¿Puedo votar con el DNI vencido el 4 de octubre de 2026?
Sí. RENIEC prorrogó de forma excepcional la vigencia del DNI vencido o por vencer hasta el domingo 4 de octubre de 2026, únicamente para sufragar en las Elecciones Regionales y Municipales, mediante la Resolución Jefatural N.° D000023-2026-RENIEC/JNAC. Te presentas en tu mesa con el DNI que tienes y votas con normalidad.
¿Qué resolución permite votar con DNI vencido y hasta cuándo rige?
La Resolución Jefatural N.° D000023-2026-RENIEC/JNAC, del 27 de agosto de 2026, publicada en El Peruano el 28 de agosto. Su artículo tercero precisa que la prórroga «sólo surtirá efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio» en las ERM 2026, y rige hasta el 4 de octubre de 2026, el día de la votación. Después de esa fecha, el DNI vencido vuelve a estar vencido para todo efecto.
¿Sirve el DNI amarillo para votar si ya cumplí 18 años?
Sí. La medida comprende a quienes cumplieron o cumplirán 18 años hasta el 4 de octubre de 2026 y todavía conservan el DNI amarillo (el de menores de edad), y también a los mayores de edad que aún no lo actualizaron. Basta con figurar en el padrón electoral.
¿Puedo usar el DNI vencido en el banco, la notaría u otros trámites hasta el 4 de octubre?
No. La autorización es excepcional y sirve únicamente para votar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. Para trámites bancarios, notariales, administrativos o de cualquier otra naturaleza, el DNI debe estar vigente: la prórroga no lo renueva ni amplía su vigencia para otros usos.
¿Sirve el DNI azul o solo el DNI electrónico?
Sirven los tres: DNI azul, DNI amarillo y DNI electrónico en cualquiera de sus versiones (DNIe 1.0, 2.0 o 3.0), estén vigentes o vencidos. Lo que importa es que el documento te identifique y que figures como hábil en el padrón.
¿Puedo votar con pasaporte, brevete o una copia del DNI si el mío está vencido?
No. El DNI es el único documento válido para votar y no puede ser reemplazado por el pasaporte, el brevete, una constancia, una copia, una foto ni ningún otro documento. Si tu DNI está vencido, llévalo igual: vale para sufragar.
¿Puedo votar con la constancia de trámite del DNI?
No. RENIEC precisa que el DNI no puede ser reemplazado por una constancia. Si renovaste y el nuevo DNI todavía no te lo entregan, vota con tu DNI anterior aunque esté vencido: para eso existe la prórroga. Si entregaste el anterior o lo perdiste, revisa en RENIEC si tu nuevo documento ya está listo para recojo antes del 4 de octubre.
¿Tengo que renovar el DNI antes de las elecciones?
No es obligatorio para votar. Aun así, RENIEC recomienda renovar el DNI vencido y recoger los documentos que ya fueron tramitados, porque después del 4 de octubre lo vas a necesitar vigente para todo lo demás.
¿Cuánto cuesta renovar el DNI y cómo lo hago rápido?
La renovación sale como DNI electrónico 3.0 con la tarifa promocional de S/30 (código 02121, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026); la tarifa regular es S/41. Puedes hacerlo desde el celular con la app DNI BioFacial (si ya tienes datos biométricos en RENIEC), de forma presencial por orden de llegada, o con cita en 13 sedes: desde el 21 de setiembre de 2026 se sumaron Jesús María, San Juan de Miraflores, San Juan de Lurigancho, Cajamarca, Arequipa e Ica. El documento se recoge en persona.
¿Hay multa por tener el DNI vencido?
No. RENIEC ha confirmado que no existe multa por tener el DNI caducado: renovarlo cuesta lo mismo que si estuviera vigente. Lo que sí existe es la multa por no votar (S/27.50, S/55 o S/110 según la clasificación de pobreza de tu distrito), y esa se evita yendo a votar, aunque sea con el DNI vencido.
¿Cuántas personas tienen el DNI vencido en el padrón de las ERM 2026?
Según RENIEC, el padrón de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 tiene 26 314 724 ciudadanos habilitados para sufragar; de ellos, 1 735 329 tienen el DNI vencido y pueden acogerse a la prórroga. Es cerca del 6,6 % de los electores.
¿Si tengo multas electorales pendientes puedo votar?
Sí. Una multa electoral impaga no te quita el derecho a votar. El ejercicio de la ciudadanía solo se suspende por resolución judicial de interdicción, por sentencia con pena privativa de la libertad o por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos (Constitución, artículo 33). Lo que sí conviene es consultar y pagar tus multas, porque bloquean otros trámites.
¿Qué pasa con mi DNI vencido después del 4 de octubre?
Vuelve a estar vencido para todo efecto, incluidos los trámites bancarios, notariales y administrativos. Conviene renovarlo cuanto antes: la tarifa promocional de S/30 sigue vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, y puedes hacerlo desde el celular con la app DNI BioFacial o en cualquier oficina de RENIEC.
¿A qué hora se vota el 4 de octubre y qué debo llevar?
Las mesas atienden de 7:00 a. m. a 5:00 p. m. Solo necesitas tu DNI físico (azul, amarillo o electrónico, aunque esté vencido). No hace falta llevar lapicero ni el comprobante de la consulta de tu local. Verifica antes tu local y número de mesa con tu DNI en consultaelectoral.onpe.gob.pe.