Capitulaciones matrimoniales
Notarías del Perú
Acuerdo previo al matrimonio sobre el régimen patrimonial. Los futuros cónyuges definen cómo se administrarán sus bienes. Requisitos, costos referenciales y pasos completos.
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Acuerdo previo al matrimonio sobre el régimen patrimonial. Los futuros cónyuges definen cómo se administrarán sus bienes. Requisitos, costos referenciales y pasos completos.
Documentos e información que necesitas para tramitar las capitulaciones matrimoniales.
Documento Nacional de Identidad vigente de ambos futuros cónyuges.
Documento legal que contiene los acuerdos patrimoniales, redactado y firmado por abogado colegiado.
Lista detallada de los bienes que cada contrayente posee antes del matrimonio (si los hubiere).
Sigue estos pasos para tramitar las capitulaciones matrimoniales ante notario.
Los contrayentes deben definir de común acuerdo cómo se administrarán los bienes durante el matrimonio.
Un abogado colegiado debe redactar la minuta con los acuerdos patrimoniales de ambos contrayentes.
Ambos contrayentes deben presentarse en la notaría con todos los documentos requeridos.
Los contrayentes firman la escritura pública de capitulaciones matrimoniales ante el notario.
Inscribir las capitulaciones en SUNARP para que surtan efectos frente a terceros.
Entregar una copia certificada de las capitulaciones al registrador civil al momento de celebrar el matrimonio.

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Antes del matrimonio. Las capitulaciones matrimoniales deben hacerse obligatoriamente antes del matrimonio civil. No se pueden otorgar después de celebrado el matrimonio.
Recomendable para empresarios. Es especialmente recomendable cuando uno de los contrayentes tiene un negocio o empresa, para proteger el patrimonio empresarial.
No, es voluntario. Sin ellas, aplica el régimen de sociedad de gananciales por defecto según el Código Civil peruano.
Sí, mediante separación de patrimonios notarial. Los cónyuges pueden cambiar el régimen patrimonial durante el matrimonio.
No surten efecto frente a terceros. La inscripción en Registros Públicos es indispensable para su oponibilidad.
Son acuerdos que los futuros cónyuges celebran antes del matrimonio para establecer el régimen patrimonial que regirá su unión: sociedad de gananciales (bienes comunes) o separación de patrimonios (bienes individuales).
Entre S/300 y S/800 en gastos notariales. Si se opta por separación de patrimonios, debe inscribirse en SUNARP antes del matrimonio para que surta efectos.
Sí, los cónyuges pueden cambiar el régimen patrimonial durante el matrimonio por escritura pública (sustitución de régimen). El cambio debe inscribirse en SUNARP e informarse a los acreedores.
No, son opcionales. Si los novios no celebran capitulaciones, automáticamente se aplica el régimen de sociedad de gananciales por defecto según el Código Civil peruano.
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