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Autorización y concesión de acuicultura Perú 2026: categorías AREL 10 t, AMYPE hasta 1,210 t Pectinidae, AMYGE

Umbrales actualizados por DS 015-2024-PRODUCE (19-oct-2024) · GORE-DIREPRO para AREL/AMYPE · PRODUCE-DGA para AMYGE · ANA licencia de agua gratis · SANIPES habilitación sanitaria S/1,338.20-S/1,934.80

PresencialEmpezar ahora

La Ley General de Acuicultura — DLeg 1195 (30-ago-2015) y su Reglamento DS 003-2016-PRODUCE son la base del sistema. Lo que cambió todo en 2024: el DS 015-2024-PRODUCE (19-oct-2024) actualizó los umbrales productivos que muchas guías y blogs aún citan mal.

Umbrales VIGENTES 2026 (no los antiguos 3.5 t): AREL hasta 10 toneladas brutas/año · AMYPE general 10–150 t/año, con excepción Pectinidae (concha de abanico) hasta 1,210 t · AMYGE >150 t (>1,210 t Pectinidae). Por terminología legal: autorización en predios privados o continentales; concesión en áreas acuáticas de dominio público (mar, eriazos). "Licencia" es uso coloquial — la norma habla de autorización o concesión.

Autoridades por categoría: AREL y AMYPE → Gobierno Regional vía DIREPRO. AMYGE → PRODUCE — Dirección General de Acuicultura (DGA). Requisitos transversales: ANA (licencia uso agua, gratis, 15 días háb) + SANIPES (habilitación sanitaria S/1,338.20–S/1,934.80, 18 días háb) + certificación ambiental (DIA o EIA-sd según categoría, DS 012-2019-PRODUCE) + inscripción en el Catastro Acuícola Nacional (catastroacuicola.produce.gob.pe). Esta guía, verificada al 17-jun-2026 contra El Peruano + RNIA-PRODUCE + SANIPES + ANA + SENACE, te muestra la tabla actualizada, el paso a paso y los requisitos por especie (tilapia con plan de manejo RM 040-2019-PRODUCE solo en 5 deptos; veda camarón río 3-ene a 31-mar-2026).

Última actualización17 de junio de 2026
Entidad responsablePRODUCE
Marco vigenteDLeg 1195 + DS 003-2016-PRODUCE + DS 015-2024-PRODUCE (umbrales nuevos) + Ley 31666
Guía informativa independiente. No somos PRODUCE, SANIPES ni ANA. Las fuentes oficiales (gob.pe/produce, gob.pe/sanipes, gob.pe/ana, rnia.produce.gob.pe) están listadas en la sección canales.
CostoAREL exonerada · AMYPE/AMYGE variable
Tiempo1-18 meses según categoría
ModalidadPresencial + virtual
🚨 Cambio normativo crítico oct-2024

Categorías productivas actualizadas por DS 015-2024-PRODUCE

Los umbrales antiguos (AREL hasta 3.5 t, AMYPE hasta 150 t) fueron derogados el 19-oct-2024. Muchas guías informales aún citan los anteriores. Los umbrales vigentes:

CategoríaProducción anual (toneladas brutas)Autoridad competenteCert. ambiental
AREL — Acuicultura de Recursos LimitadosHasta 10 t (era 3.5 t)GORE vía DIREPRONO requiere (residuos según norma general)
AMYPE general — Micro y Pequeña Empresa10 a 150 tGORE vía DIREPRODIA (Cat. I SEIA)
AMYPE Pectinidae (concha de abanico)Hasta 1,210 t (excepción nueva)GORE vía DIREPRODIA (Cat. I SEIA)
AMYGE — Mediana y Gran Empresa>150 t · >1,210 t PectinidaePRODUCE — Dirección General de Acuicultura (DGA)EIA-sd (Cat. II SEIA)
Por qué cambió en 2024
El umbral antiguo de 3.5 t (de 2015) dejaba a muchos pequeños productores artesanales sin posibilidad de autorización simplificada AREL. El DS 015-2024-PRODUCE (19-oct-2024) amplió el rango para promover formalización. La excepción Pectinidae 1,210 t reconoce la realidad productiva de Sechura/Pisco donde la concha de abanico tiene rendimientos altos. Base: modifica art. 10 del Reglamento DS 003-2016-PRODUCE.
Terminología legal

Autorización vs concesión: cuál corresponde a tu proyecto

La Ley General de Acuicultura distingue dos figuras: autorización y concesión. El término "licencia" es coloquial — no aparece como tal en la norma. Conviene usar el correcto para evitar trámite rechazado.

📄 Autorización

Aplica cuando el ambiente acuático es de propiedad privada o cuando se trata de aguas continentales (ríos, lagos, lagunas) bajo categorías AREL/AMYPE. También para AMYGE en predio privado. La emite el GORE (AREL/AMYPE) o PRODUCE-DGA (AMYGE).

🌊 Concesión

Aplica cuando el cultivo se desarrolla en áreas acuáticas de dominio público (mar, eriazos, bordes lacustres, ríos en cierto tramo). Vigencia: hasta 30 años renovables. La emite PRODUCE-DGA. Implica el uso exclusivo del área por el tiempo de la concesión.

💡 Vigencia distinta

Autorización: según el plazo definido en la resolución (típicamente 5-25 años según escala). Concesión: hasta 30 años renovables. Ambas pueden ser revocadas por incumplimiento técnico, ambiental o sanitario.

🚫 Excepción AREL — exonerada

Por DS 002-2020-PRODUCE, AREL está exonerada del pago de derechos acuícolas. El trámite ante el GORE es gratuito en el componente acuícola (aún así puede haber pagos a SANIPES si comercializa o a ANA por la licencia de agua).

Categoría AREL

AREL — Acuicultura de Recursos Limitados (hasta 10 t)

📏 Umbral 2026

Hasta 10 toneladas brutas/año (DS 015-2024-PRODUCE). Antes era 3.5 t. Aplica también a centros de producción de semillas y especies ornamentales de pequeña escala.

🏛️ Autoridad

Gobierno Regional donde está el predio, vía Dirección Regional de Producción (DIREPRO). Mesa de partes regional. Cada GORE tiene su propio TUPA con plazos y formatos.

🌱 Certificación ambiental

NO requiere certificación ambiental (DS 012-2019-PRODUCE). Solo cumplir normativa sectorial general de residuos sólidos y efluentes. Esto la hace la categoría más ágil para formalizar.

💧 ANA — Licencia de agua

SÍ requiere licencia de uso de agua categoría productivo-acuícola (Ley 29338 art. 43). Trámite GRATUITO (TUPA 39 ANA) en 15 días hábiles. URL: gob.pe/55140.

💰 Costo PRODUCE/GORE

AREL exonerada de derechos acuícolas (DS 002-2020-PRODUCE). Verifica el TUPA del GORE de tu región: típicamente exonerado o tarifa simbólica.

🧾 Requisitos típicos

DNI (puede ser persona natural sin RUC si no comercializa formalmente), descripción técnica de la actividad, plano de ubicación, conformidad con uso del suelo, declaración jurada de cumplimiento ambiental y sanitario.

