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Despacho Aduanero de Exportación SUNAT: DAM, agente FOB > US$5,000 y canales verde/naranja/rojo

Procedimiento DESPA-PG.02 para exportar mercancías desde el Perú bajo el régimen de exportación definitiva — Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) electrónica vía VUCE o portal SOL, agente obligatorio cuando el FOB supera US$5,000, plazo de 30 días para embarcar y 30 días para regularizar

Virtual + Presencial Procedimiento oficial

El despacho aduanero de exportación definitiva es el régimen aduanero por el cual una mercancía nacional o nacionalizada sale del territorio aduanero peruano para su uso o consumo en el exterior, sin obligación de retorno. Es la base operativa de toda exportación legal del Perú — desde paltas, arándanos y mango en agroexportación; pasando por textiles, confecciones, joyería, alimentos procesados; hasta maquinaria, autopartes y servicios conexos. Está regulado por la Ley General de Aduanas (DLeg 1053), su Reglamento (DS 010-2009-EF) y el Procedimiento General DESPA-PG.02 de SUNAT. La operativa se hace mediante la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) electrónica vía portal SOL o VUCE.

Esta guía —actualizada al 1 de junio de 2026 con la normativa vigente: DLeg 1053 + DS 010-2009-EF (Reglamento) + DLeg 1433 (modificatorias 2018) + DS 008-2011-EF + DS 031-2009-EF (tabla de sanciones aduaneras) + Ley 30730 (agentes de aduana) + DS 052-2018-EF (reglamento agentes) y procedimiento DESPA-PG.02— explica cuándo es obligatorio el agente de aduanas (FOB > US$5,000), los documentos exigidos (factura electrónica, packing list, B/L, certificado de origen, permisos sectoriales), el procedimiento paso a paso desde la numeración de la DAM hasta la regularización, los canales de control verde/naranja/rojo y su lógica de asignación, los plazos críticos (30 días para embarcar + 30 días para regularizar), las modalidades de despacho (anticipado vs normal), los INCOTERMS más usados, la vinculación con Drawback y SFMB (código de régimen en la DAM, regularización oportuna), las sanciones del DS 031-2009-EF por infracciones aduaneras y los errores comunes que generan observaciones, decomiso o pérdida de beneficios.

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4 datos clave del despacho aduanero de exportación 2026 DLeg 1053 (LGA) · DS 010-2009-EF (Reglamento) · DESPA-PG.02 · Ley 30730 (agentes)

Lo esencial para exportar legalmente:

💼
Agente FOB > US$5,000Obligatorio cuando el valor FOB supera ese monto. Hasta US$5,000 el exportador puede tramitar directo.
📄
DAM antes del embarqueLa Declaración Aduanera de Mercancías se numera ELECTRÓNICAMENTE antes de embarcar, vía SOL o VUCE.
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30 + 30 días30 días para embarcar desde la numeración + 30 días para regularizar desde el embarque. Vencidos: caduca / observada.
🎯
Canales V/N/RVerde sin control (70%) · Naranja documental (20%) · Rojo aforo físico (10%). Asignación por riesgo automática.

Vínculo con beneficios: para Drawback registrá el código de régimen en la DAM; para SFMB regularizá la DAM en plazo. Trámite SUNAT 100% gratuito.

Última actualización1 de junio de 2026
Entidad responsableSUNAT — Aduanas
Base legal vigenteDLeg 1053 (LGA)DS 010-2009-EF (Reglamento)DLeg 1433DS 008-2011-EFDS 031-2009-EF (sanciones)Ley 30730DS 052-2018-EFProcedimiento DESPA-PG.02
Guía informativa independiente. No somos SUNAT. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo SUNAT Gratuito Agente y logística por separado
Plazos 30 + 30 días Embarque + regularización
Modalidad Virtual + Presencial DAM por VUCE/SOL · embarque físico
Cuándo es obligatorio

Agente de aduanas: obligatorio cuando el FOB supera US$5,000

La intervención del agente de aduanas es la regla más importante de la operativa. Saber cuándo es obligatorio define toda la planificación logística.

