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Prescripción Adquisitiva Notarial 2026: usucapión de inmueble urbano por posesión

Formaliza la propiedad por posesión continua ante notario · Procedimiento no contencioso Ley 27333 art. 5 · Solo predios urbanos privados · Honorarios notariales libres (no fijados por TUPA)

Presencial · no contencioso gob.pe/20793

La prescripción adquisitiva de dominio —también llamada usucapión— es el modo de adquirir la propiedad de un inmueble por haberlo poseído de forma continua, pacífica, pública y como propietario durante el plazo que fija la ley. El artículo 950 del Código Civil exige 10 años de posesión (prescripción extraordinaria) o 5 años cuando hay justo título y buena fe (prescripción ordinaria). Es la vía típica para titular un terreno o casa ocupada durante años sin documento inscrito.

Cuando el predio es urbano y no hay conflicto, se puede tramitar directamente ante notario como asunto no contencioso, según el artículo 5 de la Ley 27333 (complementaria a la Ley 26662), en concordancia con la Ley 27157 y su Reglamento DS 035-2006-VIVIENDA. Es bastante más rápida y económica que el proceso judicial, pero exige planos visados, testigos, publicaciones y que nadie se oponga dentro del plazo legal.

Los honorarios notariales no están fijados por TUPA: son libres y los determina cada notaría según el valor y la complejidad del predio (Decreto Legislativo 1049). A ese honorario se suman los gastos del trámite: planos de ingeniero, certificados de SUNARP y la municipalidad, publicaciones en diarios e inscripción registral. Tras la escritura, la propiedad se inscribe en el Registro de Predios de SUNARP a tu nombre.

⚠️
4 reglas que definen si tu caso procede por vía notarial Código Civil art. 950 · Ley 27333 art. 5 · Ley 27157 y DS 035-2006-VIVIENDA · Constitución art. 73

Antes de pagar planos y honorarios, confirma que tu caso cumple estas condiciones de fondo:

Plazo de posesión10 años, o 5 con justo título y buena fe (CC art. 950). Continua, pacífica y pública.
🏙️
Predio urbano privadoSolo urbano o en expansión urbana. Rural → COFOPRI o judicial.
🚫
No bienes del EstadoParques, vías y dominio público son imprescriptibles (Const. art. 73).
🤝
Sin oposiciónSi alguien se opone en 25 días hábiles, el caso pasa a la vía judicial.

Si cualquiera de estas condiciones no se cumple, la notaría no puede declarar la prescripción y deberás acudir al Poder Judicial o a COFOPRI según corresponda.

Última actualización16 de mayo de 2026
Entidad responsableNotaría · SUNARP (inscripción)
Base legalCC art. 950 · Ley 27333 art. 5
Guía informativa independiente. No somos una notaría ni un estudio jurídico. Los honorarios notariales son libres (DL 1049) y los costos son referenciales: varían según la notaría, el valor y la complejidad del predio. Verifica siempre con el notario y un abogado.
Costo Honorario libre No fijado por TUPA · DL 1049 · ref. S/1,000-3,000+
Tiempo ≈ 2-4 meses 25 días háb. de oposición · Ley 27333
Modalidad Notarial · urbano No contencioso · solo predio urbano privado
Documentos necesarios

Requisitos para la prescripción adquisitiva notarial de un inmueble urbano

Documentación verificada conforme a la Ley 27333 (art. 5), la Ley 27157, su Reglamento DS 035-2006-VIVIENDA y el artículo 505 del Código Procesal Civil. Reúne todo antes de acudir a la notaría.

Posesión continua, pacífica, pública y como propietario

10 años para la prescripción extraordinaria, o 5 años si tienes justo título y buena fe (Código Civil art. 950). La posesión no debe haberse interrumpido ni obtenido con violencia.

📝
Solicitud firmada por el solicitante, los testigos y un abogado

Solicitud con los requisitos del artículo 505 del Código Procesal Civil: descripción del inmueble, fecha y forma de la posesión, nombre del titular registral, transferentes y colindantes. Debe ir suscrita por abogado.