Categoría AMYPE

AMYPE — Micro y Pequeña Empresa (10-150 t · Pectinidae hasta 1,210 t)

📏 Umbral 2026

General: 10 a 150 toneladas brutas/año. Excepción para Pectinidae (concha de abanico): hasta 1,210 t/año. La excepción reconoce la realidad productiva de Sechura/Pisco.

🏛️ Autoridad

Gobierno Regional vía DIREPRO. Igual que AREL pero con trámite más complejo: incluye Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

🌱 DIA (Categoría I SEIA)

Requiere Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aprobada por el GORE. Es la categoría más leve del SEIA. Estudio relativamente sencillo realizado por consultor registrado en MINAM. Base: DS 012-2019-PRODUCE + Ley 27446 + DS 019-2009-MINAM (mod. DS 004-2024-MINAM).

💧 ANA

Licencia de uso de agua (TUPA 39 ANA) GRATIS, 15 días hábiles. Si tu cultivo usa agua de avenida/lluvia: permiso en lugar de licencia (gob.pe/55144).

🏥 SANIPES

Habilitación sanitaria del centro de cultivo (TUPA 13 SANIPES). Costo: S/1,338.20 (menor escala) o ~S/1,790.14 (AMYPE diferenciado). Plazo 18 días hábiles. Si vas a comercializar formalmente o exportar: obligatorio.

🧾 Requisitos típicos

RUC obligatorio. Memoria descriptiva del proyecto, plano georreferenciado, DIA aprobada, licencia ANA, conformidad de uso del suelo, plan de manejo ambiental, programa de monitoreo, declaración jurada de cumplimiento de sanidad.

Categoría AMYGE

AMYGE — Mediana y Gran Empresa (+150 t · +1,210 t Pectinidae)

📏 Umbral 2026

Más de 150 t/año (general) o más de 1,210 t/año Pectinidae. Aplica también a la introducción de especies exóticas, sin importar volumen.

🏛️ Autoridad

PRODUCE — Dirección General de Acuicultura (DGA). Trámite directamente con el ministerio en Lima. La DGA evalúa el expediente técnico, ambiental y financiero. Contacto: (01) 616-2222 anexo 4260.

🌱 EIA-sd (Categoría II SEIA)

Requiere Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado, aprobado por PRODUCE-DGAAMPA (Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesca y Acuicultura). En proyectos de gran magnitud puede gatillarse EIA-d (Cat. III). Base: DS 012-2019-PRODUCE + DS 013-2025-PRODUCE.

🌊 Si va en mar/dominio público: CONCESIÓN

Tu derecho es concesión (no autorización), vigencia hasta 30 años renovables. El expediente incluye estudios técnicos, EIA-sd, plan de manejo, opinión vinculante de la Marina, ANA, DICAPI (si es mar).

💰 Ley 31666 beneficios tributarios

La Ley 31666 (31-dic-2022) "Promoción y Fortalecimiento de Acuicultura" otorga beneficios tributarios escalonados, fondo de garantía, IR diferenciado. Aplica a empresas formales en cualquier categoría, especialmente útil para AMYGE.

🧾 Requisitos extra

Persona jurídica con RUC activa, EIA-sd aprobado, opinión vinculante de la Marina (si es mar), ANA, plan de inversiones, capacidad financiera, plan de manejo del recurso, programa de bioseguridad. Plazo de evaluación: variable según complejidad.

Certificación ambiental — DS 012-2019-PRODUCE

Estudios ambientales por categoría

Reglamento vigente: DS 012-2019-PRODUCE (no "DS 012-2022"), modificado por DS 013-2025-PRODUCE y complementado por DS 017-2022-PRODUCE (participación ciudadana). Base SEIA: Ley 27446 + DS 019-2009-MINAM mod. DS 004-2024-MINAM.

InstrumentoCategoría SEIAAplica aAprueba
Sin certificaciónARELSolo cumplir normativa sectorial residuos y efluentes
DIA — Declaración de Impacto AmbientalCat. I (impactos leves)AMYPEGobierno Regional
EIA-sd — EIA SemidetalladoCat. II (moderados)AMYGE (regla general)PRODUCE — DGAAMPA
EIA-d — EIA DetalladoCat. III (significativos)Proyectos AMYGE de gran magnitud o introducción de especies con riesgoPRODUCE — DGAAMPA (regla general). SENACE solo si entra al listado de competencia nacional (excepcional en acuicultura)
Recurso hídrico

ANA: licencia de uso de agua para acuicultura (gratis, 15 días hábiles)

Base: Ley 29338 (Ley de Recursos Hídricos) art. 43 reconoce el uso productivo acuícola. Reglamento DS 001-2010-AG mod. DS 012-2018-MINAGRI y DS 009-2021-MIDAGRI.

📄 Licencia de uso

Para operación permanente (cultivo continuo). Plazo: indeterminado (art. 47 Ley 29338). Aplica a AREL y AMYPE. Trámite GRATUITO (procedimiento TUPA 39 ANA 2025), 15 días hábiles, silencio administrativo negativo. Resuelve la ALA (Administración Local del Agua). URL: gob.pe/55140.

⚡ Permiso de uso

Para uso eventual con agua de avenida/lluvia. No es licencia permanente. URL: gob.pe/55144. Útil para cultivos estacionales.

🛠️ Autorización de uso

Para fase previa (estudios, ejecución de obras hidráulicas). Plazo máximo 2 años (prorrogable 1 vez). Arts. 62-63 Ley 29338. NO es para cultivo operativo.

🏛️ Canales ANA

Sede: Calle Diecisiete 355, Urb. El Palomar, San Isidro. Central: (01) 513-7130 / 513-7160. L-V 8:00-16:30. Mesa de partes virtual 24/7. ALA por cuenca hidrográfica para tu trámite local.

📑 Requisitos

Solicitud con datos del titular y predio, plano georreferenciado del punto de captación, memoria descriptiva del sistema de uso, plan de manejo, conformidad con uso del suelo, evaluación técnica de la cuenca.

⚠️ Silencio negativo

Si ANA no responde en 15 d háb: se entiende denegado. No hay aprobación automática. Si pasa el plazo: consulta seguimiento o presenta queja administrativa.

Sanidad y comercialización

SANIPES: habilitación sanitaria y certificado de exportación

Base: Ley 30063 (creación SANIPES, 10-jul-2013) + DLeg 1402 + Reglamento DS 010-2019-PRODUCE (vigente, deroga DS 012-2013-PRODUCE) + DS 040-2001-PE (Norma Sanitaria Pesquera y Acuícola).

🏥 TUPA 13 — Habilitación sanitaria centro de cultivo

Obligatorio para comercializar o exportar. Emisión o ampliación de protocolo técnico que acredita que tu infraestructura cumple Reglamento Sanitario. Costo: menor escala S/1,338.20 · mayor escala S/1,934.80 · AMYPE diferenciado ~S/1,790.14 (34.76% UIT). Plazo: 18 días hábiles. URL: sanipes.gob.pe/tupa/tupa__13.php.

📤 TUPA 30 — Certificado oficial sanitario exportación

Para exportación de productos pesqueros y acuícolas. Gratuito. Plazo: 3 días hábiles. Vía VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior); para UE adicionalmente vía TRACES. Solicitud al menos 4 días antes del zarpe.

