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Cómo denunciar competencia desleal ante INDECOPI

Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) — INDECOPI

Virtual/Presencial indecopi.gob.pe

¿Un competidor te copia, te denigra o engaña al mercado con su publicidad? La denuncia por competencia desleal permite a cualquier afectado —competidor, consumidor, asociación o gremio— pedir al INDECOPI que investigue y sancione las prácticas comerciales contrarias a la buena fe empresarial: engaño, confusión, denigración, comparación o imitación indebida, explotación de la reputación ajena, violación de secretos y publicidad ilegal.

La conoce la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD), sobre la base del Decreto Legislativo 1044 (Ley de Represión de la Competencia Desleal). A diferencia de la Defensoría, el INDECOPI sí sanciona: puede imponer multas en UIT, dictar medidas correctivas y ordenar medidas cautelares para frenar el daño. Aquí te explicamos quién puede denunciar, qué necesitas, el paso a paso ante la CCD y en qué se diferencia de un reclamo de consumo, de la libre competencia y de la infracción de marca.

Última actualización27 de mayo de 2026
Entidad responsableINDECOPI
Fuente oficialindecopi.gob.pe
Guía informativa independiente. No somos INDECOPI. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo Según el TUPA Tasa por denuncia en UIT (CCD)
Plazo Según el TUPA Procedimiento sancionador ante la CCD
Modalidad Virtual o presencial Mesa de Partes Virtual o sede INDECOPI
Concepto y tipos

Qué es la competencia desleal y qué actos abarca

La competencia desleal es toda conducta de un agente económico contraria a la buena fe empresarial que distorsiona la competencia leal en el mercado. La reprime el Decreto Legislativo 1044 y la fiscaliza la CCD del INDECOPI. Estos son los principales actos tipificados.

Acto deslealEn qué consisteEjemplo típico
Engaño Inducir a error a los consumidores sobre la naturaleza, origen, calidad o características de un producto o servicio. Afirmar atributos falsos ("100% natural", "el más vendido") sin sustento.
Confusión Provocar que el consumidor confunda tu oferta con la de otro competidor (empaque, signos, presentación). Imitar la presentación o el "look and feel" de una marca conocida.
Denigración Difundir afirmaciones falsas o impertinentes que dañan la imagen de un competidor. Campaña que desacredita injustificadamente a otra empresa.
Comparación e imitación indebida Comparar de forma no objetiva ni veraz, o imitar sistemáticamente las prestaciones de un tercero para aprovecharse de su esfuerzo. Publicidad comparativa engañosa; copia sistemática de catálogos.
Explotación de la reputación ajena Aprovecharse indebidamente del prestigio o los signos de otro agente económico. Usar "tipo", "estilo" o "como" para colgarse de una marca prestigiosa.
Violación de secretos empresariales Adquirir, usar o divulgar información confidencial de un competidor sin autorización. Filtrar listas de clientes o fórmulas obtenidas de forma ilícita.
Publicidad comercial ilegal Publicidad engañosa, denigratoria, comparativa indebida o que infringe normas imperativas. Anuncio con datos falsos o que omite información relevante.
Actos contra el sistema de defensa de la competencia Conductas que buscan obtener una ventaja competitiva infringiendo normas (p. ej. operar sin las autorizaciones que sí cumplen los demás). Ganar mercado evadiendo obligaciones legales que los competidores sí cumplen.

La lista del Decreto Legislativo 1044 es enunciativa: la CCD analiza cada caso bajo la cláusula general de buena fe empresarial, por lo que pueden sancionarse otras conductas desleales no listadas expresamente.

No confundas el procedimiento

Competencia desleal, reclamo de consumo, libre competencia y marca

Cuatro cosas distintas suelen confundirse. Elegir la vía correcta evita que tu caso se archive o se derive. Esta es la diferencia exacta.

