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Solicitud de Refugio en Perú 2026: cómo pedir protección internacional ante la CEPR

Comisión Especial para los Refugiados (CEPR) — Cancillería

Presencial Sitio oficial

La solicitud de refugio en Perú permite obtener protección internacional si huiste de tu país por persecución o violencia generalizada. La resuelve la CEPR (Comisión Especial para los Refugiados) de Cancillería, conforme a la Ley 27891, la Convención de 1951 y la Declaración de Cartagena. Desde febrero 2026, el D.Leg. 1719 establece que la solicitud se presenta presencialmente ante Migraciones con registro biométrico obligatorio. El trámite es 100% gratuito. Mientras se evalúa tu caso, recibes un carné de solicitante que te permite trabajar legalmente (vigencia 60 días hábiles, renovable). Perú tiene más de 548,000 solicitudes pendientes.

Última actualización18 de abril de 2026
Entidad responsableCEPR — Cancillería
Fuente oficialgob.pe/rree
Guía informativa independiente. No somos la Cancillería ni la CEPR. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo Gratuito Toda la atención es sin costo
Modalidad Presencial Ante Migraciones + biométrico (D.Leg. 1719)
Quién resuelve CEPR (Cancillería) Comisión Especial para los Refugiados
Carné solicitante Permite trabajar Vigencia 60 días hábiles, renovable
Condiciones y documentos

Requisitos y documentos para solicitar refugio en Perú 2026

Condiciones de elegibilidad y documentos que necesitas para presentar tu solicitud (D.Leg. 1719).

📍
Encontrarse en territorio peruano o en un punto fronterizo

Debes estar físicamente en Perú o en la frontera. No se sanciona el ingreso irregular si vienes directamente del territorio donde enfrentas persecución.

⚠️
Temer persecución o huir de violencia generalizada

Por motivos de raza, religión, nacionalidad, grupo social u opinión política (Convención de 1951), o por violencia generalizada, agresión extranjera o conflicto interno (Declaración de Cartagena, incorporada en la Ley 27891).

📄
Formulario de solicitud firmado con huella dactilar

Formulario dirigido a la CEPR, completado, impreso y firmado con firma manuscrita y huella dactilar. Los formatos están disponibles en gob.pe/rree.

🪪
Pasaporte, documento de identidad o acta de nacimiento

Si no tienes documentos, puedes presentar una declaración jurada de solicitante indocumentado. La falta de documentos no impide solicitar refugio.

📝
Declaración jurada de antecedentes (mayores de 15 años)

Declaración jurada de no tener antecedentes policiales, judiciales ni penales. Obligatoria para todos los solicitantes mayores de 15 años.

📸
Foto reciente y registro biométrico ante Migraciones

Desde el D.Leg. 1719 (febrero 2026), el registro biométrico (huellas dactilares + foto) ante Migraciones es obligatorio. Sin biométrico, tu solicitud será declarada improcedente.

Paso a paso

Cómo solicitar refugio en Perú paso a paso (D.Leg. 1719)

Proceso actualizado desde febrero 2026. La solicitud se presenta presencialmente ante Migraciones.

  1. 1

    Contacta a la CEPR o ACNUR para orientación gratuita

    Llama a la CEPR al (01) 204-3127 o a la línea gratuita de ACNUR 0800-719-29. Te orientarán sobre el proceso, documentos necesarios y tus derechos. También puedes escribir a [email protected].

  2. 2

    Reúne los documentos necesarios

    Completa el formulario de solicitud (disponible en gob.pe/rree), consigue tu pasaporte o documento de identidad (o prepara declaración jurada si eres indocumentado), y la declaración de antecedentes si eres mayor de 15 años.

  3. 3

    Acude presencialmente a Migraciones

    Desde febrero 2026 (D.Leg. 1719), la solicitud se presenta de forma presencial ante Migraciones. Lleva tus documentos originales. Migraciones registra tus datos personales en el sistema.

  4. 4

    Completa el registro biométrico obligatorio

    Migraciones te tomará huellas dactilares y fotografía. Este paso es obligatorio (R.S. 000097-2026-MIGRACIONES). Si no lo completas, tu solicitud será declarada improcedente y archivada definitivamente.

