Trámites Perú
0%
Trámites Perú como app · sin tienda · 5 seg
Ir al contenido principal
Buscar Trámite

CTS Banco de la Nación 2026: retiro 100% por Ley 32322 hasta el 31 de diciembre de 2026

Ley 32322 vigente · Retiro 100% sin tope hasta 31-dic-2026 (DL 650/728 privado) · Sector público: régimen propio DS 016-2010-TR · App BN, agencia y Multired Virtual · Sin autorización del empleador · 0-800-1-0700 24h

Presencial + online (consulta)

Todo sobre la CTS en el Banco de la Nación: depósito semestral, consulta de saldo y retiro del 100%. Dirigido a trabajadores del sector público con cuenta CTS en el BN.

Última actualización19 de junio de 2026
Entidad responsableBanco de la Nación
Datos vigentesLey 32322 vigente - retiro 100% hasta 31-dic-2026 - solo DL 650/728 - publico: DS 016-2010-TR - 0-800-1-0700
Guía informativa independiente. No somos el Banco de la Nación. Verifica siempre en la fuente oficial.
Cambios y datos clave 2026

Lo más importante que debes saber al 19 de junio de 2026

Retiro 100% vigente hasta 31-dic-2026

La Ley 32322, publicada en El Peruano el 9 de mayo de 2025, autoriza el retiro hasta del 100% del depósito CTS de manera libre y voluntaria hasta el 31 de diciembre de 2026. Sin tope monetario, sin autorización del empleador, sin trámite SBS especial. A partir del 1 de enero de 2027 el retiro vuelve a estar limitado al 50%.

Aplica solo a sector privado (DL 650/728)

La Ley 32322 modifica el Decreto Legislativo 650 y su TUO DS 001-97-TR, que rigen al sector privado. NO aplica directamente a servidores públicos del DL 276, CAS (DL 1057) ni Ley 30057 Servir, cuyo régimen de CTS tiene normativa propia (DS 016-2010-TR + reglamentos sectoriales). Aclaración crítica: muchas notas de prensa generalizan y eso confunde.

Enfermedad terminal o cáncer: 100% permanente

La Ley 32322 también establece que en casos de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer debidamente acreditados ante el empleador, el trabajador puede retirar el 100% de su CTS sin sujeción al plazo del 31-dic-2026. Es decir, esta vía queda como medida permanente posterior al 2026.

No necesitas autorización del empleador

Para retirar la CTS al 100% bajo la Ley 32322 no se requiere autorización del empleador. Solo necesitas tu DNI, conocer tu entidad depositaria (BN, banco privado o caja) y solicitarlo en ventanilla, App o web. Solo la vía especial de enfermedad terminal/cáncer requiere acreditar la condición ante el empleador.

DS 016-2010-TR (no "-EF")

El régimen de depósitos CTS en el sector público se rige por el Decreto Supremo 016-2010-TR (Trabajo), no DS 016-2010-EF. Algunas referencias antiguas y notas de prensa confunden el sufijo. Para revisar el expediente oficial: SPIJ del Ministerio de Justicia.

Tu CTS sigue intangible salvo alimentos

La CTS es por ley intangible e inembargable, con una sola excepción: pensión de alimentos hasta el 50% del depósito, según el TUO DS 001-97-TR. Ni SUNAT, ni un banco al que debas, ni un acreedor común pueden embargar tu CTS por otras deudas.

A quién aplica la Ley 32322

Régimen privado vs régimen público: cuál es tu caso

Una de las confusiones más comunes. La Ley 32322 NO aplica igual a todos los trabajadores. Aquí la tabla con todas las situaciones.

RégimenNorma de CTS¿Aplica Ley 32322 retiro 100%?Entidad típica de depósito
Régimen privado (DL 728)DL 650 + TUO DS 001-97-TR, hasta 31-dic-2026Banco privado, caja municipal o Coopac (a elección del trabajador)
DL 728 dentro de entidad pública (CAP)DL 650 + TUO DS 001-97-TR, hasta 31-dic-2026Banco de la Nación (por mandato sector público)
DL 276 (carrera administrativa, nombrados)Régimen propio sector públicoNO directamenteBanco de la Nación
DL 1057 (CAS)DL 1057 modificado por Ley 31131 y normas conexasNO directamente (régimen propio)Banco de la Nación
Ley 30057 (Servir)Ley 30057 (1 sueldo por año de servicio, pago al término del vínculo)NO (régimen propio)Banco de la Nación
PensionistasNo generan CTS nuevaConservan saldo histórico y pueden retirarlo según Ley 32322 si su régimen original fue DL 728Donde se depositó originalmente

Importante: si trabajas para una entidad pública pero estás contratado bajo DL 728 (régimen privado en entidad pública), sí aplica la Ley 32322. La frontera no es "trabajo público vs privado", sino el régimen legal de contratación. Revisa tu boleta de pago — figura el régimen aplicable.

