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Despacho Aduanero de Importación SUNAT: DAM, aranceles + IGV 18% + ISC + percepción y agente FOB > US$2,000

Procedimiento DESPA-PG.01 para nacionalizar mercancías importadas a Perú bajo el régimen de importación para el consumo — DAM electrónica vía VUCE o portal SOL, agente obligatorio cuando el FOB supera US$2,000, tributos aduaneros completos y modalidades anticipada/diferida/urgente

Virtual + Presencial Procedimiento oficial

El despacho aduanero de importación para el consumo es el régimen aduanero por el cual una mercancía extranjera ingresa definitivamente al territorio aduanero peruano, previo pago de los tributos aduaneros correspondientes (arancel, IGV, IPM, ISC y percepción del IGV) y el cumplimiento de las formalidades del trámite. Es la operativa base de toda importación comercial en el Perú — desde insumos industriales, materias primas, productos terminados, vehículos, maquinaria, hasta bienes de consumo final. Está regulado por la Ley General de Aduanas (DLeg 1053), su Reglamento (DS 010-2009-EF) y el Procedimiento General DESPA-PG.01-A de SUNAT. La operativa se hace mediante la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) electrónica vía portal SOL o VUCE.

Esta guía —actualizada al 1 de junio de 2026 con la normativa vigente: DLeg 1053 + DS 010-2009-EF (Reglamento) + DLeg 1433 (modificatorias 2018) + DS 008-2011-EF + DS 031-2009-EF (tabla de sanciones aduaneras) + Ley 30730 (agentes) + DS 052-2018-EF (reglamento agentes) y Arancel de Aduanas vigente— explica el cálculo de los tributos aduaneros (arancel 0%/6%/11%, IGV 18%, ISC variable, percepción 3.5%/5%/10%), cuándo es obligatorio el agente (FOB > US$2,000, distinto a exportación que es US$5,000), los documentos exigidos (factura, packing list, B/L, certificado de origen, DAV cuando FOB > US$5,000), las tres modalidades (anticipada, diferida, urgente), los canales de control verde/naranja/rojo (con frecuencias distintas a exportación — el rojo es más común), la diferencia entre almacén temporal y depósito aduanero, los regímenes alternativos (admisión temporal, perfeccionamiento activo, reposición con franquicia), la vinculación con SFE/SFMB cuando el importador es también exportador, las sanciones del DS 031-2009-EF y los errores comunes que generan demoras y costos extra.

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4 datos clave del despacho aduanero de importación 2026 DLeg 1053 (LGA) · DS 010-2009-EF (Reglamento) · DESPA-PG.01 · Ley 30730 (agentes)

Lo esencial para nacionalizar tu importación:

💼
Agente FOB > US$2,000Umbral MÁS BAJO que exportación (US$5,000). Cualquier importación comercial requiere agente.
💰
Tributos compuestosArancel (0%/6%/11%) + IGV 18% + ISC si aplica + Percepción (3.5%/5%/10%). Base CIF escalonada.
⏱️
3 modalidadesAnticipada (DAM-A antes de llegada), Diferida (30 días después), Urgente (24h medicamentos/perecibles).
📦
Almacén 30 díasPlazo del almacén temporal: 30 días hábiles. Vencido → subasta o abandono. Alternativa: depósito 12 meses.

Tributos pagados en importación generan crédito fiscal IGV. Si eres exportador-importador, se acumula al SFE/SFMB. Trámite SUNAT 100% gratuito.

Última actualización1 de junio de 2026
Entidad responsableSUNAT — Aduanas
Base legal vigenteDLeg 1053 (LGA)DS 010-2009-EF (Reglamento)DLeg 1433DS 008-2011-EFDS 031-2009-EF (sanciones)Ley 30730DS 052-2018-EFProcedimiento DESPA-PG.01-AArancel de Aduanas vigente
Guía informativa independiente. No somos SUNAT. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo SUNAT Gratuito Tributos + agente + logística aparte
Plazo 30 días hábiles Almacén temporal · prórroga vía depósito
Modalidad Virtual + Presencial DAM por VUCE/SOL · levante físico
Carga tributaria

Tributos aduaneros al importar a Perú en 2026

Cinco tributos posibles que se calculan en cascada sobre base CIF. Conocer la composición es indispensable para calcular el costo real de tu importación.

