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Suspensión temporal del RUC en SUNAT: cómo suspender y reactivar

SUNAT · Registro Único de Contribuyentes · DL 943 + RS 210-2004/SUNAT · UIT 2026 S/5,500

Virtual Presencial Sitio oficial

La suspensión temporal del RUC permite al contribuyente (persona natural con negocio o persona jurídica) comunicar a SUNAT que dejará de realizar actividades generadoras de obligaciones tributarias por hasta 12 meses consecutivos, renovables. Durante la suspensión no presentas declaraciones mensuales ni emites comprobantes. El RUC sigue existiendo y se reactiva por SOL cuando regresas a operar.

El trámite es gratuito, inmediato y 100% online por el portal SOL de SUNAT con el Formulario Virtual 3128. Base legal: Decreto Legislativo 943 (Ley del RUC), modificado por DL 1524 (2022), reglamentado por la Resolución de Superintendencia 210-2004/SUNAT. UIT 2026 = S/5,500 (DS 301-2025-EF) para cálculo de multas.

Última actualización21 de abril de 2026
Entidad responsableSUNAT
Fuente oficialgob.pe/sunat
Guía informativa independiente. No somos SUNAT. Verifica siempre en la fuente oficial.
⚠️
La suspensión del RUC es GRATIS y solo se hace en dominios .gob.pe

El único portal oficial para suspender el RUC es sunat.gob.pe (SOL). Sitios con dominio .com, .net o .online que ofrezcan "suspender tu RUC" por un monto no son oficiales: pueden capturar tu RUC, DNI y Clave SOL. Nunca entregues tu Clave SOL a terceros — es personal e intransferible. El trámite solo requiere 5 minutos en SOL.

Costo Gratuito Sin costo alguno
Plazo de entrega Inmediato Se procesa al instante
Modalidad Virtual / Presencial Portal SOL o Centro de Servicios
Documentos necesarios

Requisitos para suspender o reactivar el RUC

Condiciones y documentos que necesitas para realizar la suspensión temporal o reactivación de tu RUC.

🔢
RUC vigente

Tu número de Registro Único de Contribuyentes debe estar en estado activo (para suspensión) o suspendido (para reactivación).

🔑
Clave SOL vigente

Necesitas tu Clave SOL para realizar el trámite en línea a través del portal SOL.

📝
Formulario Virtual 3128 (online) o 2127 (presencial)

Online: se genera automáticamente en SOL. Presencial: llevar el Formulario 2127 al Centro de Servicios con DNI original.

🧾
Número del último comprobante emitido o recibido

El sistema te pedirá este dato al registrar la suspensión. Tenlo a la mano.

Paso a paso oficial 2026

Cómo suspender el RUC en SUNAT por SOL con Formulario Virtual 3128 (8 pasos)

Sigue estos pasos para ejecutar la suspensión temporal del RUC 100% online en menos de 10 minutos, con efecto inmediato y sin costo.

  1. 1

    Regulariza declaraciones pendientes antes de suspender

    No es requisito legal formal, pero es altamente recomendable: revisa que no tengas PDT 621 (IGV-Renta), PLAME (planilla) ni libros electrónicos (PLE/SIRE) pendientes. Si suspendes con omisiones, las multas siguen generándose durante la inactividad.

  2. 2

    Ten a la mano el último comprobante emitido o recibido

    Anota serie, número, fecha y RUC de la contraparte del último comprobante (factura, boleta o nota). SUNAT pide este dato al registrar la suspensión en el Formulario Virtual 3128.

  3. 3

    Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea (SOL)

    Entra a sunat.gob.peOperaciones en Línea. Usa tu RUC, usuario y Clave SOL. Verifica que la URL termine en .gob.pe: cualquier sitio .com o .net que pida tu Clave SOL es phishing.

  4. 4

    Ve a "Mi RUC y Otros Registros" → "Actualizo información de mi RUC"

    En el menú principal de SOL, busca "Mi RUC y Otros Registros", luego "Actualizo información de mi RUC" y selecciona "RUC". Aparecerá el listado de formularios disponibles.

  5. 5

    Abre el Formulario Virtual 3128 — Modificación de datos del RUC

    Selecciona el Formulario Virtual 3128. Marca la casilla "Suspensión/Reinicio de actividades" y luego la opción "Suspensión Temporal".

  6. 6

    Indica la fecha de inicio de la suspensión

    La fecha de inicio no puede ser posterior al día de la solicitud. Registra datos del último comprobante emitido o recibido (serie, número, fecha, RUC contraparte). Esto acredita que la última operación ocurrió antes o el mismo día.

