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Testamento por escritura pública ante notario en Perú: requisitos y costo

Notarías del Perú

Presencial Ante notario

El testamento es el acto por el que una persona decide cómo se repartirán sus bienes después de su fallecimiento. El otorgado por escritura pública ante notario es la forma más segura y usada en el Perú: se redacta y firma ante el notario y dos testigos, y queda inscrito para que tus herederos puedan ubicarlo cuando lo necesiten. Aquí tienes requisitos, tipos de testamento, la legítima de los herederos forzosos, costos referenciales, los pasos y cómo modificarlo o revocarlo, conforme al Código Civil.

Última actualización24 de junio de 2026
Entidad responsableNotarías del Perú
Fuente oficialnotarios.org.pe
Guía informativa independiente. No somos una notaría. Los costos son referenciales y varían según cada notaría.
Costo ~S/300-800
Tiempo 1-5 días
Modalidad Presencial
Concepto y clases

Qué es un testamento y los tipos que reconoce el Código Civil

Por el testamento una persona dispone de sus bienes, total o parcialmente, para después de su muerte y ordena su propia sucesión dentro de los límites de la ley (Código Civil, artículo 686).

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Es un acto personal, voluntario y siempre revocable. Nadie puede otorgar testamento por ti ni puedes encargárselo a un tercero: tu voluntad debe expresarse directamente. Mientras vivas puedes cambiarlo cuantas veces quieras; el que vale es el último testamento válido.

El Código Civil reconoce tres testamentos ordinarios. Cada uno tiene formalidades propias que no se pueden mezclar:

Por escritura pública

Se otorga ante el notario con dos testigos hábiles, reunidos en un solo acto de principio a fin. El notario lo redacta en su registro de escrituras y lo conserva. Es el más seguro: no se puede perder, falsificar ni discutir su autenticidad. Arts. 695 y 696.

Cerrado

El testador escribe su voluntad, la mete en un sobre cerrado y lo entrega al notario ante dos testigos. El notario levanta un acta y custodia el sobre, que solo se abre tras el fallecimiento por orden judicial. Arts. 699 al 703.

Ológrafo

Lo escribe a mano y firma el propio testador, con año, mes y día, sin notario ni testigos. Para que surta efecto debe protocolizarse ante el juez dentro de los cinco años del fallecimiento; sin ese requisito no es válido. Arts. 707 y siguientes.

Ventaja práctica

Por qué el testamento por escritura pública es el más seguro

Frente al cerrado y al ológrafo, el testamento notarial reduce al mínimo el riesgo de impugnaciones, pérdidas y trámites judiciales para tus herederos.

No se pierde ni se destruye. El original queda en el registro del notario y se inscribe en la Sunarp; aunque tu copia se extravíe, el testamento sigue existiendo.

Fácil de localizar. Tus herederos pueden consultar en la Sunarp si existe testamento, evitando que tu voluntad quede ignorada.

Difícil de impugnar. La presencia del notario y de dos testigos da fe de tu identidad, de tu capacidad y de que firmaste libremente, lo que blinda el documento.

Sin juicio posterior. A diferencia del ológrafo, no necesita protocolización judicial: surte efecto desde el fallecimiento, ahorrando tiempo y costos a la familia.

Documentos necesarios

Requisitos para el testamento notarial

Documentos e información que necesitas para otorgar testamento por escritura pública.

🪪
DNI del testador

Documento Nacional de Identidad vigente de la persona que otorga el testamento.

👥
Dos testigos mayores de edad con DNI

Dos personas mayores de edad que presenciarán el acto testamentario, cada una con su DNI vigente.

📝
Declaración de última voluntad

Indicar cómo deseas distribuir tus bienes. El notario puede ayudarte a redactarla.

👨‍👩‍👧
Datos de los herederos/legatarios

Nombres completos y datos de identificación de las personas que recibirán los bienes.