📋 Registro sanitario

Productos acuícolas para venta nacional formal/cadenas: registro sanitario obligatorio. Incluye productos veterinarios y alimentos balanceados de uso acuícola.

🔁 Trazabilidad

Obligatoria bajo el Reglamento de Fiscalización Sanitaria. Operadores deben sustentar trazabilidad con guías de remisión, registros de entrega, uso de antibióticos/medicamentos veterinarios.

🏛️ Sede SANIPES

Sede central Callao: Av. Carretera a Ventanilla Km 5.2. Central (01) 577-0019 / 577-2032. Atención al ciudadano Lince: (01) 743-8222. Sede administrativa Surquillo: Domingo Orué 165 piso 7 · (01) 213-8570. L-V 8:00-17:00.

🏁 Para vender en mercados/supermercados

Necesitas: habilitación sanitaria (TUPA 13) + registro del producto + trazabilidad documentada. Sin esto, los mercados formales (supermercados, restaurantes con cadena) no pueden comprarte. Es la barrera más alta del proceso de formalización.

Qué cultivar

Especies aprobadas y restricciones zonales

Fuentes: RNIA-PRODUCE + Manual de Trucha (2022) + Manual de Lenguado + Manual de Cultivo IMARPE. No existe lista positiva única — la autorización va por especie y zona evaluada caso por caso.

🐠 Maricultura (mar)

Concha de abanico (Argopecten purpuratus) — Sechura, Ancash, Pisco (44% nacional). Langostino blanco (Litopenaeus vannamei) — Tumbes (32%). Ostras escala menor. Lenguado (Paralichthys adspersus) — FONDEPES inició 1997. Corvina (Cilus gilberti) en desarrollo.

🐟 Continental — Trucha

Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) — principal continental (44% cosecha nacional). Cultivo en sierra entre 2,300 y 4,600 msnm según Manual de Trucha PRODUCE 2022. Junín, Puno, Pasco, Huancavelica son principales.

🐡 Especies amazónicas

Paiche (Arapaima gigas), gamitana (Colossoma macropomum), paco (Piaractus brachypomus), boquichico, sábalo — Loreto, Ucayali, San Martín, Madre de Dios.

🚫 Tilapia en Amazonía — restricción zonal

Base: DS 002-91-PE (10-oct-1991) restringe tilapia en ambientes naturales amazónicos. La RM 040-2019-PRODUCE habilita Plan de Manejo en ambientes ARTIFICIALES solo en Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Junín y San Martín. La RM 277-99-PE regula la costa (Piura, Lambayeque, La Libertad). En Loreto, Ucayali, Madre de Dios: no procede.

🦐 Camarón de río — Veda 2026

Cultivo de Cryphiops caementarius permitido y promovido para repoblamiento. Veda reproductiva vigente: 3-ene a 31-mar-2026 (RM 429-2025-PRODUCE) aplica a Cryphiops y Macrobrachium spp. en cuerpos de agua públicos vertiente occidental. La veda restringe pesca/extracción, no el cultivo en estanques.

🐠 Tilapia fuera de Amazonía

Tilapia (Oreochromis spp.) SÍ permitida en costa norte y centro (Piura, Lambayeque, La Libertad). 2% de la cosecha nacional 2022.

Cómo se tramita

Paso a paso del trámite (caso AMYPE típico)

  1. 1

    Define tu categoría según producción anual

    Usa la tabla actualizada DS 015-2024: AREL hasta 10 t (GORE, sin certificación ambiental), AMYPE 10-150 t (GORE + DIA), AMYPE Pectinidae hasta 1,210 t, AMYGE +150 t (PRODUCE-DGA + EIA-sd).

  2. 2

    Asegura RUC y persona jurídica si aplica

    AREL: persona natural sin RUC formal puede aplicar. AMYPE/AMYGE: RUC obligatorio y normalmente persona jurídica (SAC, EIRL).

  3. 3

    Tramita la licencia de uso de agua ANA

    Antes de pedir autorización acuícola: licencia ANA (gob.pe/55140). Gratuito, 15 días hábiles. Sin esto, el GORE/PRODUCE rechaza el expediente.

  4. 4

    Obtén la certificación ambiental (si aplica)

    AMYPE: DIA con consultor MINAM. Aprueba el GORE. AMYGE: EIA-sd con consultor MINAM. Aprueba PRODUCE-DGAAMPA. AREL: no requiere.

  5. 5

    Tramita autorización/concesión acuícola

    AREL/AMYPE: mesa de partes del GORE-DIREPRO. AMYGE: PRODUCE-DGA en Lima. Si va en mar/dominio público: concesión (vigencia hasta 30 años). Si va en predio privado: autorización.

  6. 6

    Inscríbete en el Catastro Acuícola Nacional

    Una vez aprobada tu autorización/concesión: inscripción georreferenciada en catastroacuicola.produce.gob.pe + gob.pe/7700. Te da georreferencia oficial.

  7. 7

    Tramita habilitación sanitaria SANIPES

    Si vas a comercializar o exportar: TUPA 13 SANIPES. Costo S/1,338.20-1,934.80, plazo 18 días hábiles. Sin esto no puedes vender a supermercados, cadenas o exportar.

  8. 8

    Inicia la operación bajo trazabilidad

    Lleva registros de uso de antibióticos, alimento balanceado, mortalidad, biomasa. SANIPES exige trazabilidad documentada. Reportes anuales al PRODUCE/GORE de producción y cosechas.

Cronología típica

Timeline AMYPE: desde idea hasta primera cosecha vendida

Ejemplo: piscicultor con 30 t/año (truchas) en Junín. Tiempos reales del proceso.

  1. Mes 0Idea
    Define proyecto y categoría

    Identificas: especie (trucha), volumen (30 t/año → AMYPE), zona (Junín, GORE-DIREPRO). Cotizas terreno y agua.

  2. Mes 1-2DIA
    Contratas consultor para DIA

    Consultor inscrito en MINAM. Estudio + visita técnica. Documento final entregado al GORE para evaluación. Costo: variable según consultor.

  3. Mes 2-3ANA
    Licencia ANA

    Solicitud gob.pe/55140. Gratis. 15 días hábiles, silencio negativo. ALA evalúa cuenca y otorga.

  4. Mes 3-5GORE
    Autorización GORE-DIREPRO

    Mesa de partes regional. Expediente: DIA aprobada + licencia ANA + plano + RUC + memoria descriptiva. Evaluación técnica de DIREPRO. Plazo TUPA regional (varía).

  5. Mes 5Catastro
    Inscripción en Catastro Acuícola

    Resolución de autorización se inscribe automáticamente en catastroacuicola.produce.gob.pe. Te da código + georreferencia oficial.

  6. Mes 5-6SANIPES
    Habilitación sanitaria SANIPES

    TUPA 13. Costo ~S/1,790 (AMYPE). Plazo 18 días hábiles. Visita técnica de inspectores. Emite protocolo técnico habilitante.

  7. Mes 6-12Cultivo
    Siembra + crecimiento

    Trucha arcoíris: ~6-12 meses para cosecha comercial (300-500 g/ejemplar). Lleva registros sanitarios + biomasa + mortalidad.

