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Derechos del paciente en salud en el Perú: qué dice la Ley 29414 y cómo exigirlos

SUSALUD — Superintendencia Nacional de Salud · Ley 29414 y DS 027-2015-SA

100% en línea Ley 29414 · 25 derechos SUSALUD · INFOSALUD 113

En el Perú toda persona tiene 25 derechos reconocidos cuando recibe atención médica, sea en un hospital del MINSA o EsSalud, en una clínica privada o en un consultorio. Los establece la Ley 29414 y su reglamento, el DS 027-2015-SA, y se aplican por igual a peruanos y extranjeros, con o sin seguro.

Aquí te explicamos cuáles son esos derechos uno por uno —acceso, información, consentimiento informado, historia clínica, atención de emergencia, confidencialidad, libre elección y segunda opinión—, cómo exigirlos en la práctica, qué hacer paso a paso si te los vulneran y cuáles son también tus deberes como paciente. La información es gratuita y SUSALUD es la entidad que vela por que se cumplan.

Última actualización24 de junio de 2026
Entidad responsableSUSALUD
Fuente oficialsusalud.gob.pe
Guía informativa independiente. No somos SUSALUD. Verifica siempre en la fuente oficial (susalud.gob.pe).
Costo Gratis
Tiempo Inmediato
Modalidad 100% en línea
A quién protege la ley

Quiénes tienen derechos en salud y dónde aplican

No necesitas presentar ningún documento ni pagar nada para conocer y ejercer estos derechos: la ley te protege desde el momento en que entras a un establecimiento de salud.

Toda persona, con o sin seguro

Los derechos de la Ley 29414 amparan a cualquier persona que use servicios de salud en el Perú: peruanos y extranjeros, afiliados al SIS, EsSalud, una EPS, seguro privado o sin ningún seguro. Tener o no cobertura nunca elimina tus derechos.

En todo establecimiento, público o privado

Aplican en hospitales y centros del MINSA, EsSalud y las Fuerzas Armadas y Policiales, en clínicas, consultorios, policlínicos, laboratorios y farmacias. Es decir, en toda IPRESS (Institución Prestadora de Servicios de Salud) y ante toda IAFAS (aseguradora), sea pública, privada o mixta.

Respaldados por norma con rango de ley

Los derechos están en la Ley 29414 (que modificó la Ley General de Salud, Ley 26842) y su reglamento, el DS 027-2015-SA. Son exigibles: ningún reglamento interno, tarifario ni práctica del establecimiento puede dejarlos sin efecto.

La regla de oro: los derechos no se piden por escrito ni con un trámite previo. Existen siempre. Lo que sí conviene tener listo para reclamar cuando uno se incumple es tu DNI, la fecha y lugar de la atención, y cualquier prueba (recetas, comprobantes, capturas, nombre del personal o un testigo).
Paso a paso

Qué hacer si te vulneran un derecho en salud

Si un establecimiento o tu aseguradora no respeta uno de tus derechos, este es el camino para hacerlo valer. Reclamar es gratis y también es un derecho.

  1. 1

    Identifica qué derecho se incumplió y reúne pruebas

    Anota qué pasó, cuándo y dónde: te negaron una emergencia, no te dieron información, no te entregaron tu historia clínica, te cobraron de más o te discriminaron. Guarda comprobantes, recetas, capturas de pantalla, el nombre del personal y, si puedes, el de algún testigo.

  2. 2

    Presenta tu reclamo primero en el establecimiento o aseguradora

    El reclamo se interpone gratis en el Libro de Reclamaciones en Salud de la IPRESS (hospital o clínica) o de la IAFAS (SIS, EsSalud, EPS) donde te atendieron. La entidad tiene un plazo máximo de 30 días hábiles para investigar y responderte.

  3. 3

    Si no responden o no te satisface, acude a SUSALUD

    Cuando no obtienes respuesta en plazo o la solución no te convence, eleva el caso a SUSALUD. Puedes hacerlo por la línea gratuita INFOSALUD 113, opción 7, por la plataforma virtual de reclamos, por la app SUSALUD Contigo o de forma presencial en sus oficinas.