🪪
DNI vigente del solicitante

Documento Nacional de Identidad vigente del poseedor (o carné de extranjería si es extranjero). Si el solicitante es una empresa, vigencia de poder del representante.

📐
Planos perimétrico y de ubicación, visados por la municipalidad

Planos con coordenadas UTM y memoria descriptiva, suscritos por un ingeniero o arquitecto colegiado y visados por la municipalidad del distrito donde se ubica el predio.

🔍
Certificado de búsqueda catastral o copia literal de dominio

Documento de SUNARP que acredita si el predio está inscrito y a nombre de quién (titular registral) o si carece de antecedente registral.

🏠
Constancia de posesión de la municipalidad

Documento emitido por la municipalidad que certifica la posesión del inmueble por el solicitante. Refuerza la prueba de la posesión continua y pública.

🧾
Pruebas de posesión: predial, servicios y declaraciones juradas

Recibos de luz, agua, impuesto predial u otros a nombre del poseedor, autovalúo, declaraciones juradas y cualquier documento que acredite el tiempo de posesión.

👥
Declaración de 3 a 6 testigos mayores de 25 años

Ofrecimiento de declaración de no menos de 3 ni más de 6 testigos, mayores de 25 años, que conozcan al solicitante y precisen el tiempo de la posesión.

Paso a paso

Cómo tramitar la prescripción adquisitiva notarial paso a paso en 2026

Procedimiento no contencioso ante el notario de la provincia donde se ubica el inmueble, conforme al artículo 5 de la Ley 27333.

  1. 1

    Verifica que cumples el plazo de posesión del Código Civil

    Confirma que tienes 10 años de posesión continua (o 5 años con justo título y buena fe), de forma pacífica, pública y como propietario, según el artículo 950 del Código Civil.

  2. 2

    Confirma que el predio es urbano, privado y prescriptible

    La vía notarial solo procede para predios urbanos o en zona de expansión urbana de propiedad privada. Descarta predios rurales (COFOPRI) y bienes de dominio público del Estado, que son imprescriptibles.

  3. 3

    Obtén los planos visados y los certificados de SUNARP

    Contrata a un ingeniero o arquitecto colegiado para los planos perimétrico y de ubicación con memoria descriptiva, visados por la municipalidad. Solicita el certificado de búsqueda catastral o la copia literal de dominio.

  4. 4

    Reúne las pruebas de posesión y a los testigos

    Junta la constancia de posesión municipal, recibos de servicios e impuesto predial a tu nombre, y consigue la declaración de 3 a 6 testigos mayores de 25 años.

  5. 5

    Presenta la solicitud firmada por abogado ante el notario

    Acude al notario de la provincia donde se ubica el inmueble con la solicitud que cumple el artículo 505 del Código Procesal Civil, suscrita por ti, los testigos y un abogado.

  6. 6

    El notario dispone la anotación preventiva y las publicaciones

    El notario ordena la anotación preventiva en SUNARP y publica el aviso 3 veces, con intervalo de 3 días, en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación. Fija carteles en el predio.

  7. 7

    Notificación a colindantes e inspección ocular del notario

    Se notifica al titular registral, transferentes y colindantes. El notario realiza una inspección ocular del inmueble y levanta el acta de presencia que constata la posesión.

  8. 8

    Plazo de oposición de 25 días hábiles

    Se abre un plazo de 25 días hábiles desde la última publicación. Si alguien presenta oposición, el notario finaliza el trámite y el caso pasa a la vía judicial o arbitral.

  9. 9

    Sin oposición, el notario declara la prescripción por escritura

    Vencido el plazo sin oposición, el notario declara adquirida la propiedad por prescripción mediante escritura pública o acta notarial, con mérito suficiente para inscribirse.

  10. 10

    Inscribe la propiedad a tu nombre en SUNARP

    Presenta el parte notarial en el Registro de Predios de SUNARP. Se inscribe el dominio a tu nombre y se cancela el asiento del anterior titular (Código Civil art. 952).

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Costos referenciales 2026

Cuánto cuesta la prescripción adquisitiva notarial: desglose referencial

Los honorarios notariales NO están fijados por TUPA: son libres y los determina cada notaría (Decreto Legislativo 1049). El total depende del valor y la complejidad del predio. Este desglose es referencial — pide cotización a la notaría.

