¿Qué es la dispensa electoral y cuándo se solicita en el SIDVID del JNE?
La dispensa electoral es el trámite del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que te exonera de la multa por no haber votado, cuando tienes una causal válida acreditada. Se solicita DESPUÉS de la elección (desde el día siguiente) por el SIDVID (Sistema de Dispensa Virtual) en dispensavirtual.jne.gob.pe/login. Base legal: Resolución N.° 0851-2025-JNE, publicada el 6 de enero de 2026 en El Peruano y vigente desde el 7 de enero de 2026.
¿Cuál es la diferencia entre dispensa, justificación y excusa electoral?
Son tres trámites distintos del régimen electoral peruano:
- DISPENSA — DESPUÉS de la elección por no haber votado (omisión al sufragio). Tasa S/25.90, ante el JNE por SIDVID.
- JUSTIFICACIÓN — DESPUÉS de la elección para miembros de mesa que no asistieron, también ante el JNE por SIDVID (verifica la tasa vigente en el TUPA del JNE al pagar).
- EXCUSA — ANTES de la elección ante ONPE para retirarse del cargo de miembro de mesa por causal preexistente (embarazo, mayor de 70, enfermedad crónica, etc.).
¿Cuál es el plazo para solicitar la dispensa electoral?
El plazo es abierto: desde el día siguiente de la elección hasta antes de que se emita la Resolución de Medida Cautelar de Embargo en el procedimiento de ejecución coactiva. NO hay número fijo de días. Las solicitudes presentadas después son declaradas improcedentes. Cuanto antes solicites, menor el riesgo. Tras la primera vuelta del 12 de abril, el JNE ya tramitó miles de solicitudes de dispensa.
¿Cuánto cuesta solicitar la dispensa electoral en 2026?
S/25.90 para dispensa por omisión al sufragio, con código de pago 01465 del JNE en Banco de la Nación o Págalo.pe. La justificación de miembro de mesa ausente se tramita también ante el JNE; verifica el monto exacto de su tasa en el TUPA del JNE al pagar. Hay 6 causales exoneradas del pago: discapacidad CONADIS/RENIEC (verifica tu caso), desastres naturales, fallas del sistema electoral, error en el padrón, función electoral acreditada y prisión.
¿Dónde presento la solicitud de dispensa?
Online (recomendado): SIDVID en dispensavirtual.jne.gob.pe/login. El portal es responsive y permite subir fotos directamente desde el celular. Presencial: mesa de partes del JNE en Av. Nicolás de Piérola 1070, Cercado de Lima, o en los Jurados Electorales Especiales (JEE) de las regiones.
¿Qué causales son válidas para pedir dispensa?
Causales con pago de tasa: enfermedad o incapacidad física (con certificado médico), estar fuera del país (con sello migratorio o boletos), emergencia familiar grave (partida de defunción, hospitalización), robo o pérdida del DNI (con denuncia policial), lactancia, fuerza mayor diversa. Causales sin pago (exoneradas): discapacidad acreditada CONADIS, desastres naturales, error en el padrón electoral, fallas del sistema electoral, prisión y función electoral.
¿Las personas con discapacidad necesitan tramitar dispensa?
Las personas con discapacidad pueden tener facilidades o quedar exoneradas del pago de la tasa; verifica tu caso. Si tu discapacidad está registrada en RENIEC o cuentas con carné CONADIS y aparece una multa por error, acude al JEE con tu carné CONADIS o constancia RENIEC para que evalúen su anulación. Para discapacidad no registrada formalmente, presenta la dispensa adjuntando el certificado médico; esa causal está exonerada del pago de la tasa.
¿Los mayores de 70 años necesitan dispensa por no votar?
NO. Para mayores de 70 años, el voto es FACULTATIVO por mandato del artículo 31 de la Constitución Política del Perú (modificado por la Ley 28480). Si no votaron, NO se genera multa y NO necesitan tramitar dispensa. En 2026 son aproximadamente 2.627 millones de peruanos con voto facultativo (RENIEC). Si por error aparece una multa cobrada, acudir al JNE con DNI (muestra fecha de nacimiento) para anularla gratuitamente.
¿Cuánto demora la resolución de la dispensa electoral?
El JNE resuelve en pocos días hábiles las solicitudes individuales presentadas por SIDVID, ventanilla del JNE u oficinas descentralizadas. Las solicitudes institucionales (por ejemplo, centros educativos que solicitan dispensa colectiva por sus estudiantes que estaban en exámenes, o entidades públicas/privadas) pueden demorar más. La notificación llega al correo registrado y queda disponible para descarga en tu cuenta SIDVID.
¿La dispensa de la primera vuelta aplica también para la segunda vuelta?
NO. Cada elección requiere su propia solicitud de dispensa. Si también faltas a la segunda vuelta del 7 de junio de 2026, debes tramitar una NUEVA dispensa separada, incluso si la causa es la misma (por ejemplo, sigues fuera del país). El SIDVID te permite seleccionar la elección específica al presentar la solicitud. Los miembros de mesa son los mismos del 12 de abril (confirmado por ONPE el 18-may-2026); quienes no puedan cumplir deben tramitar dispensa con anticipación.
¿Cuánto es la multa por no votar en las Elecciones Generales 2026?
La multa por no votar 2026 depende del nivel de pobreza del distrito según clasificación INEI (UIT 2026 = S/5,500 por D.S. 301-2025-EF):
- S/27.50 en distritos en pobreza extrema (0.5% UIT)
- S/55 en distritos pobres no extremos (1% UIT)
- S/110 en distritos no pobres (2% UIT)
- S/275 por no asistir como miembro de mesa designado (5% UIT)
Si un miembro de mesa además omite votar, la multa puede acumularse. Consulta tu multa en multas.jne.gob.pe con tu DNI.
¿Si mi dispensa es rechazada, qué puedo hacer?
Si el JNE declara improcedente tu dispensa, tienes dos opciones:
- APELAR la resolución dentro del plazo legal (recurso de reconsideración ante el JEE que evaluó tu caso o recurso de apelación al JNE como segunda instancia).
- PAGAR la multa electoral directamente en Banco de la Nación, Págalo.pe, Yape u otros canales autorizados, según el monto que corresponda a tu distrito (S/27.50 a S/110 por no votar, o S/275 por no ser miembro de mesa).
Una vez pagada, la multa queda extinguida y no afecta tu DNI ni otros trámites.