  4. 4

    SUSALUD investiga y supervisa la solución

    SUSALUD analiza el caso y supervisa que la entidad cumpla. La investigación suele tomar entre 30 y 60 días hábiles. Puedes hacer seguimiento de tu caso por la app o la central. Si se acredita la falta, puede iniciar sanción contra el establecimiento o la aseguradora.

  5. 5

    Si es una emergencia negada, actúa de inmediato

    Negar una atención de emergencia es grave y urgente. No esperes el plazo del reclamo ordinario: llama de inmediato al 113 y denuncia. La ley obliga a estabilizar al paciente sin exigir pago, seguro ni documentos previos.

Ley 29414

Cuáles son tus derechos fundamentales como paciente

La Ley 29414 reconoce 25 derechos. Estos son los más importantes que debes conocer y exigir en cualquier atención, pública o privada.

Derecho de acceso a los servicios de salud

Tienes derecho a recibir atención de salud adecuada y oportuna, a elegir libremente entre las prestaciones que ofrece tu seguro y a no ser trasladado sin tu consentimiento, salvo razones médicas justificadas. Nadie puede negarte el acceso por motivos económicos cuando se trata de servicios que te corresponden.

Derecho a atención de emergencia sin condición previa

Ningún establecimiento de salud puede negar la atención de emergencia por falta de seguro, documentos o pago previo. La ley obliga a estabilizar al paciente de inmediato. Negarlo es una de las faltas más graves y puedes denunciarlo al instante.

Derecho a información clara, oportuna y completa

Tienes derecho a que te expliquen, en lenguaje sencillo, tu diagnóstico, tratamiento, pronóstico, riesgos y alternativas, así como el costo del servicio, las normas del establecimiento y el nombre del médico y del personal que te atiende.

Derecho al consentimiento informado

Antes de cualquier procedimiento debes ser informado para aceptarlo o rechazarlo libremente. En pruebas riesgosas, cirugías, anticoncepción quirúrgica o procedimientos que afecten tu integridad, el consentimiento debe constar por escrito y se incorpora a tu historia clínica. La única excepción es la emergencia que pone en riesgo tu vida.

Derecho a tu historia clínica y a una copia

Tu historia clínica te pertenece como información. Puedes solicitar una copia completa, que el establecimiento debe entregarte en un plazo máximo de 5 días hábiles. También puedes pedir el resumen de tu atención al ser dado de alta.

Derecho a la confidencialidad y privacidad

Tu información de salud es confidencial. Solo tú y el personal autorizado pueden acceder a ella. Tienes derecho a que tu atención se realice respetando tu intimidad y a que no se difundan tus datos médicos sin tu autorización.

Derecho a la libre elección y a la segunda opinión

Puedes elegir al médico, al establecimiento y, dentro de tu cobertura, las prestaciones de salud. Y puedes pedir una segunda opinión médica en cualquier momento sin que ello afecte la calidad de tu atención.

Derecho a un trato digno y sin discriminación

Tienes derecho a ser atendido con respeto a tu dignidad, sin discriminación por raza, sexo, edad, idioma, religión, condición económica, discapacidad, orientación sexual ni ninguna otra condición. Esto incluye el respeto a tus creencias y a tu cultura.

La otra cara

Deberes del paciente: lo que también te corresponde cumplir

Los derechos vienen acompañados de deberes. Cumplirlos facilita tu atención y la de los demás.

Información veraz

Dar datos completos y verdaderos sobre tu estado de salud, antecedentes y medicamentos que tomas.

Cumplir indicaciones

Seguir el tratamiento, las indicaciones y las normas del establecimiento, o informar si decides no continuar.

Trato respetuoso

Tratar con respeto al personal de salud y a otros pacientes, y cuidar las instalaciones y equipos.

Asistir a tus citas

Acudir a las citas y exámenes programados o avisar con tiempo si no podrás asistir.

Usar bien el seguro

Hacer un uso responsable de los servicios y de tu cobertura, sin dar información falsa para obtener prestaciones.

