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Sueldo mínimo en Perú 2026: cuánto es hoy y qué pasa con el aumento a S/1,300

RMV vigente S/1,130 · el anuncio de S/1,300 · mínimo por sector · qué sube con la RMV · qué hacer si te pagan menos

El sueldo mínimo en el Perú —su nombre legal es Remuneración Mínima Vital (RMV)— es hoy de S/1,130 al mes para el régimen privado a jornada completa, fijado por el D.S. 006-2024-TR. El 28 de julio de 2026 se anunció subirlo a S/1,300, pero ojo: es un anuncio, todavía no una ley. Aquí tienes lo verificado — cuánto es hoy, qué falta para el aumento, el mínimo por sector (nocturno, minero, hogar, agrario, periodistas) y qué hacer si te pagan menos.

Última actualización31 de julio de 2026
EntidadesMTPE · SUNAFIL
Fuente oficialEl Peruano · gob.pe/MTPE
Guía informativa independiente. Los montos por sector se rigen por su norma específica y algunos convenios colectivos pueden fijar pisos mayores. Ante un caso concreto, consulta con tu RR.HH. o la SUNAFIL.
El aumento a S/1,300 es un anuncio, todavía NO es ley Mensaje a la Nación del 28 de julio de 2026 · sin decreto publicado ni fecha de vigencia · UIT 2026 = S/5,500

Mientras no se publique el decreto supremo en el diario oficial El Peruano con su fecha de entrada en vigor, el sueldo mínimo que rige y que tu empleador debe pagar sigue siendo S/1,130. No hagas cuentas con los S/1,300 hasta que salga la norma. El bono para las MYPE también fue solo anunciado: sin monto, sin beneficiarios y sin norma que lo cree.

¿Cuánto es el sueldo mínimo hoy?

La Remuneración Mínima Vital vigente es de S/1,130 al mes para un trabajador del régimen laboral privado con jornada completa (8 horas diarias o 48 semanales). La fijó el D.S. 006-2024-TR (publicado el 28 de diciembre de 2024) y rige desde el 1 de enero de 2025 — fue un aumento de S/105 sobre los S/1,025 anteriores. En 2026 no se ha publicado ninguna norma que la modifique.

Vigente hoy
S/ 1,130

Régimen privado, jornada completa. D.S. 006-2024-TR, desde el 1 de enero de 2025. Es el mínimo exigible ahora mismo.

Anunciado (pendiente)
S/ 1,300

Anuncio del 28 de julio de 2026. Aún sin decreto ni fecha. No es obligatorio hasta que se publique la norma.

Por hora, con la jornada de 48 semanales, los S/1,130 equivalen a alrededor de S/4.71 la hora. Si trabajas a tiempo parcial (menos de 4 horas diarias en promedio) te corresponde la parte proporcional de la RMV; con 4 horas o más al día, la RMV completa.

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Calcula tu sueldo mínimo y lo que queda en mano

Ajusta tu jornada y tu sistema de pensión. Usa las tasas verificadas 2026 (RMV S/1,130, ONP 13%, comisiones AFP SBS).

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Sueldo mínimo por hora, por día, neto y al año

La misma RMV de S/1,130 se expresa de varias formas según lo que necesites calcular. El valor diario y por hora se saca dividiendo el sueldo mensual entre 30 días y entre las 8 horas de la jornada:

FormaMontoCómo se obtiene
Por mes (bruto)S/ 1,130.00La RMV, jornada completa
Por día (jornal)S/ 37.67Sueldo mensual ÷ 30
Por horaS/ 4.71Jornal diario ÷ 8 horas
Neto (en mano)≈ S/ 983Menos el aporte a tu pensión (ONP 13% o AFP ~13%)
Medio sueldo mínimoS/ 565La mitad, para jornada parcial de 4 horas
Al año (aprox.)≈ S/ 15,82012 sueldos + 2 gratificaciones completas (sin contar CTS)
En dólares (referencial)≈ US$ 300Varía con el tipo de cambio del día

Ojo con el "neto": del sueldo mínimo solo se te descuenta el aporte a tu pensión (13% a la ONP, o alrededor de 12.8%–13.1% a la AFP, que incluye aporte, comisión y prima de seguro). No pagas impuesto a la renta de quinta categoría —el mínimo está muy por debajo de las 7 UIT exoneradas al año— y el aporte a EsSalud (9%) lo paga tu empleador, no se descuenta de tu sueldo. Por eso lo que recibes en mano ronda los S/983.