Desglose referencial de gastos — prescripción adquisitiva notarial

Honorario notarial (libre, por notaría)Referencial S/ 800 - S/ 2,500+
Planos perimétrico/ubicación + memoria (ingeniero)Referencial S/ 250 - S/ 800
Visación municipal de planosSegún TUPA de cada municipalidad
Búsqueda catastral / copia literal SUNARPTasa SUNARP vigente
Constancia de posesión municipalSegún TUPA municipal
Publicación aviso (El Peruano, 3 veces)Tarifario El Peruano
Publicación aviso (diario de circulación, 3 veces)Según el diario
Anotación preventiva e inscripción en SUNARPTasas registrales vigentes
Honorarios del abogado patrocinanteLibres, según acuerdo
Total referencial aproximadoS/ 1,000 - S/ 3,000 o más
Casos especiales · escenarios reales

8 casos especiales que cambian el procedimiento de la prescripción adquisitiva

Situaciones frecuentes reguladas por el Código Civil, la Ley 27333, la Ley 27157 y la Constitución. Identifica tu caso antes de iniciar.

🏞️Predio rural o tierra eriaza

No va por notaría.

La vía notarial es solo para predios urbanos. Los predios rurales, rústicos o tierras eriazas se formalizan ante COFOPRI o por la vía judicial, según el régimen aplicable.

🚫Terreno del Estado o de dominio público

Imprescriptible.

Parques, vías, playas, áreas comunes y bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles (Constitución art. 73). Nunca podrás prescribirlos, ni por notaría ni judicialmente.

📄Tienes contrato de compraventa no inscrito

Prescripción ordinaria: 5 años.

Si compraste con un documento que no llegó a inscribirse (justo título) y actuaste de buena fe, el plazo baja a 5 años (CC art. 950). Conserva el contrato como prueba clave.

⚖️Hay oposición de un tercero

El caso pasa al Poder Judicial.

Si el titular registral o un colindante se opone en los 25 días hábiles, el notario cierra el trámite y comunica al Colegio de Notarios y a SUNARP. Deberás demandar por la vía judicial (Poder Judicial).

👨‍👩‍👧El poseedor original falleció

Suma de plazos por sucesión.

Los herederos pueden sumar el tiempo de posesión del causante al suyo. Primero tramita la sucesión intestada o el testamento, y acredita la continuidad de la posesión familiar.

🏘️Predio sin antecedente registral

Primera inscripción de dominio.

Si el predio no figura inscrito en SUNARP, la prescripción notarial sirve para la primera inscripción de dominio. Se notifica además a las entidades estatales competentes antes de inscribir.

🤝Copropiedad o coposesión

Requiere posesión exclusiva.

Para prescribir contra un copropietario debes acreditar posesión exclusiva y como único propietario, no como simple coposeedor. Estos casos suelen terminar en oposición y vía judicial.

📃Posesión obtenida con violencia o precario

No cumple los requisitos.

Si la posesión no fue pacífica (despojo, invasión) o eres ocupante precario con permiso del dueño, no se configura la usucapión: la posesión debe ser como propietario, no tolerada.

Dónde se tramita · entidades

Entidades y canales oficiales de la prescripción adquisitiva

Cada etapa del trámite involucra a una entidad distinta. Estos son los canales oficiales verificados.

🏛️Notaría de la provincia del predio

Conduce el procedimiento

El trámite se inicia y resuelve ante el notario de la provincia donde se ubica el inmueble. Directorio en notarios.org.pe (Junta de Decanos de los Colegios de Notarios).

📚SUNARP — Registro de Predios

Anotación preventiva e inscripción

SUNARP emite la búsqueda catastral/copia literal, registra la anotación preventiva y, al final, inscribe el dominio a tu nombre.

🏢Municipalidad distrital

Constancia de posesión y visación

La municipalidad emite la constancia de posesión y visa los planos perimétrico y de ubicación. Tasas según su TUPA.

📰Diario Oficial El Peruano

Publicación de avisos

Aviso publicado 3 veces con intervalo de 3 días en El Peruano (o diario autorizado para avisos judiciales) y en un diario de circulación.