Reportar irregularidades

Comunicar cualquier riesgo, falla o cobro indebido que detectes durante tu atención.

Información de pago

Costo del trámite: Derechos en salud

Pago — Derechos en salud

Conocer y ejercer tus derechosGratis
Reclamar ante el establecimiento o SUSALUDGratis
Llamada a INFOSALUD 113Gratis (línea gratuita)
Copia de tu historia clínicaPuede tener costo de reproducción (fotocopias)
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Contacto comercial: contacto@tramitesperu.com

Recomendación verificada

Lo que Trámites Perú recomienda

Nadie puede negarte atención de emergencia. Es tu derecho fundamental, sin importar si tienes seguro o no.

Siempre pide que te expliquen tu diagnóstico. Tienes derecho a información clara y comprensible sobre tu estado de salud.

Comparte estos derechos con tu familia. Muchas personas desconocen sus derechos y no los ejercen.

Ojo con esto

Errores que otros no te cuentan

Creer que sin seguro no tienes derechos. Todos los peruanos tienen derechos en salud, independientemente de su tipo de seguro.

Aceptar que te nieguen emergencia por falta de pago. La ley prohíbe negar atención de emergencia bajo cualquier circunstancia.

No reclamar cuando vulneran tus derechos. Si no reclamas, el problema persiste. SUSALUD existe para protegerte.

Lo que siempre preguntan

Lo que la gente pregunta sobre derechos en salud

¿De dónde vienen los derechos del paciente en el Perú?

De la Ley 29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, y su reglamento, el DS 027-2015-SA. Reconocen 25 derechos y modifican la Ley General de Salud (Ley 26842).

¿Estos derechos aplican en clínicas privadas o solo en hospitales públicos?

Aplican en todo establecimiento de salud: público (hospitales del MINSA, EsSalud, sanidades de las FF. AA. y PNP) y privado (clínicas, consultorios, policlínicos, laboratorios). También frente a tu aseguradora, sea el SIS, EsSalud, una EPS o un seguro privado.

¿Pueden negarme la atención de emergencia si no tengo seguro o no llevo dinero?

No. Negar una atención de emergencia por falta de seguro, documentos o pago previo está prohibido por ley. El establecimiento está obligado a estabilizarte de inmediato. Si te lo niegan, llama al 113 y denúncialo al instante.

¿Tengo derecho a una copia de mi historia clínica?

Sí. Puedes solicitar una copia completa de tu historia clínica y el establecimiento debe entregártela en un plazo máximo de 5 días hábiles. La reproducción (fotocopiado) sí puede tener un costo, pero el acceso a tu información es tu derecho.

¿Qué es el consentimiento informado y cuándo es obligatorio por escrito?

Es tu derecho a ser informado para aceptar o rechazar un procedimiento. Debe constar por escrito en pruebas riesgosas, cirugías, anticoncepción quirúrgica o procedimientos que afecten tu integridad. La única excepción es la emergencia que pone en riesgo tu vida.

¿Puedo pedir una segunda opinión médica o cambiar de médico?

Sí. Tienes derecho a la libre elección del médico y del establecimiento dentro de tu cobertura, y a solicitar una segunda opinión médica en cualquier momento, sin que esto afecte la calidad de tu atención.

¿Qué hago si vulneran mis derechos en salud?

Primero presenta tu reclamo gratis en el Libro de Reclamaciones del establecimiento o tu aseguradora; tienen 30 días hábiles para responder. Si no responden o no te satisface, eleva el caso a SUSALUD por la línea 113 opción 7, la plataforma virtual de reclamos, la app SUSALUD Contigo o presencialmente.

¿Tengo deberes como paciente además de derechos?

Sí. Debes dar información veraz sobre tu salud, seguir las indicaciones y normas del establecimiento, tratar con respeto al personal y a otros pacientes, acudir a tus citas y hacer un uso responsable de tu seguro y de los servicios.

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Información útil de SUSALUD

Teléfono113 opción 7 (gratuita)
Enlace directogob.pe/susalud
Base legalLey 29414

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