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Arbitrios Municipales 2026 — Pago y Tasas

Municipalidades del Perú

Presencial Virtual Sitio oficial

Los arbitrios municipales son tasas que pagan los propietarios por tres servicios públicos locales: limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques y jardines (mantenimiento de áreas verdes) y serenazgo (seguridad ciudadana). Cada municipalidad distrital fija sus tarifas por ordenanza ratificada por la municipalidad provincial, por lo que los montos varían de un distrito a otro. Base legal: Decreto Legislativo 776 (Ley de Tributación Municipal), artículos 66 al 73 y Ley Orgánica de Municipalidades 27972. Esta página es una guía general aplicable a cualquier distrito del Perú.

Última actualización12 de abril de 2026
Entidad responsableMunicipalidades del Perú
Fuente oficialgob.pe/municipalidades
Guía informativa independiente. No somos una municipalidad. Los costos varían según cada municipalidad. Verifica en el portal oficial de tu distrito.
Costo Variable por municipalidad Depende de ubicación, uso y tamaño del predio
Frecuencia Trimestral Feb, May, Ago, Nov
Modalidad Presencial y virtual Caja municipal, bancos o portal web
Datos clave

Arbitrios Municipales en cifras

Referencia rápida válida para cualquier distrito del Perú.

3 Servicios cubiertos Limpieza pública, parques y jardines, serenazgo
4 Vencimientos trimestrales Febrero, mayo, agosto y noviembre
DL 776 Base legal — Arts. 66 al 73 + Ley 27972 Orgánica de Municipalidades
1 ene Fecha del hecho imponible Paga el propietario del predio al 1 de enero
¿Vives en el Cercado de Lima?

En los 43 distritos de Lima Metropolitana los arbitrios los cobra cada municipalidad distrital, excepto el Cercado de Lima, cuyos arbitrios los administra el SAT — Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana. Si tu predio está en Cercado, consulta la guía específica: Arbitrios SAT — Cercado de Lima.

Documentos necesarios

Requisitos para pagar los Arbitrios Municipales

Documentos que necesitas para consultar y pagar tus arbitrios.

🪪
DNI vigente

Documento Nacional de Identidad del propietario o contribuyente para identificación.

🔢
Código de contribuyente o dirección del predio

El código de contribuyente asignado por la municipalidad o la dirección exacta del predio para consultar la deuda.

🧾
Recibo anterior (opcional)

Comprobante de pago del periodo anterior. Facilita la consulta pero no es obligatorio.

Paso a paso

Cómo pagar los Arbitrios Municipales

Sigue estos pasos para consultar y pagar tus arbitrios municipales.

  1. 1

    Identificar tu municipalidad distrital

    Los arbitrios los cobra la municipalidad distrital donde está ubicado tu predio. En Lima Metropolitana, el SAT administra solo los arbitrios del Cercado de Lima; los otros 42 distritos tienen su propia gerencia tributaria o SAT distrital.

  2. 2

    Consultar la ordenanza 2026 vigente

    Revisa la ordenanza de arbitrios 2026 publicada por tu municipalidad y ratificada por la municipalidad provincial. Ahí aparecen las tarifas exactas por sector, uso del predio (casa, comercio, terreno) y área. Si tu municipalidad no publicó ordenanza ratificada, los montos podrían no tener sustento legal.

  3. 3

    Consultar deuda de arbitrios

    Acércate a mesa de partes de tu municipalidad distrital o ingresa al portal web municipal con tu código de contribuyente o DNI para consultar tu estado de cuenta de arbitrios del ejercicio 2026 y periodos anteriores.

  4. 4

    Verificar montos por servicio

    Revisa los montos desglosados por cada servicio: limpieza pública, parques y jardines y serenazgo. Verifica que los datos del predio (uso, ubicación, área construida) sean correctos. Si el uso está mal declarado (p. ej. residencial figurando como comercial) podrías estar pagando de más.

  5. 5

    Realizar el pago trimestral

    Paga en caja de la municipalidad, en bancos autorizados, agentes corresponsales o a través del portal web municipal si está habilitado el pago en línea. Vencimientos típicos: febrero, mayo, agosto y noviembre. Los arbitrios pueden pagarse junto con el impuesto predial en un solo recibo.

  6. 6

    Guardar comprobante de pago

    Conserva el comprobante como sustento del cumplimiento de tu obligación tributaria. Te servirá ante cualquier reclamo, solicitud de constancia municipal, prescripción o cobranza posterior.

Información de pago

Tipos de arbitrios y costos

Arbitrios Municipales — Tipos y montos

Limpieza PúblicaRecolección de residuos sólidos y barrido de calles — Monto variable
SerenazgoSeguridad ciudadana y vigilancia — Monto variable
Parques y JardinesMantenimiento de áreas verdes públicas — Monto variable
Frecuencia de pagoTrimestral: febrero, mayo, agosto y noviembre
Criterios de cálculoUbicación, uso del predio, tamaño del frontis y área construida

Base legal: Decreto Legislativo 776 — Ley de Tributación Municipal, artículos 66 al 73; Ley Orgánica de Municipalidades 27972. Las tasas son aprobadas por ordenanza municipal distrital, ratificada por la municipalidad provincial correspondiente.

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

Los arbitrios se pagan trimestralmente junto con el impuesto predial. Puedes pagar ambos tributos en un solo recibo en la mayoría de municipalidades.

Los montos varían significativamente según la ubicación, el uso (residencial, comercial, industrial) y el tamaño del predio. No son iguales para todos los contribuyentes.

