¿Cuánto cuesta el Certificado de Conducta del INPE en 2026?
S/6.00 vigentes en 2026 (TUPA INPE - DS 007-2015-JUS y modificatorias). Se paga en ventanilla del Banco de la Nación indicando el concepto literal "Certificado de Conducta INPE". No hay diferencia de tarifa entre liberados, ex internos o asistidos en Medio Libre. Págalo.pe NO está disponible para este trámite específico — sí lo está para Antecedentes Judiciales Electrónicos INPE (S/37.70, código 0044).
¿Quién puede solicitar el Certificado de Conducta INPE 2026?
Solo personas que estuvieron internas en un Establecimiento Penitenciario (EP) o están bajo régimen de Medio Libre (semilibertad, liberación condicional, beneficios penitenciarios, reserva de fallo, conversión de penas, exención de pena o sentenciados a penas limitativas de derechos). También lo solicita el abogado defensor como parte del expediente de beneficios penitenciarios. NO aplica a ciudadanos sin antecedentes carcelarios — ellos requieren Antecedentes Judiciales (INPE), Penales (Poder Judicial) o Policiales (PNP).
¿Lo expide el INPE o decide el juez el beneficio penitenciario?
El INPE expide el certificado, pero el juez decide el beneficio. El Consejo Técnico Penitenciario solo organiza el expediente de semilibertad (Art. 50 CEP) o liberación condicional (Art. 55 CEP) con los documentos que exige la ley y emite su informe técnico. Ese expediente pasa al Ministerio Público para dictamen fiscal previo y luego al Juez de Investigación Preparatoria / Juez de la causa, quien resuelve si concede o niega el beneficio. El INPE NUNCA otorga el beneficio por sí mismo: solo aporta el certificado de conducta y los demás documentos del legajo.
¿Qué otros documentos arma el INPE en el expediente de beneficios penitenciarios?
Conforme al Art. 50 del Código de Ejecución Penal (TUO DS 003-2021-JUS), el expediente de semilibertad o liberación condicional incluye: (1) copia certificada de la sentencia con constancia de consentida o ejecutoriada, (2) certificado de no tener proceso pendiente con mandato de detención, (3) cómputo de trabajo o estudios redimidos por el interno, (4) informe del Consejo Técnico Penitenciario sobre la evolución del tratamiento, (5) certificado domiciliario del lugar donde residirá al salir, y (6) certificado de conducta. Sin alguno de estos, el juez no puede pronunciarse.
¿Necesito el Formulario 007 para solicitar el Certificado de Conducta?
NO. El Formulario 007 corresponde a la solicitud de Antecedentes Judiciales (otro trámite). El Certificado de Conducta usa una solicitud simple dirigida al Director del EP donde estuviste recluido o al Jefe del Establecimiento de Medio Libre que te supervisa. Indica nombres, DNI, motivo de uso y fechas relevantes. Es un error común que ha llevado a confusión y rechazo de solicitudes.
¿Cuánto demora obtener el Certificado de Conducta INPE?
1 día hábil desde la presentación completa de la solicitud + voucher BN + DNI. El Consejo Técnico Penitenciario (CTP) evalúa tu legajo: faltas disciplinarias, participación en talleres educativos/laborales, evaluaciones psicológicas y cumplimiento de reglas si estás en Medio Libre. La emisión es presencial en la misma sede.
¿Dónde se tramita el Certificado de Conducta INPE 2026?
En mesa de partes del último EP donde estuviste recluido (Castro Castro, Lurigancho, Ancón I/II, Mujeres Chorrillos, Sarita Colonia Callao, etc.) o del Establecimiento de Medio Libre (EML) que te supervisa actualmente. La sede central INPE en Jr. Carabaya 456, Cercado de Lima, NO emite este certificado. Atención lunes a viernes 8:30 a.m. - 1:00 p.m.
¿Hay sede del INPE en Callao para tramitar el Certificado de Conducta?