🌾COFOPRI — predios rurales

Formalización rural

Si el predio es rural o informal, la formalización corresponde a COFOPRI, no a la notaría. Verifica la calificación del predio antes de empezar.

⚖️Poder Judicial — si hay oposición

Proceso abreviado

Con oposición o controversia, la prescripción se demanda ante el Poder Judicial (proceso abreviado, arts. 504-505 del Código Procesal Civil).

📐Ingeniero o arquitecto colegiado

Planos y memoria descriptiva

Profesional habilitado que elabora y firma los planos con coordenadas UTM y la memoria descriptiva, requisito indispensable para la solicitud.

⚖️Abogado patrocinante

Firma y sustenta la solicitud

La solicitud debe ir suscrita por abogado. Te recomienda la estrategia, revisa la prueba de posesión y atiende eventuales oposiciones.

Ojo con esto

8 errores comunes que hacen fracasar la prescripción adquisitiva notarial

Errores que vemos repetirse y que terminan en rechazo, oposición o gasto perdido. Evítalos desde el inicio.

Intentar prescribir un bien del Estado o de dominio público

Parques, vías, playas y bienes de uso público son imprescriptibles (Constitución art. 73). Ni la notaría ni el juez pueden declarar la prescripción. Verifica la titularidad antes de gastar en planos.

Llevar un predio rural a la vía notarial

La Ley 27333 notarial es solo para predios urbanos. Un predio rural o tierra eriaza presentado a notaría será observado: corresponde a COFOPRI o a la vía judicial.

Presentar planos sin visación municipal

Los planos perimétrico y de ubicación deben estar firmados por ingeniero/arquitecto colegiado y visados por la municipalidad. Sin la visación, el notario observa la solicitud.

Testigos insuficientes o menores de 25 años

Se exige no menos de 3 ni más de 6 testigos mayores de 25 años. Menos de 3, más de 6 o testigos jóvenes invalidan el ofrecimiento de prueba.

Presentar la solicitud sin abogado

La solicitud debe ir suscrita por abogado y cumplir el artículo 505 del Código Procesal Civil. Un escrito sin patrocinio legal es rechazado de plano.

No publicar el aviso las 3 veces con el intervalo legal

El aviso se publica 3 veces con intervalo de 3 días en El Peruano y otro diario. Omitir una publicación o no respetar los intervalos vicia el procedimiento.

Creer que con oposición el notario igual te titula

Basta una oposición dentro de los 25 días hábiles para que el notario finalice el trámite. No hay forma de "convencerlo": el caso se resuelve solo por la vía judicial.

Quedarse solo con la escritura y no inscribir en SUNARP

La escritura te declara propietario, pero sin inscripción en SUNARP tu derecho no es oponible a terceros de buena fe. Inscribe siempre el parte notarial en el Registro de Predios.

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda antes de iniciar la usucapión

Primero el certificado de SUNARP. Antes de pagar planos, pide la búsqueda catastral: confirma quién es el titular registral y si el predio es prescriptible.

Cotiza en varias notarías. Como los honorarios son libres (DL 1049), pide cotización a 2-3 notarías de la provincia del predio antes de decidir.

Documenta la posesión con fechas. Recibos antiguos de predial y servicios a tu nombre, con años continuos, son la prueba más fuerte de la posesión.

Si prevés conflicto, ve directo al juez. Si el dueño registral está activo o hay disputa, la vía notarial fracasará: conviene demandar judicialmente desde el inicio.

Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre la prescripción adquisitiva notarial 2026

12 respuestas verificadas con base en el Código Civil (art. 950 y 952), la Ley 27333, la Ley 27157 y su Reglamento DS 035-2006-VIVIENDA.

¿Cuántos años de posesión necesito para la prescripción adquisitiva en Perú?

Según el artículo 950 del Código Civil: 10 años de posesión para la prescripción extraordinaria (sin título), o 5 años para la ordinaria cuando hay justo título y buena fe. En ambos casos la posesión debe ser continua, pacífica, pública y como propietario.

¿Qué ley regula la prescripción adquisitiva notarial en el Perú?