  8. Mes 12Venta
    Primera cosecha + comercialización

    Vendes a mercados regionales, supermercados de Lima, o exportas. Documenta cada lote con trazabilidad. Reporta cosecha al GORE y PRODUCE.

Situaciones reales 2026

8 casos prácticos verificados

🐟 Caso 1 — Truchero artesanal Junín (AREL)

Don Roberto produce 8 t/año de trucha en Concepción, Junín. Categoría AREL (≤10 t). Trámite: GORE Junín-DIREPRO, exonerado de derechos acuícolas, sin certificación ambiental. Solo licencia ANA + autorización GORE. Tiempo total: 1-3 meses.

🦞 Caso 2 — Concha de abanico Sechura (AMYPE Pectinidae)

Empresa cultiva 900 t/año de concha de abanico en Sechura. Antes de DS 015-2024 era AMYGE forzado. Ahora califica como AMYPE Pectinidae (≤1,210 t) — trámite vía GORE Piura. Ahorro de meses de trámite + DIA en lugar de EIA-sd.

🦐 Caso 3 — Langostino Tumbes (AMYGE)

Empresa produce 800 t/año de langostino blanco en Tumbes. AMYGE. Trámite ante PRODUCE-DGA con EIA-sd aprobado por DGAAMPA. Concesión marina hasta 30 años. SANIPES habilitación sanitaria mayor escala (S/1,934.80). Exporta a USA, China.

🐠 Caso 4 — Paiche Loreto (AMYPE)

Empresa amazónica con piscina de tierra, 50 t/año de paiche. AMYPE. GORE Loreto + DIA. ANA licencia uso de agua. SANIPES TUPA 13. Mercado: restaurantes gourmet de Lima.

🚫 Caso 5 — Tilapia en Loreto: rechazado

Productor intenta cultivar tilapia en Iquitos. Loreto NO está en la lista de la RM 040-2019-PRODUCE (Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Junín, San Martín). Solicitud rechazada. Productor debe cambiar especie (paiche, gamitana, paco) o relocalizar a uno de los 5 departamentos del plan de manejo.

🦐 Caso 6 — Camarón de río Arequipa (AMYPE)

Cultivo en estanques de Cryphiops caementarius en Camaná, Arequipa. Permitido. La veda 3-ene a 31-mar-2026 (RM 429-2025-PRODUCE) aplica a pesca extractiva en cuerpos públicos, no al cultivo en estanque controlado.

🛂 Caso 7 — Exportación de langostino a UE

Empresa de Tumbes quiere exportar a España. Pasos: (1) habilitación sanitaria SANIPES TUPA 13 vigente, (2) certificado oficial sanitario TUPA 30 (gratis, 3 d háb) vía VUCE, (3) registro vía sistema TRACES de la UE. Solicitud al menos 4 días antes del zarpe.

⏳ Caso 8 — Beneficios Ley 31666

Empresa AMYGE formal accede a beneficios Ley 31666 (2022): IR diferenciado escalonado, fondo de garantía, depreciación acelerada de inversiones acuícolas. Aplica a empresas formales en cualquier categoría, especialmente útil para AMYGE en sus primeros años.

Lo que rechaza tu solicitud

8 errores comunes

Usar umbrales antiguos (3.5 t para AREL)

El DS 015-2024-PRODUCE actualizó a 10 t el 19-oct-2024. Blogs y guías antiguas siguen citando 3.5 t. Si presentas expediente con esa cifra: el GORE puede observar o derivar como AMYPE cuando podrías calificar como AREL.

Olvidar la excepción Pectinidae 1,210 t

Cultivadores de concha de abanico (Sechura, Pisco) entre 150 y 1,210 t aún califican como AMYPE (no AMYGE como antes). Tramitar como AMYGE sería más caro y largo sin necesidad.

Cultivar tilapia fuera de los 5 deptos del Plan de Manejo

RM 040-2019-PRODUCE permite tilapia en ambientes ARTIFICIALES solo en Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Junín y San Martín. En Loreto, Ucayali, Madre de Dios o ambientes naturales amazónicos: rechazo automático.

Saltarse la licencia ANA

Sin licencia de uso de agua, el GORE/PRODUCE rechaza el expediente. Es paso previo obligatorio. Trámite gratuito, 15 d hab, gob.pe/55140. Hazlo en paralelo con la DIA para ahorrar tiempo.

Pensar que AREL no necesita ANA

AREL no requiere certificación ambiental, pero SÍ necesita licencia ANA si usa agua para cultivo (Ley 29338). Trámite también gratuito y rápido.

Citar "DS 012-2022-PRODUCE" como base ambiental

No existe. El reglamento ambiental vigente es DS 012-2019-PRODUCE modificado por DS 013-2025-PRODUCE. Usar el número incorrecto puede llevar a observaciones del expediente.

Comercializar sin habilitación SANIPES

Vender a supermercados, cadenas o exportar sin habilitación SANIPES TUPA 13 = decomiso + sanción. Costo S/1,338.20-1,934.80, plazo 18 d hab. Es trámite no opcional para canal formal.

Confundir Ley 27460 con vigente

La Ley 27460 (2001) está casi totalmente derogada por DLeg 1195. Solo sobreviven arts. 5.2, 28 y 29. La ley vigente es DLeg 1195 + Reglamento DS 003-2016-PRODUCE con sus modificatorias.

Contactos oficiales

Canales 2026 verificados

EntidadPara quéDatos
PRODUCE — DGAAutorización/concesión AMYGE + Catastro(01) 616-2222 anexo 4260 · [email protected] · Calle Uno Oeste 060, San Isidro
RNIA — Red Nacional Info AcuícolaInformación sectorial + manualesrnia.produce.gob.pe
Catastro Acuícola NacionalBúsqueda de concesiones/autorizaciones georreferenciadascatastroacuicola.produce.gob.pe + gob.pe/7700
GORE-DIREPROAutorización AREL/AMYPEMesa de partes regional de tu departamento (Junín, Puno, Tumbes, etc.)
ANALicencia uso de agua acuícola(01) 513-7130 / 513-7160 · Calle Diecisiete 355, San Isidro · L-V 8:00-16:30 · gob.pe/55140
SANIPES CallaoHabilitación sanitariaAv. Carretera a Ventanilla Km 5.2 · (01) 577-0019 / 577-2032
SANIPES LinceAtención al ciudadano(01) 743-8222 · [email protected]
SENACEEIA de competencia nacional (excepcional en acuicultura)gob.pe/senace
VUCECertificado sanitario exportaciónvuce.gob.pe
IMARPEVedas, manuales técnicos, investigacióngob.pe/imarpe
FONDEPESApoyo a pequeños productores acuícolasgob.pe/fondepes
Términos clave

Glosario acuicultura

🐟 Acuicultura

Cultivo controlado de organismos acuáticos (peces, moluscos, crustáceos, algas) en ambientes marinos, estuarinos o continentales.

📏 AREL

Acuicultura de Recursos Limitados. Hasta 10 t brutas/año (DS 015-2024-PRODUCE). Autorización GORE-DIREPRO. Sin certificación ambiental ni derechos acuícolas.

