¿Qué obras se pueden registrar en INDECOPI?
Obras literarias (novelas, tesis, artículos), artísticas (pinturas, fotografías, diseños), musicales (composiciones, canciones), software (código fuente y objeto), audiovisuales (películas, documentales), arquitectónicas (planos) y bases de datos con selección original. Cualquier creación intelectual original es registrable (D.Leg. 822, art. 3).
¿Es obligatorio registrar una obra?
No. El derecho de autor nace desde el momento de la creación (D.Leg. 822, art. 3). El registro es declarativo, no constitutivo, pero es muy recomendable porque sirve como prueba legal de autoría y fecha de creación en caso de disputas judiciales o plagios.
¿Cuánto cuesta registrar una obra en INDECOPI en 2026?
S/195.25 para obras literarias, artísticas, musicales, software y audiovisuales. S/177.90 para bases de datos y compilaciones. S/168.50 para actos modificatorios. Tarifas según TUPA INDECOPI vigente (aprobado julio 2025). Se paga en Banco de la Nación, Págalo.pe o en línea.
¿Cuánto demora el registro de obra?
El plazo legal máximo es de 30 días hábiles desde la presentación de la solicitud completa. Si INDECOPI formula observaciones, se otorga un plazo adicional para subsanarlas. En la práctica, trámites virtuales sin observaciones pueden resolverse en menos tiempo.
¿Cuánto tiempo protege el derecho de autor?
Los derechos patrimoniales (reproducción, distribución, comunicación) duran toda la vida del autor más 70 años después de su fallecimiento (D.Leg. 822, art. 52). Los derechos morales (paternidad, integridad) son perpetuos e irrenunciables.
¿Puedo registrar software como obra?
Sí. El software (programa de computación) se registra como obra literaria ante la Dirección de Derecho de Autor de INDECOPI (D.Leg. 822, arts. 3 y 23). La protección cubre el código fuente, código objeto y la documentación técnica. La tasa es S/195.25.
¿El registro de obra protege la idea?
No. El derecho de autor protege la expresión concreta de la obra (el texto, la partitura, el código, la imagen), no las ideas, conceptos, procedimientos o métodos contenidos en ella. Las ideas son libres y no son apropiables.
¿Qué diferencia hay entre derecho de autor y marca?
El derecho de autor protege creaciones intelectuales originales (libros, música, software). La marca protege signos distintivos comerciales (nombres, logos). Son registros independientes ante diferentes direcciones de INDECOPI: Dirección de Derecho de Autor vs. Dirección de Signos Distintivos.
¿Puedo registrar una obra creada por varios autores?
Sí. Las obras en colaboración (coautoría) se registran indicando todos los autores en la solicitud. Cada coautor mantiene sus derechos morales. Los derechos patrimoniales se comparten según lo acordado entre los coautores.
¿El registro tiene vigencia o se vence?
El registro en sí no tiene fecha de vencimiento ni requiere renovación. Lo que tiene plazo es la protección patrimonial: vida del autor + 70 años. Pasado ese tiempo, la obra pasa al dominio público y cualquier persona puede usarla libremente.