TributoBase de cálculoTasas vigentes / aplicación
Arancel (Derecho ad valorem)Valor CIF (FOB + flete + seguro)0% (productos liberados), 6% (intermedios), 11% (consumo) según partida arancelaria Nandina
IGVCIF + Arancel18% (incluye 16% IGV + 2% IPM)
ISC (si aplica)CIF + Arancel (algunos productos)Variable: bebidas alcohólicas, cigarrillos, combustibles, vehículos. Tasas según norma específica
Percepción del IGVCIF + Arancel + IGV (+ ISC si aplica)3.5% (importador frecuente sin observaciones) · 5% (importador regular) · 10% (riesgo elevado o sin historial)
Derechos específicos (puntual)Por unidad o pesoAplica a productos del Sistema de Franja de Precios (algunos agropecuarios). Adicional al arancel
🧮
Ejemplo de cálculo de tributos

Importación de mercancía con FOB US$10,000 + flete US$500 + seguro US$100 = CIF US$10,600.
• Arancel 6% sobre CIF = US$636 · base IGV = US$11,236
• IGV 18% sobre (CIF + Arancel) = US$2,022 · base Percepción = US$13,258
• Percepción 3.5% sobre base imponible = US$464
Total tributos: US$3,122 (~29.5% sobre CIF). Costo total nacionalizado: US$13,722 + agente y logística.

Cuándo es obligatorio

Agente de aduanas: obligatorio cuando el FOB supera US$2,000

El umbral es DISTINTO al de exportación. En importación es US$2,000 (mucho más bajo) — prácticamente toda operación comercial necesita agente.

Valor FOB¿Necesita agente?Quién tramita la DAM
Hasta US$2,000NO obligatorio (opcional)El propio importador (despacho directo)
Más de US$2,000SÍ obligatorio (Art. 24 LGA)Agente de aduanas autorizado por SUNAT
Envíos courier hasta US$200NO (régimen postal simplificado)Operador courier (DHL, FedEx, OCA, EMS)
Equipaje del viajero (franquicia)NO (declaración personal)El viajero al ingresar a Perú
⚠️
Umbral DISTINTO al de exportación

El umbral del agente obligatorio es de US$2,000 en importación y US$5,000 en exportación. No te confundas. La razón histórica es que la importación tiene tributos a cobrar (mayor riesgo de defraudación) y la exportación no (menor riesgo). Para empresas que importan y exportan, planificar quién maneja cada operación es clave para optimizar costos del agente.

Tipos de despacho

Modalidades: anticipado, diferido y urgente

Tres modalidades operativas. La elección depende del tipo de producto, urgencia y nivel de planificación del importador.

CaracterísticaAnticipado (DAM-A)DiferidoUrgente
Numeración DAMANTES de la llegada del medioDentro de 30 días desde llegadaInmediata con preferencia
Tiempo de levante típicoHoras desde el arribo3 a 5 días hábilesHasta 24 horas
Cuándo convieneImportadores frecuentes con buen historialModalidad común sin urgenciaMedicamentos, alimentos perecibles, emergencias
Costo almacenajeMinimizadoHasta 30 días de almacén temporalMinimizado
Requisitos especialesHistorial sin observaciones gravesNingunoAcreditación documental del carácter urgente

Para importadores con flujo recurrente (cadenas comerciales, manufactura con insumos importados, distribuidores), el despacho anticipado es la modalidad óptima. Para importadores ocasionales o primera operación, el despacho diferido es más simple. El despacho urgente está reservado para casos genuinos de necesidad (no es para ahorrar tiempo, sino para situaciones que la regulación reconoce como prioritarias).

Lo que necesitas

Requisitos y documentos para importar

Lista completa de documentación. La consistencia entre estos documentos define si la DAM pasa por canal verde o queda observada.