¿Tu problema es entre empresas o como consumidor? La competencia desleal protege la lealtad entre agentes económicos y el buen funcionamiento del mercado: la ve la CCD bajo el Decreto Legislativo 1044. Si lo tuyo es un producto o servicio defectuoso que te perjudicó como cliente, eso es un reclamo o denuncia de consumo (Libro de Reclamaciones de la empresa o Comisión de Protección al Consumidor). La libre competencia es otra cosa: sanciona carteles y abuso de posición de dominio. Y si alguien usa una marca igual o parecida a la tuya, eso es una infracción de marca (propiedad industrial, Dirección de Signos Distintivos), no competencia desleal. Tres comisiones distintas dentro del mismo INDECOPI.
VíaQué protegeQuién la veBase
Competencia desleal La buena fe empresarial y la competencia leal entre agentes del mercado. Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD). D. Leg. 1044
Reclamo / denuncia de consumo Tus derechos como consumidor frente a un proveedor (producto o servicio). Libro de Reclamaciones y Comisión de Protección al Consumidor. Ley 29571
Libre competencia El mercado frente a carteles y abuso de posición de dominio. Comisión de Defensa de la Libre Competencia. D. Leg. 1034
Infracción de marca Tus signos distintivos (marca, nombre comercial, lema). Dirección de Signos Distintivos (propiedad industrial). Decisión 486 / D. Leg. 1075
Legitimidad para denunciar

Quién puede denunciar competencia desleal ante la CCD

A diferencia de otros procedimientos, no necesitas ser el competidor directo afectado: la legitimidad es amplia.

🏭
Competidores y empresas

Cualquier agente económico que opera en el mismo mercado y se ve perjudicado por el acto desleal.

🧑
Consumidores afectados

Personas que resultan perjudicadas por la conducta desleal, por ejemplo, por publicidad engañosa.

🤝
Asociaciones y gremios

Asociaciones de consumidores y gremios empresariales que representan intereses colectivos del mercado.

🏛️
El propio INDECOPI (de oficio)

La CCD puede iniciar el procedimiento por iniciativa propia cuando detecta indicios de una infracción.

Documentos necesarios

Requisitos para denunciar competencia desleal

Documentos y condiciones que debes cumplir para presentar una denuncia por competencia desleal ante INDECOPI.

📄
DNI, CE o Pasaporte vigente del denunciante

Documento de identidad vigente de la persona que presenta la denuncia.

🏢
RUC de la empresa denunciante (si es persona jurídica)

Número de RUC vigente si la denuncia es presentada por una empresa.

📋
Datos completos del denunciado

Nombre o razón social, RUC y dirección del proveedor o empresa denunciada.

📝
Descripción detallada del acto de competencia desleal

Explicación clara del acto desleal: publicidad engañosa, imitación, denigración, etc.

📷
Evidencia del acto desleal

Publicidad engañosa, capturas de pantalla, material publicitario, documentos probatorios.

💳
Comprobante de pago de la tasa

Pago de la tasa por denuncia que fija el TUPA del INDECOPI (en UIT), realizado en Págalo.pe o el Banco de la Nación.

📜
Poder o carta poder simple (si actúa representante)

Si la denuncia es presentada por un representante, debe adjuntar poder o carta poder simple.

Paso a paso

Cómo denunciar competencia desleal ante INDECOPI

Sigue estos pasos para presentar tu denuncia ante la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal.

  1. 1

    Reúne evidencia del acto de competencia desleal

    Documenta la publicidad engañosa, capturas de pantalla, material publicitario del competidor, fechas y cualquier prueba relevante.

  2. 2

    Identifica el acto desleal y su base legal

    Determina con precisión qué acto cometió el denunciado (engaño, confusión, denigración, comparación o imitación indebida, etc.) y cita el artículo del Decreto Legislativo 1044 que lo tipifica. Esto da sustento a tu denuncia.

  3. 3

    Paga la tasa por denuncia (según el TUPA)

    Realiza el pago de la tasa que indica el TUPA del INDECOPI (en UIT) a través de Págalo.pe o en el Banco de la Nación. Verifica el monto vigente antes de pagar.

  4. 4

    Presenta la denuncia, virtual o presencial

    Ingresa tu denuncia ante la CCD por la Mesa de Partes Virtual del INDECOPI o acude presencialmente a una sede con todos los requisitos. Si el daño es urgente, puedes pedir una medida cautelar.

  5. 5

    La CCD evalúa la admisibilidad

    La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal revisa si la denuncia cumple los requisitos para ser admitida a trámite.

  6. 6

    Traslado y descargos del denunciado

    Si la denuncia es admitida, se notifica al denunciado para que presente sus descargos dentro del plazo que fija la norma.

  7. 7

    Investigación por la CCD

    La CCD investiga los hechos, puede ordenar medidas cautelares, realizar inspecciones y solicitar información adicional a las partes.

  8. 8

    Resolución: sanción o archivo (y apelación)

    La CCD resuelve: sanciona con multa en UIT y medidas correctivas, o archiva la denuncia. La resolución puede apelarse ante la Sala Especializada del Tribunal del INDECOPI. Los plazos del procedimiento son los que fija el TUPA.