Valor FOB de la operación¿Necesita agente de aduanas?Quién tramita la DAM
Hasta US$5,000NO obligatorio (opcional)El propio exportador (despacho directo)
Más de US$5,000SÍ obligatorio (Art. 24 LGA)Agente de aduanas autorizado por SUNAT
Muestras sin valor comercialNO obligatorioExportador con declaración simplificada
Envíos postales o courierNO (manejado por el courier)El operador postal o courier autorizado
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Costo del agente de aduanas

Los honorarios del agente son por contrato libre — no hay tarifa oficial. Rangos típicos del mercado: 0.5% a 2% del valor FOB según volumen, complejidad del producto, frecuencia de operación y servicios complementarios. Exportadores grandes con flujo recurrente negocian fees más bajos. Los agentes deben estar autorizados por SUNAT (lista oficial en sunat.gob.pe) y rigen bajo la Ley 30730 y DS 052-2018-EF.

Lo que necesitas

Requisitos y documentos para el despacho aduanero de exportación

Lista completa de documentación. La consistencia entre estos documentos define si la DAM pasa por canal verde o queda observada.

🆔
RUC activo con actividad de exportación

Tu empresa debe tener RUC activo con CIIU de comercio exterior y actividad de exportación habilitada. SUNAT cruza automáticamente el RUC con el padrón habilitado al numerar la DAM.

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Clave SOL vigente

Para acceder al portal SOL (e-menu.sunat.gob.pe) y a la VUCE (vuce.gob.pe). Si tienes agente de aduanas, él opera con su propia Clave SOL bajo poder otorgado por la empresa.

🧾
Factura electrónica de exportación

Emitida con código de operación de exportación (tasa 0% de IGV), INCOTERM pactado, valor FOB explícito, datos del cliente extranjero, descripción detallada de bienes con peso/volumen/cantidad. La factura debe ser consistente con la DAM y el conocimiento de embarque.

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Lista de empaque (packing list)

Documento que detalla cómo está empacada la mercancía: número de bultos, dimensiones, peso bruto y neto, descripción por bulto. Es crítico para verificación en canal naranja o rojo.

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Conocimiento de embarque (B/L, AWB o CMR)

Documento emitido por el transportista que acredita la recepción de la mercancía para transporte: B/L (Bill of Lading) en marítimo; AWB (Air Waybill) en aéreo; CMR en terrestre internacional. Es la prueba del embarque y se usa para la regularización de la DAM.

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Certificado de origen (si aplicás preferencias arancelarias)

Si tu cliente extranjero quiere aplicar preferencias por TLC (Alianza del Pacífico, USA, UE, Mercosur, China, CPTPP, etc.), debes emitir certificado de origen. Lo emite cámara de comercio autorizada (Cámara de Comercio de Lima, AGAP, ADEX) o el propio exportador en TLCs de auto-certificación. Gratis pero requiere afiliación previa o capacitación.

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Permisos sectoriales según el producto

Variables según producto: SENASA (certificado fitosanitario para vegetales, zoosanitario para animales); DIGEMID (farmacéuticos); DIGESA (cosméticos, alimentos procesados); PRODUCE (productos hidrobiológicos); SERFOR (productos forestales con plan de manejo); MINCETUR (artesanías con denominación de origen). Sin el permiso correspondiente, SUNAT no autoriza el embarque.

📝
Carta poder al agente (si lo contratás)

Si trabajás con agente, debes otorgarle poder específico para representar a tu empresa en operaciones aduaneras ante SUNAT. La carta poder debe ser actualizada y vigente. Para exportadores frecuentes se otorgan poderes amplios con duración anual.

Procedimiento oficial

Cómo realizar el despacho aduanero de exportación paso a paso (DESPA-PG.02)

Procedimiento oficial en 6 pasos desde la verificación de necesidad del agente hasta la regularización final de la DAM.

  1. 1

    Verifica si necesitas agente de aduanas

    Si el valor FOB de la operación supera US$5,000 debes contratar obligatoriamente un agente de aduanas autorizado por SUNAT. Si el FOB es US$5,000 o menos, puedes tramitar directamente como exportador. La lista oficial de agentes autorizados está en sunat.gob.pe.