Costo Sin costo de mantenimiento
Tiempo Variable
Modalidad Presencial + online (consulta)
Información general

¿Qué es la CTS?

Seguro de desempleo. La CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) es un beneficio laboral que actúa como seguro de desempleo para los trabajadores.

Depósito semestral. El empleador deposita el equivalente a 1 sueldo por año, dividido en 2 depósitos: mayo y noviembre.

Retiro del 100% vigente. En 2025-2026 se permite el retiro del 100% de la CTS según la normativa vigente.

Documentos necesarios

Requisitos para la CTS en el BN

Lo que necesitas para consultar y retirar tu CTS.

Ser trabajador del sector público con depósito CTS en BN

Debes tener una cuenta CTS activa en el Banco de la Nación con depósitos realizados por tu empleador.

DNI vigente

Documento Nacional de Identidad vigente, indispensable para el retiro presencial en agencia.

Paso a paso

Cómo consultar y retirar tu CTS

Sigue estos pasos para gestionar tu CTS en el Banco de la Nación.

  1. 1

    Tu empleador deposita la CTS semestralmente

    Los depósitos se realizan en mayo y noviembre de cada año. Tu empleador se encarga de realizar el depósito correspondiente.

  2. 2

    Consulta tu saldo en bn.com.pe o en cajeros Multired

    Ingresa a bn.com.pe o acércate a un cajero Multired para verificar tu saldo CTS disponible.

  3. 3

    Para retiro: acude a una agencia BN con tu DNI

    Dirígete a cualquier agencia del Banco de la Nación con tu DNI vigente para solicitar el retiro de tu CTS.

  4. 4

    Retiro libre del 100% de CTS

    Actualmente se permite el retiro del 100% de tu CTS según la normativa vigente 2026. Solicita el monto deseado en ventanilla.

Información de costos

Costos de la cuenta CTS

Pago — Cuenta CTS

Mantenimiento de cuentaGratis
Consulta de saldoGratis
Retiro en ventanillaSin comisión
Anuncia tu empresa en Trámites Perú — espacio publicitario para tu negocio

Contacto comercial: contacto@tramitesperu.com

Recomendación verificada

Lo que Trámites Perú recomienda

Verifica tu depósito después de mayo y noviembre. Confirma que tu empleador haya realizado el depósito correspondiente en las fechas establecidas.

Retiro del 100% vigente en 2026. La normativa actual permite el retiro libre del 100% de la CTS. Consulta actualizaciones en caso de cambios legislativos.

La CTS genera intereses. Tu dinero depositado en la cuenta CTS genera intereses a tu favor mientras permanezca en el banco.

Ojo con esto

Errores que otros no te cuentan

No verificar el depósito del empleador. Confirma que tu empleador haya depositado tu CTS en las fechas correspondientes (mayo y noviembre).

Ir a retirar con DNI vencido. Asegúrate de tener tu DNI vigente antes de acudir a la agencia para el retiro.

No consultar el saldo antes de ir. Verifica tu saldo disponible en línea o en cajeros antes de acudir a la agencia para evitar viajes innecesarios.

Paso a paso

Cómo retirar el 100% de tu CTS del Banco de la Nación

1. Verifica tu régimen y entidad

Confirma en tu boleta el régimen aplicable (DL 728 sí entra a la Ley 32322; DL 276/CAS/Servir tienen régimen propio). Verifica en qué entidad está tu CTS: si trabajas para entidad pública es BN; en sector privado puede ser cualquier banco, caja o Coopac.

2. Consulta tu saldo antes de ir

Usa la App BN, Multired Virtual o ATM Multired. Verás saldo disponible (lo que puedes retirar) y saldo contable (incluye intereses no liquidados). Cita oficial BN: muestra los 20 últimos movimientos de la cuenta CTS.

3. Acude a agencia BN con DNI

Para el retiro total presenta DNI vigente en cualquier agencia BN. No requieres carta del empleador, declaración jurada ni autorización SBS. La Ley 32322 establece libre disponibilidad para retiros 2026.

4. Retiro por App BN sin tarjeta

Para retiros parciales: genera código sin tarjeta desde la App BN. Tu código es válido por 10 minutos para retirar en cualquier ATM Multired BN o Agente Multired. Aplican topes operativos del canal (no de la Ley 32322).

