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Oposición al registro de una marca en INDECOPI: cómo oponerte ante la DSD

Defiende tu marca, nombre comercial o derecho previo · Dirección de Signos Distintivos (DSD) — INDECOPI

Virtual gob.pe

Cuando alguien solicita registrar una marca igual o parecida a la tuya, no tienes que quedarte de brazos cruzados: puedes presentar una oposición ante la Dirección de Signos Distintivos (DSD) del INDECOPI para que esa marca no llegue a registrarse. Es el momento clave para defender tu marca registrada, tu nombre comercial o cualquier otro derecho previo.

La regla de oro es el plazo: tienes 30 días hábiles desde que la solicitud se publica en la Gaceta Electrónica del INDECOPI. Aquí te explicamos quién puede oponerse y por qué, los requisitos, el paso a paso, qué ocurre después (traslado, contestación, resolución y apelación a la Sala) y en qué se diferencia la oposición de la cancelación y la nulidad. Antes de oponerte conviene verificar antecedentes y conocer cómo funciona el registro de marca.

Última actualización27 de mayo de 2026
Entidad responsableINDECOPI
Fuente oficialgob.pe
Guía informativa independiente. No somos INDECOPI. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo Tasa por clase Según el TUPA del INDECOPI
Plazo para oponerte 30 días hábiles Desde la Gaceta Electrónica
Modalidad En línea Mesa de Partes Virtual del INDECOPI

Plazo límite: 30 días hábiles e improrrogable. Tienes solo 30 días hábiles desde la publicación de la solicitud en la Gaceta Electrónica del INDECOPI para presentar tu oposición. Si vence ese plazo, ya no puedes oponerte: el procedimiento se cierra a quien no actuó a tiempo y solo te quedarían la nulidad o la cancelación una vez registrada la marca. Por eso conviene revisar la Gaceta con frecuencia.

Qué es y por qué importa

Qué es la oposición al registro de una marca y en qué se fundamenta

La oposición es la herramienta legal para evitar que se registre una marca que afecta tus derechos, antes de que el INDECOPI la conceda.

Cuando una persona o empresa solicita registrar una marca ante la Dirección de Signos Distintivos (DSD), el INDECOPI publica esa solicitud en la Gaceta Electrónica para que cualquier tercero pueda enterarse. Ese acto abre una ventana: durante 30 días hábiles, quien considere que la nueva marca lesiona un derecho suyo puede presentar una oposición, es decir, pedir formalmente a la DSD que deniegue el registro.

La oposición no es un capricho: tiene que apoyarse en un fundamento legal. Los más frecuentes, según la Decisión 486 de la CAN y el D.Leg. 1075, son:

🔀
Riesgo de confusión o de asociación

La marca solicitada se parece tanto a la tuya —en lo gráfico, lo fonético o lo conceptual— y cubre productos o servicios relacionados, que el consumidor podría confundirlas o creer que provienen de la misma empresa.

Afectación a una marca notoriamente conocida

Si tu marca es notoria, recibe una protección reforzada: nadie puede aprovechar su prestigio ni diluir su distintividad, incluso en clases distintas a la que registraste.

🏷️
Derecho previo: nombre comercial o marca anterior

Tienes una marca registrada o solicitada antes, o un nombre comercial usado de forma efectiva en el mercado, que entra en conflicto con la nueva solicitud.

🚫
Prohibiciones de registro

El signo solicitado incurre en una prohibición legal: es genérico, descriptivo, engañoso, contrario al orden público o reproduce símbolos protegidos.

🎭
Mala fe del solicitante

El solicitante busca apropiarse de un signo ajeno, bloquear a un competidor o registrar la marca de un tercero con quien tuvo una relación previa.

🌎
Oposición andina (Decisión 486, art. 147)

El titular de una marca en otro país de la Comunidad Andina puede oponerse en el Perú, acreditando su derecho e invocando un interés real de registrar el signo en el país.

Legitimación

Quién puede oponerse al registro de una marca

No cualquiera por cualquier motivo: para oponerte necesitas un interés legítimo y, en la mayoría de casos, un derecho previo que acreditar.

QuiénSobre qué base se oponeQué necesita probar
Titular de una marca registrada Su registro vigente en el Perú entra en conflicto con la marca solicitada. Certificado o número de registro de su marca y la relación entre los productos/servicios.
Titular de una solicitud anterior Pidió la misma marca o una parecida antes que el solicitante actual (prioridad). Número y fecha de su expediente de solicitud previo.
Titular de un nombre comercial Usa de forma efectiva un nombre comercial que colisiona con la marca solicitada. Prueba del uso real y continuo en el mercado (facturas, publicidad, etc.).
Titular de una marca notoria Su marca es notoriamente conocida y la solicitud aprovecha o diluye su prestigio. Medios probatorios de la notoriedad (ventas, difusión, reconocimiento del público).
Titular andino (art. 147) Tiene una marca registrada o solicitada en Bolivia, Colombia o Ecuador. Su derecho en el país andino e interés real en registrar la marca en el Perú.