  5. 5

    Migraciones remite tu expediente a la CEPR

    Una vez registrados tus datos y biométrico, Migraciones remite toda la información a la CEPR (Cancillería) por interoperabilidad del Registro de Información Migratoria (RIM).

  6. 6

    Recibe tu carné de solicitante de refugio

    La CEPR emite un carné de solicitante que acredita tu condición. Este documento te permite trabajar legalmente en Perú. Tiene vigencia de 60 días hábiles y es renovable mientras tu caso esté pendiente.

  7. 7

    Asiste a la entrevista de elegibilidad ante la CEPR

    La CEPR te citará a una entrevista donde deberás explicar los motivos por los que huiste de tu país. Puedes asistir con un asesor legal gratuito de ACNUR o CAPS. La entrevista es confidencial.

  8. 8

    Recibe la resolución de la CEPR

    La CEPR emite resolución aprobando o denegando tu solicitud. Si es aprobada, recibes carné de extranjería como refugiado reconocido. Si es denegada, tienes 15 días hábiles para presentar recurso de reconsideración, y luego apelación ante la Comisión Revisora.

Información de pago

Costo del trámite

Pago — Solicitud de Refugio

MontoGratuito — toda la atención es sin costo
Orientación legalGratuita — no necesitas contratar abogado

Contacto comercial: [email protected]

Protección garantizada

Derechos del solicitante de refugio mientras se evalúa tu caso

Garantías reconocidas por la Ley 27891 y la Convención de 1951 desde que presentas la solicitud.

🛡️
No devolución (non-refoulement)

No puedes ser expulsado, devuelto ni deportado al país donde enfrentas persecución o amenaza. Es el principio fundamental del derecho de refugiados.

💼
Permiso de trabajo temporal

El carné de solicitante te autoriza a trabajar legalmente en Perú. Los empleadores están obligados a aceptarlo como documento válido de identidad laboral.

🏥
Acceso a salud pública y educación

Tienes derecho a atención en establecimientos de salud del MINSA y a matricularte en instituciones educativas públicas (primaria, secundaria y superior).

🚶
Tránsito libre y sin sanción por ingreso irregular

Puedes desplazarte libremente por el territorio peruano. No serás sancionado por haber ingresado de forma irregular si vienes directamente del territorio donde enfrentas amenazas.

👨‍👩‍👧
Unidad familiar

Puedes incluir a tu cónyuge e hijos menores como beneficiarios derivados en la misma solicitud. Si eres reconocido, ellos reciben los mismos derechos.

Canales de atención

Contacto de la CEPR y ACNUR para orientación gratuita

CEPR (Cancillería)

Quien resuelve tu solicitud

ACNUR Perú

Asesoría y protección gratuita

Recomendación verificada

Consejos de TrámitesPerú para tu solicitud de refugio

Llama primero a la línea gratuita de ACNUR (0800-719-29) o al WhatsApp (+51)(01) 641-9396. Te orientarán sobre qué documentos necesitas y te acompañarán durante todo el proceso sin costo.

Completa el registro biométrico lo antes posible. Desde el D.Leg. 1719, si no lo haces, tu solicitud será declarada improcedente y archivada definitivamente. No dejes pasar el plazo.

No necesitas abogado ni tener documentos de tu país. Si eres indocumentado, la declaración jurada reemplaza al pasaporte. ACNUR y CAPS ofrecen asesoría legal gratuita para la entrevista.

Si te deniegan, no te rindas: tienes 15 días hábiles para recurso de reconsideración ante la CEPR, y luego apelación ante la Comisión Revisora. También puedes explorar la calidad migratoria humanitaria ante Migraciones.

Ojo con esto

Errores frecuentes al solicitar refugio que debes evitar

No completar el registro biométrico ante Migraciones. Desde el D.Leg. 1719, es obligatorio. Si no lo haces, tu solicitud será declarada improcedente y archivada definitivamente sin posibilidad de reapertura.

Confundir refugio con visa humanitaria o PTP. Son trámites distintos. El refugio (Ley 27891) es protección por persecución, lo resuelve la CEPR. La calidad migratoria humanitaria se tramita ante Migraciones y tiene otros criterios.