🆔
RUC activo con actividad de importación

Tu empresa debe tener RUC activo con CIIU de comercio exterior y actividad de importación habilitada. SUNAT cruza automáticamente el RUC con el padrón habilitado al numerar la DAM. Para personas naturales sin RUC: solo importación personal hasta US$2,000.

🔑
Clave SOL vigente

Para acceder al portal SOL (e-menu.sunat.gob.pe) y a la VUCE (vuce.gob.pe). El agente de aduanas opera con su propia Clave SOL bajo poder otorgado por la empresa importadora.

📄
Factura comercial del proveedor extranjero

Debe contener: datos del proveedor extranjero, datos del importador peruano, descripción detallada de la mercancía, cantidad, precio unitario, valor FOB total, INCOTERM pactado, condiciones de pago, partida arancelaria sugerida (si la conoce el proveedor). La consistencia con la DAM es crítica.

📦
Conocimiento de embarque (B/L, AWB o CMR)

Documento emitido por el transportista internacional: B/L (Bill of Lading) marítimo; AWB (Air Waybill) aéreo; CMR terrestre internacional. Es la prueba del transporte y se usa para acreditar la propiedad de la mercancía al levantar.

📋
Lista de empaque (packing list)

Detalla cómo está empacada la mercancía: número de bultos, dimensiones, peso bruto y neto por bulto, descripción del contenido. Crítico para verificación en canal naranja o rojo y para identificar la mercancía durante el levante físico.

📊
Declaración Andina de Valor (DAV) si FOB > US$5,000

Documento aduanero obligatorio para importaciones cuyo valor FOB supere US$5,000. Es un formato armonizado de la Comunidad Andina que detalla la composición del valor de la mercancía (factura, gastos de transporte, seguro, comisiones, regalías, etc.). La elabora el agente con la información del importador.

🌍
Certificado de origen (si aplicás TLC)

Para aplicar preferencias arancelarias por TLC (Comunidad Andina, Alianza del Pacífico, USA, UE, China, Japón, Corea, CPTPP, etc.) debes presentar certificado de origen del país exportador en el formato oficial del TLC correspondiente. Sin certificado válido, aplicarás el arancel general.

🌱
Permisos sectoriales según el producto

SENASA (alimentos, animales, vegetales); DIGEMID (farmacéuticos, dispositivos médicos); DIGESA (cosméticos, alimentos procesados); PRODUCE (hidrobiológicos); SERNANP (especies CITES); MTC (vehículos); SUCAMEC (armas, municiones, explosivos). Sin el permiso correspondiente, SUNAT no concede el levante.

Procedimiento oficial

Cómo importar paso a paso (DESPA-PG.01)

Procedimiento oficial en 6 pasos desde la identificación de la partida arancelaria hasta el levante de la mercancía.

  1. 1

    Identifica la partida arancelaria de tu mercancía

    Identificá la partida arancelaria (Nandina, 10 dígitos) de tu producto en el Arancel de Aduanas peruano. La partida define el arancel ad valorem (0%, 6%, 11%), el IGV, el ISC si aplica, los permisos sectoriales requeridos y las preferencias arancelarias por TLC. Verifica en sunat.gob.pe o vuce.gob.pe.

  2. 2

    Verifica si necesitas agente de aduanas

    Si el valor FOB supera US$2,000, el agente es obligatorio. Recordá: el umbral es DISTINTO al de exportación (US$5,000) — en importación es más bajo. Lista oficial de agentes en sunat.gob.pe. Costos: contrato libre, 0.5% a 2% del CIF.

  3. 3

    Reúne la documentación de importación

    Documentos clave: factura comercial; B/L o AWB; packing list; certificado de origen (si aplicás TLC); permisos sectoriales según producto (SENASA, DIGEMID, DIGESA, PRODUCE, SERNANP, MTC); Declaración Andina de Valor (DAV) si FOB > US$5,000; manifiesto de carga del transportista. La consistencia entre todos define el canal de control.