Resultados posibles

Qué puede ordenar INDECOPI si prospera la denuncia

A diferencia de la Defensoría, el INDECOPI sí tiene potestad sancionadora. La CCD puede imponer multas en UIT —graduadas según la gravedad— y dictar medidas correctivas para reparar el mercado.

💰
Multa en UIT

Sanción económica graduada según la gravedad de la infracción y los criterios del Decreto Legislativo 1044. El monto se expresa en UIT, por lo que su valor en soles varía cada año.

🛑
Cese del acto desleal

Orden de detener de inmediato la conducta infractora (por ejemplo, retirar una campaña publicitaria).

📢
Rectificación publicitaria

Obligación de corregir o aclarar públicamente la información engañosa difundida.

📦
Decomiso o destrucción de material

Retiro del mercado de los soportes o productos que materializan el acto desleal.

Medida cautelar

Durante el procedimiento, la CCD puede ordenar el cese provisional si el daño es urgente o de difícil reparación.

📰
Publicación de la resolución

En ciertos casos se ordena difundir la decisión para informar al mercado.

Ojo: la denuncia ante la CCD busca sancionar y corregir la conducta en el mercado; no es la vía para que te paguen una indemnización por daños. Para una indemnización debes acudir al Poder Judicial.

El caso más frecuente

Publicidad comercial ilegal: cuándo es competencia desleal

La publicidad es uno de los terrenos donde más se denuncia. El Decreto Legislativo 1044 considera ilegal —y por tanto desleal— la publicidad que engaña, denigra o compara de forma indebida. La CCD también la examina.

🎭
Publicidad engañosa

Afirma atributos, precios o resultados que no son ciertos, u omite información relevante que induce a error al consumidor.

⚖️
Publicidad comparativa indebida

Compara con un competidor de forma no objetiva, no veraz o no pertinente, o aprovechándose de su reputación.

🗯️
Publicidad denigratoria

Desacredita injustificadamente a un competidor con afirmaciones falsas o impertinentes.

🚫
Publicidad que infringe normas

Anuncios que vulneran restricciones legales (por ejemplo, en productos regulados) u omiten advertencias obligatorias.

Alcance real del procedimiento

Qué sí y qué no puedes lograr con esta denuncia

Para no perder tiempo, conviene saber hasta dónde llega la CCD del INDECOPI y qué temas se resuelven por otra vía.

✅ Sí puedes

  • Denunciar engaño, confusión, denigración, comparación o imitación indebida y otros actos desleales.
  • Denunciar publicidad engañosa, denigratoria o comparativa indebida.
  • Pedir una medida cautelar para frenar el daño durante el procedimiento.
  • Lograr que se ordene el cese del acto y la rectificación de la publicidad.
  • Conseguir que el infractor reciba una multa en UIT según la gravedad.
  • Apelar la resolución ante la Sala del Tribunal del INDECOPI.

❌ No corresponde

  • Obtener una indemnización por daños (eso lo ve el Poder Judicial).
  • Resolver una infracción de marca: eso es propiedad industrial (Signos Distintivos).
  • Denunciar carteles o abuso de posición de dominio: eso es libre competencia.
  • Reemplazar un reclamo de consumo por un producto o servicio defectuoso.
  • Resolver incumplimientos puramente contractuales entre dos partes.
  • Sancionar opiniones o críticas veraces y objetivas de un competidor.
Información de pago

Costo del trámite

Pago — Denuncia por Competencia Desleal

Tasa por denunciaSegún el TUPA del INDECOPI (en UIT)
Medios de pagoPágalo.pe · Banco de la Nación
ImportanteLas tasas se actualizan; verifica el monto vigente antes de pagar

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

Documenta TODO: fotos, capturas de pantalla, publicidad del competidor, fechas exactas de los actos desleales.

Las multas se gradúan en UIT según la gravedad del acto, así que pueden ser elevadas para infracciones muy graves; revisa el rango vigente del Decreto Legislativo 1044.

Puedes solicitar medidas cautelares si el daño es urgente o irreparable.

Consulta el precedente de la CCD para ver si tu caso tiene sustento en resoluciones anteriores.

Ojo con esto

Errores que otros no te cuentan

No reunir suficiente evidencia antes de presentar la denuncia. Sin pruebas sólidas, la denuncia puede ser archivada por falta de sustento.

Confundir competencia desleal con infracción de marca. Son procedimientos diferentes ante áreas distintas de INDECOPI.

