eres profesional. Abogado de tránsito: S/500-S/2,000. Penal: S/2,000-S/10,000. Si no puedes pagar: tienes derecho a abogado de oficio del Ministerio de Justicia.

Información útil de las entidades involucradas

PNP — TránsitoCentral PNP: 105 (emergencias)
DIRSAL para dosaje 24h
MTCgob.pe/mtc
Récord conductor + Sistema Puntos
Ministerio Público (Fiscalía)gob.pe/mpfn
Denuncias y procesos penales
SAT Lima / SUTRAN / ATUCobro de papeletas según jurisdicción
Impugnación administrativa

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