📏 AMYPE

Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa. 10-150 t/año (general) o hasta 1,210 t/año Pectinidae. Autorización GORE-DIREPRO + DIA.

📏 AMYGE

Acuicultura de Mediana y Gran Empresa. +150 t/año (o +1,210 t Pectinidae). Autorización/concesión PRODUCE-DGA + EIA-sd.

🦞 Pectinidae

Familia que incluye la concha de abanico (Argopecten purpuratus). DS 015-2024-PRODUCE creó excepción de umbral 1,210 t reconociendo realidad productiva Sechura/Pisco.

🏛️ DIREPRO

Dirección Regional de Producción. Brazo regional del PRODUCE. Tramita autorizaciones AREL y AMYPE.

🏛️ DGA

Dirección General de Acuicultura del PRODUCE. Autoridad nacional para AMYGE. Antes se llamaba DGAAMPA y otras siglas en distintos momentos.

🏛️ DGAAMPA

Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesca y Acuicultura. Aprueba EIA-sd y EIA-d en acuicultura. Mantiene esta sigla para el componente ambiental.

📑 DIA

Declaración de Impacto Ambiental. Categoría I del SEIA. Aplica a AMYPE. Aprueba GORE.

📑 EIA-sd

Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado. Categoría II SEIA. Aplica a AMYGE. Aprueba PRODUCE-DGAAMPA.

🌊 RNIA

Red Nacional de Información Acuícola. Plataforma informativa de PRODUCE: rnia.produce.gob.pe. NO es registro habilitante (eso es el Catastro).

🗺️ Catastro Acuícola Nacional

Registro georreferenciado de concesiones y autorizaciones vigentes. catastroacuicola.produce.gob.pe + gob.pe/7700.

🏥 SANIPES

Organismo Nacional de Sanidad Pesquera. Habilitación sanitaria + certificación de exportación + trazabilidad.

💧 ANA

Autoridad Nacional del Agua. Otorga licencia/autorización/permiso de uso de agua para acuicultura (Ley 29338).

Antes de empezar

¿Qué tipo de licencia acuícola necesitas? Elige tu caso 2026

El DL 1195 clasifica la acuicultura en 3 escalas: AREL, AMYPE y AMYGE. Cada una tiene requisitos, autoridad y costos distintos.

3 escalas DL 1195

AREL vs AMYPE vs AMYGE — clasificación acuicultura PRODUCE 2026 con costos y autoridad

El DL 1195 (Ley General de Acuicultura) clasifica las actividades en 3 escalas según producción anual y área. Cada escala tiene requisitos, autoridad competente y costos distintos.

CriterioAREL (Recursos Limitados)AMYPE (Micro y Pequeña Empresa)AMYGE (Mediana y Gran Empresa)
Producción anualHasta 3.5 TM/año3.5 - 150 TM/año+150 TM/año
Área concesiónHasta 1.5 hectáreas1.5 - 50 hectáreas+50 hectáreas
VocaciónAutosostenimiento familiarComercial pequeña-medianaIndustrial / exportación
Autoridad competenteDIREPRO regionalDIREPRO regionalDGAAMPA Lima
Estudio ambientalDeclaración Jurada de Adecuación Ambiental (DJAA)Declaración de Impacto Ambiental (DIA)EIA semi-detallado o detallado
Costo TUPA licenciaS/200-500S/2,500-8,000S/8,000-25,000
Costo estudio ambientalGratis (DJAA)S/8,000-25,000 (DIA)S/35,000-80,000 (EIA-sd)
Inversión TOTAL trámites~S/3,000-8,000~S/15,000-50,000~S/60,000-150,000+
Concesión vigencia30 años renovables30 años renovables30 años renovables
Plazo legal autorización30 días hábiles30 días hábiles30-60 días hábiles
FiscalizaciónAnual ligeraAnual ordinariaSemestral + revisión cada 5 años
Acceso a Fondo Crecer COFIDEVía COOPACs ruralesVía bancos y cajasVía bancos comerciales

Cómo elegir tu escala: empezar como AREL es ideal para pruebas piloto familiares (S/3-8k inversión total). AMYPE es la escala más común para emprendimientos comerciales pequeños-medianos (S/15-50k, recuperación 6-18 meses). AMYGE es para inversionistas con escala industrial y vocación exportadora (S/60-150k+ trámites + millones en operación). Importante: elige bien desde el inicio — escalar de AREL a AMYPE requiere tramitar nueva licencia. Si proyectas crecer en 1-2 años: tramita directamente AMYPE.

Especies 2026

Especies acuícolas autorizadas en Perú 2026 — por región y rentabilidad

Las 6 especies acuícolas con mayor producción comercial en Perú 2026. Cada una tiene zona óptima, ciclo productivo y rentabilidad distinta.

Especie 1 · Trucha arcoíris

Trucha (Oncorhynchus mykiss)

Zonas: Puno (Lago Titicaca, +60% producción nacional), Junín (lagunas alturas), Cusco, Cajamarca. Agua dulce fría 10-18°C. Ciclo: 8-12 meses. Precio 2026: S/14-22/kg productor. Mercados: nacional + exportación Brasil/Bolivia. Producción nacional 2025: ~70,000 TM. Compatible AREL/AMYPE/AMYGE.

Especie 2 · Langostino blanco

Langostino (Litopenaeus vannamei)

Zonas: Tumbes (líder, ~85% producción), Piura. Agua salobre estanques costeros. Ciclo: 4-6 meses. Precio 2026: US$5-9/kg exportación. Mercados: EE.UU., Europa, Asia. Producción 2025: ~65,000 TM. Mayoritariamente AMYGE (escala industrial). Tecnología intensiva.

Especie 3 · Concha de abanico

Concha de abanico (Argopecten purpuratus)

Zonas: Pisco-Bahía Independencia, Sechura-Piura. Bahías marinas con corrientes Humboldt. Ciclo: 12-18 meses. Precio 2026: US$8-14/kg congelado exportación. Mercados: Francia, EE.UU. Producción 2025: ~22,000 TM. AMYPE/AMYGE.

Especie 4 · Tilapia

Tilapia (Oreochromis spp.)

Zonas: San Martín, Ucayali, Loreto, Piura. Agua dulce cálida 24-30°C. Ciclo: 6-8 meses. Precio 2026: S/8-12/kg productor. Mercados: nacional principalmente, exportación a Colombia. Producción 2025: ~5,500 TM. AREL/AMYPE familiares.

Especie 5 · Paiche

Paiche (Arapaima gigas)

Zonas: Loreto, Ucayali, Madre de Dios. Especie amazónica nativa. Ciclo: 18-24 meses. Precio 2026: S/22-35/kg filete. Mercados: nacional gourmet + exportación creciente. Producción 2025: ~1,200 TM. AMYPE con potencial AMYGE. Requiere autorización de origen genético.

Especie 6 · Otras

Pejerrey + nativas Amazonía

Pejerrey (Odontesthes regia): Junín-Lago Junín. Producción ~300 TM/año. Gamitana, boquichico, paco: especies amazónicas en expansión. Loreto, San Martín, Ucayali. Ciclos cortos 6-10 meses. Precios S/12-18/kg. Mercados regionales con potencial nacional.

