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Testamento por escritura pública

Notarías del Perú

Presencial gob.pe/20800

Cómo hacer un testamento por escritura pública ante notario en Perú. Requisitos, costos referenciales y pasos para declarar tu última voluntad conforme al Código Civil.

Última actualización6 de abril de 2026
Entidad responsableNotarías del Perú
Fuente oficialnotarios.org.pe
Guía informativa independiente. No somos una notaría. Los costos son referenciales y varían según cada notaría.
Costo ~S/300-800
Tiempo 1-5 días
Modalidad Presencial
Documentos necesarios

Requisitos para el testamento notarial

Documentos e información que necesitas para otorgar testamento por escritura pública.

🪪
DNI del testador

Documento Nacional de Identidad vigente de la persona que otorga el testamento.

👥
Dos testigos mayores de edad con DNI

Dos personas mayores de edad que presenciarán el acto testamentario, cada una con su DNI vigente.

📝
Declaración de última voluntad

Indicar cómo deseas distribuir tus bienes. El notario puede ayudarte a redactarla.

👨‍👩‍👧
Datos de los herederos/legatarios

Nombres completos y datos de identificación de las personas que recibirán los bienes.

Paso a paso

Cómo hacer un testamento notarial

Sigue estos pasos para otorgar testamento por escritura pública ante notario.

  1. 1

    Definir distribución de bienes

    Decide cómo deseas distribuir tus bienes entre tus herederos y legatarios.

  2. 2

    Acudir a la notaría con DNI

    Preséntate en la notaría de tu elección con tu DNI vigente.

  3. 3

    Coordinar dos testigos

    Lleva o coordina dos testigos mayores de edad con sus respectivos DNI.

  4. 4

    Dictar tu voluntad

    Dicta tu voluntad ante el notario y los testigos presentes.

  5. 5

    Redacción del testamento

    El notario redacta el testamento conforme a lo declarado por el testador.

  6. 6

    Lectura en voz alta

    Se lee el testamento en voz alta para que el testador y testigos confirmen su contenido.

  7. 7

    Firmar el testamento

    Testador, testigos y notario firman el documento testamentario.

  8. 8

    Inscripción en SUNARP

    El notario inscribe el testamento en SUNARP (se registra su existencia, no su contenido).

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

Legítima obligatoria. Solo puedes disponer libremente del tercio de libre disposición; los dos tercios restantes son legítima obligatoria para herederos forzosos.

Puedes modificarlo. Puedes modificar o revocar tu testamento en cualquier momento otorgando uno nuevo.

Actualiza cuando cambien tus circunstancias. Es recomendable actualizar el testamento cuando cambien tus circunstancias familiares o patrimoniales.

Lo que siempre preguntan

Lo que la gente pregunta sobre el testamento notarial

¿Necesito listar todos mis bienes?

No es obligatorio, pero es recomendable para evitar conflictos entre los herederos al momento de la sucesión.

¿Puedo desheredar a un hijo?

Solo por causales específicas del Código Civil (maltrato, injuria grave, etc.), y aún así tiene derecho a la legítima que le corresponde por ley.

¿El testamento es público?

No, el contenido es confidencial. Solo se registra en SUNARP que existe un testamento, pero no su contenido.

¿Cuánto cuesta hacer un testamento notarial?

Entre S/300 y S/800 dependiendo de la complejidad y la notaría. El testamento por escritura pública es la forma más segura y común. Se registra en SUNARP para que los herederos puedan consultarlo después del fallecimiento.

¿Puedo cambiar mi testamento después?

Sí, el testamento es revocable en cualquier momento. Puedes modificarlo parcial o totalmente otorgando un nuevo testamento ante notario. El último testamento válido es el que prevalece.

¿Necesito testigos para otorgar testamento?

Sí, el testamento por escritura pública requiere 2 testigos que sean mayores de edad, que sepan leer y escribir, y que no sean herederos ni legatarios. Los testigos firman junto con el testador y el notario.

¿Qué pasa si fallezco sin testamento?

Se aplica la sucesión intestada: los bienes se distribuyen según el orden legal de herederos (1° hijos y cónyuge, 2° padres, 3° hermanos). Los herederos deben tramitar la sucesión intestada notarial o judicial antes de disponer de los bienes.

Información útil sobre Notarías

TeléfonoConsulta tu notaría
Enlace directoTrámite en gob.pe
HorarioLunes a viernes, 9:00 a.m. a 5:00 p.m.

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