5. Multired Virtual para transferir

Desde bn.com.pe/multired-virtual puedes transferir el saldo CTS a tu cuenta de ahorros BN y desde ahí a otra cuenta. Requiere clave 6 dígitos + Token o Clave Dinámica Digital.

6. Caso especial: enfermedad terminal o cáncer

Vía permanente sin plazo del 31-dic-2026. Necesitas acreditar el diagnóstico ante tu empleador (con informe médico y CIE-10). Tu empleador notifica a la entidad depositaria para el desbloqueo. Aplica al trabajador titular o sus dependientes directos con condición acreditada.

Tu saldo CTS

5 canales para consultar el saldo de tu cuenta CTS BN

App Banco de la Nación

Android 10+ y iOS. Login con clave de 6 dígitos. Cita oficial BN: "puedes consultar tu CCI, saldo disponible y saldo contable, así como los 20 últimos movimientos en tus cuentas de ahorros y CTS". Gratis e ilimitado.

Multired Virtual web

bn.com.pe/multired-virtual. Mismo acceso que la App: clave 6 dígitos. Para consulta de saldo CTS no se requiere Token; el segundo factor sólo es obligatorio para transferencias y pagos.

ATM Multired BN

Inserta tu Tarjeta Multired Global Débito y selecciona "Consulta de saldo CTS". Disponible 24/7 en los 1,124 ATM BN del país. Gratis en red BN. Voucher con saldo opcional.

Agencia BN ventanilla

Con DNI vigente, el cajero te entrega impreso el saldo y los últimos movimientos. Útil si no manejas la App o quieres certificación física. Horario L-V 8:30-17:30 según agencia.

Línea gratuita 0-800-1-0700

24 horas. Te validan con DNI + datos personales y te dictan el saldo CTS. También sirve para reportar movimientos no reconocidos o consultar tu cronograma de depósito esperado.

Obligación del empleador

Depósito semestral en mayo y noviembre

Plazos del depósito

Cita literal TUO DS 001-97-TR: el empleador debe depositar la CTS "dentro de los quince (15) primeros días naturales de los meses de mayo y noviembre" de cada año. Si el último día cae no laborable, el plazo se traslada al primer día hábil siguiente.

Si tu empleador no deposita

Es infracción grave. MTPE oficial: "las empresas que incumplen el depósito CTS cometen infracción grave". SUNAFIL fiscaliza y puede sancionar. No pierdes el derecho: puedes reclamar la deuda con intereses moratorios.

Denuncia ante SUNAFIL

Si tu empleador no deposita en plazo, denuncia gratuitamente al 0-800-16872 (SUNAFIL) o en sunafil.gob.pe/denuncias-virtuales. SUNAFIL inicia procedimiento sancionador con multas por infracción grave (hasta 26 UIT según escala).

Cuenta en BN o entidad elegida

Sector privado: tú eliges la entidad (banco, caja o Coopac). Sector público (incluso DL 728 dentro de entidad pública): el depósito va al Banco de la Nación por mandato. El empleador debe respetar tu elección si aplica.

Cálculo de la CTS

Fórmula oficial (régimen DL 728)

Fórmula base

Cita TUO DS 001-97-TR (arts. 9-11): el cálculo es 1/12 de la remuneración computable por cada mes completo de servicios + fracción de 1/30 por día adicional. Se añade 1/6 de la gratificación percibida en el semestre anterior.

Qué incluye la remuneración computable

Sueldo básico + asignaciones permanentes + bonificaciones fijas. Se excluye: bonos por productividad variables, viáticos, gratificaciones extraordinarias, utilidades, y cualquier monto considerado "no remunerativo" por el TUO.

Periodo de cómputo

Primer depósito (mayo): cubre servicios de noviembre del año anterior a abril del año en curso. Segundo depósito (noviembre): cubre mayo a octubre del mismo año. Si entraste a trabajar a mitad de periodo, se calcula proporcional.

Trabajadores con menos de 6 meses

El empleador debe igual depositar la fracción proporcional. La CTS se devenga desde el primer mes calendario de servicios; no hay periodo de prueba sin CTS.

Rentabilidad

Intereses, tarifario y rentabilidad de la cuenta CTS BN

El BN paga intereses sobre tu CTS

La cuenta CTS BN sí genera intereses (TREA pasiva). El tarifario vigente está publicado en bn.com.pe/tasas-comisiones/tasas-deposito-cts.pdf. Las tasas pueden ajustarse periódicamente: consulta el PDF vigente antes de planear tu retiro.

