¿Qué es la opinión técnica de compatibilidad de SERNANP?
Es un pronunciamiento técnico que emite SERNANP sobre la viabilidad de un proyecto, actividad u obra que se superpone o podría afectar un área natural protegida o su zona de amortiguamiento. Es un requisito previo obligatorio para obtener la certificación ambiental.
¿Cuánto tiempo demora obtener la opinión de compatibilidad?
El plazo de evaluación es de 15 a 30 días hábiles, dependiendo de la complejidad del proyecto y la documentación presentada.
¿Qué proyectos requieren opinión de compatibilidad?
Requieren opinión de compatibilidad los proyectos de infraestructura, minería, actividades agrícolas, hidrocarburos, turismo y cualquier actividad que se superponga o colinde con un área natural protegida o su zona de amortiguamiento.
¿Qué base legal sustenta la opinión de compatibilidad?
La Ley 26834 (Ley de Áreas Naturales Protegidas) y su reglamento D.S. 038-2001-AG. Es requisito previo obligatorio para la certificación ambiental de proyectos que afecten ANP o sus zonas de amortiguamiento.
¿Es obligatoria para todos los proyectos?
Es obligatoria para cualquier proyecto, actividad u obra que se superponga o pueda afectar directa o indirectamente un área natural protegida o su zona de amortiguamiento. Incluye proyectos mineros, viales, turísticos, agrícolas y de infraestructura.
¿Cuánto cuesta la opinión de compatibilidad?
El trámite tiene un costo según el TUPA de SERNANP vigente, que varía según el tipo y envergadura del proyecto. Se paga en el Banco de la Nación.
¿Qué pasa si el proyecto es declarado incompatible?
Si SERNANP determina que el proyecto es incompatible con los objetivos del ANP, no se podrá obtener la certificación ambiental y el proyecto no podrá ejecutarse en esa ubicación. Debes buscar una ubicación alternativa fuera del ANP/zona de amortiguamiento.
¿Cuál es la diferencia entre compatibilidad y OTPV?
Son dos opiniones distintas en etapas diferentes: la opinión de compatibilidad evalúa si la ubicación del proyecto es viable (etapa previa). La Opinión Técnica Previa Vinculante (OTPV) evalúa el contenido del Instrumento de Gestión Ambiental (EIA, DIA) una vez que la compatibilidad fue favorable. Ambas son obligatorias y vinculantes.
¿Dónde verifico si mi proyecto se superpone con un ANP?
Consulta el mapa de ANP del Perú en geo.sernanp.gob.pe. También puedes solicitar un informe de superposición a SERNANP. Ten en cuenta que las zonas de amortiguamiento no siempre son evidentes en mapas generales y pueden extenderse varios kilómetros alrededor del ANP.
¿Las autorizaciones sin opinión SERNANP son nulas?
Sí. Cualquier autorización, licencia, concesión, permiso u otro derecho habilitante otorgado para actividades en ANP o zonas de amortiguamiento sin la opinión técnica previa vinculante de SERNANP es nulo de pleno derecho. Esto incluye renovaciones de concesiones existentes.