Cada municipalidad aprueba sus tasas de arbitrios anualmente por ordenanza municipal, que debe ser ratificada por la municipalidad provincial y publicada antes del 31 de diciembre del año anterior.

Verifica si tu municipalidad ha aprobado amnistías tributarias o descuentos por pronto pago. Muchas municipalidades ofrecen condonación de intereses y multas en determinados periodos del año.

Ojo con esto

Errores que otros no te cuentan

Confundir arbitrios con impuesto predial. Son tributos diferentes. El impuesto predial grava la propiedad del predio; los arbitrios son tasas por servicios públicos que presta la municipalidad.

No verificar la ordenanza municipal. Las tasas deben estar aprobadas por ordenanza ratificada y publicada antes del 31 de diciembre del año anterior. Si no se publicó, podrían cobrarte montos sin sustento legal.

Acumular deudas de varios periodos. Los intereses moratorios se acumulan y, tras la notificación, la municipalidad puede iniciar cobranza coactiva con embargo de cuentas, vehículos o del propio predio. Aprovecha las amnistías y el fraccionamiento para regularizar.

No actualizar el uso del predio. Si el predio figura como "comercio" pero lo usas como casa (o viceversa), podrías estar pagando tarifas incorrectas. Presenta una declaración jurada de modificación (PU / HR) en tu municipalidad para ajustar el uso.

Asumir que el inquilino paga los arbitrios. El obligado legal es el propietario al 1 de enero del año. Si hay deuda, la municipalidad le cobra al propietario aunque lo haya pactado en el contrato de alquiler.

Lo que siempre preguntan

Lo que la gente pregunta sobre Arbitrios Municipales

¿Cuáles son los tipos de arbitrios municipales?

Los arbitrios municipales son tres servicios: Limpieza Pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines (mantenimiento de áreas verdes y espacios públicos) y Serenazgo (seguridad ciudadana y vigilancia del distrito). Base legal: DL 776 arts. 66-73.

¿Cada cuánto se pagan los arbitrios?

Los arbitrios municipales se pagan trimestralmente, con vencimientos típicos en febrero, mayo, agosto y noviembre. Las fechas exactas las fija cada municipalidad por ordenanza. Generalmente coinciden con las cuotas del impuesto predial y pueden pagarse en un solo recibo.

¿Los arbitrios son iguales en todos los distritos?

No. Cada municipalidad distrital aprueba sus propias tarifas mediante ordenanza ratificada por la municipalidad provincial. Los montos varían según sector, uso del predio (casa, comercio, terreno), área construida y frecuencia de los servicios. Esta guía es general; consulta siempre la ordenanza 2026 de tu distrito.

¿Cuál es la diferencia entre arbitrios e impuesto predial?

Son tributos distintos. El impuesto predial grava la propiedad del inmueble y se calcula sobre el autovalúo. Los arbitrios son tasas por servicios municipales (limpieza, parques, serenazgo) y se calculan según el uso del predio, ubicación y área construida. Son obligaciones independientes aunque se paguen en el mismo recibo.

¿El inquilino paga los arbitrios?

No. El obligado al pago de arbitrios es el propietario del predio al 1 de enero de cada año, según el DL 776. El inquilino puede pagarlos si así lo pactaron en el contrato de alquiler, pero la municipalidad siempre le reclamará al propietario si hay deuda.

¿Los predios desocupados pagan arbitrios?

Sí pagan limpieza pública y parques y jardines, porque son servicios prestados al distrito aunque el predio esté desocupado. El serenazgo varía por municipalidad: algunas lo cobran completo, otras con tarifa reducida o inafecto mientras el predio esté deshabitado. Debes acreditar la desocupación ante tu municipalidad para acceder al beneficio.

¿Puedo fraccionar arbitrios vencidos?

Sí. Todas las municipalidades ofrecen fraccionamiento de deuda tributaria (arbitrios e impuesto predial). Los requisitos varían por distrito: suele pedirse una cuota inicial (10-30%), DNI, solicitud y firmar el convenio. Aprovecha además las amnistías tributarias, que suelen condonar intereses y moras en determinados periodos del año.

¿Qué pasa si no pago los arbitrios?

La deuda acumula intereses moratorios según el Código Tributario (DL 133-2013-EF TUO). Vencido el plazo y notificada la deuda, la municipalidad inicia cobranza coactiva, que puede incluir embargos de cuentas bancarias, vehículos o incluso del propio predio. Además, impide obtener constancias municipales (posesión, jurisdicción, licencias) y puede afectar la transferencia del predio.

¿Puedo reclamar si el monto es muy alto?

Sí. Puedes presentar un recurso de reclamación ante la municipalidad dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación. La municipalidad tiene 9 meses para resolver. Si no se resuelve favorablemente, puedes apelar ante el Tribunal Fiscal. Verifica primero que el uso del predio y el área construida estén bien declarados.

¿Los arbitrios prescriben?

Sí. La deuda de arbitrios prescribe a los 4 años contados desde el 1 de enero del año siguiente al vencimiento. Sin embargo, la municipalidad puede interrumpir la prescripción con notificaciones o acciones de cobranza, por lo que conviene solicitar la declaración de prescripción por escrito.

Información útil — Municipalidades

Horario de atenciónLunes a viernes: 8:00 a.m. – 4:30 p.m.
Sábados: 8:00 a.m. – 12:00 p.m. (varía por municipalidad)
Consulta tu municipalidadBusca tu municipalidad en
gob.pe/municipalidades
Base legalD.Leg. 776, Arts. 66-73
Ley 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades
Vencimientos trimestralesFebrero, mayo, agosto y noviembre
Fechas exactas según ordenanza de cada municipalidad

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