  7. 7

    Valida y envía — descarga la CIR como respaldo

    El sistema aprueba automáticamente la solicitud. Descarga la Constancia de Información Registrada (CIR) en PDF. Desde esa fecha, tu RUC figura en estado "Suspensión Temporal" en la ficha RUC pública.

  8. 8

    Para reactivar, vuelve al Form. 3128 → "Reinicio de Actividades"

    Cuando quieras regresar a operar (dentro de los 12 meses), ingresa nuevamente a SOL, abre el Formulario Virtual 3128 y marca "Reinicio de Actividades". Gratuito, inmediato. Si pasan los 12 meses sin reactivar, SUNAT puede dar baja de oficio y la reactivación se vuelve presencial.

Costo y multas asociadas

Costo de la suspensión del RUC y multas SUNAT 2026 por incumplimiento (UIT S/5,500)

La suspensión es gratuita, pero hay multas si emites comprobantes con RUC suspendido o si omitiste declaraciones previas. La UIT 2026 es de S/5,500 (DS 301-2025-EF).

Trámite gratuito — las multas solo aplican por incumplimiento

Suspensión y reactivación del RUC: S/ 0 en SUNAT. Se tramitan por SOL sin intermediarios.
Concepto Costo 2026 Base legal Cuándo aplica
Suspensión temporal del RUC S/ 0 (Gratis) RS 210-2004/SUNAT, Art. 26 Trámite en SOL, inmediato
Reactivación (Reinicio de actividades) S/ 0 (Gratis) RS 210-2004/SUNAT Trámite en SOL, inmediato
Multa por emitir comprobante con RUC suspendido Hasta 1 UIT (S/ 5,500) Art. 174 núm. 2 Código Tributario Si emites factura/boleta estando suspendido
Multa por no presentar declaraciones previas 1 UIT (Tabla I) o 50% UIT (NRUS) Art. 176 núm. 1 Código Tributario Si suspendes con PDT 621/PLAME omitidos
NRUS Categoría 1 (ingresos ≤ S/5,000/mes) S/ 20/mes (mientras activo) DL 937 NRUS Cuota mensual del Nuevo RUS
NRUS Categoría 2 (ingresos ≤ S/8,000/mes) S/ 50/mes (mientras activo) DL 937 NRUS Cuota mensual del Nuevo RUS
Categoría Especial NRUS S/ 0 DL 937 NRUS Agricultores / ferias específicas
Intereses moratorios sobre deuda (TIM) 0.72 % mensual (0.024 % diario) Art. 33 Código Tributario Deuda sigue corriendo durante suspensión

Clave: la suspensión del RUC no borra deudas pendientes. Los intereses moratorios (TIM) siguen corriendo. Antes de suspender, regulariza declaraciones y fracciona deudas si las tienes. UIT 2026 vigente desde el 1 de enero de 2026 (DS 301-2025-EF, publicado en El Peruano el 17/12/2025).

Contacto comercial: [email protected]

No los confundas

Suspensión temporal vs Baja definitiva

Característica Suspensión temporal Baja definitiva
DuraciónMáx. 12 mesesPermanente
¿Reversible? — reinicio por SOLRequiere reactivación presencial
¿El RUC existe?Sí, en estado suspendidoCancelado
Declaraciones mensualesNo (PDT 621, PLAME)Cesan completamente
ComprobantesInhabilitadosInhabilitados (devolver no emitidos)
Cuántas veces al añoHasta 2 veces1 vez
FormularioVirtual 3128 / Presencial 2127Formulario 2135 + Form. 855
Durante la suspensión

¿Qué obligaciones se mantienen y cuáles no?

❌ NO puedes / NO necesitas
  • Emitir comprobantes de pago
  • Presentar PDT 621 (IGV-Renta mensual)
  • Presentar PDT PLAME (planilla)
  • Registrar libros electrónicos mensuales
✅ SÍ debes cumplir
  • Declaración anual (meses activos)
  • Anotar "SIN OPERACIONES" en libros
  • Pagar deudas/multas pendientes
  • Regularizar libros al reactivar
Referencia

Los 6 estados del RUC en SUNAT

Estado Significado
ActivoRealizando actividades generadoras de obligaciones tributarias.
Suspensión TemporalEl contribuyente comunicó que dejó de operar temporalmente (máx. 12 meses).
Baja ProvisionalEl contribuyente solicitó la baja. SUNAT está evaluando.
Baja DefinitivaSUNAT aprobó la cancelación del RUC. Requiere reactivación presencial.
Baja Provisional de OficioSUNAT presume que podrías haber cesado actividades. Reversible.
Baja Definitiva de OficioSUNAT presume que cesaste actividades definitivamente. No habido/No hallado.