Presentar la denuncia sin indicar claramente qué acto desleal se cometió. Debes especificar el tipo de acto desleal (publicidad engañosa, imitación, denigración, etc.) y la norma que lo tipifica.

Esperar que la denuncia te pague una indemnización. La CCD sanciona y corrige la conducta en el mercado; para una indemnización por daños el camino es el Poder Judicial.

Lo que siempre preguntan

Lo que la gente pregunta sobre denuncia por competencia desleal

¿Qué es la competencia desleal?

Es toda conducta de un agente económico contraria a la buena fe empresarial que distorsiona la competencia leal en el mercado. La regula el Decreto Legislativo 1044 (Ley de Represión de la Competencia Desleal) y la fiscaliza la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del INDECOPI.

¿Qué actos constituyen competencia desleal?

El Decreto Legislativo 1044 tipifica actos de engaño, confusión, denigración, comparación indebida, imitación, explotación indebida de la reputación ajena, violación de secretos empresariales, inducción a la infracción contractual, violación de normas, sabotaje empresarial y los actos contra el sistema de defensa de la competencia. La publicidad comercial ilegal (engañosa, denigratoria o comparativa indebida) también se examina como competencia desleal.

¿Quién puede denunciar competencia desleal?

Cualquier persona afectada: un competidor, un consumidor, una asociación de consumidores o un gremio empresarial. Además, la CCD puede iniciar el procedimiento de oficio cuando detecta indicios de una infracción.

¿Cuál es la diferencia entre competencia desleal y un reclamo de consumo?

La competencia desleal protege la lealtad entre empresas y el correcto funcionamiento del mercado (la ve la CCD). El reclamo o denuncia de consumo protege tus derechos como consumidor frente a un proveedor (producto o servicio defectuoso) y lo ve el Libro de Reclamaciones de la empresa o la Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI.

¿En qué se diferencia de la libre competencia y de la infracción de marca?

La libre competencia sanciona carteles y abuso de posición de dominio (otra comisión del INDECOPI). La infracción de marca es un tema de propiedad industrial que ve la Dirección de Signos Distintivos. La competencia desleal es distinta: castiga las prácticas comerciales desleales que distorsionan la competencia, según el Decreto Legislativo 1044.

¿Cuánto cuesta presentar la denuncia?

La tasa por denuncia ante la CCD es la que fija el TUPA del INDECOPI, expresada como un porcentaje de la UIT. Como las tasas se actualizan, verifica el monto vigente en el TUPA o en Págalo.pe antes de pagar.

¿Cuánto tiempo demora el procedimiento?

El procedimiento administrativo sancionador tiene los plazos que fija el TUPA del INDECOPI y la norma de procedimiento. Tras la admisión hay traslado al denunciado, investigación y resolución; el caso puede ampliarse si hay pedidos de información, inspecciones o medidas cautelares.

¿Qué pruebas necesito para denunciar?

Toda evidencia del acto desleal: capturas y piezas de publicidad, enlaces y fechas, contratos, comunicaciones, testimonios e informes técnicos. Cuanto más sólida y fechada sea la prueba, mayor sustento tendrá la denuncia. INDECOPI también puede investigar de oficio.

¿Qué puede ordenar INDECOPI si gano?

La CCD puede imponer multas en UIT según la gravedad de la infracción y dictar medidas correctivas: cese del acto desleal, rectificación de la publicidad, decomiso o destrucción de material y publicación de la resolución. Durante el procedimiento puede dictar medidas cautelares para frenar el daño.

¿Puedo denunciar publicidad engañosa o comparativa indebida?

Sí. La publicidad comercial ilegal (engañosa, denigratoria, comparativa indebida o que infringe normas) es uno de los actos de competencia desleal más frecuentes y la examina la CCD bajo el Decreto Legislativo 1044.

¿Puedo pedir una medida cautelar mientras se resuelve?

Sí. Si el daño es urgente o de difícil reparación, puedes solicitar una medida cautelar para que se ordene el cese provisional del acto desleal mientras dura el procedimiento.

¿Necesito abogado para denunciar?

No es obligatorio para presentar la denuncia, pero al tratarse de un procedimiento sancionador con descargos, pruebas y posibles apelaciones, contar con asesoría legal mejora mucho tus probabilidades de éxito.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la resolución?

Puedes apelar. La resolución de la CCD se revisa en segunda instancia ante la Sala Especializada del Tribunal del INDECOPI, que confirma, modifica o revoca lo resuelto.

Información útil de INDECOPI

Teléfono(01) 224-7777
Línea gratuita0-800-4-4040 (provincias)

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