  4. 4

    Elige modalidad: anticipada, diferida o urgente

    DAM-A (Anticipada): numera ANTES de la llegada del medio. Acelera el proceso, ideal para importadores frecuentes. Diferida: numera dentro de 30 días desde la llegada, modalidad común. Urgente: para medicamentos, alimentos perecibles, emergencias — release en 24 horas con documentación priorizada.

  5. 5

    Calcula y paga los tributos aduaneros

    Cálculo escalonado: arancel ad valorem sobre CIF; IGV 18% sobre (CIF + arancel); ISC si aplica; percepción del IGV (3.5%/5%/10%) sobre la base. Pago vía Pagalo.pe, Banco de la Nación o agentes Multired. Sin pago no hay levante.

  6. 6

    Pasa el control aduanero y obtén el levante

    SUNAT asigna canal automático: VERDE (~60% en importación, levante inmediato), NARANJA (~25%, revisión documental), ROJO (~15%, aforo físico — más común que en exportación). Tras el levante, la mercancía está nacionalizada y disponible para retirar del terminal. Conservá todos los documentos durante 5 años.

Información de pago

Costo del despacho aduanero de importación

Costo del trámite

El trámite ante SUNAT es 100% gratuito (numerar la DAM, controles, levante). Los costos asociados son: agente de aduanas (0.5% a 2% del CIF); almacenaje en terminal (variable por puerto y días); servicios logísticos (transporte interno, manipuleo, seguro); permisos sectoriales (variables); Y los tributos aduaneros — costo principal: arancel + IGV + ISC + percepción, que dependen del producto y país de origen.

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda al importar a Perú

Identificá la partida arancelaria ANTES de cerrar la operación con tu proveedor. Saber el arancel real y los permisos requeridos puede modificar la decisión de comprar — o el precio final que pagás. Hay simuladores oficiales en sunat.gob.pe y VUCE.

Si importás de un país con TLC, conseguí el certificado de origen ANTES del embarque. Sin certificado válido pierdes la preferencia arancelaria y pagás el arancel general (puede ser 6% u 11% adicional sobre CIF). Los TLC peruanos cubren ~95% del comercio mundial.

Para importaciones grandes o repetitivas, considerá despacho anticipado (DAM-A). Acelera el proceso y minimiza costos de almacén temporal. Aplica a importadores con buen historial sin observaciones graves de SUNAT.

Si no vas a nacionalizar inmediatamente, llevá la mercancía a depósito aduanero (12 meses) en lugar de almacén temporal (30 días). Costo más bajo, sin pagar tributos hasta el levante final. Excelente para importadores con flujo estacional o inventario fluctuante.

Almacenamiento

Almacén temporal vs depósito aduanero

Dos opciones para almacenar tu mercancía importada antes del levante definitivo. La elección impacta costos y plazos significativamente.

CaracterísticaAlmacén TemporalDepósito Aduanero
NaturalezaLugar autorizado donde espera el despachoRégimen aduanero distinto
Plazo máximo30 días hábiles12 meses (prorrogable)
Costo diarioAlto (por día)Más bajo
Pago de tributosAl nacionalizar (DAM definitiva)Recién al sacar del depósito
Vencido el plazoSubasta o abandono legalPrórroga, reexportación, abandono
Cuándo convieneNacionalización rápida y conocidaStock fluctuante, espera del mercado, sin urgencia
⚠️
Abandono legal: la peor pérdida

Si dejás vencer el plazo del almacén temporal (30 días hábiles) sin numerar la DAM ni trasladar a depósito, la mercancía entra en abandono legal: pasa a propiedad del Estado y va a subasta. Pierdes la mercancía Y los tributos eventualmente cobrados al subastarla no te llegan. Anticipá los plazos con tu agente: si no estás seguro de nacionalizar a tiempo, trasladá a depósito aduanero.

Regímenes alternativos

Otros regímenes de importación según el destino del producto

La importación para el consumo es la principal pero no la única. Conocer las alternativas optimiza costos según tu operación.

