¿Cómo se calcula el sueldo neto en Perú 2026?
Sueldo Neto = Sueldo Bruto + Asignación familiar (S/113 si aplica) − Aportes pensionarios (AFP: 10% + comisión por flujo + 1.37% prima sobre RAM, u ONP: 13%) − Retención de Renta de 5ta categoría (si la renta anual proyectada supera 7 UIT = S/38,500 con UIT 2026 de S/5,500). EsSalud (9%) NO se descuenta al trabajador, lo paga íntegramente el empleador y no afecta el sueldo neto.
¿Cuáles son las comisiones AFP vigentes en 2026?
Comisiones por flujo (% sobre sueldo) vigentes 2026: AFP Habitat 1.47%, AFP Integra 1.55%, AFP Prima 1.60%, AFP Profuturo 1.69%. Comisión por saldo (% anual sobre fondo, no descuenta del sueldo): Habitat 1.25%, Integra 0.78%, Prima 1.25%, Profuturo 0.68% (esta última fijada por licitación SBS 2025-2027). Adicionalmente todas las AFP cobran 1.37% de prima de seguro previsional sobre la Remuneración Asegurable Máxima (RAM) que actualiza la SBS trimestralmente.
¿Profuturo es la ganadora de la licitación AFP 2025-2027?
Sí. Profuturo AFP ganó la séptima licitación SBS y es la AFP a la que van automáticamente todos los nuevos afiliados al SPP entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de mayo de 2027, con permanencia obligatoria de 2 años. Ofreció una comisión sobre saldo de 0.68% anual (la más baja del mercado), beneficio que también aplica a quienes ya estaban en Profuturo y a quienes se traspasen voluntariamente.
¿Desde qué sueldo se paga renta de 5ta categoría en 2026?
Pagas renta de 5ta categoría cuando tu remuneración bruta anual proyectada (sueldo mensual × 14, considerando 12 sueldos + 2 gratificaciones) supera las 7 UIT anuales = S/38,500 (UIT 2026 = S/5,500 según DS 301-2025-EF). Esto equivale a un sueldo bruto mensual aproximado de S/2,750. Las tasas progresivas sobre el exceso son: 8% hasta 5 UIT, 14% siguientes 15 UIT, 17% siguientes 15 UIT, 20% siguientes 10 UIT y 30% sobre el exceso de 45 UIT. La deducción adicional de 3 UIT por gastos solo se aplica en la declaración anual, no en la retención mensual.
¿AFP u ONP, cuál descuenta más?
En porcentaje sobre el sueldo: AFP descuenta entre 12.84% (Habitat) y 13.06% (Profuturo), ONP descuenta 13% fijo. La diferencia es mínima en monto. Las diferencias clave son estructurales: AFP es cuenta individual (heredable, depende del saldo y rentabilidad), ONP es fondo común (pensión garantizada con mínimo 20 años de aportes, no heredable). En AFP necesitas pocos años para acceder al saldo (incluso retiros parciales bajo ciertas condiciones); en ONP requieres mínimo 20 años para pensión y la edad de jubilación general es 65 años.
¿Qué es la Remuneración Asegurable Máxima (RAM) y por qué importa?
La RAM es el tope que la SBS publica trimestralmente sobre el cual se calcula la prima de seguro previsional (1.37%) en AFP. Si tu sueldo supera la RAM, la prima se calcula solo sobre el tope, no sobre tu sueldo total. Valores 2026: Q1 (ene-mar) S/12,209.11, Q2 (abr-jun) S/12,598.91. La RAM cambia cada trimestre según la inflación promedio. Solo afecta a sueldos altos: para sueldos por debajo del tope, la prima se calcula sobre el sueldo íntegro.
¿La asignación familiar suma o resta al sueldo neto?
SUMA. La asignación familiar (10% RMV = S/113 en 2026) se agrega al sueldo bruto y forma parte de la remuneración computable, lo que aumenta tu sueldo neto. Tienen derecho los trabajadores con al menos un hijo menor de 18 años (o hasta 24 si cursa estudios superiores). Es remuneración computable: también aumenta CTS, gratificaciones, vacaciones y la base de aportes a AFP/ONP y EsSalud. Base legal: Ley 25129 + DS 035-90-TR.
¿Las gratificaciones pagan AFP/ONP y 5ta categoría?
NO pagan AFP ni ONP (están inafectas de aportes pensionarios). SÍ pagan renta de 5ta categoría: las dos gratificaciones (julio y diciembre) se computan en la renta bruta anual proyectada para calcular la retención mensual. Adicionalmente, la Ley 30334 establece una bonificación extraordinaria del 9% sobre el monto de la gratificación (equivalente al aporte EsSalud que el empleador habría pagado), que se entrega al trabajador y también está afecta a 5ta. La CTS, en cambio, es totalmente inafecta de aportes e impuestos.
¿EsSalud me descuenta del sueldo?
NO. El aporte EsSalud (9% sobre la remuneración mensual, mínimo sobre la RMV S/1,130) es íntegramente carga del empleador. NO se descuenta del trabajador y NO afecta el sueldo neto. Por eso la calculadora lo muestra solo de forma referencial: es parte del costo laboral que asume tu empleador, no un descuento de tu sueldo.
¿Cuáles son las diferencias entre régimen CAS, MYPE y privado en 2026?
Régimen privado (DL 728): grati y CTS completas, AFP/ONP y EsSalud. CAS (DL 1057): desde la Ley 32563 (2026) ya tiene derecho a gratificaciones (julio/diciembre = 1 sueldo c/u) y CTS (100% sueldo por año), aporta a AFP/ONP y EsSalud. MYPE (DL 1086): descuentos AFP/ONP y 5ta igual al régimen general; grati y CTS reducidas (medio sueldo). Régimen agrario (Ley 31110): RMV diaria con grati y CTS prorrateadas o semestrales. Trabajadora del hogar (Ley 31047): mismos derechos que régimen general.