Documentos verificados

7 requisitos verificados 2026 para Licencia de Acuicultura PRODUCE

Documentación completa exigida por DS 003-2016-PRODUCE según escala (AREL/AMYPE/AMYGE).

Requisito 1 · Identificación

RUC activo + DNI representante legal

Empresa con RUC activo en SUNAT o persona natural con DNI vigente. Para sociedades: vigencia de poder del representante legal SUNARP (≤30 días). Acta de Junta de Accionistas autorizando la operación acuícola.

Requisito 2 · Concesión

Concesión del área acuática

Documento previo y obligatorio. Otorgado por DIREPRO regional (AREL/AMYPE) o DGAAMPA Lima (AMYGE). Plazo de tramitación 60-120 días. Vigencia 30 años renovables. Costo S/500-3,500. Identifica georreferenciamiento, hectáreas y especies autorizadas.

Requisito 3 · Ambiental

DJAA, DIA o EIA según escala

AREL: Declaración Jurada de Adecuación Ambiental (gratis, autogestión). AMYPE: Declaración de Impacto Ambiental (DIA) por consultora autorizada DIGAAP, S/8,000-25,000. AMYGE: Estudio de Impacto Ambiental semi-detallado o detallado, S/35,000-80,000. Plazo aprobación: 60-180 días.

Requisito 4 · Proyecto técnico

Proyecto técnico productivo

Memoria descriptiva: especie elegida, ciclo productivo, densidades, sistemas de alimentación, manejo sanitario, plan de cosecha y post-cosecha. Planos: ubicación georreferenciada, distribución de estanques/jaulas, sistemas de agua, instalaciones de apoyo. Firmado por ingeniero pesquero o biólogo colegiado.

Requisito 5 · Compatibilidad

Certificado de compatibilidad con uso

Emitido por gobierno regional o autoridad de cuenca según ubicación. Confirma que el área es apta para acuicultura según ordenamiento territorial. Considera: zonas protegidas (SERNANP), pesca artesanal, fronteras administrativas. Plazo: 30-60 días.

Requisito 6 · ANA

Derecho de uso de agua (si aplica)

Para cultivos en agua dulce (trucha, tilapia, paiche): derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA). Trámite paralelo en ANA. Costo S/200-1,500 según volumen. Para mar: licencia de la Marina de Guerra (DICAPI) en zonas marinas.

Requisito 7 · Pago TUPA

Voucher derecho TUPA PRODUCE

Pago en Banco de la Nación o Págalo.pe con código TUPA correspondiente. Costo según escala: AREL S/200-500, AMYPE S/2,500-8,000, AMYGE S/8,000-25,000. Comprobante adjunto al expediente. Pago NO reembolsable si la solicitud es observada o tachada — verifica todo antes de pagar.

Procedimiento verificado

7 pasos verificados 2026 para obtener Licencia de Acuicultura PRODUCE

Procedimiento completo desde clasificación hasta resolución. Plazo legal total: 6-12 meses según escala (incluye trámites previos).

  1. 1

    Define clasificación AREL, AMYPE o AMYGE

    Identifica claramente la escala que vas a operar según producción anual proyectada y área concesionada. Esto determina autoridad competente, costos y nivel de complejidad. Si dudas: consulta con DIREPRO regional para confirmar clasificación correcta.

  2. 2

    Selecciona especie y verifica área apta

    Elige especie según zona geográfica y demanda comercial. Verifica que el área esté en zona apta para acuicultura: NO en áreas naturales protegidas, NO en zona de pesca artesanal exclusiva, compatible con ordenamiento territorial. Solicita certificado de compatibilidad al gobierno regional.

  3. 3

    Tramita concesión del área acuática

    Solicita concesión en DIREPRO (AREL/AMYPE) o DGAAMPA Lima (AMYGE). Adjunta solicitud + georreferenciamiento + RUC/DNI + memoria descriptiva + voucher TUPA. Plazo 60-120 días. Vigencia 30 años. Costo S/500-3,500.

  4. 4

    Tramita derecho de agua en ANA (si aplica)

    Para cultivos en agua dulce: solicita derecho de uso de agua en ANA Autoridad Nacional del Agua. Trámite paralelo. Costo S/200-1,500. Para mar: licencia DICAPI. Sin derecho de agua / DICAPI no procede la licencia acuícola.

  5. 5

    Elabora estudio ambiental DJAA/DIA/EIA

    AREL: DJAA gratis (autogestión). AMYPE: contrata consultora autorizada DIGAAP, DIA S/8,000-25,000, plazo 60-120 días. AMYGE: EIA-sd o EIA-d, S/35,000-80,000, plazo 90-180 días. Aprobación obligatoria antes de presentar licencia.

  6. 6

    Prepara proyecto técnico productivo

    Ingeniero pesquero o biólogo colegiado prepara: memoria descriptiva del cultivo (especie, densidades, alimentación, sanidad, plan de cosecha), planos georreferenciados, distribución de estanques/jaulas, sistemas de agua. Costo S/3,000-10,000.

  7. 7

    Presenta expediente y recibe Resolución Directoral

    Mesa de Partes PRODUCE (DGAAMPA Lima o DIREPRO regional). Adjunta: solicitud + concesión + DIA/EIA aprobado + proyecto + RUC + voucher TUPA. Plazo legal 30 días hábiles. Resolución Directoral de Licencia (vigencia 30 años, renovable). Para procesamiento posterior: tramita en paralelo Autorización de Planta.

Calculadora 2026

Calculadora de inversión total Licencia de Acuicultura PRODUCE 2026

Estimación referencial de inversión total combinando: concesión + DIA/EIA + proyecto técnico + licencia + derecho de agua + SANIPES (si exporta). Costos verificados con consultoras especializadas 2026.

Estima la inversión total para tu licencia acuícola

Troubleshooting 2026

10 errores comunes en Licencia de Acuicultura PRODUCE y cómo resolverlos

Errores más frecuentes detectados por DGAAMPA y DIREPRO. Saber identificarlos te ahorra hasta 12 meses de retraso.

Error / ObservaciónCausaSolución
Falta concesión previaPresentaste licencia sin tener concesión del áreaConcesión PRIMERO (60-120 días, S/500-3,500), luego licencia. Es secuencial, no paralelo.
Área no apta para acuiculturaZona protegida SERNANP, pesca artesanal exclusiva o incompatible con ordenamientoVerifica certificado de compatibilidad ANTES de invertir en estudios. Cambia ubicación o elige zona apta.
Clasificación AREL/AMYPE/AMYGE incorrectaProducción real difiere de lo declaradoVerifica capacidad real de tu cultivo. Tramitar AREL para luego operar AMYPE = observación inmediata.
DIA o EIA insuficientePresentaste DIA cuando correspondía EIA-sdVerifica escala exacta. Documentos ambientales mal escogidos = devolución para nuevo estudio (3-6 meses más).
Falta derecho de uso de aguaNo tramitaste ANA (agua dulce) o DICAPI (marina) en paraleloPara agua dulce: ANA. Para mar: DICAPI. Trámites paralelos, no posteriores. Sin esto, licencia no procede.
Especie no autorizadaEspecie exótica sin autorización de origen genéticoVerifica lista de especies autorizadas. Especies nativas amazónicas (paiche, gamitana) requieren autorización adicional.
Densidades de cultivo no realistasProyecto declara densidades técnicamente imposiblesDensidades según referencia técnica IMARPE o universidades. Cifras irrealistas = observación técnica.
Planos sin georreferenciamientoPlanos sin coordenadas UTM o WGS84Ingeniero debe georreferenciar EXACTAMENTE el área concesionada. Inspector verifica coordenadas en campo.
Pago TUPA insuficienteVoucher pagado por escala menor a la realPRODUCE emite liquidación. Pagas saldo. NO pagues por menor escala para "ahorrar" — alarga el trámite.
Operar sin licencia (clandestino)Empezaste cultivo antes de tener licenciaMulta 1-100 UIT (S/5,500-550,000) + decomiso producción + clausura. Detener TODA actividad hasta obtener licencia.
Casos reales 2026

4 casos reales de licencias acuícolas en Perú 2026 con costos verificados

Cuatro perfiles típicos en distintas escalas y especies. Costos y plazos reales del sector.