En todos los casos, cuanto más sólida sea la prueba de tu derecho previo y del riesgo de confusión, mayor es la probabilidad de que la DSD declare fundada tu oposición.

Documentos necesarios

Requisitos para presentar la oposición a una marca

Documentos y condiciones que debes cumplir para oponerte al registro de una marca ante la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI.

📄
Solicitud escrita dirigida a la Dirección de Signos Distintivos

Documento formal indicando tu intención de oponerte al registro de la marca solicitada.

🪪
Datos del solicitante (nombre, DNI/RUC, domicilio)

Información completa de identificación del oponente, sea persona natural o jurídica.

📋
Datos de la marca opuesta

Número de expediente, clase y fecha de publicación de la marca contra la cual te opones.

📝
Fundamentos de la oposición

Argumentos legales y fácticos que sustentan tu oposición al registro de la marca.

®️
Datos de tu marca o derecho previo

Información de tu marca registrada o derecho anterior que se vería afectado por el nuevo registro.

📑
Copias para la otra parte

Copias de la solicitud y documentos adjuntos para notificar al solicitante de la marca opuesta.

💳
Comprobante de pago de la tasa por clase

Pago de la tasa de oposición —una por cada clase en la que te opones— realizado en Págalo.pe o Banco de la Nación. El monto figura en el TUPA vigente del INDECOPI.

Paso a paso

Cómo presentar oposición a una marca

Sigue estos pasos para oponerte al registro de una marca ante la Dirección de Signos Distintivos.

  1. 1

    Revisa la Gaceta Electrónica de INDECOPI

    Consulta las marcas publicadas en la Gaceta Electrónica de INDECOPI para identificar solicitudes que puedan afectar tus derechos.

  2. 2

    Verifica el plazo de 30 días hábiles

    Si encuentras una marca similar a la tuya, tienes 30 días hábiles desde la publicación para presentar oposición. No dejes pasar este plazo.

  3. 3

    Prepara la solicitud con los fundamentos de oposición

    Redacta tu solicitud incluyendo todos los argumentos legales y fácticos, datos de tu marca o derecho previo, y la documentación de respaldo.

  4. 4

    Paga la tasa por clase en Págalo.pe o Banco de la Nación

    Cancela la tasa de oposición —según el TUPA vigente del INDECOPI— por cada clase en la que te opones. Conserva el comprobante para adjuntarlo a tu escrito.

  5. 5

    Presenta la oposición por la Mesa de Partes Virtual

    Ingresa a la plataforma de servicios en línea del INDECOPI y presenta tu escrito de oposición con todos los documentos y el comprobante de pago, dentro de los 30 días hábiles.

  6. 6

    Sigue el procedimiento hasta la resolución

    La DSD corre traslado al solicitante para que conteste, evalúa los medios probatorios de ambas partes y emite una resolución que declara la oposición fundada o infundada. Si no estás de acuerdo, puedes apelar ante la Sala Especializada en Propiedad Intelectual.

Después de presentarla

Qué pasa después de presentar la oposición a la marca

La oposición abre un procedimiento contradictorio entre dos partes. Así avanza, etapa por etapa, dentro de la Dirección de Signos Distintivos.

1️⃣
Admisión y traslado al solicitante

La DSD revisa que tu oposición cumpla los requisitos (plazo, pago, fundamentos) y la admite a trámite. Luego corre traslado al solicitante de la marca para que la conteste dentro del plazo legal.

2️⃣
Contestación de la oposición

El solicitante presenta sus descargos y argumentos para defender su solicitud. Es un procedimiento entre dos partes: tú sostienes tu derecho y la otra parte defiende su marca.

3️⃣
Evaluación de medios probatorios

La DSD analiza las pruebas de ambos: certificados de registro, evidencia de uso, notoriedad, comparación de signos y de los productos o servicios. Aquí pesa la calidad de tu prueba del derecho previo.

4️⃣
Resolución de primera instancia

La DSD emite una resolución que declara la oposición fundada (no se registra la marca, total o parcialmente) o infundada (la marca puede registrarse).

5️⃣
Apelación ante la Sala

Si pierdes —o si gana tu contraparte y no estás conforme—, puedes apelar ante la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal del INDECOPI, que revisa el caso en segunda instancia administrativa.

