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Detracciones (SPOT) en SUNAT: cómo funcionan, porcentajes y cuenta del Banco de la Nación

SUNAT — Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Las detracciones son un mecanismo de recaudación de SUNAT donde el comprador descuenta un porcentaje del monto total de la factura y lo deposita en la cuenta del proveedor en el Banco de la Nación. Esos fondos solo se pueden usar para pagar impuestos (IGV, Renta y otros tributos). Aplican a operaciones mayores a S/700 sujetas al sistema.

Última actualización6 de abril de 2026
Entidad responsableSUNAT
Fuente oficialorientacion.sunat.gob.pe
Guía informativa independiente. No somos SUNAT. Verifica siempre en la fuente oficial.
Costo N/A — Es una obligación No es un trámite con costo, es un sistema de recaudación
Aplica cuando Operaciones mayores a S/700 Sujetas a detracción según tabla SUNAT
Modalidad Virtual Portal SOL, Banco de la Nación o transferencia
Conceptos clave

¿Qué son las detracciones y cómo funcionan?

Entiende el sistema de detracciones antes de operar con él.

💰
¿Cómo funciona?

El comprador descuenta un porcentaje del monto total de la factura y lo deposita en la cuenta del proveedor en el Banco de la Nación. Esos fondos solo se usan para pagar impuestos.

📊
Porcentajes principales 2026

12% para la mayoría de servicios (intermediación laboral, mantenimiento, asesoría, etc.). El porcentaje varía según el tipo de bien o servicio. Consulta la tabla completa en SUNAT.

🏦
Cuenta de detracciones

Los proveedores deben abrir una cuenta corriente de detracciones en el Banco de la Nación (gratuito). Los fondos depositados solo sirven para pagar tributos.

📝
Formas de depositar

A través del Portal SOL de SUNAT, presencialmente en el Banco de la Nación, o mediante transferencia bancaria.

Paso a paso

Cómo realizar la detracción (para compradores)

Si eres el comprador, sigue estos pasos para cumplir con la detracción.

  1. 1

    Determina si tu operación está sujeta a detracción

    Verifica que el monto de la operación sea mayor a S/700 y que el tipo de servicio o bien esté incluido en la tabla de detracciones de SUNAT.

  2. 2

    Calcula el monto a detraer

    Aplica el porcentaje correspondiente según la tabla de SUNAT al monto total de la operación (por ejemplo, 12% para la mayoría de servicios).

  3. 3

    Deposita en la cuenta del proveedor

    Deposita el monto detraído en la cuenta corriente de detracciones del proveedor en el Banco de la Nación, ya sea por Portal SOL, presencialmente o por transferencia.

  4. 4

    Registra la constancia de depósito

    Guarda la constancia de depósito como sustento de la operación. La necesitarás para el uso del crédito fiscal del IGV.

  5. 5

    El proveedor usa los fondos para pagar impuestos

    El proveedor utiliza los fondos depositados en su cuenta de detracciones para pagar IGV, Renta y otros tributos ante SUNAT.

Para proveedores

Si recibes detracciones (proveedores)

Si eres proveedor y tus clientes te aplican detracciones, sigue estos pasos.

  1. 1

    Abre cuenta corriente de detracciones

    Abre una cuenta corriente de detracciones en el Banco de la Nación. El trámite es gratuito y es indispensable para recibir los depósitos.

  2. 2

    Comunica tu número de cuenta

    Informa a tus clientes tu número de cuenta de detracciones para que puedan realizar los depósitos correspondientes.

  3. 3

    Verifica los depósitos recibidos

    Revisa periódicamente los depósitos recibidos en tu cuenta de detracciones a través del Portal SOL o en el Banco de la Nación.

  4. 4

    Usa los fondos para pagar tributos

    Utiliza los fondos depositados exclusivamente para pagar IGV, Renta y otros tributos ante SUNAT. No pueden usarse para otros fines.

Contacto comercial: [email protected]

Recomendación verificada

Lo que TrámitesPerú recomienda

Las detracciones aplican a operaciones mayores a S/700. Si el monto es menor, no se aplica detracción.

El porcentaje más común es 12% para servicios como intermediación laboral, mantenimiento, asesoría, entre otros.

Si no depositas la detracción, no podrás usar el crédito fiscal del IGV de esa operación.

Si los fondos en la cuenta de detracciones no se agotan en 4 meses consecutivos, puedes solicitar liberar los fondos acumulados ante SUNAT con el Formulario Virtual 1697 para reincorporarlos a tu flujo de caja.

Ojo con esto

Errores que otros no te cuentan

No depositar la detracción a tiempo. Si no depositas antes de usar el crédito fiscal, SUNAT puede desconocer el IGV de esa operación.

Aplicar un porcentaje incorrecto. Cada tipo de bien o servicio tiene un porcentaje específico. Consulta siempre la tabla vigente de SUNAT.

No tener cuenta de detracciones como proveedor. Sin cuenta en el Banco de la Nación, tus clientes no pueden depositar la detracción.

Lo que siempre preguntan

Lo que la gente pregunta sobre detracciones SUNAT

¿Qué son las detracciones y son un impuesto?

Las detracciones (SPOT — Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias) NO son un impuesto adicional. Son un mecanismo de recaudación regulado por el DL 940 (TUO DS 155-2004-EF) y la RS 183-2004/SUNAT: el comprador descuenta un porcentaje del monto total de la factura y lo deposita en una cuenta del proveedor en el Banco de la Nación. Esos fondos solo sirven para pagar tributos administrados por SUNAT (IGV, Renta, ESSALUD, ONP, multas).

¿A partir de qué monto aplican las detracciones?