📥
Importación para el consumo (DESPA-PG.01)

Régimen definitivo. La mercancía ingresa al país, paga tributos y se nacionaliza. Es la operativa estándar de toda importación comercial recurrente.

🔄
Admisión temporal para reexportación en el mismo estado

La mercancía ingresa SIN pagar tributos pero debe re-exportarse en el mismo estado dentro del plazo autorizado (típicamente 18 meses). Útil para ferias comerciales, exhibiciones, ensayos, equipos en arriendo internacional.

⚙️
Admisión temporal para perfeccionamiento activo

Ingresa sin pagar tributos para ser transformada (procesada, manufacturada, ensamblada) y luego re-exportada. Es el régimen aduanero de la maquila industrial. Plazo típico 24 meses.

🔁
Reposición de mercancías con franquicia arancelaria

Permite importar libre de aranceles bienes equivalentes a los que fueron usados como insumos en productos ya exportados. Es un beneficio para fabricantes que reponen inventario tras la exportación.

🏛️
Depósito aduanero

Régimen suspensivo: la mercancía ingresa al país pero NO se nacionaliza inmediatamente. Plazo hasta 12 meses sin pagar tributos. Al sacarla, puedes llevar a importación para consumo (paga tributos) o reexportar (sin tributos). Útil para distribuidores con flujo estacional.

🚛
Tránsito aduanero

La mercancía atraviesa el territorio peruano sin nacionalizarse, hacia otro país. Aplica a comercio en bloques como Comunidad Andina, Alianza del Pacífico. Sin pago de tributos. Plazo limitado para completar el tránsito.

Qué evitar

Errores comunes que generan demoras, costos extra o decomiso

Las causales más frecuentes de problemas en la importación. Anticiparlas evita observaciones costosas, abandono legal y sanciones.

⚠️
Subvaluación de mercancía: declarar un FOB menor al real para pagar menos tributos genera multa porcentual sobre la diferencia + sanción aduanera. SUNAT usa bases de datos de valores referenciales para detectar inconsistencias automáticamente.
⚠️
Partida arancelaria incorrecta: declarar partida con menor arancel del que corresponde es defraudación aduanera. SUNAT puede reliquidar tributos retroactivamente y aplicar multas. Consulta con tu agente o usá el clasificador oficial.
⚠️
Certificado de origen falso o inválido: aplicar preferencias arancelarias indebidamente genera multa + sanción penal por defraudación. Verifica que el certificado tenga el formato oficial del TLC y firma autorizada del país emisor.
⚠️
Dejar vencer el almacén temporal: 30 días hábiles. Vencido el plazo, abandono legal — pierdes la mercancía. Si no puedes nacionalizar a tiempo, trasladá a depósito aduanero antes del vencimiento.
⚠️
Importar sin permiso sectorial: productos que requieren autorización SENASA, DIGEMID, DIGESA, PRODUCE quedan retenidos en terminal. Costos de almacén se acumulan mientras tramitás. Verifica los permisos ANTES del embarque.
⚠️
DAV con datos inconsistentes: para FOB > US$5,000 la DAV es obligatoria. Datos inconsistentes con factura, B/L o packing list generan observaciones y demoras hasta subsanar.
⚠️
No considerar la percepción del IGV en el cashflow: exportadores que importan insumos suelen olvidar que la percepción del IGV (3.5%/5%/10%) es una salida adicional de cash, recuperable después vía SFE/SFMB. Proyectá el cashflow incluyendo este componente.
⚠️
Confundir umbrales de agente con exportación: en importación es US$2,000, en exportación es US$5,000. No mezcles los umbrales — operaciones de US$3,000 FOB importación SÍ necesitan agente.
⚠️
No conservar documentos durante 5 años: SUNAT puede fiscalizar hasta 4 años atrás (más tiempo si hay observaciones). Conservá factura, DAM, B/L, comprobantes de pago, certificado de origen y permisos sectoriales por el plazo de prescripción.
⚠️
Importar mercancía prohibida o restringida: productos CITES (especies en peligro), armas sin SUCAMEC, productos sin etiquetado vigente, alimentos sin habilitación SENASA generan decomiso inmediato + sanción aduanera + posible sanción penal.
Lo que siempre preguntan

Preguntas frecuentes sobre el despacho aduanero de importación

Las dudas más comunes de importadores, agentes y empresas de comercio exterior sobre el procedimiento DESPA-PG.01 en 2026.