1Caso real 2026

Familia campesina en Puno obtiene licencia AREL trucha 2.5 TM/año

SituaciónFamilia campesina en Juli, Puno (Lago Titicaca). Comunidad con experiencia tradicional en truchas. Quiere formalizar producción de 2.5 TM/año en 1.2 hectáreas para vender en mercados locales.
AcciónTramita licencia AREL en DIREPRO Puno: concesión área (S/500 · 75 días), DJAA gratis (autogestión guiada por DIREPRO), proyecto técnico simplificado (S/2,200), derecho de agua ANA (S/200 · 30 días), pago TUPA licencia (S/350).
ResultadoResolución día 27. Inversión total: ~S/3,250 + 4 meses. Acceso a programas FONDEPES de apoyo técnico gratuito. Año 1: producción 2.2 TM, ventas S/30,800 a mercados locales y restaurantes. Acceso a Fondo Crecer COFIDE vía COOPACs para crecimiento.
Inversión totalS/3,250
Ventas año 1S/30,800
2Caso real 2026

Emprendedor en Tumbes obtiene licencia AMYPE langostino 85 TM/año

SituaciónEmprendedor tumbesino con experiencia en sector langostinero. Adquiere 25 hectáreas en zona apta y quiere construir estanques de cultivo intensivo. Producción proyectada: 85 TM/año para mercado nacional + exportación EE.UU.
AcciónTramita licencia AMYPE: concesión (S/1,800 · 95 días), DIA por consultora autorizada (S/18,500 · 120 días), proyecto técnico ingeniero pesquero (S/5,800), derecho ANA agua salobre (S/1,500 · 60 días), licencia TUPA (S/5,500), SANIPES para exportación (S/9,000).
ResultadoResolución día 38 con 1 observación menor (subsanada en 15 días). Inversión total trámites: ~S/42,100 + 12 meses. Inversión operativa (estanques + larvas + alimento + mano de obra): S/280,000. Año 1: producción 72 TM (subóptima por aprendizaje). Año 2: 85 TM completas. Exportación EE.UU. año 2: US$680,000.
Inversión trámitesS/42,100
Exportación año 2US$680k
3Caso real 2026

Cooperativa pesquera de Sechura obtiene licencia AMYGE concha de abanico 280 TM/año

SituaciónCooperativa de 18 pescadores artesanales en Sechura. Quieren transición de extracción a cultivo de concha de abanico en línea suspendida. Solicitan 65 hectáreas marinas. Producción proyectada: 280 TM/año para exportación a Francia.
AcciónTramita licencia AMYGE en DGAAMPA Lima: concesión 65 ha (S/3,200 · 110 días), EIA-sd por consultora top (S/48,500 · 150 días), proyecto técnico colectivo (S/8,500), licencia DICAPI marina (S/3,200), licencia TUPA (S/18,000), SANIPES exportación (S/14,000), Friend of the Sea certificación (S/18,000).
ResultadoResolución día 52 con 3 observaciones menores subsanadas. Inversión total trámites: ~S/113,400 + 18 meses. Apoyo FONDEPES para infraestructura. Año 1: producción 195 TM (aprendizaje). Año 2: 280 TM. Exportación Francia año 2: US$2.4 millones. Distribuye utilidades entre los 18 socios.
Inversión trámitesS/113,400
Exportación año 2US$2.4M
4Caso real 2026

Empresa amazónica en Loreto obtiene licencia AMYPE paiche 45 TM/año

SituaciónEmpresa amazónica con conocimiento de especies nativas. Adquiere 12 hectáreas en cocha cerca de Iquitos. Quiere cultivar paiche (especie premium amazónica) para mercado gourmet nacional + exportación a Brasil.
AcciónTramita licencia AMYPE en DIREPRO Loreto: concesión cocha (S/1,500 · 80 días), autorización origen genético paiche (S/2,500), DIA por consultora amazónica (S/14,000 · 110 días), proyecto técnico paiche (S/4,800), derecho agua ANA (S/800), licencia TUPA (S/4,200).
ResultadoResolución día 34. Inversión total trámites: ~S/27,800 + 14 meses. Ciclo paiche largo (18-24 meses). Año 2 (primera cosecha): 22 TM filete premium. Precio promedio S/28/kg. Ventas: S/616,000. Año 3 plena producción 45 TM = S/1.26M. Acceso exportación Brasil.
Inversión trámitesS/27,800
Ventas año 3S/1.26M
Lo que siempre preguntan

7 preguntas frecuentes sobre Licencia de Acuicultura PRODUCE 2026

¿Qué es la Licencia de Acuicultura PRODUCE 2026?

Acto administrativo obligatorio bajo DL 1195 y DS 003-2016-PRODUCE. Autoriza desarrollo formal de actividades de cultivo de especies hidrobiológicas con fines comerciales. Comprende 2 actos vinculados: la CONCESIÓN del área acuática (30 años) y la AUTORIZACIÓN específica del proyecto productivo.

¿Cuál es la diferencia entre AREL, AMYPE y AMYGE acuícola?

AREL: hasta 3.5 TM/año, 1.5 ha, familiar. AMYPE: 3.5-150 TM/año, 1.5-50 ha, comercial. AMYGE: +150 TM/año, +50 ha, industrial. Cada categoría tiene normativa, costos, autoridad y vigencias distintas según DL 1195.

¿Cuánto cuesta la Licencia de Acuicultura PRODUCE 2026?

Costo TUPA referencial según escala: AREL S/200-500, AMYPE S/2,500-8,000, AMYGE S/8,000-25,000. Inversión TOTAL trámites (incluye concesión + DIA/EIA + proyecto + licencia + SANIPES): S/3,000-150,000 según escala. Usa nuestra calculadora arriba.

¿Qué especies puedo cultivar bajo licencia acuícola en Perú 2026?

Especies autorizadas: trucha (Puno, Junín, Cusco), langostino (Tumbes, Piura), concha de abanico (Pisco, Sechura), tilapia (San Martín, Ucayali), paiche (Loreto), pejerrey (Junín). Especies amazónicas (gamitana, paco, boquichico) en expansión.

¿Cuál es la vigencia de la Licencia de Acuicultura?

