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Protesto de títulos valores

Notarías del Perú

Presencial gob.pe/20808

Cómo protestar una letra de cambio, pagaré o cheque en notaría en Perú. El protesto es el acto notarial que deja constancia del incumplimiento de pago de un título valor.

Última actualización6 de abril de 2026
Entidad responsableNotarías del Perú
Fuente oficialnotarios.org.pe
Guía informativa independiente. No somos una notaría. Los costos son referenciales y varían según cada notaría.
Costo ~S/50-150
Tiempo 15-30 días
Modalidad Presencial
Documentos necesarios

Requisitos para protestar títulos valores

Documentos e información que necesitas para protestar un título valor en notaría.

📄
Título valor original

Letra de cambio, pagaré o cheque original que no fue pagado al vencimiento.

🪪
DNI del tenedor/acreedor

Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta el título valor a protesto.

📋
Datos completos del deudor

Nombre completo y dirección del deudor para que el notario pueda notificarlo.

📅
El título valor debe estar vencido e impago

Solo se puede protestar un título valor cuyo plazo de pago ya venció y no fue cancelado.

Paso a paso

Cómo protestar un título valor

Sigue estos pasos para protestar una letra de cambio, pagaré o cheque en notaría.

  1. 1

    Verificar que el título valor está vencido

    Confirma que el título valor está vencido y que el deudor no realizó el pago.

  2. 2

    Acudir a la notaría dentro del plazo legal

    Presenta el título valor en la notaría dentro de los 15 días siguientes al vencimiento (para letras y pagarés).

  3. 3

    Presentar el título valor original y DNI

    Entrega el título valor original y tu DNI al notario.

  4. 4

    Notificación al deudor

    El notario notifica al deudor en su domicilio sobre el protesto.

  5. 5

    Plazo para pago del deudor

    El deudor tiene 1 día para pagar después de ser notificado.

  6. 6

    Acta de protesto

    Si no paga, el notario levanta el acta de protesto dejando constancia del incumplimiento.

  7. 7

    Registro en Cámara de Comercio

    El protesto se registra en la Cámara de Comercio, afectando el historial crediticio del deudor.

  8. 8

    Iniciar acción judicial

    Con el protesto, puedes iniciar acción judicial de cobro contra el deudor.

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

Plazo de 15 días. El protesto debe hacerse dentro de los 15 días siguientes al vencimiento. Pasado ese plazo, pierdes derechos.

Sin protesto pierdes derechos. Sin protesto, pierdes la acción cambiaria contra endosantes y garantes del título valor.

Afecta el historial crediticio. El protesto afecta el historial crediticio del deudor en centrales de riesgo como Infocorp y Sentinel.

Cláusula «sin protesto». Algunos títulos valores tienen cláusula «sin protesto» que te exime de este trámite notarial.

Lo que siempre preguntan

Lo que la gente pregunta sobre protesto de títulos valores

¿Qué pasa si no protesto a tiempo?

Pierdes la acción cambiaria contra endosantes y garantes, pero conservas acción contra el aceptante principal.

¿El protesto aparece en centrales de riesgo?

Sí, la Cámara de Comercio reporta los protestos a las centrales de riesgo como Infocorp, Sentinel, etc.

¿Qué es la cláusula «sin protesto»?

Es una cláusula en el título valor que exime al tenedor de protestar. Permite cobrar directamente sin pasar por notaría.

¿Qué es el protesto de un título valor?

Es la constancia notarial de que un título valor (letra de cambio, pagaré, cheque) no fue pagado a su vencimiento. Es requisito legal para ejercer la acción cambiaria (cobro judicial) contra el deudor y los endosantes.

¿Cuánto cuesta el protesto notarial?

Entre S/50 y S/150 dependiendo de la notaría y el monto del título valor. Es un gasto que generalmente recupera el acreedor en el proceso de cobro judicial al deudor.

¿En qué plazo debo protestar un título valor?

El protesto debe realizarse dentro de los 15 días siguientes al vencimiento del título valor. Si no se protesta dentro de este plazo, se pierde la acción cambiaria contra los endosantes y fiadores.

¿Existen títulos valores que no requieren protesto?

Sí, los títulos con cláusula «sin protesto» o «con dispensa de protesto» no requieren protesto notarial para ejercer la acción cambiaria. También los cheques rechazados por el banco llevan una constancia bancaria que equivale al protesto.

Información útil sobre Notarías

TeléfonoConsulta tu notaría local
Enlace directoTrámite en gob.pe
HorarioL-V 9am-5pm, Sábados 9am-1pm

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