Sí. El EP Sarita Colonia (Callao) es el único penal de la Provincia Constitucional del Callao. Si cumpliste condena allí, ahí mismo solicitas el certificado. Si estás bajo Medio Libre, el EML Callao te atiende (ubicado en Av. Santa Fe Lt. 22, Mz. C, Urb. Los Alisos, San Martín de Porres — administrativamente cubre Callao). El EP Sarita Colonia depende de la Oficina Regional Lima del INPE — Callao NO tiene Oficina Regional INPE independiente.
¿Cuál es la diferencia entre Certificado de Conducta INPE, Antecedentes Judiciales, Penales y Policiales?
Certificado de Conducta INPE (S/6, INPE) acredita comportamiento intramuros — solo para ex internos. Antecedentes Judiciales (S/37.70, INPE/Poder Judicial) registra sentencias firmes — cualquier ciudadano. Antecedentes Penales (Poder Judicial / RENAJU) muestra condenas penales con efectos vigentes. Antecedentes Policiales (PNP / DIRANDRO) muestra denuncias e investigaciones. Para empleo, el Certificado Único Laboral (CUL) del MTPE integra los tres últimos.
¿Qué vigencia tiene el Certificado de Conducta INPE?
No hay plazo legal explícito de vigencia. En la práctica los empleadores y entidades lo aceptan dentro de 30 a 90 días calendario desde su emisión (analogía con Antecedentes Judiciales que sí tienen vigencia legal de 90 días). Si lo necesitas para un trámite específico, verifica con la entidad receptora cuántos días aceptan.
¿Las Oficinas de Medio Libre emiten Certificado de Conducta?
Sí. Las Oficinas/Establecimientos de Medio Libre (EML) atienden a liberados con beneficio penitenciario y SÍ emiten el certificado de conducta para sus asistidos. En Lima Metropolitana opera la Subdirección de Medio Libre (Av. Abancay cdra. 5, 4to piso) y EML Lima Norte, EML Surquillo (Calle Juan Voto Bernales 265, La Victoria), EML Carabayllo y EML Callao.
¿Pueden los empleadores exigir Certificado de Conducta INPE 2026?
Limitadamente. Las Leyes 26772 y 29973 prohíben discriminación laboral; el DL 1410 sanciona discriminación. Empleadores NO pueden exigir Certificado de Conducta INPE como filtro general — solo es admisible cuando el puesto lo justifica objetivamente (seguridad, custodia de valores, trabajo con menores). El Plan Nacional de Reinserción Social del Liberado (PRONOR-INPE) y el programa Cárceles Productivas favorecen al ex interno con este certificado. Si te discriminan, denuncia ante SUNAFIL.
¿Qué pasa si tengo sanciones disciplinarias registradas en mi legajo?
Las faltas disciplinarias graves registradas durante la reclusión figuran en el certificado y pesan negativamente en la decisión del juez sobre el beneficio penitenciario. El Consejo Técnico Penitenciario evalúa: tipo de falta (leve, grave o muy grave conforme al Reglamento del CEP), reiterancia, sanciones aplicadas y conducta posterior. Un legajo con sanciones recientes o reiteradas suele derivar en dictamen fiscal desfavorable y mayor probabilidad de denegatoria judicial. La conducta positiva en talleres, educación y trabajo penitenciario sí cuenta a tu favor.
¿Qué cambió con el Decreto Legislativo 1576 para los beneficios penitenciarios?
El Decreto Legislativo 1576 (2023) endureció el acceso a beneficios penitenciarios (semilibertad y liberación condicional) para delitos graves: amplió la lista de delitos excluidos del beneficio, elevó porcentajes mínimos de pena cumplida y reforzó los requisitos de evaluación. Esto significa que, aun con buen certificado de conducta, ciertos sentenciados (delitos contra la vida, libertad sexual, criminalidad organizada, entre otros listados) no pueden acceder a estos beneficios. El TUO del Código de Ejecución Penal — DS 003-2021-JUS consolida el marco vigente.