🔎
Seguimiento del expediente

Durante todo el procedimiento puedes seguir el avance por número de expediente. Revisa el estado de tu expediente para no perderte ninguna notificación ni plazo.

Información de pago

Cuánto cuesta oponerte a una marca

La oposición se paga por clase. El monto exacto está fijado en el TUPA del INDECOPI y se actualiza periódicamente, así que confírmalo en el tarifario vigente antes de pagar.

Pago de la oposición a marca

Tasa de oposiciónPor clase, según el TUPA del INDECOPI
Cómo se cobraUna tasa por cada clase en la que te opones
Medios de pagoPágalo.pe · Banco de la Nación

Importante: si la marca solicitada abarca varias clases de la Clasificación de Niza y quieres oponerte en más de una, debes pagar la tasa por cada clase. El desistimiento de la oposición no da derecho a devolución.

No las confundas

Oposición, nulidad y cancelación de marca: cuál corresponde

Son tres procedimientos distintos que mucha gente mezcla. La clave está en el momento: la oposición ataca una marca que todavía está en trámite; la nulidad y la cancelación atacan una marca ya registrada.

¿La marca ya está registrada o todavía está en trámite? La oposición solo sirve antes de que se conceda el registro: se presenta dentro de los 30 días hábiles desde la publicación en la Gaceta, cuando la marca aún es una solicitud. Si la marca ya fue registrada, la oposición ya no procede: para atacar un registro que nunca debió otorgarse usas la nulidad; y para dejar sin efecto un registro vigente —por ejemplo, porque su titular no la usa hace tres años— usas la cancelación. Identificar el momento correcto evita perder tiempo y la tasa.
Procedimiento¿Cuándo se usa?Para qué sirveMomento
Oposición La marca está publicada en la Gaceta y aún no se registra. Evitar que la solicitud llegue a registrarse. Antes del registro (30 días hábiles).
Nulidad La marca ya está registrada, pero no debió otorgarse (vicio o derecho previo ignorado). Anular un registro indebidamente concedido. Después del registro.
Cancelación La marca está registrada y vigente, pero su titular no la usa o se volvió genérica. Dejar sin efecto un registro, p. ej. por falta de uso (3 años). Después del registro.

Si llegaste tarde a la oposición y la marca ya se registró, no todo está perdido: la nulidad y la cancelación son las vías posteriores. Cada una tiene su propio procedimiento, plazos y tasas ante la Dirección de Signos Distintivos.

Alcance real

Qué consigue y qué no consigue una oposición de marca

Para que no tengas falsas expectativas, esto es lo que realmente puede y no puede hacer una oposición ante la DSD.

Sí consigue

  • Frenar el registro de una marca igual o parecida mientras se resuelve.
  • Defender tu marca registrada, tu solicitud anterior o tu nombre comercial.
  • Hacer valer la protección reforzada de una marca notoriamente conocida.
  • Abrir un procedimiento contradictorio en el que la otra parte debe contestar.
  • Permitir que un titular andino defienda su marca en el Perú (art. 147).
  • Dejar la puerta a una apelación ante la Sala si la DSD te da la razón en contra.

No consigue

  • Atacar una marca ya registrada: para eso son la nulidad o la cancelación.
  • Oponerte fuera de los 30 días hábiles desde la publicación en la Gaceta.
  • Ganar sin prueba: sin acreditar tu derecho previo, suele declararse infundada.
  • Cobrar una indemnización: la oposición decide el registro, no daños y perjuicios.
  • Registrar tu propia marca: eso es un trámite aparte de registro de marca.
  • Devolverte la tasa si te desistes o si tu oposición no prospera.

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

No dejes pasar el plazo. Los 30 días hábiles desde la publicación son improrrogables. Monitorea la Gaceta Electrónica regularmente.

Fundamenta bien tu oposición. Incluye pruebas sólidas de tu derecho previo, como certificados de registro, uso previo documentado o notoriedad de tu marca.

Presenta y monitorea en línea. La oposición se ingresa por la Mesa de Partes Virtual del INDECOPI; guarda el cargo y sigue el avance por número de expediente.

Calcula bien las clases. Si la solicitud cubre varias clases y solo te afecta una, opónte únicamente en esa: la tasa se paga por cada clase opuesta.

Ojo con esto

Errores que otros no te cuentan

Presentar la oposición fuera de plazo. Si pasaron más de 30 días hábiles desde la publicación, tu oposición será rechazada de plano.

No adjuntar pruebas de tu derecho previo. Sin evidencia de que tienes un derecho anterior, tu oposición tendrá menos posibilidades de prosperar.

No pagar por cada clase opuesta. La tasa es por cada clase. Si la marca que impugnas abarca varias clases, debes pagar la tasa por cada una en la que te opones.