¿Qué es el despacho aduanero de importación para el consumo?

El despacho aduanero de importación para el consumo es el régimen aduanero por el cual una mercancía extranjera ingresa al territorio aduanero peruano para su uso o consumo definitivo, previo pago de los tributos aduaneros correspondientes (arancel, IGV, ISC, percepción) y el cumplimiento de las formalidades del trámite. Está regulado por la Ley General de Aduanas (DLeg 1053), su Reglamento (DS 010-2009-EF) y el Procedimiento General DESPA-PG.01-A de SUNAT.

¿Cuándo es obligatorio el agente de aduanas en la importación?

El agente es OBLIGATORIO cuando el valor FOB supera los US$2,000. ATENCIÓN: este umbral es DISTINTO al de exportación (US$5,000). En importación es más bajo, prácticamente cualquier operación comercial requiere agente. Costos: por contrato libre, 0.5% a 2% del CIF. Los agentes están regulados por la Ley 30730 y el DS 052-2018-EF.

¿Qué tributos aduaneros se pagan al importar?

Tributos compuestos: (1) ARANCEL ad valorem sobre CIF: 0% (liberados), 6% (intermedios), 11% (consumo); (2) IGV 18% sobre (CIF + arancel) — incluye 2% IPM; (3) ISC para bebidas alcohólicas, cigarrillos, combustibles, vehículos; (4) PERCEPCIÓN del IGV: 3.5% (importador frecuente), 5% (regular), 10% (riesgo); (5) Derechos específicos para productos del Sistema de Franja de Precios.

¿Cuál es la diferencia entre las modalidades de despacho?

DESPACHO ANTICIPADO (DAM-A): la DAM se numera ANTES de la llegada del medio; al arribo, la mercancía ya tiene levante. Para importadores recurrentes con buen historial. DIFERIDO: la DAM se numera dentro de 30 días desde la llegada. Modalidad más común. URGENTE: para medicamentos, alimentos perecibles, emergencias — release en 24 horas con documentación priorizada.

¿Cuál es la diferencia entre almacén temporal y depósito aduanero?

ALMACÉN TEMPORAL: lugar autorizado donde la mercancía espera el despacho. Plazo máximo 30 días hábiles. Costo: alto por día. Vencido → subasta o abandono legal. DEPÓSITO ADUANERO: régimen aduanero que permite almacenar mercancías hasta 12 meses sin pagar tributos. Costo más bajo. Útil cuando no quieres nacionalizar inmediatamente.

¿Qué es la Declaración Andina de Valor (DAV)?

La DAV es un documento aduanero obligatorio para importaciones cuyo valor FOB supere US$5,000. Es un formato armonizado de la Comunidad Andina (CAN) que detalla la composición del valor de la mercancía (factura, transporte, seguro, comisiones, regalías). Sin DAV, la importación queda observada por SUNAT y no se concede el levante. La elabora el agente con la información del importador.

¿Cuáles son las preferencias arancelarias por TLC?

Perú tiene TLC con: Comunidad Andina (Colombia, Ecuador, Bolivia — arancel 0%), Alianza del Pacífico (Chile, Colombia, México), Mercosur, USA, Unión Europea, China, Japón, Corea del Sur, EFTA, CPTPP. Para aplicar preferencias debes contar con CERTIFICADO DE ORIGEN del país exportador en el formato oficial del TLC. Sin certificado válido, aplicarás el arancel general (6% u 11%).

¿Qué pasa si no nacionalizo en el plazo del almacén temporal?

