Sellar permiso de viaje de menor emitido en el extranjero (Perú 2026): cómo legalizarlo en Cancillería
Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) — Cancillería del Perú · Palacio de Torre Tagle, Jr. Lampa 545 Cercado de Lima · Legalización de firma de cónsul peruano S/33 · Tarifa Consular USD 20 · Ley 27337 + Ley 32191 + DL 1350 + DS 007-2017-IN · Convenio La Haya 1961
Si uno de los padres del menor vive en el extranjero y necesita autorizar el viaje internacional de su hijo/a desde el Perú, esta es la guía. La regla práctica de Migraciones Perú es clara: la autorización debe emitirse en el consulado peruano del país donde reside el padre (USD 20, Tarifa Consular MRE) y, una vez en Perú, debe ser legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) en Lima — Palacio de Torre Tagle, Jr. Lampa 545, Cercado de Lima — por concepto de legalización de firma de cónsul peruano: S/33.00. Sin este sello, la autorización NO es válida al control migratorio.
Doctrina oficial del MRE: "No tienen validez en el sistema jurídico peruano los documentos otorgados ante notarios extranjeros, aun cuando sean apostillados posteriormente". Es decir: si el padre vive en EE.UU., España, Argentina, Italia o cualquier otro país, NO sirve ir a un notario local y apostillar el documento — para Migraciones Perú la autorización debe ser consular peruana. Esta regla deriva de la combinación entre el Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337, modificada por Ley 32191 de diciembre 2024), el DL 1350 de Migraciones y el DS 007-2017-IN (arts 139-141).
El procedimiento completo es: (1) padre/madre en el extranjero acude al consulado peruano de su jurisdicción y firma la autorización (USD 20, vigencia 90 días calendario, válida solo para UN viaje); (2) envía el documento ORIGINAL al Perú por courier (DHL, FedEx, Serpost — NO sirve PDF); (3) en Lima, un familiar o representante presenta el original en MRE Cancillería con voucher de pago S/33 y obtiene el sello de legalización; (4) en el aeropuerto Jorge Chávez (Nuevo Terminal Av. Morales Duárez) o frontera terrestre/marítima, Migraciones verifica el documento sellado junto con DNI/pasaporte del menor y del adulto acompañante.