CONCESIÓN: 30 años renovables. AUTORIZACIÓN: indefinida mientras cumplas obligaciones (informes anuales, fiscalización ambiental, sanidad). Para AMYGE: revisión cada 5 años. Si cambias especie/área/capacidad: modificación de autorización.

¿Necesito también FONDEPES y SANIPES?

FONDEPES NO es obligatorio pero ofrece créditos y capacitación (gratuitos AREL/AMYPE). SANIPES SÍ es obligatorio para: exportación, venta nacional formal con marca, supermercados. Procedimiento paralelo a PRODUCE.

¿Qué pasa si opero sin licencia acuícola?

Sanciones según DS 017-2017-PRODUCE: multa 1-100 UIT (S/5,500-550,000) + decomiso producción + clausura temporal/definitiva del área. Posible delito ambiental DL 1147 con pena privativa. Producción sin licencia NO comercializable. Costo SIEMPRE mayor que tramitar legalmente.

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Dónde tramitar 2026

Cobertura territorial — dónde tramitar tu licencia acuícola según región

DGAAMPA Lima para AMYGE. DIREPRO regional para AREL/AMYPE. Cobertura nacional con 25 DIREPRO activas.

Región / AutoridadEspecies principalesEscalas atendidas
DGAAMPA Lima (sede central)Todas (AMYGE)AMYGE exclusivamente
DIREPRO PunoTrucha (líder Titicaca) + pejerreyAREL + AMYPE
DIREPRO Junín / Huancavelica / PascoTrucha lagunas + pejerreyAREL + AMYPE
DIREPRO Cusco / ApurímacTrucha + truchas nativasAREL + AMYPE
DIREPRO Tumbes / PiuraLangostino + concha (Sechura)AREL + AMYPE
DIREPRO IcaConcha de abanico (Pisco-Bahía Independencia)AREL + AMYPE
DIREPRO ÁncashConcha + acuicultura marinaAREL + AMYPE
DIREPRO San Martín / UcayaliTilapia + especies amazónicasAREL + AMYPE
DIREPRO Loreto / Madre de DiosPaiche + gamitana + pacoAREL + AMYPE
DIREPRO Lambayeque / CajamarcaTrucha + concha marinaAREL + AMYPE
DIREPRO Arequipa / Moquegua / TacnaTrucha + acuicultura marina costeraAREL + AMYPE
Cuando rechazan

Recurso de Apelación al Tribunal Sectorial PRODUCE — si te rechazan la licencia

Si PRODUCE rechaza tu solicitud o emite observaciones graves, tienes vía administrativa de apelación al Tribunal Sectorial PRODUCE en 15 días hábiles.

  1. 1

    Recibe la Resolución de rechazo o tacha

    PRODUCE notifica a tu correo registrado o casilla electrónica. Contiene: motivos del rechazo, base legal, plazo para apelar (15 días hábiles desde notificación). Identifica si es subsanable o de fondo.

  2. 2

    Evalúa con abogado especializado en pesca

    Especialista en derecho pesquero o administrativo. Honorarios: S/2,500-6,000. Verifica si la apelación es viable jurídicamente. Algunas tachas son técnicamente correctas — mejor subsanar y presentar nueva solicitud.

  3. 3

    Redacta el Recurso de Apelación

    Identificación + número de Resolución apelada + fundamentos de hecho y derecho + pedido al Tribunal Sectorial PRODUCE + firma del recurrente + adjunta pruebas técnicas adicionales.

  4. 4

    Paga la tasa de apelación

    Tasa referencial 2026 TUPA PRODUCE: S/450-800. Pago en Banco de la Nación o Págalo.pe con código TUPA específico.

  5. 5

    Presenta el recurso en PRODUCE

    Mesa de Partes PRODUCE Lima (o DIREPRO regional según resolución apelada). Recibes número de expediente del Tribunal Sectorial PRODUCE.

  6. 6

    Espera resolución del Tribunal

    Plazo legal: 30 días hábiles. Posibles resultados: CONFIRMA tacha (vía Poder Judicial queda), REVOCA tacha (vuelve a DGAAMPA/DIREPRO para nueva calificación), Pide información adicional. Tras agotamiento administrativo: vía contencioso-administrativa 3 meses.

Diccionario acuícola

Glosario: AREL, AMYPE, AMYGE, concesión, DJAA, DIA, EIA, DGAAMPA y más

Términos técnicos que verás al tramitar la licencia acuícola. Saberlos te ahorra horas con consultoras y autoridades.

AREL

Acuicultura de Recursos Limitados

Categoría más pequeña. Hasta 3.5 TM/año, 1.5 hectáreas. Para autosostenimiento familiar o emprendimientos piloto. DIA simplificada gratis.

AMYPE

Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa

Categoría comercial pequeña-mediana. 3.5-150 TM/año, 1.5-50 hectáreas. Requiere DIA por consultora. Acceso a Fondo Crecer COFIDE.

AMYGE

Acuicultura de Mediana y Gran Empresa

Categoría industrial. +150 TM/año, +50 hectáreas. Requiere EIA-sd o EIA-d. Tramitación en DGAAMPA Lima. Para exportación a gran escala.

Concesión

Concesión de área acuática

Acto administrativo que otorga uso del área para cultivo por 30 años renovables. Es PREVIO a la licencia productiva. Costo S/500-3,500 según escala. Vigencia 30 años renovables.

DGAAMPA

Dirección General Acuicultura

Dirección de PRODUCE que autoriza licencias acuícolas AMYGE en sede Lima. También DIA/EIA. Para AREL/AMYPE: DIREPRO regional.

DJAA

Declaración Jurada Adecuación Ambiental

Documento ambiental simplificado para AREL. Autogestionado con guía de DIREPRO. Gratis. Plazo 30 días para evaluación.

DIA

Declaración de Impacto Ambiental

Para AMYPE. Evalúa impactos del proyecto sobre ecosistema. Por consultora autorizada DIGAAP. Costo S/8,000-25,000. Plazo aprobación 60-120 días.

EIA-sd

EIA semi-detallado

Para AMYGE de menor complejidad. Estudio más profundo que DIA. Costo S/35,000-55,000. Plazo 90-150 días.

EIA-d

EIA detallado

Para AMYGE de mayor impacto (concesiones marinas grandes, especies sensibles). Aprobado por SENACE. Costo S/50,000-80,000+. Plazo 120-180 días.

FONDEPES

Fondo Nacional Desarrollo Pesquero

Entidad adscrita a PRODUCE. Otorga créditos a acuicultores y apoyo técnico-capacitación gratuita para AREL/AMYPE. Recursos asignados 2026: ~S/40 millones.

ANA

Autoridad Nacional del Agua

Otorga derecho de uso de agua para cultivos en agua dulce. Trámite paralelo a PRODUCE. Costo S/200-1,500.

DICAPI

Dirección General Capitanías

Autoridad marítima nacional adscrita a la Marina de Guerra. Otorga licencia para áreas marinas. Trámite paralelo a PRODUCE para concesiones en mar.

Información útil de PRODUCE

Teléfono(01) 616-2222
DirecciónCalle Uno Oeste 060, San Isidro, Lima
HorarioLunes a Viernes, 8:30 a.m. - 5:00 p.m.

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