  2. 2

    Reúne la documentación de exportación

    Necesitas: factura comercial electrónica con código de operación de exportación; lista de empaque (packing list); B/L o AWB; certificado de origen si aplicás preferencias arancelarias por TLC; permisos sectoriales según el producto (SENASA, DIGEMID, DIGESA, PRODUCE, SERFOR); carta poder al agente. La consistencia entre los documentos define el canal de control.

  3. 3

    Numera la DAM antes del embarque vía VUCE o SOL

    La Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) se numera electrónicamente ANTES del embarque. Acceso vía SOL → Aduanas → Despacho de Exportación o VUCE. Si tienes agente, él la numera. Registrá el código de régimen aduanero que aplique — incluir el código de Drawback si vas a solicitar el 3% del FOB (no se puede subsanar después).

  4. 4

    Realiza el embarque dentro de 30 días desde la numeración

    Tienes un plazo de 30 días calendario desde la numeración de la DAM para embarcar la mercancía. Si no embarcás en ese plazo, la DAM CADUCA y debes numerar una nueva. El embarque se realiza en el terminal autorizado (Callao, Jorge Chávez, Paita, Matarani, Ilo, etc.) bajo la modalidad pactada. Recomendable embarcar dentro de los primeros 15-20 días como margen.

  5. 5

    Pasa el control aduanero (canal verde, naranja o rojo)

    SUNAT asigna automáticamente un canal de control basado en perfil de riesgo: VERDE (sin control físico ni documental, release inmediato, ~70% de DAM); NARANJA (revisión documental, ~20%); ROJO (aforo físico, apertura y revisión presencial, ~10%). La asignación es por algoritmo. Tener documentación completa acelera el despacho en cualquier canal.

  6. 6

    Regulariza la DAM dentro de 30 días desde el embarque

    Tienes 30 días calendario desde la fecha del embarque para regularizar la DAM en SUNAT con la documentación final del transportista (B/L definitivo, factura final, eventuales ajustes de cantidad). Sin regularización, la DAM queda OBSERVADA y no puedes solicitar Drawback ni SFMB sobre esa operación. Conservá todos los documentos durante 5 años (plazo de prescripción).

Información de pago

Costo del despacho aduanero de exportación

Costo del trámite

El trámite ante SUNAT es 100% gratuito. SUNAT no cobra por numerar la DAM, autorizar el embarque ni regularizar. Los costos asociados son: agente de aduanas (0.5% a 2% del FOB por contrato libre); almacenaje en terminal (variable por puerto/aeropuerto); transporte interno y manipuleo; certificado de origen (gratis pero requiere afiliación a cámara o capacitación); permisos sectoriales variables según el producto.

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda al hacer despacho aduanero

Si vas a solicitar Drawback (3% FOB), capacitá al agente o al equipo para que SIEMPRE incluya el código de régimen de drawback al numerar la DAM. Esta es la causal #1 de pérdida del beneficio — y NO se puede subsanar después del embarque.

Programá el embarque dentro de los primeros 15-20 días desde la numeración, no en el último mes. Si surge un problema operativo (espacio en buque, demoras logísticas, lluvias), vas a tener margen para resolver sin que la DAM caduque.

Coordiná con tu agente la regularización oportuna de TODAS las DAM antes de pedir SFMB del periodo. DAM sin regularizar = FOB que no cuenta para el tope mensual del 18% del SFMB — pierdes liquidez de devolución.

Si exportás recurrentemente, tramitá despacho anticipado (DEA) con tu agente. Permite preparar la DAM antes de la llegada del medio al terminal y minimizar tiempos. Solo requiere historial limpio sin observaciones.

Control aduanero

Canales de control: verde, naranja y rojo

La asignación es automática por algoritmo de riesgo de SUNAT. Entender la lógica te permite optimizar para mantener canal verde.