El aumento a S/1,300: qué se anunció y qué falta

En el Mensaje a la Nación del 28 de julio de 2026 se anunció que la RMV se elevará a S/1,300 (S/170 más al mes), acompañada de un bono compensatorio por única vez para las micro y pequeñas empresas (MYPE). Es una medida importante, pero conviene entender en qué punto está:

  • Es un anuncio político, no una norma. El sueldo mínimo se fija por decreto supremo. Hasta que ese decreto no se publique en El Peruano, jurídicamente no existe: el mínimo exigible sigue siendo S/1,130.
  • No hay fecha de vigencia. El nuevo monto regirá desde el día que indique el decreto, no desde el día del anuncio. Puede ser en semanas o en meses.
  • El bono MYPE no está definido. No se anunció monto, ni padrón de beneficiarios, ni la norma que lo crea. Habrá que esperar la disposición.

En resumen: si tu recibo de agosto todavía dice S/1,130, no es un error. Cuando el decreto salga, actualizaremos esta guía con la fecha exacta y el monto confirmado.

2025, 2026 y el salto a S/1,300: qué cambia en tu bolsillo

El sueldo mínimo no cambió de 2025 a 2026: sigue en S/1,130 desde el 1 de enero de 2025. Lo que está en juego es el salto anunciado a S/1,300. Así quedarían los montos ligados a la RMV si ese aumento se hace norma:

ConceptoHoy (RMV S/1,130)Con S/1,300 (anunciado)
Sueldo bruto mensualS/ 1,130S/ 1,300 (+S/170)
Neto en mano (tras pensión ~13%)≈ S/ 983≈ S/ 1,131
Asignación familiar (10%)S/ 113S/ 130
Mínimo nocturno (+35%)S/ 1,525.50S/ 1,755
Ingreso mínimo minero (+25%)S/ 1,412.50S/ 1,625
Bonificación agraria BETA (30%)S/ 339S/ 390
Valor por hora (÷30÷8)S/ 4.71S/ 5.42

La columna de S/1,300 es referencial: solo se aplicará desde la fecha que fije el decreto cuando se publique. Hoy rige la columna de S/1,130.

El sueldo mínimo no es igual para todos: mínimo por sector

La RMV de S/1,130 es el piso general, pero varios regímenes tienen un mínimo propio —casi siempre mayor— fijado por su norma. Esto es lo que a menudo se pasa por alto:

Régimen / sectorMínimo 2026Cómo se calculaNorma
Régimen general (privado)S/ 1,130/mesRMV, jornada completaD.S. 006-2024-TR
Trabajo nocturnoS/ 1,525.50/mesRMV + 35% (jornada 10 p.m.–6 a.m.)D.S. 007-2002-TR, art. 8
Ingreso Mínimo MineroS/ 1,412.50/mesRMV + 25%D.S. 030-89-TR
Periodista colegiado
empresa > 25 trabajadores
S/ 3,390/mes3 RMVLey 25101
Régimen agrarioS/ 1,130/mes
+ S/ 339 (BETA)
Básica ≥ RMV + bonificación 30% RMV (no remunerativa)Ley 31110
Trabajador(a) del hogarS/ 1,130/mesRMV completa (proporcional si es menos horas)Ley 31047
Microempresa (REMYPE)S/ 1,130/mesRMV (igual); cambian otros beneficiosTUO Ley MYPE
Construcción civilOperario S/ 89.30
Oficial S/ 69.75 · Peón S/ 62.80 (jornal/día)
No usa la RMV: jornal del pliego anual CAPECO–FTCCPR.M. 197-2025-TR

Los importes de nocturno, minero, periodista y BETA se recalculan solos cuando cambie la RMV. Los jornales de construcción civil se fijan por convenio colectivo cada año y no dependen de la RMV.

Qué sube contigo cuando cambia el sueldo mínimo

La RMV es la base de varios cálculos. Por eso un aumento no solo mueve el sueldo del que gana el mínimo:

  • Asignación familiar = 10% de la RMV = S/113 al mes (Ley 25129). La cobra quien tiene hijos menores de edad, o hasta los 24 años si cursan estudios superiores. Con una RMV de S/1,300 pasaría a S/130.
  • Aporte mínimo a EsSalud. El aporte del empleador es 9% de la remuneración, con base mínima de 1 RMV: por eso el aporte mínimo mensual es de S/101.70.
  • Trabajo nocturno, minero y agrario (ver la tabla): al ser porcentajes sobre la RMV, suben automáticamente.

