¿Cuánto cuesta la autorización de investigación en ANP?
El trámite es completamente gratuito. SERNANP no cobra por la autorización de investigación científica en áreas naturales protegidas. Base legal: Ley 26834 y D.S. 038-2001-AG.
¿Cuánto demora obtener la autorización?
El plazo es de 12 a 21 días hábiles si la documentación está completa y no hay observaciones. Se recomienda iniciar el trámite con al menos 1.5 meses de anticipación al inicio planificado de la investigación.
¿Hay dos tipos de procedimiento?
Sí. SERNANP tiene dos tipos: (a) De evaluación previa, para investigaciones que requieren análisis técnico detallado; (b) De aprobación automática, para investigaciones de bajo impacto. El tipo depende de la naturaleza de la investigación y la zonificación del ANP.
¿Qué tipo de investigaciones se pueden realizar en ANP?
Se pueden realizar investigaciones en biología, ecología, ciencias forestales, geología, antropología y otras disciplinas relacionadas con los recursos naturales y culturales del ANP, siempre que no afecten negativamente el área protegida.
¿A quién dirijo la solicitud?
Si la investigación abarca un solo ANP, se solicita a la jefatura de esa ANP. Si abarca dos o más ANP, la solicitud se dirige a la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas (DGANP) en la sede central de SERNANP en Lima.
¿Puedo investigar en cualquier zona del ANP?
Depende del tipo de área y la zonificación. Las zonas de protección estricta tienen restricciones adicionales. SERNANP evalúa cada solicitud según el protocolo de investigación presentado y el plan maestro del ANP.
¿Se puede colectar muestras biológicas?
Sí, con autorización expresa de SERNANP y cumpliendo los protocolos de colecta aprobados. La colecta de muestras de especies protegidas tiene requisitos adicionales según la legislación de fauna y flora silvestre (coordinación con SERFOR).
¿Los resultados se comparten con SERNANP?
Sí, es obligatorio entregar a SERNANP un informe final y copias de las publicaciones derivadas de la investigación. Esta información contribuye al conocimiento y gestión de las áreas naturales protegidas.
¿Pueden investigar extranjeros en ANP del Perú?
Sí. Los investigadores extranjeros pueden solicitar la autorización presentando su pasaporte, la carta de presentación de su institución y un co-investigador peruano afiliado a una institución nacional (requerido en algunos casos). Los mismos requisitos y plazos aplican.
¿Cuál es la base legal del trámite?
Ley 26834 (Ley de Áreas Naturales Protegidas), D.S. 038-2001-AG (Reglamento), Resolución Presidencial 214-2021-SERNANP (disposiciones para investigación en ANP) y Resolución Directoral 36/2022-SERNANP-DGANP.