Régimen Excepcional A-III 2026 (DS 003-2026-MTC): saltar a brevete profesional sin antigüedad
Vía alternativa al régimen normal del DS 007-2016-MTC. Sustituye los años de antigüedad por una Constancia de Programa de Entrenamiento GRATUITO de 150 a 180 horas dictado por empresa de transporte autorizada. Vigente del 16-ene-2026 al 16-ene-2028
El Régimen Temporal Excepcional creado por el Decreto Supremo 003-2026-MTC (publicado el 16 de enero de 2026 en El Peruano) abre una vía alternativa al régimen normal del DS 007-2016-MTC para acceder a las categorías profesionales del brevete: A-IIIa (taxi y transporte de personas en autos M1), A-IIIb (transporte público de pasajeros y carga no peligrosa) y A-IIIc (mercancías peligrosas). La sustitución es directa: en lugar de los 2 a 4 años de antigüedad en una licencia inferior que exige el régimen normal, presentás una Constancia del Programa de Entrenamiento en la Conducción, GRATUITO, dictado por una empresa de transporte autorizada y registrada en la DGAT del MTC. El objetivo declarado de la norma es revertir el déficit de conductores formales en el transporte de personas y mercancías.
Esta guía explica todo: quién puede acceder al régimen (licencia clase A vigente con 2 años, sin sanciones graves o muy graves firmes en el año previo, edad mínima por categoría), las horas exigidas de la capacitación (150 horas para A-IIIa y A-IIIb, 180 horas para A-IIIc, más 10 horas obligatorias de pasajero observador en vía pública), quién dicta el programa (empresas de transporte regular registradas en la DGAT, no las escuelas de conductores tradicionales), qué exámenes siguen siendo obligatorios (médico psicosomático, teórico de 40 preguntas con aprobación 36, práctico en pista y vía pública), la diferencia con el régimen normal en formato decision guide (cuándo conviene cada uno), los costos reales (S/250 a S/520 sin contar la capacitación gratuita), dónde tramitar la emisión del brevete (MML para Lima desde el 22 de abril de 2026 por la RM 040-2026-MTC/01.02, Direcciones Regionales en provincias) y los errores frecuentes que invalidan el trámite. El régimen está vigente DOS AÑOS hasta aproximadamente el 16 de enero de 2028: no lo dejes para el final.
Lo esencial del régimen temporal:
NO te exime de exámenes médico, teórico y práctico. El brevete resultante es idéntico al del régimen normal.