Ojo con dos mitos: la gratificación no es un múltiplo de la RMV — equivale a un sueldo mensual completo tuyo (Ley 27735). Y el límite de lo que te pueden embargar del sueldo se calcula sobre unidades ancladas a la UIT, no a la RMV.

Historial de la Remuneración Mínima Vital

Estos son los últimos aumentos del sueldo mínimo en el Perú y la norma que los fijó:

Vigente desdeMontoNorma
1 de enero de 2025S/ 1,130D.S. 006-2024-TR
1 de mayo de 2022S/ 1,025D.S. 003-2022-TR
1 de abril de 2018S/ 930D.S. 004-2018-TR
1 de mayo de 2016S/ 850D.S. 005-2016-TR
1 de junio de 2012S/ 750D.S. 007-2012-TR
15 de agosto de 2011S/ 675D.S. 011-2011-TR
1 de febrero de 2011S/ 600D.S. 011-2010-TR

¿Te pagan menos del mínimo? Qué puedes hacer

Pagar por debajo de la RMV a un trabajador a jornada completa es una infracción muy grave en materia de relaciones laborales (D.S. 019-2006-TR, art. 25.1). Esto es lo que corresponde:

  • Denuncia gratuita ante la SUNAFIL. Es la autoridad que fiscaliza. La denuncia es reservada: no revela tu identidad ante el empleador. El inspector puede ordenar que te paguen la diferencia adeudada.
  • Multa al empleador. Al ser infracción muy grave, la multa depende del número de trabajadores afectados: va desde unas 2.63 UIT (más de S/14,000 con la UIT 2026 de S/5,500) hasta más de 52 UIT en empresas grandes. Las microempresas inscritas en el REMYPE tienen una tabla reducida.
  • Guarda pruebas: boletas de pago, contrato, mensajes. Ayudan en la inspección.

Recuerda: el mínimo es por jornada completa. Si trabajas a tiempo parcial (menos de 4 horas diarias), cobrar la parte proporcional de la RMV es correcto y no es una infracción.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el sueldo mínimo 2026

¿Cuánto es el sueldo mínimo en Perú en 2026?

La Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente es S/1,130 mensuales para el régimen laboral privado a jornada completa, fijada por el D.S. 006-2024-TR y vigente desde el 1 de enero de 2025. El aumento a S/1,300 anunciado el 28 de julio de 2026 todavía no es norma: mientras no se publique el decreto, el mínimo exigible sigue siendo S/1,130.

¿Ya subió el sueldo mínimo a S/1,300?

No. El 28 de julio de 2026, en el Mensaje a la Nación, se anunció que se elevará la RMV a S/1,300, pero es solo un anuncio político. No existe decreto supremo publicado en El Peruano ni fecha de entrada en vigor. Hasta que esa norma exista, el sueldo mínimo que rige y que tu empleador debe pagar es S/1,130.

¿Desde cuándo regiría el nuevo mínimo de S/1,300?

No hay fecha. El aumento recién será obligatorio desde el día que indique el decreto supremo cuando se publique en el diario oficial El Peruano, no desde el día del anuncio. Conviene esperar esa publicación antes de hacer cuentas con el nuevo monto.

¿El sueldo mínimo es por jornada completa?

Sí. Los S/1,130 corresponden a la jornada máxima legal: 8 horas diarias o 48 semanales. Si trabajas a tiempo parcial con un promedio menor a 4 horas diarias, te corresponde la parte proporcional de la RMV (R.M. 091-92-TR). Quien cumple 4 horas diarias o más tiene derecho a la RMV completa.

¿Cuánto es el mínimo si trabajo en horario nocturno?

En jornada nocturna (entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m.) la remuneración no puede ser menor a la RMV más una sobretasa del 35%, es decir S/1,525.50 mensuales con la RMV actual. Lo establece el D.S. 007-2002-TR, artículo 8.

¿Cuánto gana como mínimo una trabajadora o trabajador del hogar?

La remuneración de las trabajadoras y trabajadores del hogar no puede ser menor a la RMV por una jornada completa, es decir S/1,130 (Ley 31047). Si trabajan menos horas, se paga la parte proporcional. Tienen además derecho a gratificaciones, CTS y vacaciones.

¿Cuánto es el mínimo en el sector agrario, minero o para periodistas?