Comparativa con cajas municipales

Históricamente las cajas municipales pagan TREA más alta que el BN para CTS (puede llegar a 7-9% vs 1-2% del BN). Si eres del sector privado puedes transferir tu CTS a la entidad que mejor pague. Sector público no tiene esa opción: BN es la entidad por mandato.

Liquidación de intereses

Los intereses se capitalizan periódicamente y se muestran en el "saldo contable" (que es mayor o igual al "saldo disponible"). Al retirar bajo Ley 32322 recibes saldo disponible + intereses devengados hasta la fecha de liquidación.

No hay comisión por consulta

Consultar saldo CTS es gratis en App BN, Multired Virtual, ATM red BN y agencia. Si alguien pretende cobrarte: no es práctica oficial del BN, denúncialo al 0-800-1-0700.

Situaciones especiales

Jubilación, fallecimiento, alimentos y cambio de régimen

Jubilación o cese laboral

Al terminar tu vínculo laboral por jubilación, despido, renuncia o término de contrato: presentas carta de cese de tu empleador en agencia BN y retiras el saldo total de tu CTS. No requiere autorización adicional. Se cobra el saldo + intereses hasta la fecha.

Fallecimiento del titular

Los herederos legales pueden cobrar la CTS a través del servicio oficial "Herederos Informados" de la SBS (línea gratuita 0-800-10840). Documentos: partida de defunción + sucesión intestada o testamento + DNI de herederos. La SBS coordina con el BN el pago.

Pensión de alimentos

La CTS es intangible salvo por mandato judicial de alimentos hasta el 50% del depósito. Si tienes una orden judicial de pensión alimenticia, el juez puede ordenar al BN retener parte del saldo para asegurar el cumplimiento. No requiere consentimiento del titular.

Cambio de régimen (privado a público o viceversa)

Si cambias de DL 728 a DL 276 (o viceversa), tu CTS acumulada se mantiene en su cuenta original hasta que decidas retirarla bajo las reglas del régimen aplicable al momento del depósito. No se "convierte" entre regímenes.

Tributación

La CTS retirada NO está afecta a renta de quinta categoría. El monto recibido no incrementa tu IRPF anual. SUNAT lo trata como beneficio social no remunerativo, conforme al TUO.

Ley 30334 — excedente sobre 4 sueldos

Norma paralela vigente: independientemente de la Ley 32322, puedes retirar el excedente sobre 4 remuneraciones mensuales acumuladas en tu cuenta CTS. Esta vía no caduca el 31-dic-2026 y se mantiene como derecho permanente.

Decisión financiera

CTS vs Préstamo Multired vs AFP: qué conviene

OpciónCostoLo que pierdesCuándo conviene
Retirar CTS Ley 323220% interés financiero (es tu dinero)Colchón ante despido. Beneficio fiscal: ninguno (no afecta renta).Si tienes deudas caras (TC, banca privada >25%), emergencia médica, oportunidad de inversión con retorno > TREA BN. Vigencia: hasta 31-dic-2026.
Préstamo BN ConvenioTEA 8.90% (muy baja)Cuota mensual descontada por planillaSi tu entidad tiene convenio firmado con BN y prefieres no tocar tu CTS.
Préstamo BN ClásicoTEA 12.99%Cuota fija mensualSi tu CTS ya está agotada o quieres mantener el colchón laboral.
Retiro AFP (cuando esté abierto)0% interés financiero, alto costo de oportunidadDestruyes tu pensión futuraSolo último recurso. Al 19-jun-2026 no hay ventana abierta.
Banco privado (consumo)25%-40% TEACuota mensual + intereses altosSi necesitas > S/99,999 o no eres del sector público con cuenta BN.
Agente informal / "Gota a gota"Usura (excede tope BCRP)Delito penal Ley 31143 art. 214 CPNUNCA. Denuncia al 105.

Estrategia óptima: retira solo lo necesario para deudas caras o emergencias, mantén al menos 2-3 sueldos como colchón. Después del 31-dic-2026 solo podrás retirar el 50%.