El procedimiento notarial está regulado por la Ley 27333 (artículo 5), complementaria a la Ley 26662 de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, en concordancia con la Ley 27157, su Reglamento DS 035-2006-VIVIENDA y el artículo 950 del Código Civil. El Decreto Legislativo 1049 regula la función notarial.

¿Cuánto cuesta la prescripción adquisitiva notarial en 2026?

Los honorarios notariales NO están fijados por TUPA: son libres y los fija cada notaría según el valor y la complejidad del predio (DL 1049). De forma referencial el trámite suele ubicarse entre S/1,000 y S/3,000 o más, e incluye además planos de ingeniero, certificados de SUNARP y la municipalidad, las publicaciones en El Peruano y otro diario, y la inscripción registral. Aun así, es más económica que la vía judicial.

¿Puedo prescribir un terreno del Estado, un parque o una vía pública?

No. Los bienes de dominio público del Estado son inalienables e imprescriptibles conforme al artículo 73 de la Constitución (parques, vías, playas, áreas comunes). Solo se pueden prescribir bienes de propiedad privada de personas naturales o jurídicas.

¿La prescripción adquisitiva notarial sirve para terrenos rurales?

No. La vía notarial de la Ley 27333 procede solo para predios urbanos o en zona de expansión urbana. Para predios rurales o tierras eriazas la formalización se tramita ante COFOPRI o por la vía judicial, según el caso. Verifica la calificación del predio antes de iniciar.

¿Qué pasa si el propietario registral o un colindante se opone?

Si dentro de los 25 días hábiles posteriores a la última publicación se presenta oposición de un tercero, el notario finaliza el trámite, comunica el hecho al solicitante, al Colegio de Notarios y a la oficina registral, y se cancela la anotación preventiva. El solicitante deberá recurrir a la vía judicial (proceso abreviado) o arbitral.

¿Cuántos testigos necesito y qué edad deben tener?

La solicitud debe ofrecer la declaración de no menos de 3 ni más de 6 testigos mayores de 25 años, que conozcan al solicitante y precisen el tiempo de la posesión. Los testigos firman la solicitud junto con el solicitante y el abogado.

¿Necesito abogado para la prescripción adquisitiva notarial?

Sí. La solicitud debe ir suscrita por un abogado además del solicitante y los testigos, y cumplir los requisitos del artículo 505 del Código Procesal Civil. El notario no patrocina la causa: solo conduce el procedimiento no contencioso conforme a la Ley 27333.

¿Cuántas veces se publica el aviso y en qué diarios?

El aviso se publica por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el Diario Oficial El Peruano (o diario autorizado para avisos judiciales) y en un diario de circulación. Además, el notario fija carteles en lugares visibles del propio inmueble y notifica a colindantes y al titular registral.

¿Cuánto demora la prescripción adquisitiva notarial?

En la práctica suele tomar entre 2 y 4 meses cuando no hay oposición, dependiendo de la elaboración de planos, las publicaciones y los 25 días hábiles del plazo de oposición. Es bastante más rápida que la vía judicial, que puede tardar de 1 a 3 años o más.

¿Cuál es la diferencia entre prescripción adquisitiva notarial y judicial?

La notarial (Ley 27333 art. 5) es un procedimiento no contencioso: rápido, pero exige que no haya oposición y que el predio sea urbano. La judicial (proceso abreviado, art. 504-505 del Código Procesal Civil) se usa cuando hay oposición, conflicto, predio rural o bienes con observaciones; es más lenta pero resuelve controversias. Ambas se sustentan en el artículo 950 del Código Civil.

¿La escritura del notario me hace propietario o debo inscribirla en SUNARP?

La escritura pública o acta notarial que declara la prescripción tiene mérito suficiente para inscribir el dominio, pero la seguridad jurídica plena la otorga la inscripción en el Registro de Predios de SUNARP, que cancela el asiento del anterior titular e inscribe al nuevo propietario. Mientras no se inscriba, el derecho no es oponible frente a terceros de buena fe.

Información útil sobre Notarías

TeléfonoConsulta tu notaría
Enlace directoTrámite en gob.pe
HorarioLunes a viernes, 9:00 a.m. a 5:00 p.m.

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