Fuente: orientacion.sunat.gob.pe · RS 210-2004/SUNAT.

Atención SUNAT en Lima y Callao

SUNAT en Lima y Callao: Centros de Servicios al Contribuyente para suspensión presencial del RUC

La suspensión se hace 100% online por SOL. La atención presencial solo es necesaria si SUNAT ya dio baja de oficio o para firmar documentos específicos. Horario general: lunes a viernes 8:30 a.m. – 5:00 p.m.

🏢
CSC Lima Cercado — Arenales

Av. Arenales 335-357, Cercado de Lima. Atiende reactivación de RUC por baja de oficio, entrega de Clave SOL presencial, consultas tributarias y recepción de formularios físicos.

🏛️
CSC Callao — Av. Sáenz Peña 1251

Av. Sáenz Peña 1251-1263, Urb. Santa Marina, Callao. Centro de Servicios al Contribuyente con atención completa: inscripción RUC, reactivación, Clave SOL, orientación tributaria.

🏢
CSC Lima Centro — Wiese

Jr. Augusto Wiese 498, esquina Jr. Santa Rosa (ex Miró Quesada), Cercado de Lima. Sede principal de atención al contribuyente en Lima.

🏛️
Centros MAC con servicios SUNAT básicos

MAC Lima Norte (Plaza Norte), MAC Ventanilla, MAC Callao (Mall Plaza Bellavista), MAC Lima Este. Atienden consultas, entrega de Clave SOL y trámites básicos. La suspensión del RUC sigue siendo 100% online por SOL.

Cómo contactar a SUNAT

Canales oficiales SUNAT 2026 para consultas sobre RUC, SOL y suspensión

Todos estos canales verifican dominio .gob.pe o número telefónico institucional. Cualquier portal externo o "tramitador" que cobre por suspender el RUC es fraude.

🌐
Portal SOL (suspensión y reactivación)

sunat.gob.pe → Operaciones en Línea. Formulario Virtual 3128. Gratuito, 24/7, inmediato.

🔄
Ficha de reactivación del RUC

gob.pe/8235. Instrucciones oficiales para reactivar tras suspensión o baja de oficio.

📞
Central telefónica SUNAT

0-801-12-100 (gratuita desde provincias) · (01) 315-0730 (desde celular y Lima). Lun-Vie 8:30 a.m. – 6:00 p.m., sábados 9:00 a.m. – 1:00 p.m.

📱
App Personas SUNAT (Android/iOS)

Disponible en Google Play y App Store. Permite RUC Digital (inscripción PN), consulta de ficha RUC, Clave SOL, pagos y comprobantes. La suspensión formal (Form. 3128) se hace por SOL web.

✉️
Mesa de Partes Virtual SUNAT

Disponible en sunat.gob.pe → Servicios en línea. Para trámites documentales, recursos y solicitudes formales.

📄
Instructivo oficial SUNAT (PDF)

IM-036 Suspensión temporal de actividades — Manual paso a paso publicado por SUNAT con capturas de pantalla.

🏢
Centros de Servicios al Contribuyente (CSC)

Red nacional con sedes en Lima, Callao y capitales regionales. Ver listado completo en CSC Lima PDF oficial. Atienden lunes a viernes 8:30 a 17:00.

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

Máximo 12 meses, máximo 2 veces al año. Si superas el plazo, SUNAT puede dar de baja tu RUC de oficio (no es automático, pero sí una facultad).

Las deudas no se cancelan con la suspensión. Multas, intereses y deudas tributarias pendientes se mantienen vigentes y generan intereses.

Al reactivar, regulariza tus libros electrónicos. Debes registrar los períodos no anotados en PLE o SIRE antes de emitir comprobantes.

Personas naturales y jurídicas pueden suspender. El procedimiento es el mismo por SOL (Formulario Virtual 3128).

Ojo con esto antes de suspender el RUC

8 errores frecuentes al suspender el RUC en SUNAT (y cómo evitar multas de hasta 1 UIT)

Estos descuidos generan multas tributarias en UIT 2026 (S/5,500), bloqueos de comprobantes electrónicos y baja de oficio del RUC.