⚖️
Capacidad y testigos: dos condiciones clave. Para testar debes estar en pleno uso de tus facultades al momento del acto. Los dos testigos son obligatorios solo en el testamento por escritura pública y en el cerrado: deben ser mayores de edad, saber leer y escribir, y no pueden ser herederos, legatarios ni parientes cercanos del testador. Si eres analfabeto o no puedes firmar, el Código Civil prevé formalidades adicionales (doble lectura y huella digital) para que igual puedas testar.
Paso a paso

Cómo hacer un testamento notarial

Sigue estos pasos para otorgar testamento por escritura pública ante notario.

  1. 1

    Definir distribución de bienes

    Decide cómo deseas distribuir tus bienes entre tus herederos y legatarios.

  2. 2

    Acudir a la notaría con DNI

    Preséntate en la notaría de tu elección con tu DNI vigente.

  3. 3

    Coordinar dos testigos

    Lleva o coordina dos testigos mayores de edad con sus respectivos DNI.

  4. 4

    Dictar tu voluntad

    Dicta tu voluntad ante el notario y los testigos presentes.

  5. 5

    Redacción del testamento

    El notario redacta el testamento conforme a lo declarado por el testador.

  6. 6

    Lectura en voz alta

    Se lee el testamento en voz alta para que el testador y testigos confirmen su contenido.

  7. 7

    Firmar el testamento

    Testador, testigos y notario firman el documento testamentario.

  8. 8

    Inscripción en SUNARP

    El notario inscribe el testamento en SUNARP (se registra su existencia, no su contenido).

Lo que no puedes dejar de heredar

Legítima y herederos forzosos: cuánto puedes repartir libremente

En el Perú no existe libertad absoluta para repartir la herencia. La ley reserva una parte intangible —la legítima— para los herederos forzosos, y solo deja una porción de libre disposición para quien tú quieras.

🔒
La legítima es la parte de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente cuando tiene herederos forzosos (art. 723). Son herederos forzosos los hijos y demás descendientes, los padres y demás ascendientes, y el cónyuge o el integrante sobreviviente de la unión de hecho (art. 724). A cada heredero forzoso le corresponde una cuota igual a la que tendría en la sucesión intestada (art. 729).

La porción que sí puedes repartir como quieras (la cuota de libre disposición) depende de qué herederos forzosos tengas:

Tienes hijos o descendientes, o cónyuge

Puedes disponer libremente hasta un tercio de tus bienes. Los otros dos tercios son legítima de tus herederos forzosos (art. 725).

Solo tienes padres o ascendientes

Puedes disponer libremente hasta la mitad de tus bienes. La otra mitad es la legítima de tus ascendientes (art. 726).

No tienes herederos forzosos

Tienes libre disposición del total de tus bienes: puedes dejarlos a quien quieras, sin reserva de legítima.

Por eso no puedes desheredar libremente a un hijo o al cónyuge: la desheredación solo procede por las causales tasadas del Código Civil (maltrato, injuria grave, negarte alimentos, etc.) y debe expresarse en el testamento indicando la causa. Si testas pasando por alto la legítima, esa disposición puede ser reducida o anulada a pedido del heredero afectado.

Cuánto cuesta

Costo del testamento notarial e inscripción en la Sunarp

El precio tiene dos componentes: el honorario del notario (libre, varía según notaría y complejidad) y el derecho registral de inscripción en la Sunarp.

Pago — Testamento notarial

Honorario notarial~S/300 – S/800 (referencial). No está tarifado: depende de la notaría, la extensión y la complejidad del testamento. Pide cotización antes.
Inscripción en el Registro de Testamentos (Sunarp)Desde ~S/22 de derecho registral, aparte del honorario. La calificación demora unos 3 a 7 días hábiles.
🗂️
La inscripción protege tu voluntad. El notario remite el parte al Registro de Testamentos de la Sunarp (regulado por la Resolución N.º 156-2012-SUNARP-SN), muchas veces de forma electrónica mediante el SID-Sunarp. Se registra que existe un testamento y los datos del testador, no su contenido, que permanece confidencial. Así tus herederos pueden verificar su existencia y solicitar la copia tras el fallecimiento. Revisa también nuestra guía de trámites Sunarp.
Cambios y revocación

Cómo modificar o revocar tu testamento cuando cambian tus planes

El testamento es esencialmente revocable: tu voluntad de hoy no te ata para siempre.

