¿Cuánto cuesta aprobar un contrato en 2026?
La tasa del TUPA 42 MTPE es de S/ 21.50 (aprobación) y S/ 21.60 (prórroga o modificación). Se paga en el Banco de la Nación con tributo N° 5533 o en línea vía Págalo.pe. Es independiente del costo en Migraciones para la calidad migratoria del trabajador y de la apostilla/legalización del título profesional.
¿Cuál es el porcentaje máximo de trabajadores extranjeros?
Según el art. 4 del DL 689: máximo 20% del total de trabajadores puede ser extranjero y máximo 30% del total de la planilla de remuneraciones puede corresponder a extranjeros. Ambos límites se aplican simultáneamente sobre el total de la empresa.
¿Qué excepciones existen a los porcentajes 20% / 30%?
Se consideran como nacionales (no cuentan para el porcentaje): (1) extranjero cónyuge/ascendiente/descendiente/hermano de peruano; (2) extranjero con visa de inmigrante (residente permanente); (3) nacional de país con convenio de reciprocidad o doble nacionalidad (España); (4) inversionista con aporte > 5 UIT (S/ 27 500 en 2026); (5) artistas, deportistas y espectáculos ≤ 3 meses/año; (6) nacionales CAN (Colombia, Ecuador, Bolivia) bajo Decisión 545/878; (7) refugiados (Ley 27891); (8) venezolanos con PTP/CPP vigente (RM 176-2018-TR); (9) nacionales MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay) por Acuerdo de Residencia.
¿El contrato aprobado me da permiso para trabajar?
No. La aprobación MTPE vía SIVICE es un paso; después el trabajador debe tramitar en Migraciones la calidad migratoria "Trabajador Residente" (contratos > 1 año, 365 días prorrogables) o "Trabajador Temporal" (< 1 año) y obtener el Carné de Extranjería. Son dos trámites separados con tasas distintas.
¿Cuánto dura el contrato de trabajador extranjero?
Máximo 3 años por contrato (art. 5 DL 689). Es prorrogable por períodos iguales sin tope de prórrogas mientras se cumplan los requisitos. La prórroga requiere nuevo registro en SIVICE (tasa S/ 21.60) antes del vencimiento del contrato original.
¿Los venezolanos con PTP o CPP necesitan aprobación MTPE?
No. Según RM 176-2018-TR, venezolanos con Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o Carné de Permiso Temporal (CPP) vigente están exonerados del trámite SIVICE. El empleador firma contrato simple con duración limitada a la vigencia del permiso migratorio.
¿Colombianos, ecuatorianos y bolivianos necesitan este trámite?
No por DL 689. Al ser nacionales de países de la Comunidad Andina, aplica la Decisión 545 (Instrumento Andino de Migración Laboral). Se registran como "Trabajador Migrante Andino" en un registro específico del MTPE, con trato de nacional para los porcentajes. Es un trámite distinto a SIVICE.
¿Qué pasa si contrato sin aprobación MTPE?
Contratar extranjero sin aprobación SIVICE (cuando corresponde) es infracción grave en materia de relaciones laborales. Las multas SUNAFIL 2026 (con UIT = S/ 5 500) van desde 0.26 UIT (S/ 1 430) hasta 52.53 UIT (S/ 288 915) según tamaño de empresa y gravedad. El trabajador mantiene todos sus derechos laborales pese a la falta de registro del empleador.
¿Cuánto demora la aprobación?
Con SIVICE, la aprobación es prácticamente automática (mismo día a pocos días hábiles) con fiscalización posterior. El silencio administrativo es positivo: si la autoridad no responde en el plazo legal, se considera aprobado. Es un cambio respecto al antiguo trámite presencial ante Direcciones Regionales de Trabajo.
¿Necesito apostillar el título profesional del trabajador?
Para SIVICE no: el DL 1246 (simplificación administrativa) reemplazó la presentación del título por una declaración jurada del empleador. Pero el empleador debe conservar en sus archivos el título apostillado (Convenio de La Haya) o legalizado vía consulado peruano con traducción oficial si está en otro idioma — sujeto a fiscalización posterior por SUNAFIL.