CanalTipo de controlFrecuencia típicaTiempo de despacho
🟢 VerdeSin control físico ni documental — release inmediato~70% de DAMMinutos a horas
🟠 NaranjaRevisión documental — oficial verifica papeles~20% de DAMHoras (mismo día)
🔴 RojoAforo físico — apertura y revisión presencial~10% de DAM1-2 días

El canal se asigna por algoritmo considerando: perfil del exportador (historial, observaciones previas, frecuencia); tipo de producto y país de destino; valor FOB y modalidad de transporte; consistencia documental; alertas inteligentes del sistema de SUNAT por riesgo aduanero. Exportadores con historial limpio y operaciones frecuentes tienden a mantener canal verde, lo que mejora la velocidad de despacho y los costos logísticos.

📋
Cómo prepararte para canal naranja o rojo

Aunque el canal se asigna automáticamente, tener la documentación COMPLETA y CONSISTENTE acelera el despacho en los tres canales. Para canal naranja: factura electrónica con CIR aceptado, packing list legible, B/L con datos del exportador correctos. Para canal rojo: además, accesibilidad física a la mercancía en el terminal, marcaje visible de bultos, documentación impresa disponible para el oficial de aforo.

Tipos de despacho

Despacho anticipado vs despacho normal

Dos modalidades operativas. La elección depende del flujo logístico del exportador y la urgencia de la operación.

CaracterísticaDespacho NormalDespacho Anticipado (DEA)
Numeración de DAMCon la mercancía ya en terminal autorizadoAntes de la llegada del medio de transporte al terminal
Ventaja principalSimplicidad operativa, modalidad más comúnMinimiza tiempos en terminal, acelera el embarque
Quién la usaExportadores ocasionales o de bajo volumenExportadores frecuentes con buen historial
Requisitos especialesNinguno adicionalHistorial limpio sin observaciones graves
Plazo de embarque30 días desde numeración30 días desde numeración (igual)
Plazo de regularización30 días desde embarque30 días desde embarque (igual)
Derecho a Drawback / SFMBSí, con código de régimen y DAM regularizadaSí, mismos derechos

Para empresas con flujo recurrente de exportaciones (agroexportadoras, manufactureras, mineras de productos no excluidos), el despacho anticipado es la modalidad estándar — acelera el ciclo logístico y minimiza el costo de almacenaje. Para exportadores ocasionales o con primera operación, el despacho normal es más simple. Ambas modalidades dan exactamente los mismos derechos a Drawback, SFMB y demás beneficios.

Comercio internacional

INCOTERMS 2020 más usados en exportación peruana

El INCOTERM pactado define los costos y responsabilidades entre exportador y comprador, y debe figurar en la factura electrónica.

INCOTERMQué paga el exportadorUso típico Perú
EXW (Ex Works)Solo la mercancía empacada lista en su almacén. Comprador retira y se hace cargo de todo.Inusual — exportador con poco interés logístico
FOB (Free on Board)Costos hasta cargar la mercancía en el medio de transporte. Comprador paga flete + seguro.MÁS USADO. Base de cálculo del Drawback y SFMB
CFR (Cost and Freight)FOB + flete internacional hasta puerto de destino. Comprador paga seguro.Común en agroexportación a destinos lejanos
CIF (Cost, Insurance, Freight)FOB + flete + seguro hasta puerto destino. Es la opción "todo incluido" hasta el puerto.Común con clientes que prefieren paquete cerrado
DAP (Delivered at Place)FOB + flete + seguro + entrega en lugar acordado (típicamente almacén del comprador).Operaciones con servicio integrado
💡
Base del Drawback y SFMB siempre es FOB

Independiente del INCOTERM que factures (CFR, CIF, DAP, etc.), SUNAT considera el valor FOB equivalente como base para el Drawback (3% del FOB) y para el tope mensual del SFMB (18% del FOB embarcado). Si vendiste CIF a US$120,000 con flete US$15,000 + seguro US$5,000, el FOB equivalente es US$100,000 — y el Drawback se calcula sobre esos US$100,000.

Beneficios vinculados

Cómo el despacho aduanero habilita Drawback y SFMB

Ejecutar correctamente el despacho aduanero es PRE-REQUISITO de los dos beneficios tributarios más importantes del exportador peruano.