Creer que la suspensión cancela deudas o multas pendientes

Las deudas tributarias, multas e intereses moratorios (TIM 0,72 % mensual) siguen vigentes y acumulándose durante la suspensión. La única forma de extinguir deudas es pagarlas o acogerse a fraccionamiento (Art. 36 CT).

Emitir facturas o boletas con RUC en suspensión temporal

Infracción Art. 174 núm. 2 del Código Tributario: multa de hasta 1 UIT (S/ 5,500 en 2026) más posible cierre temporal. El sistema de facturación electrónica te bloquea automáticamente. Reactiva antes de emitir cualquier comprobante.

Superar los 12 meses sin reactivar ni comunicar baja

SUNAT puede dar baja de oficio al RUC. Tras la baja, la reactivación se vuelve presencial en el Centro de Servicios con DNI, vigencia de poder (≤30 días para PJ) y documentación adicional. Agenda un recordatorio antes del mes 11.

Suspender con declaraciones omitidas previas

Las multas por no declarar (Art. 176 CT) llegan a 1 UIT (S/5,500) o 50 % UIT (S/2,750) en NRUS. Siguen generándose durante la suspensión. Presenta tus declaraciones omitidas antes de suspender para evitar acumular deuda adicional.

Pagar a "tramitadores" por suspender el RUC

El trámite es 100 % gratuito y se hace en 5 minutos en SOL. Cualquier persona o sitio que cobre por "suspender tu RUC" es estafa. Nunca entregues tu Clave SOL: es personal e intransferible; quien la tenga puede presentar declaraciones falsas a tu nombre.

Olvidar presentar la Declaración Jurada Anual de Renta

Aunque suspendas a mitad de año, debes presentar la DJ Anual de Renta por los meses activos del ejercicio. No hacerlo genera multa por Art. 176 núm. 1 CT hasta 1 UIT.

Confundir suspensión del RUC con suspensión de retenciones de 4ta categoría

Son trámites distintos. Suspensión del RUC (Form. Virtual 3128) paraliza todo; suspensión de retenciones 4ta (Formulario 1609) solo evita que te retengan el 8 % cuando proyectas ingresos bajos. El RUC de 4ta sigue activo con el Form. 1609.

No actualizar el correo registrado en el RUC antes de suspender

SUNAT notifica por ese correo la inminente baja de oficio a los 12 meses. Si tu correo está desactualizado, no te enteras y pierdes la posibilidad de reactivar online. Actualiza tu correo y teléfono antes de suspender.

Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre la suspensión del RUC SUNAT 2026

¿Cuánto tiempo puede durar la suspensión temporal del RUC en SUNAT?

Hasta 12 meses consecutivos desde la fecha declarada de inicio. Puedes suspender hasta 2 veces por año fiscal. Si superas los 12 meses sin reactivar, SUNAT puede dar baja de oficio al RUC. Base legal: RS 210-2004/SUNAT, Arts. 26 y 27.

¿La suspensión del RUC es gratuita y se puede hacer 100% online en 2026?

Sí. La suspensión y la reactivación son 100% gratuitas y se hacen por SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con el Formulario Virtual 3128. Efecto inmediato. Solo si SUNAT ya dio baja de oficio por exceder los 12 meses, la reactivación requiere ir presencialmente al Centro de Servicios.

¿Cuál es la diferencia entre suspensión temporal y baja definitiva del RUC?

La suspensión temporal es reversible (máx. 12 meses, se reactiva por SOL con Form. 3128). La baja definitiva cancela el RUC permanentemente, requiere devolver comprobantes no emitidos (Formulario 855) y reactivar presencialmente con el Formulario 2119. Con suspensión el RUC sigue existiendo; con baja se cancela el número.

¿Las personas jurídicas también pueden suspender el RUC?

Sí. Tanto personas naturales con negocio como personas jurídicas pueden suspender temporalmente el RUC. El procedimiento es el mismo: Formulario Virtual 3128 por SOL. Aplica para RER, NRUS (solo PN), Régimen MYPE Tributario y Régimen General.

¿Qué obligaciones se mantienen durante la suspensión del RUC?

No presentas declaraciones mensuales (PDT 621, PLAME) ni libros electrónicos mensuales (PLE/SIRE). Sí debes presentar la Declaración Jurada Anual de Renta por los meses activos del ejercicio, anotar "SIN OPERACIONES" en libros y pagar deudas/multas pendientes (siguen generando intereses moratorios).

¿Puedo emitir facturas o boletas con RUC en suspensión temporal?

