¿Dónde se solicitan las garantías personales?
En la Gobernación Distrital (Subprefectura) de tu distrito, no en la comisaría. El Gobernador Distrital es la autoridad competente según el D.S. 003-2021-IN. La PNP asiste con la notificación y el seguimiento, pero no las otorga.
¿Cuál es la diferencia entre garantías personales y medidas de protección?
Las garantías personales son administrativas (gobernador distrital) para amenazas generales sin vínculo familiar. Las medidas de protección son judiciales (juez de familia, Ley 30364) para violencia familiar, se emiten en máximo 72 horas y pueden incluir retiro del agresor e impedimento de acercamiento.
¿Cuánto duran las garantías personales?
Vigencia indefinida. Se mantienen mientras subsista la situación de riesgo. Si la amenaza desaparece, pierden efecto. Si las amenazas se reanudan, pueden renovarse.
¿Qué pasa si el agresor incumple las garantías?
Comete el delito de desobediencia a la autoridad (Código Penal). Puedes denunciarlo penalmente. Las garantías previas sirven como prueba documentada del riesgo y del patrón de conducta del agresor.
¿Tiene algún costo solicitar garantías personales?
Gratis. No hay tasa ni pago. Solo necesitas Formulario T-13, DNI y evidencias. Si algún funcionario te cobra, denuncia ante la Defensoría del Pueblo.
¿Puedo solicitar garantías si es un caso de violencia familiar?
No. La vía correcta es la denuncia bajo Ley 30364, que otorga medidas de protección judiciales más fuertes en 72 horas. Las garantías personales aplican para amenazas entre personas sin vínculo familiar (vecinos, conocidos, compañeros).
¿Las garantías personales generan orden de restricción?
No. Son un registro administrativo del riesgo. Para una orden de restricción (impedimento de acercamiento) necesitas una medida de protección judicial vía Ley 30364 o una orden del juez penal.
¿Qué evidencia necesito para solicitar garantías?
Capturas de WhatsApp/SMS con amenazas, audios, videos, correos, fotos, datos de testigos (nombre, DNI, teléfono), certificados médicos si hubo agresión previa, y denuncias policiales anteriores.
¿Puedo apelar si me deniegan las garantías?
Sí. La resolución del gobernador distrital puede impugnarse. Eleva tu caso a la Subprefectura Provincial o Prefectura Regional para revisión.
¿Qué ley regula las garantías personales?
El D.S. 003-2021-IN (Decreto Supremo del Ministerio del Interior). El art. 377 del Código Penal sanciona con 2 a 5 años de prisión a funcionarios que omitan o demoren la atención de estas solicitudes.