Confundir la oposición con la nulidad o la cancelación. La oposición solo sirve mientras la marca está en trámite. Si ya se registró, perdiste la ventana y debes ir por la nulidad o la cancelación, que son otros procedimientos.

Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre la oposición al registro de una marca

¿Qué es una oposición al registro de una marca?

Es el procedimiento por el cual un tercero con interés legítimo pide a la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI que no registre una marca solicitada, normalmente porque es igual o parecida a un signo sobre el que ya tiene derechos previos. Se presenta cuando la marca aún está en trámite, después de su publicación en la Gaceta Electrónica.

¿Cuánto tiempo tengo para oponerme al registro de una marca?

Tienes 30 días hábiles desde la publicación de la solicitud en la Gaceta Electrónica del INDECOPI. Es un plazo improrrogable: si vence, ya no puedes oponerte en este procedimiento (luego solo quedan la nulidad o la cancelación).

¿Quién puede presentar una oposición?

Cualquier persona natural o jurídica con interés legítimo: el titular de una marca registrada o solicitada antes, el titular de un nombre comercial usado en el mercado, o quien invoque una marca notoriamente conocida u otro derecho previo afectado por la nueva solicitud.

¿Cuánto cuesta presentar una oposición de marca?

Se paga una tasa por cada clase de la Clasificación de Niza en la que te opones. El monto está fijado en el TUPA del INDECOPI y se actualiza periódicamente, por lo que conviene confirmarlo en el tarifario vigente antes de pagar en Págalo.pe o Banco de la Nación.

¿Dónde reviso las marcas publicadas para oponerme?

En la Gaceta Electrónica del INDECOPI, donde se publican las solicitudes de marca admitidas a trámite. Revisarla con frecuencia es la única forma de enterarte a tiempo de que alguien solicitó una marca que afecta la tuya.

¿Qué motivos válidos existen para oponerse?

Riesgo de confusión o asociación por similitud gráfica, fonética o conceptual con un signo previo; afectación a una marca notoriamente conocida; existencia de un nombre comercial anterior; mala fe del solicitante; o que el signo incurra en prohibiciones de registro (genérico, descriptivo, engañoso).

¿Qué pasa después de que presento la oposición?

La Dirección de Signos Distintivos admite la oposición y corre traslado al solicitante de la marca para que la conteste en el plazo legal. Luego se evalúan los argumentos y medios probatorios de ambas partes y se emite una resolución que declara fundada o infundada la oposición.

¿Qué es la oposición andina (Decisión 486, art. 147)?

Es la posibilidad de que el titular de una marca registrada o solicitada en otro país de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador) se oponga en el Perú, acreditando su derecho e invocando un interés real para registrar la marca en el país. Está prevista en el artículo 147 de la Decisión 486.

¿Puedo oponerme si mi marca no está registrada, solo la uso?

Sí, en ciertos casos. El titular de un nombre comercial usado en el comercio o de una marca notoriamente conocida puede oponerse aunque no tenga registro, pero debe probar el uso anterior y el alcance de su derecho, lo que exige más esfuerzo probatorio.

¿Puedo retirar mi oposición después de presentarla?

Sí. Puedes desistirte de la oposición en cualquier momento antes de la resolución. El desistimiento no da derecho a que se devuelva la tasa ya pagada.

¿Necesito abogado para presentar una oposición?

No es obligatorio, pero es muy recomendable. La oposición se gana o se pierde por la solidez de los fundamentos legales y de las pruebas, y un especialista en propiedad industrial ayuda a sustentar el riesgo de confusión y el derecho previo.

¿Qué diferencia hay entre oposición, cancelación y nulidad de marca?

La oposición se presenta mientras la marca está en trámite, antes de que se registre. La nulidad ataca un registro ya concedido que no debió otorgarse. La cancelación pide dejar sin efecto un registro vigente, por ejemplo por falta de uso de la marca durante tres años. Son tres procedimientos distintos.

¿Qué pasa si la otra parte gana y mi oposición es infundada?

Si la oposición es declarada infundada, la marca solicitada puede registrarse. Puedes apelar la resolución ante la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal del INDECOPI, que revisa el caso en segunda instancia administrativa.

¿La oposición frena el registro mientras se resuelve?

Sí. Mientras el procedimiento de oposición está en curso, el INDECOPI no concede el registro de la marca solicitada: debe esperar a la resolución que decida si la oposición es fundada o infundada.

Información útil de INDECOPI

Teléfono(01) 224-7777 / 0-800-44040 (provincias)
Gaceta ElectrónicaPublicación de solicitudes de marca
Dirección competenteDirección de Signos Distintivos (DSD)

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