No. Con RUC suspendido no puedes emitir facturas electrónicas, boletas, notas de crédito/débito ni guías de remisión. Emitir comprobantes con RUC suspendido es infracción tributaria (Art. 174 núm. 2 del Código Tributario): multa hasta 1 UIT (S/ 5,500 en 2026) y posible cierre temporal. Primero reactiva el RUC.

¿Necesito estar al día en declaraciones para poder suspender el RUC?

No es un requisito legal formal según la RS 210-2004/SUNAT. Los únicos datos obligatorios son: RUC vigente, Clave SOL, fecha de inicio y último comprobante emitido o recibido. Sin embargo, es altamente recomendable regularizar declaraciones pendientes antes de suspender, para no acumular multas por omisión durante la inactividad.

¿Qué pasa si SUNAT da de baja mi RUC de oficio?

SUNAT puede dar baja de oficio si: (i) pasan 12 meses suspendido sin reinicio, (ii) aparece en condición No Habido o No Hallado, (iii) hay presunción de cese definitivo. Recibirás notificación al correo registrado en el RUC. Para reactivar después de baja de oficio, debes ir presencialmente al Centro de Servicios al Contribuyente con DNI; persona jurídica con vigencia de poder ≤ 30 días.

¿Cuáles son los 6 estados del RUC en SUNAT?

Los 6 estados oficiales son: Activo (operando), Suspensión Temporal (pausa comunicada por contribuyente, máx. 12 meses), Baja Provisional (baja en evaluación), Baja Definitiva (cancelación aprobada), Baja Provisional de Oficio (transitoria por presunción SUNAT) y Baja Definitiva de Oficio (cancelación por presunción permanente o 12 meses sin reactivar). Fuente: orientación SUNAT + RS 210-2004.

¿La suspensión del RUC es lo mismo que la suspensión de retenciones de 4ta categoría?

No, son trámites distintos. La suspensión del RUC (Form. Virtual 3128) detiene todas las actividades económicas del contribuyente. La suspensión de retenciones de 4ta categoría (Formulario 1609) solo evita que te retengan el 8% cuando proyectas que tus ingresos del año no superarán el umbral. El RUC de 4ta sigue activo mientras tengas suspensión de retenciones vigente.

¿En qué plazo debo comunicar la suspensión a SUNAT desde que dejo de operar?

Tienes 5 días hábiles contados desde la fecha del cese de actividades para comunicar la suspensión por SOL con el Formulario Virtual 3128. Es un plazo legal del Art. 26 de la RS 210-2004/SUNAT. Comunicarla fuera de plazo no impide la suspensión, pero la fecha de inicio que registres no puede ser posterior al día en que envías la solicitud.

¿La suspensión del RUC afecta o congela mis deudas tributarias pendientes?

No. La suspensión solo detiene la obligación de presentar declaraciones mensuales nuevas, pero las deudas anteriores siguen vigentes y exigibles. Los intereses moratorios (TIM 0.90% mensual, Art. 33 del Código Tributario) continúan corriendo durante toda la suspensión. Si tienes deuda, evalúa fraccionar (Art. 36 CT, Form. Virtual 687) antes de suspender.

¿Cómo reinicio actividades del RUC antes de los 12 meses?

Ingresa a SOL con tu RUC y Clave SOL, ve a "Mi RUC y Otros Registros" → "Actualizo información de mi RUC", abre el Formulario Virtual 3128 y marca la opción "Reinicio de Actividades". Es gratuito, inmediato y desde esa fecha tu RUC vuelve a figurar como Activo. Desde el reinicio te toca volver a presentar declaraciones mensuales y emitir comprobantes con normalidad.

¿Necesito ir presencialmente a una oficina SUNAT para suspender el RUC?

No. Tanto la suspensión como la reactivación se hacen 100% online por SOL con el Formulario Virtual 3128. Solo necesitas ir presencialmente al Centro de Servicios al Contribuyente en dos supuestos: (i) si SUNAT ya dio baja de oficio por exceder los 12 meses sin reinicio, y (ii) si por algún motivo no tienes Clave SOL operativa (en ese caso usa el Formulario 2127 presencial con DNI).

Información útil de SUNAT

Horario de atenciónLunes a viernes: 8:30 a.m. – 5:00 p.m.
Centros de Servicios al Contribuyente
Central telefónica(01) 315-0730 / 0-801-12-100
Línea gratuita desde provincias
Portal SOLe-menu.sunat.gob.pe
Operaciones en Línea con Clave SOL

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