Si pasan los 30 días hábiles sin que numeres la DAM ni la lleves a depósito aduanero, la mercancía puede entrar en ABANDONO LEGAL: pasa a propiedad del Estado y SUNAT puede convocar a subasta pública. Antes del abandono, puedes solicitar prórroga ante SUNAT o trasladar a depósito aduanero (12 meses).

¿Necesito permisos sectoriales para importar?

Depende del producto. Permisos típicos: SENASA (alimentos, productos vegetales, animales); DIGEMID (farmacéuticos); DIGESA (cosméticos, alimentos procesados); PRODUCE (hidrobiológicos); SERNANP (especies CITES); MTC (vehículos); MINCETUR (textiles con etiquetado especial); SUCAMEC (armas, municiones). Sin el permiso, SUNAT no concede el levante.

¿La importación temporal es lo mismo que el despacho para el consumo?

NO. IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO: definitiva, paga tributos, se nacionaliza. ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO: ingresa sin tributos pero debe re-exportarse en el mismo estado dentro del plazo (típicamente 18 meses) — ferias, exhibiciones, ensayos. ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO: ingresa sin tributos para ser transformada y re-exportada — maquila industrial.

¿Cuánto cuesta el despacho aduanero de importación?

El trámite ante SUNAT es 100% gratuito. Costos asociados: (1) Agente: 0.5% a 2% del CIF; (2) Almacenaje en terminal (variable); (3) Servicios logísticos (transporte, manipuleo, seguro); (4) DAV (sin costo adicional, lo elabora el agente); (5) Permisos sectoriales; (6) Y los TRIBUTOS ADUANEROS — costo principal: arancel + IGV + ISC + percepción.

¿Cómo se calcula la base imponible de los tributos?

Cálculo escalonado: (1) CIF (FOB + flete + seguro) → base del ARANCEL; (2) CIF + Arancel → base del IGV 18%; (3) CIF + Arancel + IGV → base del ISC si aplica; (4) Base total → base de la PERCEPCIÓN (3.5%/5%/10%). Ejemplo: CIF US$10,600 + Arancel 6% (US$636) + IGV 18% sobre 11,236 (US$2,022) + Percepción 3.5% sobre base (US$465) = Total US$3,123 sobre CIF US$10,600.

¿Cómo se conecta la importación con el SFE/SFMB del exportador?

El IGV pagado en una importación es CRÉDITO FISCAL para el importador. Si el importador es a la vez exportador (importa insumos para producir bienes que exporta), ese IGV pagado se acumula al Saldo a Favor del Exportador (SFE) y, si no se aplica en el periodo, pasa al SFMB. Vía Formulario Virtual 1649 o 4949 puedes recuperar ese IGV. Es uno de los flujos óptimos para empresas con cadena importación-producción-exportación.

¿Qué sanciones aplica SUNAT por incumplimientos?

La Tabla de Sanciones Aduaneras (DS 031-2009-EF) establece sanciones por: declarar datos falsos en la DAM, subvaluación o sobrevaluación, uso indebido de preferencias arancelarias por certificado de origen falso (multa + sanción penal por defraudación), contrabando (multa + decomiso + sanción penal), uso indebido del depósito o admisión temporal. Las sanciones se calculan en porcentajes de UIT 2026 (S/5,500).

¿Puedo importar como persona natural sin RUC?

SÍ con limitaciones. Persona natural sin RUC puede importar hasta US$2,000 FOB para uso personal (no comercial) sin necesidad de agente. Si la importación es comercial o supera US$2,000, requirís RUC activo con CIIU de comercio exterior. Compras vía courier (DHL, FedEx, OCA) hasta US$200 tienen régimen postal simplificado. Importar para revender sin RUC es comercio informal con sanciones.

Información útil de SUNAT

Horario de atenciónIntendencias de Aduana operan 24/7
Centros de Servicios al Contribuyente L-V 8:30-17:00
Central telefónica(01) 315-0730 / 0-801-12-100
Aduanas: extensión 6000
VUCEvuce.gob.pe
Ventanilla Única de Comercio Exterior
Procedimiento oficialDESPA-PG.01-A
Documento operativo SUNAT

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