¿Cuánto cuesta la autorización de investigación en un ANP?
Nada. Es un trámite gratuito: el SERNANP no cobra por autorizar investigación científica en áreas naturales protegidas, y lo ha simplificado para facilitar el acceso de investigadores, universidades y tesistas.
¿A quién dirijo la solicitud, a la jefatura del ANP o a la sede de Lima?
Depende del alcance. Si la investigación abarca un solo ANP, se solicita a la jefatura de esa área. Si abarca dos o más ANP, la solicitud se dirige a la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas (DGANP), en la sede central del SERNANP en Lima.
¿Dónde presento la solicitud de investigación?
En línea, a través del portal investigacionesanp.sernanp.gob.pe. También puedes escribir a [email protected] para coordinar dudas. El portal centraliza el registro, el seguimiento y la entrega de informes.
¿Cuál es la diferencia entre investigación con colecta y sin colecta?
Sin colecta son estudios de observación, registro o monitoreo que no extraen especímenes (conteo de fauna, fotografía, muestreo no destructivo). Con colecta implica recolectar muestras de flora, fauna, suelo o material biológico, por lo que requiere una autorización de colecta y, según la especie, permisos adicionales.
¿Quiénes pueden solicitar esta autorización?
Investigadores individuales, universidades, institutos, centros de investigación, ONG, tesistas de pregrado y posgrado, e investigadores extranjeros, en disciplinas como biología, ecología, ciencias forestales, geología, hidrología, arqueología o antropología vinculadas al ANP.
¿Qué requisitos debo presentar?
En general: el proyecto o plan de investigación (objetivos, metodología y cronograma), los datos del investigador responsable, el respaldo institucional y el plan de trabajo de campo. Si hay colecta, se detalla qué se colectará y cómo. La lista exacta y los formatos figuran en el TUPA del SERNANP; verifícalos en el portal antes de iniciar.
¿Cuánto demora obtener la autorización?
El plazo lo fija el TUPA del SERNANP para cada tipo de procedimiento. Confírmalo en el portal investigacionesanp.sernanp.gob.pe al iniciar tu trámite y solicita con suficiente anticipación a la fecha en que planeas entrar al campo, para resolver posibles observaciones.
¿Puedo investigar en cualquier zona del ANP?
No siempre. El acceso depende de la categoría del área y de su zonificación. Las zonas de protección estricta y silvestre tienen mayores restricciones. El SERNANP evalúa cada solicitud según el plan maestro del ANP y la compatibilidad de la actividad con los objetivos de conservación.
¿Puedo sacar especímenes del país?
No de forma automática. Exportar muestras o especímenes requiere autorizaciones adicionales fuera del alcance del SERNANP, como los permisos de la autoridad de fauna y flora silvestre y, si la especie está listada en CITES, el permiso CITES correspondiente. Coordínalo antes de planear la salida del material.
¿Pueden investigar extranjeros en las ANP del Perú?
Sí. Los investigadores extranjeros pueden solicitar la autorización presentando la documentación de identidad, el respaldo de su institución y el proyecto. En algunos casos se pide un co-investigador o contraparte peruana afiliada a una institución nacional; revísalo en el TUPA del SERNANP.
¿Qué obligaciones tengo como investigador autorizado?
Ceñirte al proyecto y a las condiciones de la autorización, no afectar especies ni hábitats más allá de lo aprobado, no comercializar lo colectado, depositar las muestras donde indique el SERNANP y entregar el informe final y las publicaciones derivadas de la investigación.
¿Necesito antes una opinión de compatibilidad?
Son trámites distintos. La autorización de investigación es para estudios científicos; la opinión de compatibilidad evalúa proyectos o actividades (obras, concesiones, infraestructura) superpuestas a un ANP o su zona de amortiguamiento. Si solo investigas, no tramitas compatibilidad.
¿Cuál es la base legal del trámite?
La Ley N.º 26834 (Ley de Áreas Naturales Protegidas), su Reglamento aprobado por D.S. 038-2001-AG, el Decreto Legislativo 1013 que crea el SERNANP y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del SERNANP, que detalla requisitos, plazos y la calificación de cada procedimiento.