Separación de patrimonios
Notarías del Perú
Para separar los bienes del matrimonio. Los cónyuges eligen el régimen de separación de patrimonios ante notario. Requisitos, costos referenciales y pasos completos.
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Para separar los bienes del matrimonio. Los cónyuges eligen el régimen de separación de patrimonios ante notario. Requisitos, costos referenciales y pasos completos.
Documentos e información que necesitas para tramitar la separación de patrimonios.
Documento Nacional de Identidad vigente de ambos cónyuges.
Partida de matrimonio emitida por la municipalidad correspondiente.
Lista detallada con el valor de los bienes que forman parte de la sociedad de gananciales.
Documento legal elaborado y firmado por un abogado colegiado.
Sigue estos pasos para tramitar la separación de patrimonios ante notario.
Ambos cónyuges deben estar de acuerdo en cambiar el régimen patrimonial de sociedad de gananciales a separación de patrimonios.
Preparar un inventario valorizado de todos los bienes que forman parte de la sociedad de gananciales.
Un abogado colegiado debe redactar y firmar la minuta de separación de patrimonios.
Ambos cónyuges deben presentarse en la notaría con todos los documentos requeridos.
Los cónyuges firman la escritura pública de separación de patrimonios ante el notario.
Inscribir la separación de patrimonios en el Registro Personal de SUNARP para que surta efectos frente a terceros.
Retirar el testimonio de la escritura pública que acredita la separación de patrimonios.

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Inscripción obligatoria en SUNARP. La separación de patrimonios debe inscribirse en SUNARP para que surta efectos frente a terceros. Sin la inscripción, no es oponible.
Acuerdo mutuo. Ambos cónyuges deben estar de acuerdo para realizar la separación de patrimonios ante notario. Si no hay acuerdo, se tramita por vía judicial.
No, se requiere minuta firmada por abogado colegiado. Es un requisito indispensable para que el notario eleve la escritura pública.
No, solo aplica a bienes gananciales. Los bienes propios de cada cónyuge (adquiridos antes del matrimonio) no se ven afectados.
Sí, los cónyuges pueden volver al régimen de sociedad de gananciales mediante una nueva escritura pública e inscripción en SUNARP.
Es el cambio del régimen de sociedad de gananciales (bienes comunes) al régimen de separación de patrimonios (cada cónyuge administra sus propios bienes). Se formaliza por escritura pública e inscripción en SUNARP.
Entre S/300 y S/800 en gastos notariales. Adicionalmente se paga la inscripción en SUNARP (Registro de Personas Naturales) para que surta efectos frente a terceros.
Sí, la separación de patrimonios por vía notarial requiere el acuerdo de ambos cónyuges. Si uno se opone, el interesado debe solicitarla por vía judicial acreditando las causas establecidas en el Código Civil.
Sí, los bienes adquiridos durante la sociedad de gananciales se liquidan y distribuyen entre los cónyuges. A partir de la inscripción, cada cónyuge administra y dispone libremente de los bienes que adquiera.
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