🔄
Puedes modificar o revocar tu testamento en cualquier momento mientras vivas, las veces que quieras. La forma más limpia es otorgar un nuevo testamento por escritura pública: el último testamento válido prevalece y deja sin efecto las disposiciones anteriores incompatibles. Aunque escribas que "nunca lo revocarás", esa cláusula no tiene valor: la revocabilidad es de orden público. Conviene revisar tu testamento cuando cambian tus circunstancias: matrimonio o divorcio, nacimiento de hijos, compra o venta de inmuebles, o fallecimiento de un heredero.
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Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

Legítima obligatoria. Solo puedes disponer libremente del tercio de libre disposición; los dos tercios restantes son legítima obligatoria para herederos forzosos.

Puedes modificarlo. Puedes modificar o revocar tu testamento en cualquier momento otorgando uno nuevo.

Actualiza cuando cambien tus circunstancias. Es recomendable actualizar el testamento cuando cambien tus circunstancias familiares o patrimoniales.

Evita estos fallos

Errores comunes al hacer un testamento en el Perú

Pequeños descuidos que pueden anular tu testamento o generar pleitos entre tus herederos.

Ignorar la legítima. Repartir todo a una sola persona sin respetar los dos tercios (o la mitad) de los herederos forzosos: esas disposiciones pueden reducirse o anularse después.

Elegir testigos no hábiles. Usar como testigos a un heredero, legatario o pariente cercano vicia la formalidad del testamento por escritura pública.

Confiar solo en un testamento ológrafo. El escrito a mano sin notario exige protocolización judicial dentro de cinco años; si tu familia no lo encuentra o se pasa el plazo, no vale.

No actualizarlo nunca. Un testamento antiguo puede dejar fuera a hijos nacidos después o incluir bienes que ya vendiste, generando conflictos al repartir.

Lo que siempre preguntan

Lo que la gente pregunta sobre el testamento notarial

¿Necesito listar todos mis bienes?

No es obligatorio, pero es recomendable para evitar conflictos entre los herederos al momento de la sucesión.

¿Puedo desheredar a un hijo?

Solo por causales específicas del Código Civil (maltrato, injuria grave, etc.), y aún así tiene derecho a la legítima que le corresponde por ley.

¿El testamento es público?

No, el contenido es confidencial. Solo se registra en SUNARP que existe un testamento, pero no su contenido.

¿Cuánto cuesta hacer un testamento notarial?

Entre S/300 y S/800 dependiendo de la complejidad y la notaría. El testamento por escritura pública es la forma más segura y común. Se registra en SUNARP para que los herederos puedan consultarlo después del fallecimiento.

¿Puedo cambiar mi testamento después?

Sí, el testamento es revocable en cualquier momento. Puedes modificarlo parcial o totalmente otorgando un nuevo testamento ante notario. El último testamento válido es el que prevalece.

¿Necesito testigos para otorgar testamento?

Sí, el testamento por escritura pública requiere 2 testigos que sean mayores de edad, que sepan leer y escribir, y que no sean herederos ni legatarios. Los testigos firman junto con el testador y el notario.

¿Qué pasa si fallezco sin testamento?

Se aplica la sucesión intestada: los bienes se distribuyen según el orden legal de herederos (1° hijos y cónyuge, 2° padres, 3° hermanos). Los herederos deben tramitar la sucesión intestada notarial o judicial antes de disponer de los bienes.

¿Cuál es la diferencia entre testamento y anticipo de herencia?

El testamento surte efecto recién al fallecer y es revocable mientras vivas. El anticipo de herencia es una donación en vida a un heredero forzoso: transfiere el bien de inmediato y, salvo dispensa, se computa luego en su legítima. Son trámites distintos y a veces complementarios.

Información útil sobre Notarías

TeléfonoConsulta tu notaría
Enlace directoTrámite en gob.pe
HorarioLunes a viernes, 9:00 a.m. a 5:00 p.m.

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