Pagar a intermediarios o tramitadores. El trámite es 100% gratuito. Desconfía de cualquier persona que cobre por gestionar tu solicitud de refugio. Contacta directamente a la CEPR o ACNUR.

No renovar el carné de solicitante antes de que venza. El carné dura 60 días hábiles y es renovable, pero si lo dejas vencer sin renovar, podrías tener problemas laborales y migratorios mientras esperas la resolución.

Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre la solicitud de refugio en Perú 2026

¿Quién puede solicitar refugio en Perú?

Toda persona que haya huido de su país por persecución (raza, religión, nacionalidad, grupo social u opinión política) según la Convención de 1951, o por violencia generalizada, agresión extranjera o conflicto interno según la Declaración de Cartagena, incorporada en la Ley 27891. Debes estar en territorio peruano o en un punto fronterizo.

¿Dónde se presenta la solicitud de refugio desde 2026?

Desde febrero 2026 (D.Leg. 1719), la solicitud se presenta presencialmente ante Migraciones, que realiza el registro biométrico obligatorio. Luego Migraciones remite el expediente a la CEPR (Cancillería), que es quien evalúa y resuelve. Antes del D.Leg. 1719 el proceso era virtual.

¿Cuánto cuesta solicitar refugio?

Completamente gratuito. Toda la atención, orientación y trámite es sin costo. No necesitas abogado. ACNUR (0800-719-29, gratuito) y organizaciones como CAPS ofrecen asesoría legal sin costo.

¿Puedo trabajar mientras se evalúa mi solicitud?

Sí. El carné de solicitante de refugio te autoriza a trabajar legalmente en Perú. Tiene vigencia de 60 días hábiles y es renovable mientras tu caso esté pendiente. Los empleadores están obligados a aceptarlo.

¿Cuánto demora la evaluación de la CEPR?

No hay plazo fijo por ley. El D.Leg. 1719 establece evaluación prioritaria de 10 días hábiles para casos urgentes (riesgo a la vida, vulnerabilidad especial). Los casos regulares pueden demorar meses dado el volumen de más de 548,000 solicitudes pendientes en Perú.

¿Qué derechos tengo como solicitante de refugio?

No devolución al país de riesgo, sin sanción por ingreso irregular, permiso de trabajo temporal, acceso a salud pública y educación, tránsito libre por Perú, protección contra discriminación y violencia, y unidad familiar (cónyuge e hijos menores).

¿Qué es el registro biométrico obligatorio del D.Leg. 1719?

Desde febrero 2026, Migraciones toma huellas dactilares y foto de todos los solicitantes de refugio. Es obligatorio: si no lo completas, tu solicitud es declarada improcedente y archivada definitivamente. El plan de trabajo se aprobó por R.S. 000097-2026-MIGRACIONES.

¿Qué pasa si me deniegan la solicitud de refugio?

Tienes 15 días hábiles para presentar recurso de reconsideración ante la CEPR. Si persiste la negativa, puedes apelar ante la Comisión Revisora para Asuntos de Refugiados (última instancia) en 15 días hábiles. También puedes explorar la calidad migratoria humanitaria ante Migraciones.

¿Puedo solicitar refugio si entré de forma irregular a Perú?

Sí. La Convención de 1951 y la Ley 27891 establecen que no se sanciona el ingreso irregular si vienes directamente del territorio donde enfrentas persecución o amenaza. Los funcionarios de frontera están obligados a autorizar tu ingreso si solicitas refugio.

¿Cuál es la diferencia entre refugio y asilo político en Perú?

Son figuras distintas. El refugio (Ley 27891) es protección por persecución o violencia generalizada, lo resuelve la CEPR. El asilo político (Art. 36 Constitución) es una figura del sistema interamericano para perseguidos políticos, con modalidades diplomática (en embajadas) y territorial. En la práctica, el trámite más común es el de refugio.

Información útil de la CEPR

Horario CEPRLunes a viernes: 8:30 a.m. – 5:00 p.m.
Teléfono CEPR(01) 204-3127 · [email protected]
ACNUR PerúLínea gratuita: 0800-719-29
WhatsApp 24h: (+51)(01) 641-9396
CostoCompletamente gratuito · No requiere abogado

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