Mitos comunes

10 mitos sobre CTS desmentidos con fuente oficial

MitoRealidad verificada
"La Ley 32322 ya venció"FALSO. Vigente hasta 31-dic-2026. Después se vuelve al 50%.
"Solo puedo retirar el 50%"FALSO hasta 31-dic-2026. Hoy puedes retirar 100% sin tope. Desde 1-ene-2027 vuelve el 50%.
"Necesito autorización del empleador"FALSO. Solo se requiere para la vía especial de enfermedad terminal/cáncer.
"La Ley 32322 aplica a TODOS los trabajadores"FALSO. Solo a DL 650/728 (sector privado). DL 276/CAS/Servir tienen régimen propio.
"Si retiro CTS, el empleador deja de depositar"FALSO. La obligación legal de depositar en mayo y noviembre continúa, sin importar tus retiros.
"CTS no genera intereses"FALSO. BN paga TREA pasiva publicada en bn.com.pe/tasas-comisiones/tasas-deposito-cts.pdf.
"BN cobra comisión por consulta CTS"FALSO. Consulta gratuita en App, web, ATM y agencia.
"Si retiro 100% pierdo el seguro de desempleo"MATIZADO. La CTS ES el "seguro" de desempleo. Retirarla elimina ese colchón. Decide considerando tu estabilidad laboral.
"Si el empleador no deposita, lo pierdes"FALSO. Conservas el derecho con intereses moratorios. Denuncia a SUNAFIL al 0-800-16872.
"CAS tiene CTS igual al régimen privado"FALSO. CAS tiene CTS distinta (DL 1057 modificado, no DL 650). No aplica Ley 32322 directamente.
Contactos oficiales 2026

Canales para CTS: BN, SBS, SUNAFIL, MTPE

CanalPara quéDatos
Línea BN gratuita 24/7Consulta saldo CTS, soporte, reclamos0-800-1-0700 · (01) 442-4470 · (01) 440-5305
Tarifario CTS BN (PDF)TREA y comisiones vigentestasas-deposito-cts.pdf
App Banco de la NaciónConsulta saldo y movimientos CTSPlay Store · App Store · AppGallery
Multired VirtualConsulta y transferencia CTSbn.com.pe/multired-virtual
Reclamos BN (SARE)Libro Reclamaciones virtual (15 d háb)reclamos.bn.com.pe/SARE_inter/
SBS — Herederos InformadosCobro CTS por herederos0-800-10840 · sbs.gob.pe/usuarios
SBS — Cuenta CTSInformación oficial para usuariossbs.gob.pe (CTS)
SUNAFIL — denuncia incumplimientoSi tu empleador no deposita CTS0-800-16872 · sunafil.gob.pe/denuncias-virtuales
MTPE — orientación laboralConsultas laborales generales0-800-16872 (mismo SUNAFIL) · gob.pe/mtpe
Ley 32322 — texto oficialEl Peruano publicación 09-may-2025busquedas.elperuano.pe NL/2397811-1
Lo que siempre preguntan

Lo que la gente pregunta sobre CTS en el BN

¿Puedo retirar toda mi CTS del Banco de la Nación?

Sí, actualmente se permite el retiro del 100% de la CTS según la normativa vigente.

¿Cuándo depositan la CTS?

Los depósitos de CTS se realizan en mayo y noviembre de cada año por parte del empleador.

¿Cómo consulto mi saldo de CTS?

Puedes consultar tu saldo en bn.com.pe, en cajeros Multired o directamente en agencias del Banco de la Nación.

¿Hasta cuándo puedo retirar el 100% de mi CTS?

Hasta el 31 de diciembre de 2026 (Ley 32322). Después, el retiro estará sujeto a nueva normativa.

¿La cuenta CTS genera intereses?

Sí, según las tasas pasivas vigentes publicadas en el tarifario del Banco de la Nación.

¿Puedo trasladar mi CTS de otro banco al BN?

Sí, comunícalo a tu empleador quien tiene 8 días hábiles para efectuar el cambio de depositario.

¿Puedo retirar CTS desde la app?

La consulta de saldo sí. Para retiro del fondo, acude a una agencia con tu DNI vigente.

Trami te recuerda tus vencimientos de trámites
Gratis · nuevo

Nunca más se te vence un trámite

Deja tu correo y te avisamos 30, 7 y 1 día antes de que venza tu brevete, SOAT, DNI, pasaporte, revisión técnica y más.

Información útil del Banco de la Nación

Teléfono(01) 519-2000
Portalbn.com.pe
DirecciónAv. República de Panamá 3664, San Isidro, Lima
HorarioLunes a Viernes, 8:30 a.m. - 5:30 p.m.

¿Te fue útil esta guía?

Anuncia tu empresa en Trámites Perú — espacio publicitario para tu negocio

Contacto comercial: contacto@tramitesperu.com

¿No encuentras tu trámite?

Escríbenos y lo documentamos. Cada semana agregamos nuevas guías según lo que la gente necesita.

Enviar solicitud