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Drawback (restitución 3% del FOB)

Para acceder al Drawback, la DAM debe tener registrado el código de régimen aduanero de drawback AL MOMENTO de la numeración (antes del embarque). Es responsabilidad del agente o del exportador. Si se omite el código, esa operación queda excluida del beneficio y NO se puede subsanar después del embarque.

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SFMB (devolución IGV exportador)

El Saldo a Favor Materia de Beneficio requiere que la DAM esté REGULARIZADA en plazo (30 días desde el embarque). El FOB de las DAM regularizadas es la base del tope mensual del 18% para devolución vía Formulario Virtual 1649. DAM sin regularizar = FOB que no cuenta para el tope mensual del SFMB.

🌾
Régimen Agrario Ley 31110 + exportación

Agroexportadoras (paltas, arándanos, uvas, mango, café) combinan los beneficios del Régimen Agrario (renta 15%/25% + EsSalud 7%) con el despacho aduanero + Drawback + SFMB. Es el set tributario más optimizado del país para una agroexportadora del sector.

🌿
Beneficios Amazonía Ley 27037 + exportación

Empresas amazónicas exportadoras (agroindustria, productos forestales, acuicultura) combinan los beneficios del régimen amazónico (exoneración IGV intra-zona + tasa renta 5%/10%) con el despacho aduanero + Drawback + SFMB para sus operaciones de exportación al extranjero.

Qué evitar

Errores comunes que generan observaciones, decomiso o pérdida de beneficios

Las causales más frecuentes de problemas en el despacho aduanero peruano. Anticiparlas evita observaciones costosas y pérdida de Drawback/SFMB.

⚠️
Olvidar el código de drawback en la DAM: causal #1 de pérdida del beneficio Drawback. Sin el código de régimen al momento de la numeración, esa exportación NO genera derecho al 3% del FOB. NO se subsana después del embarque.
⚠️
No regularizar la DAM en 30 días: la DAM queda observada, no puedes solicitar Drawback ni SFMB sobre esa operación. Coordinar con el agente la regularización oportuna es crítico.
⚠️
DAM con datos inconsistentes con factura/B-L: nombres del cliente, RUC del exportador, valor FOB, cantidad y descripción de mercancía deben coincidir EXACTAMENTE entre la DAM, la factura electrónica, el B/L/AWB y la lista de empaque.
⚠️
No tener permisos sectoriales antes del embarque: SENASA fitosanitario para vegetales, DIGEMID para farmacéuticos, DIGESA para cosméticos. Sin el permiso, SUNAT no autoriza el embarque y la mercancía queda detenida en terminal con costo de almacenaje.
⚠️
Certificado de origen falso o con datos inconsistentes: sanción aduanera + posible defraudación aduanera por aplicar preferencias arancelarias indebidas. Verifica rigurosamente la información antes de emitir.
⚠️
Embarque fuera del plazo de 30 días: la DAM caduca automáticamente y debes numerar una nueva con la documentación actualizada. Generás costos y demoras innecesarios.
⚠️
Contratar agente no autorizado por SUNAT: la DAM no se procesa. Verifica siempre que el agente esté en la lista oficial vigente de SUNAT antes de otorgarle poder.
⚠️
Exportar sin RUC habilitado: contrabando aduanero — sanción + posible decomiso de mercancía. El RUC debe estar activo con actividad de comercio exterior consistente.
⚠️
Cobrar IGV en factura de exportación: error contable y operativo. Las exportaciones están gravadas con tasa 0% IGV. La factura debe figurar con IGV S/0.00 y código de operación de exportación. El IGV pagado en compras se recupera vía SFE/SFMB, no se cobra al cliente extranjero.
⚠️
Conservar documentos menos de 5 años: SUNAT puede fiscalizar hasta 4 años atrás. Sin la documentación de respaldo (DAM, factura, B/L, certificado de origen, packing list), una fiscalización puede invalidar el Drawback o SFMB cobrado y requerir devolución con intereses + multas.
Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre el despacho aduanero de exportación

Las dudas más comunes de exportadores, agentes de aduanas y equipos de comercio exterior sobre el procedimiento DESPA-PG.02 en 2026.