Depende del Anexo: Anexo 2 (bienes) y Anexo 3 (servicios) detraen operaciones mayores a S/700. Anexo 1 (azúcar, alcohol etílico, algodón en rama) detrae operaciones mayores a media UIT, equivalente a S/2,750 con la UIT vigente. Por debajo de esos montos no corresponde detracción.

¿La detracción es un impuesto adicional al IGV?

No. La detracción es solo un adelanto que el comprador entrega al proveedor en una cuenta intervenida del Banco de la Nación. El proveedor sigue pagando su IGV y Renta normalmente, pero usando esos fondos. No es tributo nuevo ni se suma al precio; se descuenta del monto total a pagar al proveedor.

¿Los porcentajes varían según el servicio o bien?

Sí. En el Anexo 3 los servicios más comunes son: arrendamiento de bienes muebles e inmuebles 10%, movimiento de carga, comisión mercantil, fabricación por encargo y transporte de pasajeros 10%, contratos de construcción 4%, intermediación laboral y tercerización 12%, mantenimiento y reparación 12%, y demás servicios gravados con IGV 12%. En el Anexo 2 (bienes) los porcentajes van desde 1.5% (oro y bienes exonerados de IGV) hasta 15% (chatarra y residuos). Siempre verifica el porcentaje vigente en la página oficial de SUNAT.

¿Cómo abro mi cuenta de detracciones en el Banco de la Nación?

Acércate a cualquier agencia del Banco de la Nación con DNI del titular o representante legal, ficha RUC vigente y, si eres persona jurídica, vigencia de poder. La apertura es gratuita, la cuenta queda a nombre del titular del RUC y es de uso exclusivo para depósitos del SPOT. Sin esta cuenta, tus clientes no pueden depositarte la detracción.

¿Puedo usar el dinero de mi cuenta de detracciones para otra cosa?

No. Los fondos son de libre disponibilidad únicamente para pagar tributos administrados por SUNAT (IGV, Renta mensual y anual, multas, intereses, ESSALUD, ONP, fraccionamientos). No se puede retirar efectivo ni transferir a una cuenta común. Lo que sí puedes hacer es solicitar la liberación de fondos cuando hay saldo no aplicado.

¿Cómo libero los fondos de mi cuenta de detracciones?

Presentas una Solicitud de Libre Disposición desde Clave SOL → Mis Trámites y Consultas. Como régimen general puedes solicitarla 3 veces al año (primeros 5 días hábiles de enero, mayo y septiembre). Los Buenos Contribuyentes y agentes de retención del IGV pueden hacerlo hasta 6 veces al año. Requisito clave: no tener deuda tributaria pendiente exigible al momento de la solicitud.

¿Cuánto demora la liberación y en qué plazo cobro los fondos?

SUNAT notifica la resolución aprobatoria en el buzón SOL. Desde la notificación tienes 15 días hábiles para cobrar el monto liberado en el Banco de la Nación. Si no retiras dentro de ese plazo, los fondos vuelven a quedar restringidos como saldo SPOT y deberás esperar a una nueva ventana de solicitud.

¿Qué pasa si no deposito la detracción a tiempo?

Pierdes el derecho a usar el crédito fiscal del IGV de esa operación hasta que regularices el depósito, y SUNAT aplica una multa del 50% del monto no depositado (Anexo de infracciones DL 940). El depósito debe hacerse antes de usar el crédito fiscal en la declaración mensual; regularizarlo después tiene gradualidad, pero el desconocimiento del crédito fiscal del periodo es inmediato.

¿Qué pasa si el comprador me paga el 100% sin detraer?

En operaciones sujetas a SPOT, el comprador es el obligado principal, pero si paga el 100% sin detraer, el proveedor debe efectuar la autodetracción: depositar el porcentaje en su propia cuenta del Banco de la Nación dentro del quinto día hábil del mes siguiente. Si nadie deposita, ambos quedan expuestos a la multa del 50% del monto omitido y al desconocimiento del crédito fiscal por parte del comprador.

¿Quién emite la constancia de depósito de la detracción?

La constancia la genera el sistema al momento del depósito: la imprime el Banco de la Nación cuando se paga en ventanilla, o la emite el portal SOL/NetBanking cuando se paga en línea. Lleva número correlativo, RUC del adquirente y del proveedor, número de factura y monto. Es el sustento del crédito fiscal del IGV y debes conservarla con tu contabilidad.

¿Cómo me entero de los porcentajes vigentes?

Los porcentajes están en los Anexos 1, 2 y 3 de la RS 183-2004/SUNAT y sus modificatorias. Consulta siempre la versión actualizada en orientacion.sunat.gob.pe/detracciones o en el TUO publicado en sunat.gob.pe, porque SUNAT modifica tasas y bienes incorporados periódicamente. Antes de emitir una factura, valida el Código de Bien/Servicio del Anexo correspondiente.

¿Quién debe hacer el depósito de la detracción?

El obligado principal es el comprador (adquirente o usuario del servicio), quien retiene el porcentaje y lo deposita en la cuenta del proveedor en el Banco de la Nación hasta el quinto día hábil del mes siguiente a la emisión del comprobante. Si el comprador no deposita, el proveedor está obligado a efectuar la autodetracción dentro del mismo plazo.

Información útil de SUNAT

Horario de atenciónLunes a viernes: 8:30 a.m. – 5:00 p.m.
Centros de Servicios al Contribuyente
Central telefónica(01) 315-0730 / 0-801-12-100
Línea gratuita desde provincias
Portal SOLe-menu.sunat.gob.pe
Operaciones en Línea con Clave SOL

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