¿Con cuánta anticipación deben avisarme un corte de agua programado?
La empresa prestadora debe avisar las interrupciones programadas con un mínimo de 48 horas de anticipación, de ser posible por escrito, informando el horario del corte, los motivos y la hora estimada de restablecimiento. También debe comunicar el corte a la SUNASS con 48 horas de anticipación.
¿Dónde consulto si hay un corte de agua programado en mi zona?
En el registro de interrupciones de la SUNASS, en aplicaciones.sunass.gob.pe/Interrupciones/, y en la web, la app o las redes sociales de tu empresa prestadora. En Lima y Callao consultas en los canales de Sedapal.
¿Me pueden cobrar el agua durante los días que no hubo servicio?
No te pueden cobrar por el servicio que no se prestó. Si tienes medidor, se factura según los días efectivamente abastecidos. Si no tienes medidor o pagas por promedio, te corresponde un descuento proporcional a los días que estuviste sin agua.
¿Qué pasa si la interrupción dura mucho? ¿Tienen que darme agua por cisterna?
Sí. Cuando una interrupción supera las 18 horas, la empresa prestadora debe abastecer a la población afectada mediante camiones cisterna u otro medio alternativo.
¿Cómo deben avisar un corte que afecta a varias zonas a la vez?
Si el corte supera las 6 horas y afecta a una sola zona, la empresa debe usar volantes u otros medios dirigidos a esa zona. Si afecta a varias zonas a la vez, debe comunicarlo por medios de difusión masiva.
¿Y si el corte fue imprevisto, no programado?
En las interrupciones imprevistas la empresa no puede avisar con 48 horas de anticipación, pero está obligada a informar a los usuarios apenas conozca el hecho, indicando el motivo y el tiempo estimado de restablecimiento.
¿Cuál es la diferencia entre una interrupción programada y un corte por falta de pago?
La interrupción programada es una suspensión temporal del servicio por mantenimiento u obras que afecta a toda una zona y debe avisarse con 48 horas. El corte por falta de pago es individual, recae solo en tu suministro por dos facturaciones impagas y no da derecho a cisterna ni a descuento.
¿La interrupción programada se descuenta sola del recibo?
Con medidor, el recibo refleja los días efectivos de servicio. Sin medidor o por promedio, el descuento proporcional debería aplicarse de oficio; si no aparece en tu recibo, puedes reclamarlo ante tu empresa prestadora.
¿Qué información debe contener el aviso del corte programado?
El aviso debe indicar el horario del corte (inicio y fin), los motivos de la interrupción y la hora estimada de restablecimiento del servicio, de modo que puedas prepararte y almacenar agua.
¿Es gratis consultar el registro de interrupciones de la SUNASS?
Sí. La consulta del registro de interrupciones de la SUNASS y de los canales de tu empresa prestadora es completamente gratuita y se hace en línea.
¿Qué hago si la interrupción dura más de lo anunciado o no me dan cisterna?
Repórtalo a tu empresa prestadora y, si no responde, presenta un reclamo operacional. También puedes orientarte gratis llamando al Fono SUNASS 1899. Las interrupciones prolongadas sin justificación y el incumplimiento de avisar son materia de supervisión de la SUNASS.
¿Pueden cortarme el agua por mantenimiento sin avisar?
No para las interrupciones programadas: la empresa debe avisar con un mínimo de 48 horas. Solo en emergencias o hechos imprevistos puede suspender el servicio sin ese plazo, pero igual debe informar apenas conozca el hecho.
¿Dónde consulto las interrupciones de agua en Lima?
En el registro de interrupciones de la SUNASS y en los canales oficiales de Sedapal (su web, su app y sus redes sociales), que es la empresa prestadora de Lima y Callao. La SUNASS atiende orientación al Fono 1899.