¿Qué es el despacho aduanero de exportación definitiva en SUNAT?

El despacho aduanero de exportación definitiva es el régimen aduanero por el cual una mercancía nacional o nacionalizada sale del territorio aduanero peruano para su uso o consumo en el exterior SIN obligación de retorno. Está regulado por la Ley General de Aduanas (DLeg 1053), su Reglamento (DS 010-2009-EF) y el Procedimiento General DESPA-PG.02 de SUNAT. La operativa se hace mediante la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) electrónica vía portal SOL o VUCE.

¿Cuándo es obligatorio el agente de aduanas en la exportación?

El agente de aduanas es OBLIGATORIO cuando el valor FOB supera los US$5,000. Si el FOB es US$5,000 o menos, el exportador puede tramitar directamente. Los agentes están regulados por la Ley 30730 y el DS 052-2018-EF. La lista de agentes autorizados se publica en sunat.gob.pe. Costos: por contrato libre, típicamente 0.5% a 2% del valor FOB según volumen y complejidad.

¿Qué documentos necesito para exportar?

Documentación básica: (1) Factura electrónica con código de operación de exportación; (2) Lista de empaque (packing list); (3) Conocimiento de embarque (B/L marítimo, AWB aéreo o CMR terrestre); (4) Certificado de origen si aplicás preferencias arancelarias por TLC; (5) Permisos sectoriales según producto (SENASA, DIGEMID, DIGESA, PRODUCE, SERFOR); (6) Carta poder al agente de aduanas.

¿Qué son los canales verde, naranja y rojo del despacho aduanero?

Son los niveles de control aduanero que SUNAT asigna automáticamente por algoritmo de riesgo. VERDE: sin control físico ni documental — release inmediato (~70%). NARANJA: revisión documental (~20%). ROJO: aforo físico — apertura y revisión presencial (~10%). El canal se asigna considerando perfil del exportador, producto, destino, modalidad y antecedentes. Tener documentación completa acelera el despacho en todos los canales.

¿Cuáles son los plazos críticos del despacho aduanero?

Tres plazos críticos: (1) Numeración de la DAM antes del embarque; (2) Embarque dentro de 30 días calendario desde la numeración (vencido, la DAM caduca); (3) Regularización dentro de 30 días desde la fecha del embarque (sin regularización, la DAM queda observada y se pierde el derecho a Drawback y SFMB). Conservación de documentos durante 5 años (plazo de prescripción).

¿Cuánto cuesta el despacho aduanero de exportación?

El trámite ante SUNAT es 100% gratuito. Los costos asociados son: (1) Agente de aduanas: 0.5% a 2% del FOB; (2) Almacenaje en terminal: variable por puerto/aeropuerto; (3) Servicios logísticos: transporte interno, manipuleo, seguro; (4) Certificado de origen (gratis pero requiere afiliación); (5) Permisos sectoriales: variables según producto. El costo total típico para una operación de US$50,000 FOB ronda US$500-1,500 entre agente, almacenaje y servicios.

¿Cuál es la diferencia entre despacho anticipado y normal?

DESPACHO ANTICIPADO (DEA): la DAM se numera ANTES de la llegada del medio al terminal. Permite preparar todo antes del arribo. Aplica a exportadores frecuentes con buen historial. DESPACHO NORMAL: la DAM se numera con la mercancía YA en terminal. Es la modalidad más común. La elección depende del flujo logístico. Ambas dan los mismos derechos a Drawback, SFMB y demás beneficios.

¿Cómo se vincula el despacho aduanero con el Drawback?

El Drawback (restitución del 3% del FOB) requiere que en la DAM se haya registrado expresamente el CÓDIGO DE RÉGIMEN ADUANERO DE DRAWBACK al momento de la numeración (antes del embarque). Si olvidás registrar el código, la operación queda excluida del beneficio y NO se puede subsanar después del embarque. Por eso es crítico capacitar al agente o equipo de comercio exterior para que SIEMPRE incluya el código cuando aplique.