En el régimen agrario (Ley 31110) la básica no puede ser menor a la RMV (S/1,130) y se suma la Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA), 30% de la RMV (S/339), no remunerativa. En minería, el Ingreso Mínimo Minero es la RMV más 25% = S/1,412.50 (D.S. 030-89-TR). Un periodista colegiado en una empresa de más de 25 trabajadores tiene un mínimo de 3 RMV = S/3,390 (Ley 25101).

¿La asignación familiar sube si sube el sueldo mínimo?

Sí. La asignación familiar equivale al 10% de la RMV, así que hoy es S/113 mensuales (Ley 25129). Si la RMV sube a S/1,300, la asignación pasaría a S/130. La cobra el trabajador con hijos menores de edad o hasta los 24 años si cursan estudios superiores.

¿Qué hago si me pagan menos del sueldo mínimo?

Pagar por debajo de la RMV es una infracción muy grave (D.S. 019-2006-TR, art. 25.1). Puedes denunciarlo gratis ante la SUNAFIL; la denuncia es reservada, no revela tu identidad ante el empleador, y el inspector puede ordenar que te paguen la diferencia adeudada.

¿Cuánto es la multa para el empleador que paga menos del mínimo?

Al ser infracción muy grave, la multa depende del número de trabajadores afectados y va desde unas 2.63 UIT (más de S/14,000 con la UIT 2026 de S/5,500) hasta más de 52 UIT (cientos de miles de soles) en empresas grandes. Las microempresas inscritas en el REMYPE tienen una tabla de multas reducida.

¿La microempresa paga el mismo sueldo mínimo?

Sí. Una microempresa inscrita en el REMYPE también debe pagar la RMV de S/1,130; el sueldo mínimo es igual para todos. Lo que cambia en el régimen MYPE son otros beneficios: la microempresa no paga CTS ni gratificaciones y las vacaciones son de 15 días.

¿El bono para las MYPE ya se puede cobrar?

No. Junto con el aumento a S/1,300 se anunció un bono compensatorio por única vez para micro y pequeñas empresas, pero no tiene monto definido, ni padrón de beneficiarios, ni norma que lo cree. Es un anuncio pendiente de reglamentación.

¿Quién fija el sueldo mínimo en el Perú?

Lo fija el Poder Ejecutivo mediante un decreto supremo del Ministerio de Trabajo (MTPE), previa consulta al Consejo Nacional de Trabajo (CNTPE), órgano tripartito donde participan trabajadores y empleadores. La Constitución (art. 24) señala que las remuneraciones mínimas se regulan con participación de ambas partes; la consulta es obligatoria pero su resultado no es vinculante.

¿Cambió el sueldo mínimo de 2025 a 2026?

No. El sueldo mínimo es el mismo desde el 1 de enero de 2025: S/1,130 (D.S. 006-2024-TR). En 2026 no se ha publicado ninguna norma que lo modifique. El aumento a S/1,300 es un anuncio de julio de 2026 que aún no entra en vigencia.

¿Subirá el sueldo mínimo a S/1,500?

El aumento anunciado el 28 de julio de 2026 es a S/1,300, no a S/1,500. No existe una norma ni una propuesta oficial vigente que fije S/1,500; es una cifra que circula sin respaldo. Lo verificable hoy es que el mínimo es S/1,130 y que hay un anuncio (aún sin decreto) de llevarlo a S/1,300.

¿El sueldo mínimo paga impuesto a la renta?

No. Un trabajador que gana el mínimo (unos S/15,820 al año contando gratificaciones) está muy por debajo de las 7 UIT exoneradas del impuesto a la renta de quinta categoría (S/38,500 en 2026). No se le retiene renta; del sueldo mínimo solo se descuenta el aporte a la pensión.

¿El sueldo mínimo se puede pagar por hora?

La RMV es un monto mensual por jornada completa. Un empleador puede pactar el pago por hora o por día, pero nunca por debajo del equivalente proporcional a la RMV: para una jornada completa, el valor por hora de referencia es S/4.71 (sueldo ÷ 30 días ÷ 8 horas). Pagar menos de ese proporcional es infracción.

¿Me pueden embargar el sueldo si gano el mínimo?

Por deudas comunes, no. Las remuneraciones que no superan 5 URP (S/2,750 en 2026, ya que la URP es 10% de la UIT) son inembargables (art. 648 del Código Procesal Civil), y el sueldo mínimo está muy por debajo. La única excepción es la deuda por alimentos, donde se puede retener hasta el 60%.

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