¿Cómo se vincula con la devolución del Saldo a Favor (SFMB)?

El SFE y su componente SFMB requieren que la DAM esté REGULARIZADA en plazo (30 días desde el embarque). El FOB de la DAM regularizada es la base del tope mensual del 18% para devolución vía Formulario Virtual 1649. DAM sin regularizar = FOB que no cuenta para el tope. Por eso el exportador debe coordinar con su agente la regularización oportuna de TODAS las DAM del periodo antes de solicitar el SFMB.

¿Qué INCOTERM debo usar en la factura de exportación?

El INCOTERM (2020) define los costos y responsabilidades. Más comunes en exportación peruana: FOB (Free on Board) — comprador paga flete y seguro, base de Drawback y SFMB; CFR (Cost and Freight) — exportador paga flete, no seguro; CIF (Cost, Insurance, Freight) — exportador paga flete y seguro; EXW (Ex Works) — comprador retira en fábrica. Independiente del INCOTERM facturado, SUNAT considera el FOB equivalente como base para Drawback y SFMB.

¿Qué pasa si el embarque no se realiza en los 30 días?

Si pasan 30 días calendario desde la numeración de la DAM sin embarque, la DAM CADUCA automáticamente. Debes numerar una nueva DAM con la documentación actualizada. La DAM caducada no genera derecho a Drawback ni SFMB. Si el motivo es justificable, puedes solicitar prórroga ante SUNAT pero no es automática. Recomendable programar el embarque dentro de los primeros 15-20 días.

¿Necesito permisos sectoriales para exportar?

Depende del producto. Permisos sectoriales típicos: SENASA — certificado fitosanitario (vegetales) o zoosanitario (animales); DIGEMID — farmacéuticos; DIGESA — cosméticos, alimentos procesados; PRODUCE — productos hidrobiológicos; SERFOR — productos forestales con plan de manejo; MINCETUR — artesanías con denominación de origen. Sin el permiso correspondiente, SUNAT no autoriza el embarque.

¿Qué sanciones aplica SUNAT por incumplimientos?

La Tabla de Sanciones Aduaneras (DS 031-2009-EF y modificatorias) establece sanciones por: declarar datos falsos en la DAM (multa equivalente al valor de los tributos), embarque sin DAM (multa + decomiso), no regularizar en plazo (multa porcentual del valor FOB), uso indebido de preferencias arancelarias por certificado de origen falso (multa más sanción penal por defraudación aduanera). Las sanciones se calculan en porcentajes de UIT 2026 (S/5,500).

¿Puedo exportar como persona natural sin RUC?

NO. Requirís estar inscrito en el RUC como exportador (persona natural con negocio o persona jurídica) y tener activa la actividad de comercio exterior. SUNAT cruza automáticamente el RUC con el padrón habilitado. Las exportaciones sin RUC son operaciones informales y constituyen contrabando, con sanción aduanera y posible sanción penal. Excepción muy limitada: muestras sin valor comercial o equipaje personal del viajero con franquicia.

¿La factura de exportación lleva IGV?

NO. Las operaciones de exportación están gravadas con tasa CERO del IGV (Art. 33 TUO Ley del IGV — DLeg 821). En la factura electrónica de exportación el IGV figura como S/0.00 y se registra con el código de operación de exportación. Esta tasa 0% permite al exportador recuperar el IGV pagado en sus compras vinculadas (vía Saldo a Favor del Exportador → SFMB → devolución por Formulario 1649 o compensación por 4949). En ningún caso el exportador cobra IGV al comprador extranjero.

Información útil de SUNAT

Horario de atenciónIntendencias de Aduana operan 24/7
Centros de Servicios al Contribuyente L-V 8:30-17:00
Central telefónica(01) 315-0730 / 0-801-12-100
Aduanas: extensión 6000
VUCEvuce.gob.pe
Ventanilla Única de Comercio Exterior
Procedimiento oficialDESPA-PG.02
Documento operativo SUNAT

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